DEMANDA DE VISITA Y CONVIVENCIA

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MODELO DE DEMANDA DE VISITA Y CONVIVENCIA

 

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA

ABEL GONZALEZ IÑARRITU, por mi propio derecho y con domicilio particular el ubicado en avenida el polvillo, numero doce de la colonia el Vergel de esta ciudad capital,  nombrando como mi abogado patrono, al abogado CARLOS ZERMEÑO GARZA, quien firma al calce de la presente en señal de aceptación del cargo conferido, con cédula profesional numero 8877745 bajo la partida 654 a fojas 8 vuelta frente del libro XV, debidamente registrada en este Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, con domicilio particular en AVENIDA VENUSTIANO CARRANZA NUMERO MIL CIEN COLONIA EL PANALITO CIUDAD DE PUEBLA, autorizando en término amplio para que en mi nombre y representación las reciba y revise mi expediente al abogado PEDRO LOERSU JACOB, ante usted con el debido respeto, comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y anexos que lo acompañan, y por la vía privilegiada, vengo a promover procedimiento de visita y convivencia, en contra de la señora AMALIA CASTAÑON LUEVANO quien tiene su domicilio en prolongación de la doce sur número diez mil ciento cuarenta y tres casa trece, del fraccionamiento rincón del mayorazgo, en esta ciudad de Puebla, mismo que señalo para todos los efectos legales, y a quien le reclamo las siguientes:

PRESTACIONES

ÚNICO.– El derecho de visita y convivencia para poder convivir con mi menor hijo de nueve años y de nombre LUIS GONZALEZ CASTAÑON, los fines de semana recogiéndolo donde me indique mi ex esposa, los viernes a las cinco de la tarde y entregándoselo en el mismo domicilio los domingos a las ocho de la noche, así mismo tenerlo la mitad de los periodos vacacionales así como la mitad de los días festivos señalados en el calendario anual.

Fundo la presente al tenor de los siguientes puntos de hechos y orden legal:

HECHOS:

1.- Con fecha quince de abril del dos mil catorce, me divorcie de la señora AMALIA CASTAÑON LUEVANO y en el punto cuarto de la sentencia de divorcio, el Juez deja expeditos mis derechos para hacerlos valer en la vía y forma legal procedente, respecto a la visita con mi menor hijo de nombre FRANCISCO MORALES PÉREZ.

2.- Con fecha veintitrés de septiembre del dos mil quince, se me notifico la sentencia definitiva del juicio de alimentos interpuesto en mi contra por mi ex consorte, en el que en su cláusula cuarta se confirma la pensión que le he estado dando desde hace cuatro años siete meses, que es del treinta por ciento del salario y demás prestaciones que percibo.

3.- No obstante que nunca he dejado de pagar la pensión que me fijo la juez de la causa, pues me descuentan directamente en mi trabajo ya que soy empleado del sector salud, la señora de deja ver a mi hijo cuando quiere o me castiga sin que lo pueda ver si no acceso a sus chantajes y a partir de la generosa pensión que le doy, todavía me pide más dinero disque para ropa y es el caso que tiene cuatro meses que no me deja ver a mi hijo amenazándome que si le quito la pensión (que no le corresponde por que trabaja, pues tiene tres puestos ambulantes que pone en los tianguis, dos autos y casa propia) se llevara a mi hijo a monterrey y es por esto que me veo obligado a proceder conforme a derecho en la vía y forma propuesta.

DERECHO:

I.- ES USTED COMPETENTE ciudadano juez de lo familiar en turno, para conocer del presente juicio de visita y convivencia, de acuerdo a lo establecido por los artículos 106, 107, 108, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y 40 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en el Estado.

II.- MI PERSONALIDAD se encuentra debidamente acreditada conforme a lo dispuesto por el artículo 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

III.- EN CUANTO AL FONDO del asunto lo rigen los artículos 291 fracciones I, II, III Y IV, 635, 637 y demás relativos y aplicables al Código Civil del Estado.

IV.- RIGEN EL PROCEDIMIENTO los artículos 679, 682, 683 fracciones VII, IX, 684,  fracciones I, III, IV, VI, VII, 685, 687 y demás relativos y aplicables al código adjetivo civil.

PRUEBAS:

I.- LA DOCUMENTAL PRIVADA.- consistente en el último recibo original de cobro de mi salario quincenal. Con esta probanza compruebo que se me está descontando el treinta por ciento de mi salario y prestaciones por concepto de pensión alimenticia y tiene por objeto demostrar a su señoría, que jamás me he desentendido de las necesidades de mi menor hijo. Y se relaciona con los puntos 2 y 3 del capítulo de hechos.

II.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- consistente en la copia certificada de la sentencia del juicio de alimentos entablada en mi contra, de fecha catorce de septiembre del dos mil quince con número de expediente 277/2011, la cual se me notifico el día veintitrés de septiembre del mismo año. Con esta probanza compruebo mi dicho manifestando en el inciso anterior marcado como a) y tiene por objeto demostrar a su señoría, que desde el mes de abril de dos mil once, se me descontó el treinta por ciento como primer pago de la pensión alimenticia provisional y así subsecuentemente hasta la fecha, por lo que no entiendo el por qué no me deja convivir con mi menor hijo y se relaciona con los puntos 2 y 3 del capítulo de hechos.

III.- La Documental Pública.- consistente en la copia certificada de la sentencia de divorcio necesario de fecha quince de abril del dos mil catorce. Con esta probanza compruebo que no existe vínculo matrimonial entre la demandada y el suscrito y tiene por objeto demostrar a su señoría, que el juez sexto de lo familiar que conoció del divorcio necesario promovido por mi dentro del expediente número 217/2011, en el punto cuarto de la sentencia, deja a salvo mis derechos para promover por la vía y forma legal lo conducente, para la visita y convivencia con mi menor hijo. Y se relaciona con el punto número 1 del capítulo de hechos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ante usted su señoría respetuosamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito y anexos que lo acompañan, promoviendo por la vía privilegiada, procedimiento de visita y convivencia en contra de la señora AMALIA CASTAÑON LUEVANO.

SEGUNDO.- Tenerme  ofreciendo de mi parte, las probanzas que he dejado debidamente mencionadas en el capítulo correspondiente del presente escrito y en su oportunidad concederles pleno valor probatorio.

TERCERO.- Se elabore el convenio de visita y convivencia para su firma.

CUARTO.- Se le de vista al ministerio público adscrito para que manifieste lo que a su derecho le corresponda.

QUINTO.- Una vez admitida la presente se fije día y hora para la celebración de la audiencia de ley, para el desahogo de pruebas, presentación de alegatos y su señoría dicte la resolución correspondiente.

PROTESTO MIS RESPETOS

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

ABEL GONZALEZ IÑARRITU