HISTORIA DEL DERECHO

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HISTORIA DEL DERECHO

Destinado a alumnos de licenciatura de las escuelas y facultades de derecho de la República mexicana, el tronco común de este libro —dividido en diez capítulos que abarcan la evolución o desarrollo del derecho desde las sociedades primitivas hasta los movimientos codificadores de los siglos xviii , xix y xx es el estudio de la rama, sistema o familia de los
derechos neorromanistas (también llamado sistema del derecho romano canónico o romano-germánico) al cual pertenece México. Es por esta razón que incluye tres apartados situados en sus momentos cronológicos respectivos—, dedicados al derecho mexicano en sus etapas prehispánica, indiana o novohispana y del México independiente.
Sin embargo, con el fin de adecuarse a los programas de la asignatura que se han consultado de dichas escuelas y facultades de derecho de México; programas que difieren entre si, no sólo en cuanto a su denominación (“Historia del derecho”, “Historia de las instituciones jurídicas”, “Historia de la cultura jurídica”, “Historia general del derecho” , “Historia universal del derecho” y otras), sino también en cuanto a su contenido, se han añadido apartados que tratan sobre el sistema de los derechos anglosajones, así como breves referencias al derecho de otros países que no se ubican en cada una de estas dos grandes familias, aunque tengan infiltraciones de ellas, tanto en su evolución como en su contenido.
El capítulo I, denominado “Historia y derecho” se refiere a problemas metodológicos y conceptuales sobre la historia, el derecho y la historia del derecho. El capítulo II, denominado: “Derecho primitivo”, contiene un par de secciones relativas a la prehistoria del derecho y a las primeras expresiones legislativas escritas, que fueron relativamente tardías y que no revistieron un carácter exclusivamente jurídico en el devenir histórico. Contiene también, como ya se ha dicho, un apartado dedicado al derecho precolombino,
por ser este un antecedente de nuestro derecho mexicano. El capítulo III, denominado “El derecho en la antigüedad” se refiere a la antigua Grecia, en especial a los derechos espartano y ateniense, debido a su aportación en el ámbito de la ciencia política. El capítulo IV, que va de Roma a Constantinopla, narra la historia de la primera vida del derecho romano, desde sus orígenes hasta la compilación justineanea en el siglo vi
de nuestra era, tronco fundamental de la familia de los derechos neorromanistas y se extiende, en uno de sus apartados, al desarrollo del derecho romano en el Oriente. El ca-
pítulo V, “El derecho en la Edad Media europea”, cuenta el destino del derecho romano en Europa después de la caída del imperio romano de Occidente, apunta las limitadas influencias de otros derecho como el germánico, carolingio y feudal y se extiende al estudio de la evolución del derecho en las principales naciones europeas en la Baja Edad Media.
En los capítulos VI, VII y VIII denominados: “La segunda vida del Romano”, “El desarrollo del derecho canónico” y “El derecho en el Renacimiento”, se narra la recepción de los derechos romano y canónico en Europa a través de la fusión entre ambos, el desarrollo de las escuelas de los glosadores, postglosadores, humanistas franceses y holandeses, así como de la corriente del usus modernus pandectarum
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Contiene, asimismo, por las razones antes expuestas sobre los destinatarios de este libro, un apartado dedicado al derecho indiano o novohispano.
Por otra parte, el capítulo IX está dedicado al derecho en la modernidad. En él se expon previo el estudio de las corrientes filosóficas (racionalismo y iusnaturalismo) que dieron estructura y sustento al derecho europeo de esa época, el movimiento codificador en Europa y América, haciendo especial mención a América Latina y por supuesto a México, tanto desde un punto de vista constitucional, como codificador propiamente dicho. Además, por razones de cronología histórica, así como por su importancia en el proceso codificador alemán, se ha situado en este capítulo el apartado que estudia la “Escuela histórica del derecho”, fusión con sus diversas ramas (germanista, pandectista y neohumanista) de todas las corrientes anteriores. Por último, el capítulo X está dedicado a resumir el libro, así como a reflexionar, tanto sobre los acontecimientos que normaron la vida jurídica del siglo
xx, como al destino de la tradición jurídica occidental en la centuria que ya hemos comenzado, y que hemos denominado: “era global”.
Sólo nos resta añadir que este manual se complementa con tres instrumentos de enseñanza-aprendizaje que ayudarán al alumno de licenciatura a preparar la asignatura en cada uno de los capítulos que la integran. Estos son:
1) un resumen inicial de los objetivos que el estudiante deberá aprender en cada capítulo;
2) un cuestionario de preguntas que deberá responder
y 3) una bibliografía básica relativamente actualizada y que esperamos sea de fácil acceso en las librerías y bibliotecas de México que el alumno deberá consultar.

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