YA NO MÁS COBRANZA ILÍCITA

0
15426

Hubo cambios en las leyes para defender a los consumidores de prácticas abusivas Este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó la reforma en materia penal referente a la cobranza extrajudicial  donde por unanimidad  el senado aprobó una reforma al código penal federal que sanciona hasta con seis años de cárcel y300 mil pesos de multa a abogados, despachos y empresas dedicadas a cobranza extrajudicial ilegal agregando el artículo 248 Bis al Código Penal Federal, que se registró con nombre del capítulo ‘Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilegal’ en donde se especifican las sanciones.

Cabe destacar que para aplicar este delito se considera por cobranza extrajudicial ilegal el uso de la violencia o la intimidación, este delito consiste en el uso de la violencia y el engaño, así como el hostigamiento o intimidación inicitos ya sea personalmente o atreves de diferentes medios, para requerir el pago de una deuda que es producto  de actividades reguladas por leyes federales.

También se va a considerar como intimidación ilícita el hecho de informar consecuencias jurídicas en caso del impago o si se  indica se iniciaran acciones legales en contra del deudor, obligado solidario,  aval o cualquier tercero relacionado a éstos cuando sean jurídicamente posibles.

El presidente de la CONDUSEF Mario Di Costanzo menciono que estas malas prácticas tiene aproximadamente un año de registro en Redeco (Registro de Despachos de Cobranza) por lo que se aplicara un protocolo para orientar a los afectados, ya que hasta ahora se tiene u  registro aproximado de 21 registros de estos casos de los cuales al parecer cuatro al menos incurren a esta  mala práctica que puede llevar al delito.

Es por eso que los legisladores buscan evitar que los clientes de bancos, casa de empeño y préstamo agencias de autos, etc. sean hostigados y amenazados. Dando a conocer que esto y que no está permitido para cobranza extrajudicial ilegal, donde será sancionada con uno hasta cuatro años de cárcel, además de una multa de entre 50 mil y 300 mil pesos, sin embargo si quien comete este delito se apoya de documentos y sellos falsos la sanción aumentara hasta seis años de cárcel y los horarios de cobranza estipulados ahora son entre las 7 de la mañana y las 9 de la noche con un lenguaje adecuado.

Por tanto en la CONDUSEF se enfocaran a dar a conocer el portal y la oficina a la que se debe de acudir para denunciar ante la Procuraduría General de la Republica explicándole que es importante presentar pruebas y en el caso de la denuncia el usuaria debe de pagar su adeudo, ya que la denuncia es hacia quien hace la pala practica de cobranza.