Si como último recurso decidiste que la única solución a tus problemas de pareja es terminar con él matrimonio, entonces aquí te decimos paso a paso que hacer para separarte mediante el famoso Divorcio Incausado o mejor conocido como Divorcio Exprés, el cual se encuentra vigente en la Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Tamaulipas, Sonora, Yucatán, Coahuila y Nuevo León.
En esta modalidad solo basta la voluntad de uno de los cónyuges para disolver el matrimonio. Se le llama exprés porque pretende reducir el tiempo en el que se concede el divorcio; sin embargo, no resuelve otras cuestiones relacionadas y muy importantes, como la pensión alimenticia o en su caso la custodia de los menores, si existieran.
El divorcio exprés debe tramitarse ante un juez y, al contrario del divorcio necesario, no requiere que existan causales o motivos legales para separar el matrimonio, por eso se le denomina incausado.
En el Código Civil de la Ciudad de México se encuentra regulado en los artículos 266, 267 y subsiguientes, en donde se establece que es necesario que por lo menos tengas un año casado(a), para poder empezar a tramitar tú divorcio.
Con respecto a los documentos que se requieren son:
*Acta de Matrimonio en copia certificada.
*Acta de Nacimiento de los hijos que tuvieron dentro del matrimonio, sean mayores o menores de edad.
*El comprobante de domicilio de donde hayan vivido Juntos por última vez.
En cuanto se tengan dichos documentos, se inicia la demanda, en la cual se va a trascribir un convenio con puntos de suma importancia, que se vuelven en cuestiones esenciales a la disolución del vínculo matrimonial y cuyos cuales son:
*Guarda y Custodia de Hijos
*Régimen de Visitas y Convivencias
*Pensión Alimenticia
*Uso del domicilio conyugal
*Si se adquirieron bienes durante el matrimonio se realizará una propuesta de cómo se van a dividir, esto sucederá siempre y cuando se haya contraído matrimonio bajo el Régimen Patrimonial de Sociedad Conyugal y deberán acreditar la propiedad de los bienes.
Una vez elaborada la demanda y el convenio, se ingresan ante el Juzgado, esta puede ser admitida u observada ya sea porque le falte algún requisito a criterio del Juzgado.
Una vez admitida la demanda los abogados gestionaran en los Juzgados la Cita con el Actuario adscrito al Juzgado para ir a notificar al demandado al domicilio que se proporcionó.
Después de haber notificado al demandado, este tiene las opciones de contestarla o no hacerlo.
Si contesta la demanda lo que procede es presentarse a una audiencia en la hora y fecha programada, en la cual se intentará llegar a un acuerdo respecto de los puntos del convenio.
En el caso de que se llegue a un acuerdo se firma y este será elevado a sentencia y con eso concluye el juicio.
Si no la contesta, el abogado deberá dejar pasar quince días para informarle al juzgado que ya venció el término para contestar la demanda y como consecuencia el juez tendrá que dictar la sentencia en la cual deberá decretar el divorcio.
Una vez dictada la sentencia el abogado te entregara los documentos en donde se acredita que ya estas divorciado junto con un oficio dirigido al Registro Civil para inscribir la Sentencia de Divorcio en el Registro Civil y que se haga la anotación marginal en el Acta de Matrimonio de que ya estas divorciado(a).