El artículo 450 de la Ley Federal del Trabajo establece:
“Artículo 450. La huelga deberá tener por objeto:
- Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;
- Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo;
III. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo;
- Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;
- Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;
- Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y
VII.- Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículos 399 bis y 419 bis.”
Ahora bien, un sindicato de trabajadores presenta ante la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva, una solicitud de emplazamiento a huelga a una empresa. En este caso, partiendo de la base de que la huelga tiene por objeto únicamente exigir el cumplimiento de disposiciones legales sobre participación de utilidades, ¿pueden suspenderse todos los trabajos de la empresa con motivo de dicha huelga?
Respuesta: Sí, porque el objeto de la huelga esta reconocido en el artículo 450.
“Artículo 451. Para suspender los trabajos se requiere:
- Que la huelga tenga por objeto alguno o algunos de los que señala el artículo anterior;
- Que la suspensión se realice por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento. La determinación de la mayoría a que se refiere esta fracción, sólo podrá promoverse como causa para solicitar la declaración de inexistencia de la huelga, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 460, y en ningún caso como cuestión previa a la suspensión de los trabajos; y
III. Que se cumplan previamente los requisitos señalados en el artículo siguiente.”