El artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo señala que las partes podrán comparecer a juicio en forma directa o por conducto de apoderado legalmente autorizado. Ahora bien, cuando un trabajador otorga un poder para ser representado en un juicio laboral, ¿qué prestaciones puede demandar el apoderado a través de dicho poder?
Respuesta: Todas las prestaciones principales y accesorias que correspondan
“Artículo 696. El poder que otorgue el trabajador para ser representado en juicio, se entenderá conferido para demandar todas las prestaciones principales y accesorias que correspondan, aunque no se exprese en el mismo.”