Derecho Civil pregunta 310

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De acuerdo con el artículo 322 de la Ley General Títulos y Operaciones de Crédito, el crédito de habilitación queda garantizado con las materias primas y materiales adquiridos con el crédito, y con los frutos, productos o artefactos que se obtengan con aquél. ¿A fin de garantizar un contrato de crédito de habilitación puede constituirse una prenda sobre un bien distinto?

Respuesta:.- Sí, puesto que es factible contractualmente señalarse bienes distintas en garantía, atento lo previsto en el artículo 326, fracción II, “Fijara con toda precisión los bienes que se afecten en garantía, y señalarán los demás términos y condiciones del contrato.