En un procedimiento mercantil, el representante común de los litisconsortes activos, designado por el juez, ¿tiene facultades para desistir de la acción?
Respuesta.– No, al precisar el artículo 1060 en la parte relativa “El representante común que designe el juez tendrá las mismas facultades como sí litigara exclusivamente por su propio derecho, excepto las de desistirse, transigir y comprometerse en árbitros.