MARTINEZ GONZALEZ JIMENA
VS
C. DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL.
JUICIO ORDINARIO CIVIL
RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN.
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO FEDERAL.
JIMENA MARTINEZ GONZALEZ, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en la calle de en la calle de LAS AVELLANAS NUMERO 345 COLONIA EL PORVENIR, en esta Ciudad de México Distrito Federal, y autorizando en términos del artículo 112 párrafo cuarto del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, al Licenciado en Derecho MOISES CAMPOS LIRA con cédula profesional número 32XXXdebidamente registrada ante la Primera secretaria de acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este H. Tribunal bajo el folio 088554 como se acredita con copia simple de dicho registro, y en términos del párrafo séptimo del artículo procesal invocado a los Licenciados en Derecho ISABEL TERAN DURON, PATRICIA DANAE LAVIN SANCHEZ y JOSE LUIS GONZALEZ, así como a los pasantes y estudiantes de la misma profesión JORGE MARGARITO PRINC IBARRA y JOSE EDUARDO AXTE RODRIGUEZ, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que en la Vía Ordinaria Civil, vengo a demandar del C. DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, quien puede ser notificado en la calle de Arcos de Belén Y Dr. Andrade, Col. Doctores, Del. Cuahutémoc, C.P. 06720, de esta Ciudad, la siguiente prestación:
La RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN de mi cónyuge el C. ALFONSO CUELLAR MANRIQUE , quien falleció en esta Ciudad de México el día 1X de julio de 20XXX, según aparece en el acta de defunción que se exhibe y misma de la que se pide a su Señoría su debida rectificación, ya que en ésta se asentó erróneamente en el rubro de “Estado Civil” como “Unión Libre”, siendo que debió indicarse que su estado civil al momento de su fallecimiento fue el de “CASADO” con la suscrita, por ello se pide a su Señoría la rectificación indicada bajo las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:
H E C H O S
1. Como se acredita con copia certificada del acta de matrimonio con número de folio 3XX,353 que se agrega al presente ocurso, el finado ALFONSO CUELLAR MANRIQUE y la suscrita JIMENA MARTINEZ GONZALEZ contrajimos matrimonio civil en la ciudad de puebla el día 09 de septiembre de 19XX.
2. Es el caso que, el día16 de julio de 20XX, mi cónyuge el C. ALFONSO CUELLAR MANRIQUE falleció en esta ciudad de México, Distrito Federal, tal y como lo acredito con el atestado de defunción en copia certificada expedido por el Registro Civil que corre agregada al presente ocurso, pero en dicha acta de defunción, erróneamente se asentó que el estado civil del finado era el de “UNIÓN LIBRE”, cuando en realidad, de hecho y de derecho su estado civil era el de CASADO, por el matrimonio existente con la suscrita como lo acredito con el acta de matrimonio ya relacionada en la presente demanda, y cuya expedición de dicha certificación es de fecha 29 de julio de 2004 días posteriores a la defunción de mi cónyuge y sin existir ninguna anotación marginal en la misma, asimismo me obligo a presentar, en su momento procesal oportuno, como testigos de los hechos aquí narrados a los C.C. EDUARDO VIGNET CAMAERNO y ELBA NIETO MEDRANO.
3. Como consta en las copias Certificadas del Certificado de Defunción y Acta de Defunción que anexo al presente, mi cónyuge de nombre ALFONSO CUELLAR MANRIQUE falleció el día 16 de julio de 2004 en el Hospital Regional Ignacio Zaragoza del ISSSTE. Dicha certificación, según consta en las copias certificadas que refiero y agrego, fue realizada por el DR. JESUS FAJARDO COLINS, con número de Cédula Profesional 1707172, empleado de dicho Hospital. El caso es que al DR. JESUS FAJARDO COLINS le fue proporcionado erróneamente el ESTADO CIVIL del fallecido, según consta tanto en el Acta como en Certificado de Defunción respectivos, porque erróneamente se considera, en el Acta de Defunción, como ESTADO CIVIL de ALFONSO CUELLAR MANRIQUE como SOLTERO, siendo que en la realidad de hecho y de derecho su estado civil era el de CASADO con la suscrita.
En tal circunstancia, y ante la negativa del DR. JESUS FAJARDO COLINS de girar atento Oficio Aclaratorio al Registro Civil para la aclaración del acta de defunción, mediante escrito de fecha 25 de noviembre de 2004, solicite al C. Director de dicha institución médica se me expidiera un Oficio Aclaratorio dirigido al C. Director del Registro Civil del Distrito Federal en el sentido de que erróneamente se asentó, en el ACTA DE DEFUNCIÓN del C. ALFONSO CUELLAR MANRIQUE, como ESTADO CIVIL el de soltero, cuando se debió asentar el de CASADO, para acreditar esta circunstancia agrego la minuta debidamente sellada de dicha petición dirigida al C. ENRIQUE GRANJA POSADA, Director General del Hospital Regional Ignacio Zaragoza del ISSSTE.
4. En contestación de mi petición relacionada en el hecho anterior, el C. Director de dicho Hospital, mediante oficio No. CASM/XXXX/05, de fecha 15 de abril de 2005, mismo que corre agregado al presente ocurso en original, me contesta indicándome que, de acuerdo a los antecedentes en el expediente de mi cónyuge, los datos anotados en el certificado de defunción, fueron proporcionados por una tal Señora MARÍA DEL CARMEN SLIM HERNANDEZ, quien se ostentó como esposa y como pareja del finado, en una evidente contradicción, por lo que en esa tesitura, no se me expidió el oficio aclaratorio al Registro Civil solicitado de la Institución Médica para proceder a la rectificación del acta de defunción de la que se pide corrección, por lo que me encuentro en la imposibilidad de realizar el trámite ante la autoridad administrativa competente.
5. En razón de los hechos aquí referidos, y ante la negativa del Registro Civil de esta Ciudad para la aclaración económica del acta en mención, es que me veo en la necesidad de recurrir a su Señoría a efecto de solicitar la rectificación del acta de defunción respectiva, ya que en ésta se asentó erróneamente en el rubro de “Estado Civil” como “Unión Libre”, siendo que debió indicarse que su estado civil al momento de su fallecimiento fue el de “CASADO” con la suscrita, y para acreditar los hechos narrados en la presente demanda me obligo a presentar, en su momento procesal oportuno, como testigos de todos los hechos aquí narrados a los C.C. EDUARDO VIGNET CAMAERNO y ELBA NIETO MEDRANO.
D E R E C H O
I. Son aplicables en cuanto al fondo, los artículos 134, 135 fracción II, 136, 137, 138 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Distrito Federal.
II. El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos 255 a 429 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted C. Juez atentamente pido se sirva:
PRIMERO. Tenerme por presentada en los términos del presente escrito y documentos que acompaño, demandando la Rectificación del Acta de Defunción de referencia.
SEGUNDO. Tener por autorizados a los profesionistas señalados y para los efectos indicados.
TERCERO. Con las copias simples que se anexan correr traslado a la demandada en el domicilio señalado en el proemio, a efecto de que produzca su contestación y oponga excepciones y defensas.
CUARTO. En su oportunidad y previos los trámites de Ley, dictar sentencia decretando que es procedente la rectificación del acta de defunción en los términos que se solicita en el presente ocurso, girando atento oficio al C. Director del Registro Civil del Distrito Federal para la rectificación respectiva.
QUINTO. Proveer conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO
JIMENA MARTINEZ GONZALEZ