CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE GIROS COMERCIALES

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE,      (EN LO SUCESIVO EL “ARRENDADOR”), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________, Y POR LA OTRA PARTE, ____________, S.A. DE C.V. (EN LO SUCESIVO EL “ARRENDATARIO”), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

DECLARACIONES

  1. Declara el ARRENDADOR:

  1. a) Que es una sociedad mercantil debidamente constituida en los términos de las leyes de la República Mexicana, según lo acredita mediante Escritura Pública número _______ otorgada el ______ de ______ de ______ ante la fe del Lic. _______________, Notario Publico número ________ de _______________, inscrita el __ de _____ de __ en el Registro Público de Comercio bajo el folio mercantil número _________.

  1. b) Que es legítimo propietario del INMUEBLE ubicado en ________________ (en lo sucesivo el “INMUEBLE”). Se acompaña como Anexo “B” del presente contrato, copia de la escritura pública que acredita la propiedad del INMUEBLE.

  1. c) Que desea celebrar el presente contrato con el ARRENDATARIO, a fin de otorgarle en arrendamiento el INMUEBLE para la instalación y operación de los siguientes giros comerciales: (indicar el giro o actividad, ej: restaurante, oficinas, bar, etc.) ____________, ___________, ___________, ________ y todas las instalaciones y giros relacionados con los mismos (en lo sucesivo los “GIROS COMERCIALES”).

  1. d) Que el INMUEBLE se encuentra en condiciones adecuadas para su uso y que se encuentra libre de cualquier gravamen o limitación de dominio, así como de vicios ocultos.

  1. e) Que el INMUEBLE se encuentra al corriente en el pago del Impuesto Predial, de los derechos por consumo de agua y electricidad y, en general, de cualesquiera otros impuestos, derechos, contribuciones, cooperaciones y gastos locales y federales o de cualquier otra naturaleza que cause el INMUEBLE.

  1. f) Que su representante cuenta con capacidad legal suficiente para celebrar este contrato, según lo acredita mediante Escritura Publica número ________, otorgada el __ de _____ de __ ante la fe del Lic. __________, Notario Publico número _______ de _________, inscrita el __ de _____ de __ en el Registro Público de Comercio bajo el folio mercantil número _________, y que sus facultades no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna.

 

  1. Declara el ARRENDATARIO:

 

  1. a) Que es una sociedad mercantil debidamente constituida en los términos de las leyes de la República Mexicana, según lo acredita mediante Escritura Pública número _______ otorgada el __ de _____ de __ ante la fe del Lic. _________________, Notario Publico número de _______, inscrita el __ de _____ de __ en el Registro Público de Comercio bajo el folio mercantil número ___________.

  1. b) Que se dedica, entre otras cosas, a _____________________________ (indicar la principal actividad u objeto social).

  1. c) Que desea celebrar el presente contrato a fin de instalar y operar en el INMUEBLE los GIROS COMERCIALES propios de su objeto social, en los términos y condiciones que se establecen más adelante.

  1. d) Que su representante cuenta con capacidad legal suficiente para celebrar este contrato, según lo acredita mediante Escritura Publica número _________, otorgada el __ de _____ de __ ante la fe del Lic. ______________, Notario Publico número ________ de _________, inscrita el __ de _____ de __ en el Registro Público de Comercio bajo el folio mercantil número ________, y que sus facultades no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna.

EXPUESTO LO ANTERIOR, las partes se reconocen mutuamente el carácter y personalidad con que comparecen y convienen en otorgar las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA. OBJETO. Sujeto a los términos y condiciones de este contrato, el ARRENDADOR da al ARRENDATARIO y éste con ese carácter toma en arrendamiento exclusivo el INMUEBLE, a fin de instalar y operar los GIROS COMERCIALES, en el entendido de que el ARRENDATARIO estará facultado para realizar las adaptaciones, remodelaciones y mejoras en el INMUEBLE que estime convenientes para la instalación y operación de los GIROS COMERCIALES.

El ARRENDADOR entrega en este acto al ARRENDATARIO posesión del INMUEBLE, quien lo recibe a su entera satisfacción en condiciones de construcción, manifestando el ARRENDATARIO su conformidad respecto al estado de obra negra en que se encuentra el INMUEBLE.

SEGUNDA. RENTA. El ARRENDATARIO se obliga a cubrir a el ARRENDADOR, por concepto de renta mensual fija, la cantidad de USD$______ (indicar cantidad en números) (________________ (indicar cantidad en letras mayúsculas) DÓLARES 00/100 MONEDA DE CURSO LEGAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA), más el Impuesto al Valor Agregado que corresponda.

La renta mensual que se establece en la presente cláusula será pagadera en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, al tipo de cambio vigente al momento de pago, en el entendido de que las partes establecen un tope del tipo de cambio por dólar de $______(indicar cantidad en números)(____(indicar cantidad en números) PESOS 00/100), el cual será aplicable únicamente en caso de que el tipo cambiario vigente al momento de pago de la renta exceda dicho tope. Cualquier excedente del tipo de cambio, no será pagadero.

Las partes acuerdan que el monto de las rentas se mantendrá fijo durante un periodo de __ (____) mesescontados a partir de la fecha de firma del presente contrato.

A partir del      día, la renta se incrementará en los términos y proporciones de la inflación de los Estados Unidos de Norte América.

TERCERA. CONDICIONES DE PAGO.  El ARRENDADOR concede un plazo de   mesesde gracia para el pago de la renta, a fin de que el ARRENDATARIO realice las instalaciones, reparaciones y mejoras en el INMUEBLE que considere necesarias para la operación de los GIROS COMERCIALES.

El ARRENDATARIO se obliga a cubrir la renta por anualidades adelantadas, dentro del mes de Enerodel año que corresponda, en el domicilio del ARRENDADOR.

El ARRENDATARIO no podrá retener la renta estipulada en el presente contrato, en caso alguno o por concepto alguno, salvo en el caso de que el ARRENDADOR no cumpla con las obligaciones que se le imponen conforme al presente instrumento.

El ARRENDADOR deberá entregar al ARRENDATARIO los recibos correspondientes por los pagos de las rentas, los cuales deberán cumplir con los requisitos que establezcan las leyes fiscales aplicables.

En caso de que,  por cualquier causa, el ARRENDADOR se niegue a recibir del ARRENDATARIO el pago de la renta, el ARRENDATARIO podrá consignar la renta ante los Tribunales competentes de ____________ (indicar ciudad), de manera que la renta se tendrá por pagada al ARRENDADOR a partir del momento de la consignación de la renta ante dichos Tribunales. En este caso, el ARRENDATARIO se obliga a informar por escrito al ARRENDADOR dentro de un plazo de 3 (tres) días siguientes a la fecha de depósito, el lugar donde se encuentre depositada la renta.

CUARTA. VIGENCIA. El presente contrato tendrá una vigencia de __ (____) años forzosos, contados a partir de la fecha de firma del mismo.

No obstante lo anterior, el ARRENDATARIO podrá prorrogar el presente contrato por __ (____) años más, dando aviso por escrito al ARRENDADOR con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha de terminación de este Contrato.

Durante la vigencia del presente contrato, después de transcurridos los __ (____) años forzosos, el ARRENDATARIO podrá exigir la terminación anticipada del presente contrato, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad alguna, dando previo aviso por escrito al ARRENDADOR con al menos __ (____) meses de anticipación.

Transcurridos __ (____) años de vigencia del presente contrato, las partes podrán acordar su prórroga de común acuerdo y por escrito.

QUINTA. INSTALACIONES. Durante la vigencia del presente contrato, el ARRENDATARIO está autorizado para realizar las reparaciones, instalaciones eléctricas, adaptaciones, mejoras y demás trabajos de reparación, construcción o instalación necesarios en el INMUEBLE, y estará autorizado para instalar y exhibir los anuncios y demás publicidad que estime conveniente en relación con la operación de los GIROS COMERCIALES.

Todos los gastos que se originen por dichas adaptaciones, instalaciones y/o construcciones, así como los gastos relacionados con los anuncios y publicidad de los GIROS COMERCIALES serán a cargo exclusivo del ARRENDATARIO.

SEXTA. REPARACIONES Y GASTOS. El ARRENDATARIO podrá llevar a cabo todas las modificaciones, mejoras o adaptaciones al INMUEBLE que no afecten su estructura. En caso de que el ARRENDATARIO desee realizar adaptaciones, modificaciones o mejoras que afecten la estructura del INMUEBLE, el ARRENDATARIO deberá obtener la previa autorización escrita del ARRENDADOR, misma que no podrá ser negada sin justa causa.

Al realizar, en su caso, dichas obras, el ARRENDATARIO cumplirá con las disposiciones reglamentarias correspondientes y será responsable de las sanciones que pudieran llegar a imponerse por infracción de las mismas, conviniendo al mismo tiempo el ARRENDATARIO en que todas las reparaciones, instalaciones y, en general, el mantenimiento del INMUEBLE en todos sus aspectos, correrán definitivamente por su exclusiva cuenta.

No obstante lo anterior, queda expresamente pactado que todas las reparaciones menores y gastos de mantenimiento del INMUEBLE que sean necesarios durante el término de este contrato, serán de la cuenta exclusiva del ARRENDATARIO, mientras que las inversiones y gastos mayores que deban efectuarse en el INMUEBLE estarán a cargo en forma exclusiva del ARRENDADOR.

Las partes acuerdan que al término del presente Contrato por cualquier causa, el ARRENDATARIO deberá retirar todas las adaptaciones, instalaciones o mejoras que puedan ser retiradas del INMUEBLE sin dañar su estructura.

El ARRENDATARIO se obliga a cubrir por su exclusiva cuenta: i) los derechos derivados del consumo de agua; ii) los derechos por suministro de energía eléctrica y gas; y iii) los recibos por el uso de líneas telefónicas.

SÉPTIMA. DESOCUPACIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL INMUEBLE. A la terminación del presente contrato, el ARRENDATARIO contará con un plazo de __ (____) meses para desocupar el INMUEBLE, así como para retirar las obras, materiales, estructuras y equipos propiedad del ARRENDATARIO cuyo retiro no afecte la estructura del INMUEBLE.

A la terminación del plazo antes mencionado, el ARRENDATARIO deberá devolver el INMUEBLE al ARRENDADOR, en el mismo estado en que lo recibió, salvo por el desgaste derivado del uso normal del propio INMUEBLE y de las mejoras permanentes efectuadas sobre el mismo.

Asimismo, el ARRENDATARIO se obliga a devolver el INMUEBLE libre de cualquier responsabilidad o reclamación de carácter fiscal, administrativo o cualquier otro.

En caso de que, por cualquier causa, el ARRENDADOR se negara a recibir del ARRENDATARIO el INMUEBLE, podrá el ARRENDATARIO, dentro de los __ (____) días hábiles siguientes a la fecha en que hubiere notificado su intención de desocupar el INMUEBLE,  consignar ante los Tribunales competentes de la ciudad de      las llaves del mismo, de tal forma que dicho INMUEBLE se tendrá por entregado y recibido por el ARRENDADOR desde la fecha en que se verificó la diligencia consignada en el acta, sin responsabilidad para el ARRENDATARIO y sin perjuicio del derecho del ARRENDADOR para exigir el pago de los adeudos que por cualquier concepto estuvieren pendientes a la fecha señalada para la entrega y recepción de INMUEBLE.

Por su parte, en caso de que, por cualquier causa, el ARRENDATARIO deba devolver el INMUEBLE al ARRENDADOR y no lo haga en términos de la presente cláusula, el ARRENDATARIO acepta pagar una pena convencional por cada mes o fracción de mes que dure el incumplimiento, consistente en una suma igual al monto de la renta que corresponda a cada mes en que continúe en incumplimiento o, en caso de que el incumplimiento sea menor a un mes, la parte proporcional de la pena.

Lo anterior será aplicable salvo que por escrito se convenga o se firme un nuevo contrato o cualquier otro convenio que dé término a esta situación de incumplimiento.

OCTAVA. PERMISOS Y LICENCIAS. El ARRENDADOR declara que el INMUEBLE cuenta con la licencia de uso de suelo correspondiente para el establecimiento y operación de los GIROS COMERCIALES, según se acredita con el Certificado de Acreditamiento de Uso de Suelo No. ________, expedido el ______ de ______ de ______ por ____________, copia del cual se acompaña como Anexo “F” del presente contrato.

No obstante lo anterior, el ARRENDATARIO se obliga a obtener todos los permisos, licencias y autorizaciones adicionales que se requieran para el establecimiento y operación de los GIROS COMERCIALES.

NOVENA. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR. El ARRENDADOR estará obligado a lo siguiente:

  1. A entregar al ARRENDATARIO el INMUEBLE, con todas sus pertenencias y en estado de servir para el uso convenido, así como en condiciones que ofrezcan al ARRENDATARIO la higiene y seguridad del INMUEBLE;

II.- A conservar el INMUEBLE en el mismo estado, durante la vigencia del presente contrato, haciendo para ello todas las reparaciones necesarias;

III.- A no estorbar ni embarazar de manera alguna el uso del INMUEBLE, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables;

IV.- A garantizar el uso o goce pacífico del INMUEBLE durante la vigencia del presente contrato;

          V.- A responder de los daños y perjuicios que sufra el ARRENDATARIO por los defectos o vicios ocultos del INMUEBLE anteriores al arrendamiento materia del presente contrato.

DÉCIMA. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO. El ARRENDATARIO está obligado:

          I.- A pagar la renta en la forma y tiempo convenidos en el presente contrato;

          II.- A responder de los perjuicios que el INMUEBLE sufra por su culpa o negligencia, la de sus empleados, funcionarios o subarrendatarios;

          III.- A servirse del INMUEBLE solamente para el uso convenido o conforme a la naturaleza y destino del mismo.

DÉCIMA PRIMERA. DEFECTOS O VICIOS OCULTOS. No obstante que, a la fecha de firma del presente instrumento, el INMUEBLE se encuentra en obra negra, el ARRENDADOR está obligado a responder de los vicios o defectos ocultos del INMUEBLE que impidan su uso, aún cuando el ARRENDADOR no tuviere conocimiento de ellos o los mismos hubiesen sobrevenido durante la vigencia del presente contrato, por causas no imputables al ARRENDATARIO, quien podrá pedir la disminución de la renta o la rescisión del presente contrato, salvo que el ARRENDADOR pruebe que el ARRENDATARIO tuvo conocimiento de los vicios o defectos del INMUEBLE antes de celebrar el presente contrato.

DÉCIMA SEGUNDA. SEGURO. El ARRENDATARIO se compromete a contratar con una compañía aseguradora previamente autorizada por el ARRENDADOR, un seguro de responsabilidad civil y por daños a terceros, a entera satisfacción del ARRENDADOR, en el entendido de que el ARRENDADOR será el beneficiario exclusivo de dicho seguro. El ARRENDATARIO deberá entregar al ARRENDADOR, copia de la póliza de seguro dentro de los 30 (treinta) días naturales posteriores a la firma de este contrato y se encargará de pagar oportunamente las primas del mismo. Las partes acuerdan que la póliza de seguro no podrá ser cancelada durante la vigencia del presente contrato, sin el previo consentimiento por escrito del ARRENDADOR.

DÉCIMA TERCERA. DESALOJO DEL INMUEBLE. El ARRENDATARIO autoriza en forma expresa al ARRENDADOR, a partir del día ______ de _______ del año ________, a tomar posesión del INMUEBLE, para cuyo efecto el ARRENDADOR podrá romper cerraduras, desocupar de muebles e instalaciones el INMUEBLE y darle el uso que estime pertinente, sin que esto se considere como allanamiento de morada o desposesión ilegal.

El ARRENDATARIO renuncia expresamente a cualquier acción de derecho que le corresponda conforme a las disposiciones de carácter mercantil, civil o penal por concepto de allanamiento de morada, daños, perjuicio o cualquier otro concepto, pues es la voluntad de ambas partes que, el día ______ de _______ del año ________, el ARRENDADOR disponga libremente del INMUEBLE sin oposición extrajudicial o judicial por parte del ARRENDATARIO o de los subarrendatarios, en su caso.

En caso de subarrendamiento del INMUEBLE, el subarrendatario aceptará expresamente esta cláusula que garantiza al ARRENDADOR la posesión del INMUEBLE sin obstáculos.

Para efectos de esta cláusula, el ARRENDATARIO renuncia a las acciones que establecen los artículos 285, 395, 396, 399 y 399 Bis del Código Penal Federal y sus correlativos de los códigos penales de los estados de la República Mexicana.

DÉCIMA CUARTA. SUBARRENDAMIENTO. Las partes acuerdan que el ARRENDATARIO podrá traspasar, subarrendar o ceder el uso del INMUEBLE, siempre que cuente con el consentimiento previo y por escrito del ARRENDADOR, quien no podrá negar su consentimiento salvo por causa justificada que compruebe al ARRENDATARIO.

En caso de traspaso, subarriendo o cesión del INMUEBLE conforme a la presente cláusula, el ARRENDATARIO mantendrá el carácter de obligado solidario con el subarrendatario o cesionario.

          DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD LABORAL. Las partes aceptan y reconocen expresamente que por el cumplimiento del presente Contrato, no se encuadran las partes dentro de los supuestos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, en virtud de que el ARRENDATARIO y sus empleados no quedan sujetos a dirección, dependencia o subordinación alguna ante el ARRENDADOR.

De igual manera, el ARRENDATARIO reconoce expresamente como de su propia y exclusiva responsabilidad, las obligaciones de patrón que le impongan las leyes laborales, fiscales, penales, etc., respecto del personal que contrate con motivo del cumplimiento del presente contrato

DÉCIMA SEXTA. RESCISIÓN. Serán causas de rescisión del presente contrato, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad alguna para la parte que opte por la rescisión, además de las previstas en la Ley y en el presente contrato, las siguientes:

(a) La falta de pago de dos (2) o más mensualidades de renta durante la vigencia del presente Contrato;

(b) Que el ARRENDTARIO subarriende en todo o en parte el INMUEBLE sin el consentimiento del ARRENDADOR;

(c) En caso de que el ARRENDADOR no cuente con todas las licencias, autorizaciones y permisos de las autoridades federales, estatales y municipales que sean necesarios para el uso de suelo del INMUEBLE;

(d) En caso de que el ARRENDADOR no entregue y/o no mantenga el INMUEBLE en las condiciones pactadas;

(e) En caso de incumplimiento por cualquiera de las partes a sus obligaciones; y

(f) En caso de que se inicie procesos ya sea de disolución, liquidación o concurso de cualquiera de las partes.

DÉCIMA SÉPTIMA. PENA CONVENCIONAL. En caso de terminación del presente contrato por causas imputables al ARRENDADOR, el ARRENDADOR pagará al ARRENDATARIO, por concepto de pena convencional, la cantidad equivalente a _________ (indicar una cantidad fija, una cantidad equivalente a “x” número de rentas o un porcentaje sobre la renta mensual o anual) y deberá de rembolsar al ARRENDATARIO las cantidades que se hubieren cubierto por anticipado por concepto de renta, dentro de los __ (___) días naturales siguientes a la fecha en que se dé por terminado el presente contrato.

DÉCIMA OCTAVA. DEPÓSITO. El ARRENDATARIO  entrega al ARRENDADOR en este acto la cantidad equivalente a un mes de depósito de renta a efecto de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en este contrato.

Asimismo, en caso de prórroga del presente contrato, se aumentará el depósito en los términos de la cláusula Tercera del presente Contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del ARRENDATARIO.

El depósito no causará intereses a favor del ARRENDATARIO, el cual autoriza en este acto al ARRENDADOR para descontar cualesquiera cantidades necesarias para cubrir el importe de los adeudos a cargo del ARRENDATARIO de acuerdo con este contrato, o por concepto de daños al INMUEBLE que no sean aquellos originados por el uso normal del mismo.

A la terminación del arrendamiento, el ARRENDADOR deberá reembolsar al ARRENDATARIO el importe del depósito a que se refiere esta cláusula, salvo que existiere algún adeudo a cargo del ARRENDATARIO por concepto del arrendamiento del INMUEBLE, en cuyo caso, el ARRENDADOR podrá deducir las cantidades que el ARRENDATARIO adeudare.  Para efectos de lo anterior, el ARRENDADOR deberá comprobar en forma fehaciente la existencia de dichos adeudos.

DÉCIMA NOVENA. IMPUESTOS.   El ARRENDADOR pagará el impuesto predial y los demás impuestos que se causen por la propiedad, uso u ocupación del INMUEBLE durante el término de este contrato o cualquiera de sus prórrogas.

El ARRENDADOR será responsable de los daños y perjuicios causados al ARRENDATARIO en el caso en que el ARRENDADOR no cumpla con sus obligaciones de conformidad con la presente cláusula.

VIGÉSIMA. ENCABEZADOS.   Los encabezados de las cláusulas de este contrato se incluyen únicamente para facilitar la referencia y no forman parte de este contrato para cualquier otro fin.

VIGÉSIMA PRIMERA. DOMICILIOS.  Las partes señalan como sus domicilios respectivos para efectos del presente contrato los siguientes:

El ARRENDADOR:     

 

El ARRENDATARIO:     

Todos los avisos y notificaciones de cualquier tipo que bajo el presente contrato deban darse las partes, serán por escrito y se considerarán como debidamente dados cuando sean entregados en persona o 3 (tres) días hábiles después de su envío por correo pagado y certificado o registrado con el acuse de recibo, o enviado por fax y confirmado por correo certificado o registrado.

En caso de cambio de domicilio de cualquiera de las partes, ésta deberá notificar a la otra parte el nuevo domicilio dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha en que se lleve a cabo el cambio, de otro modo, los avisos y notificaciones de cualquier tipo dirigidas al último domicilio indicado, serán legalmente válidas.

 VIGESIMA SEGUNDA. ACUERDO TOTAL. Este contrato constituye el acuerdo completo entre las partes en relación con su objeto y no podrá ser modificado sino mediante instrumento por escrito firmado por representantes autorizados de cada una de las partes.

VIGÉSIMA TERCERA. CESIÓN. Ninguna de las partes podrá ceder ni transferir los derechos y obligaciones que adquieran conforme a este Contrato sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte.

          VIGÉSIMA CUARTA. LEYES APLICABLES Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para dirimir cualquier controversia suscitada con motivo de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales del orden común de la Ciudad de_________________, y renuncian expresamente a la jurisdicción y competencia de cualquier otro tribunal que por razón de sus domicilios presentes y/o futuros o por cualquier otra causa, pudiere corresponderles.

EN TESTIMONIO DE LO ANTERIOR  y enteradas las partes de las obligaciones que asumen conforme al  presente Contrato, lo firma por duplicado en la ciudad de_________________, el día ____________________.

 

 

EL ARRENDADOR

_______________, S.A. de C.V.

 

 

 

______________________________

Por:

Representante Legal       EL ARRENDATARIO

_______________, S.A. de C.V.

 

 

 

_____________________________

Por:

Representante Legal

Listado de Anexos

Anexo “A”:   Copia de la escritura constitutiva del ARRENDADOR

Anexo “B”: Copia de la escritura pública que acredita la propiedad  del INMUEBLE

Anexo “C”:    Copia de la escritura pública en la que constan los poderes del representante legal del ARRENDADOR

Anexo “D”: Copia de la escritura constitutiva del ARRENDATARIO

Anexo “E”: Copia de la escritura pública en la que constan los poderes del representante legal del ARRENDATARIO

Anexo “F”:  Copia del Certificado de Acreditamiento de Uso de Suelo del INMUEBLE