CONSIGNACIÓN PAGO PENSIÓN BILLETE DE DEPOSITO

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LAMBERTO ALARCON SANCHEZ
DILIGENCIAS PRELIMINARES DE
CONSIGNACION POR CONCEPTO
DE PAGO DE PENSION ALIMENTICIA.
FOLIO No.-

C. DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA CENTRAL DE CONSIGNACIONES DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E.

LAMBERTO ALARCON SANCHEZ, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, la casa marcada con el número 1, de la calle Río Duero, Colonia Valle se San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, Código Postal 09970, en esta ciudad de México, Distrito Federal, y autorizando para estos mismos efectos, indistintamente, a los lics. Sebastián César Juárez Páez; Pedro Flores Delgado; y pasantes de derecho, David Rey Franco Guzmán; Itzel Juárez Contreras y Beatriz Barreto Morales y gestionen lo conducente en el presente asunto, ante usted, con el respeto que le es merecido comparezco y expongo:

Que en vía administrativa judicial, vengo a consignara a favor de la señora MARGARITA SERENO OROZCO, quien tiene su domicilio en: calle Río Danubio, número 12, manzana 2, lote 12, Colonia Valle de San Lorenzo, Delegación Iztapalapa, Cósigo Postal 09970, en esta ciudad, la cantidad de $300.00 (trescientos pesos 00/100 m.n.)mediante billlete de depósito número K 084616, expedido por Nacional Financiera, S.A., por concepto de pago de pensión alimenticia a favor del menor RICARDO ALARCON SERENO. Basándome para ello, en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

H E C H O S :

1.- El suscrito aproximadamente desde el mes de junio de 1996, al 19 de marzo del año en curso, mantuvo una relación de Unión Libre con la señora MARGARITA SERENO OROZCO, pero desde el día 19 de marzo de este año, la señora MARGARITA SERENO OROZCO, salió de mi domicilio junto con mi menor hijo RICARDO ALARCON SERENO, y ya no regreso, sin que existiera motivo o razón para ello.

2.- De la Unión Libre sostenida con la señora MARGARITA SERENO OROZCO, procreamos un hijo que lleva por nombre RICARDO ALARCON SERENO, quien actualmente cuenta con una edad de 2 años cumplidos.

3.- Es el caso de que para cumplir con mi obligación alimentaria a favor del menor RICARDO ALARCON SERENO, es que vengo a promover las presentes diligencias preliminares de consignación en pago por concepto de pensión alimenticia

D E R E C H O :

Sustantivamente son de aplicarse los artículos 301, 303, 308, 309, 311, 2097 al 2103 del Código Civil.

Norman el procedimiento los artículos 216, 217, 218 y demás relativos de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal.

Por lo expuesto y fundado,

A USTED, C. DIRECTOR, ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA:

PRIMERO.- Tenerme por presentado con la personalidad que ostento y copias simples de ley, certificado de depósito expedido por Nacional Financiera, S.A., por la cantidad referida para cubrir el pago por concepto de pensión alimenticia a favor de mi menor hijo RICARDO ALARCON SERENO.

SEGUNDO.- Por señalado domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos y por autorizados a los profesionales mencionados para esos mismos efectos.

TERCERO.- Tenerme mediante el presente escrito, promoviendo en la vía y forma propuesta; ordenando notificar a la señora MARGARITA SERENO OROZCO, en su carácter de representante legal, que tiene a su disposición el billete de depósito que se indica y que cubre el pago por concepto de pensión alimenticia a favor de mi menor hijo RICARDO ALARCON SERENO, previo acuse de recibo que obre en autos.

PROTESTO LO NECESARIO

LAMBERTO ALARCON SANCHEZ.