El Congreso y la “Legítima Defensa”

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Ver Estados de México donde se ha legalizado la legitima defensa.

La Reforma al Código Penal  permite que ante la intromisión de intrusos el habitante del inmueble pueda defenderse sin ser procesado penalmente.

Quedó aprobada la figura de la legítima defensa en la reforma al Código Penal, lo cual permitirá que ante la intromisión de algún intruso a la vivienda ya sea ladrón, malhechor que transgreda contra la integridad física o bienes personales, el habitante podrá salvaguardarse sin ser procesado penalmente.

La propuesta fue votada por unanimidad, y permitirá que en el caso de algún asalto o robo con violencia, la víctima podrá golpear, herir, incluso matar al delincuente y estará amparado por la Ley.

Los diputados, integrantes de la comisión, señalaron que de acuerdo a la aprobación, quien se encuentre en su domicilio podrá repeler la agresión.

El primero en regular la legítima defensa fue Nuevo León, El segundo Estado en adoptar esta medida fue Baja California Sur. El 21 de junio, en Guanajuato los diputados locales aprobaron el pasado 29 de junio.

“Cuando un intruso llegue a una casa habitación, quien esté en la casa pueda repeler esa agresión, de cualquier manera bajo cualquier circunstancia y utilizando los mecanismos o los elementos que tenga a la mano y de ninguna manera puede ser imputado penalmente”.

Tienes que comprobar que precisamente, la legítima defensa, no es un cheque en blanco  ya que hay que demostrar  la legítima defensa comprobando evidentemente que la persona que entró a un hogar pues lo hace, precisamente, con la intención de afectar o de dañar la integridad física de una persona, su familia, o económica.

La intención es que tú puedes alegar que fue en defensa propia, que fue en defensa de tu familia que fue la legítima defensa y que si el ladrón está golpeado, muy golpeado, o, en un momento dado falleció el intruso, te atienes a la legítima defensa ampliada, en ese sentido, que estuvo dentro de su casa, se hace una investigación respectiva.

La iniciativa aprobada solamente garantiza la legítima defensa en viviendas y no en negocios o automóviles propiedad de la víctima, aunque se prevé que en un futuro se pueda aplicar a los negocios y vehículos.

Lo se espera es darle más certeza al ciudadano que está siendo agredido pueda, en su momento, actuar de una manera jurídicamente más fuerte y que en su momento no sea el culpable de algo que está siendo él atacado o violentado.

Esta figura por el momento  solo aplica para casas habitación donde habitamos pero incluye todo a la redonda, es decir nuestro patio, nuestro jardín, azotea, bardas, todo lo que es el contexto de la casa habitación.

TAMBIÉN VA PARA POLICÍAS

Aquellos policías que entran a los domicilios aprovechándose del uniforme y comenten abuso de autoridad y allanan domicilios para robar, no quedan exentos de la Ley, ya que se podrá obrar de igual forma.

“La gran ventaja de esta reforma es que cuando ingresen a tu domicilio con la finalidad de agredirte, se podrá utilizar cualquier mecanismo de defensa, así sea un supuesto policía que entre a robar o agredirte”.