CIUDADANO JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE ______
___________________-, promoviendo por mi propio derecho y señalando como domicilio para recibir notificaciones el despacho ubicado en ______________ de esta ciudad de _________, y autorizando para recibirlas y para consultar autos, indistintamente a los Licenciados en Derecho _____________ ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que, vengo a promover AMPARO INDIRECTO, demanda el amparo y protección de la justicia federal en contra de los actos y autoridades que mas adelante detallare, por lo tanto en términos del Articulo 108 de la Ley de Amparo, a continuación expreso:
NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Lo es el ubicado en calle rincón del puente numero cincuenta y tres, bosques residencial del sur, delegación Xochimilco, México Distrito Federal.
NOMBRE Y DOMICILIO DEL LOS TERCEROS PERJUDICADOS: Como tercero perjudicado señalo a los supuestos agraviados
- _________________, con domicilio en calle ____ número ____, ______,_______________.
2._________________, con domicilio en calle ____ número ____, ______,_______________
3._________________, con domicilio en calle ____ número ____, ______,_______________
AUTORIDADES RESPONSABLES:
COMO ORDENADORA: Lo es la CIUDADANA JUEZA DE ORALIDAD PENAL Y EJECUCION DE LA REGION JUDICIAL ORIENTE CON SEDE EN LIBRES PUEBLA, en su carácter de ordenadora, con domicilio oficial EN AVENIDA MANUEL AVILA CAMACHO, NUMERO MIL QUINIENTOS NOVENTA en la casa de justicia de San Juan de los Llanos, Libres, Puebla.
ACTO RECLAMADO:
DE LA RESPONSABLE ORDENADORA RECLAMO:
La ilegal AUTO DE VINCULACION A PROCESO de fecha SEIS DE DEOCTUBRE DEL AÑO DOS MI CATORCE dictado en mi contra dentro de la causa penal numero __/___/LIBRES del JUZGADO DE CONTROL REGION ORIENTE, CON SEDE EN _______________, que se sigue en mi contra por los delitos de HOMICIDIO,LESIONES y DAÑO EN PROPIEDADA TITULO DE CULPA, ilícitos previstos por los artículos 305,306 fracción I y II, 308 fracción I, 312,313 fracción I inciso A, así como 414 primer párrafo en relaciona los diversos 83 y 87 del Código Penal para el Estado de ______, en agravio: el HOMICIDIO de quien en vida llevaran los nombres de ________________ y _______________; las LESIONES en agravio de ________________________________-; DAÑO EN PROPIEDAD AJENA en agravio de ________________ en su carácter del vehículo tipo guayín, marca ________-, color blanco, modelo 20__, con placas de circulación ___________ particulares del Estado de ____, así como quien resulte ser el legitimo propietario del vehículo tipo ____, marca _____, color ________, modelo ____, con placas de circulación _______ particulares del Distrito Federal, por hechos acontecidos el día ___ de abril de _____ aproximadamente a las ___ horas en el kilometro numero ________ del camino nacional __________, tramo limites del Estado de ______ y el Estado de _______, perteneciente al distrito judicial de _______________-.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, a continuación manifiesto los hechos y abstenciones que me constan y que constituyen los antecedentes del acto reclamado.
ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO:
1.- Tengo mi domicilio en la calle rincón del puente numero cincuenta y tres, bosques residencial del sur, delegación __________, México Distrito Federal., siendo el caso de que con fecha _____________, aproximadamente a las d___ horas, cuando me dirigía a visitar a mis familiares a la ciudad de _________ tuve un accidente automovilístico en el kilometro numero ____ del camino nacional __________, por lo que fue puesto a disposición del Ministerio Publico Investigador del Municipio de _________-, ese mismo día, ya que se me informo que era probable responsable del accidente que había tenido, porque que elementos de la Policia Municipal de ______, internaron en el área de seguridad e la comandancia de dicho municipio.
2.- Con fecha diecinueve de abril de dos mil catorce fui trasladado por elementos de la policía ministerial de Oriental Puebla, a la Ciudad de Teziutlán, Puebla, ya que el suscrito realice la solicitud ante el JUEZ DE CONTROL DE DE LA REGION ________________, de que seme impusiera una medida cautelar anticipada, a fin de que pudiera gozar de mi libertad de inmediato; por lo cual se celebro la audiencia de Ley para resolver en cuanto a mi petición, a pesar de que preguntaba el motivo de mi detención, no fui informado ya que en todo momento solo me decían que ya sabía porque estaba detenido, motivo por lo que el suscrito ignoraba lo que estaba pasando.
3.- En la audiencia mencionada en el punto inmediato anterior seme impuso como medida cautelar una GARANTIA ECONOMICA por la cantidad de $ ________________ (__________- moneda nacional), no obstante que no soy responsable de los delitos que se me acusa, motivo por lo que me informaron mis m familiares que verían a mi abogado para que me sacara, esto se suscito dentro de la causa penal __/20__, iniciada en contra del quejoso por el delito de LESIONES CALIFICADAS.
4.- Con fecha veinte de enero de dos mi catorce en audiencia oral y pública se dicto AUTO DE VINCULACION A PROCESO en contra del quejoso por hechos con apariencia de delito por la conducta antisocial de LESIONES CALIFICADAS, el cual constituye el acto reclamado en el presente juicio de garantías.
GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS.- Son las establecidas en los artículos 14, 16 y 19 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
CONCEPTOS DE VIOLACION.-
PRIMERO.- La responsable viola en mi directo perjuicio las garantías consagradas en el artículo 14 de nuestra carta magna, dispositivo legal que literalmente establece:
“Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se CUMPLAN LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios de orden criminal queda PROHIBIDO imponer, POR SIMPLE ANALOGÍA, Y AUN POR MAYORÍA DE RAZÓN, pena alguna que no este decretada por una Ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
SEGUNDO.- También se viola en mi perjuicio lo estipulado por el articulo 16 constitucional que a la letra dice:
“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO.”
TERCERO.- De igual forma el acto reclamado contraviene el artículo 19 constitucional que a la letra dice:
“ Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder de el plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresara: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participo en su comisión.”
En el presente caso el acto reclamado viola en mi perjuicio las disposiciones legales antes citadas, pues dicho dispositivo legal que de manera clara pone de manifiesto la intención del Legislador de puntualizar la forma en que se aplicara la LEY PENAL mediante el método de interpretación cerrado, incluso PROHIBIENDO en los juicios de orden criminal imponer por ANALOGIA O MAYORIA DE RAZON pena alguna que no este decretada por una ley exactamente aplicable AL DELITO DE QUE SE TRATE.
Lo anterior es claro en imponer al representante social investigador, la obligación de sustentar sus investigaciones, con medios de pruebas bastantes y de calidad, con estricto apego a la descripción típica de los delitos enmarcados por la ley penal, lo anterior para evitar analogías e interpretaciones por mayoría de razón, puesto que la ley sustantiva penal describe de manera clara cada uno de los elementos que integran las conductas antisociales y frente a ellas deberá regir su función el ministerio publico reuniendo pruebas de calidad y de la señaladas en el código adjetivo penal con el solo objeto de verificar que los hechos tengan la apariencia de delito y que los imputados tomaron parte de los mismos de forma probable, lo cual no ocurre en el presente caso ya que los hechos expuestos en audiencia publica de vinculación, el representante social no logra aportar medios de prueba suficientes y de calidad para tener por acreditados hechos con apariencia de delito en su modalidad de HOMICIDIO,LESIONES y DAÑO EN PROPIEDADA TITULO DE CULPA, ilícitos previstos por los artículos 305,306 fracción I y II, 308 fracción I, 312,313 fracción I inciso A, así como 414 primer párrafo en relaciona los diversos 83 y 87 del Código Penal para el Estado de _____.
Sin embargo las consideraciones de orden legal antes anotadas con estricto apega al articulo 14 constitucional fueron pasadas por alto por la autoridad responsable fundándose en la jurisprudencia 25, del primer Tribunal Colegiado en materia penal y administrativa del decimo séptimo circuito, visible en la pagina 1942, tomo III, libro V, del semanario Judicial de la Federación y su gaceta, decima época,, febrero de dos mil doce, materia penal de rubro: “AUTO DE VINCULACION APROCESO, EN SU DICTADO NO ES NECESARIO ACREDITAR EL CUERPO DEL DELITO ( ELEMENTOS OBJETIVOS, NORMATIVOS Y SUBJETIVOS) Y JUSTIFICAR LA POBRABLE RESPONSABILIDAD DEL INCULPADO SINO QUE SOLO DEBE ATENDERSE AL HECHO ILICITO Y A LA PROBABILIDAD DE QUE EL INDICIADO LO COMETIO O PARTICIPO EN SU COMISION ( NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA)”: criterio que de manera incorrecta la autoridad responsable ha entendido ya que con tal criterio jurisprudencial lo que pretende nuestro mas alto tribunal judicial es marcar la directriz de los nuevos conceptos que deben regir en la oralidad de los juicios de orden criminal, mas en ningún momento debe contravenirse lo dispuesto por el articulo 14 constitucional encargado de aplicar la ley penal y el cual es imperativo con las autoridades encargadas de hacerlo, en indicar que su actividad se deberá regir estrictamente en la integración y verificación con medios de prueba idóneos de hechos que la ley señale como delitos así como la probable participación del imputado en la comisión del mismo, y si resalto esto al inicio de la exposición de los presentes agravios, es por que la autoridad responsable en el dictado del AUTO DE VINCULACION A PROCESO asegura que basta que existan hecho expuestos por la representación social para poder entrar a estudio de cualquier conducta, lo cual es totalmente ilegal pues de ser así, cualquier conducta de la sociedad seria motivo para iniciar la actividad jurisdiccional en materia penal, pues reitero que el articulo 14 de nuestra constitución establece en su tercer párrafo de manera muy clara que en los juicios de orden criminal queda prohíbo imponer por simple analogía, y aun por mayoría de razón pena alguna que no este decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trate, esto es, para poder observar que un hecho tiene la apariencia de delito, lo primero que debe hacer la autoridad jurisdiccional es verificar si los hechos que le proporciono la representación social se corresponden con las exigencias de una conducta antisocial toda vez que no cualquier hecho social es de interés del derecho penal, sino que los exactamente aplicables al delito de que se trate, y en este caso HOMICIDIO,LESIONES Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA A TITULO DE CULPA; y si bien es cierto que la autoridad responsable justifica su proceder fundándose en las facultades que le confiere en el articulo 393 del Código de Procedimientos penales para el Estado, el cual determina que los tribunales asignaran en valor correspondiente a cada uno de los datos o elementos de prueba con aplicación estricta de las reglas de la sana critica, apreciando los elementos de prueba según su libre convicción extraída de la totalidad del debate, conforme a las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia, pero esto no quiere decir que la ley le permita actuar caprichosamente para que de manera análoga, infundada e inmotivada, deduzca que determinados hechos tengan apariencia de delito, sin que existan elementos bastantes que actualicen la figura delictiva, pues el sustento y motivación de todo auto de vinculación a proceso en principio, lo son los medios de prueba incluso científicos, que permitan observar hechos con apariencia de delito.
Como lo he sostenido, el acto reclamado carece de fundamentación legal, toda vez que los hechos en los que se sustenta no se corresponden con los fundamentos legales anotados, pues los hechos que la representación social hace valer en la audiencia de vinculación, en primer lugar no tienen la apariencia de delito, consagrado en los artículos ilícitos previstos por los artículos 305,306 fracción I y II, 308 fracción I, 312,313 fracción I inciso A, así como 414 primer párrafo en relaciona los diversos 83 y 87 del Código penal para el Estado Libre y Soberano de Puebla, por los razonamientos que he expresado y por consiguiente carece de fundamentación legal para sostener el auto de vinculación a proceso que se ha dictado en mi contra y mas aun los razonamientos y motivos expuestos en el auto de vinculación a proceso no son legalmente validos para lograr la motivación adecuada de su resolución, ya que de los mismos nos e desprende que tengan la apariencia de delito, como se exige en nuestra ley sustantiva penal. Vulnerándose mis garantías constitucionales consagradas en el articulo 16 y sobre todo el principio de legalidad, el cual le impide a toda autoridad actuar mas allá de lo que la ley le permite, y en el presente caso la responsable ha dictado auto de vinculación a proceso con total oposición a los dispositivos legales que he hecho valer.
POR LO ANTES EXPUESTO Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 1 FRACCION I, 3, 4, 5, 21, 30, 31, 76 AL 80, 107, 108 Y DEMAS RELATIVOS DE LA LEY DE AMPARO.
A usted Ciudadano Juez, de la manera más atenta solicito:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y formas de Ley, solicitando el amparo y protección de la Justicia Federal, en contra de los actos de las autoridades que señalo como responsables, por violar mis garantías individuales que precise en mi demanda.
SEGUNDO.- Concederme la SUSPENSION PROVISIONAL y en su tiempo LA SUSPENSION DEFINITIVA DEL ACTO RECLAMADO.
TERCERO.- Señalar día y hora para la celebración de la audiencia constitucional del presente juicio, solicitando a las autoridades responsables que rindan sus informes correspondientes.
CUARTO.- Oportunamente concederme EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL que demando contra los actos de las autoridades que señalo como responsables, con todos sus efectos y consecuencias legales.
PROTESTO A USTED MI RESPETO
____________, ______ A ________ DE ______ DE _____ MIL _____.