Que hacen las empresas de cartera vencida, para recuperar un adeudo

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Desde hace algunos años en México aparecieron los Call Centers que son empresas frecuentemente usadas para cobranzas, es decir gente que llama a nuestra casa y/o trabajo, no importando la hora, y una de sus acciones principales es mandar cartas al domicilio, pero sobre todo intimidar,  a veces amables, a veces agresivos y otras casi delictiva, para que se paguen deudas adquiridas por algún préstamo en efectivo, compras de un artículo a crédito, créditos hipotecarios o automovilísticos,  deudas de pago de tarjetas de crédito etc.

Su catalogo de amenazas son variadas ya que  logran intimidar a la gente, y conseguir su principal propósito “que paguen su adeudo”, a pesar de que la deuda quizá era incobrable.

Si bien debes estar consciente de que tienes un adeudo y debes pensar en cómo liquidarlo lo más pronto posible, es importante a que no permitas este tipo de maltrato, y  sobre todo no tolerarlo de ninguna manera.

Es por ello que te explicaremos la manera de operar que tienen estas empresas de cobranzas, para que no seas estafado.

En primer lugar tienes que saber por qué tu deuda ha pasado a una empresa de estas, y si las cosas que te mencionan tienen algo, o nada de verdad.

Si te has preguntado ¿por qué nos llaman?  se debe a que  es mucho más barato que iniciar un juicio, y siempre está el riesgo de que a la persona que se le está cobrando pierda su empleo y se les imposibilite cobrarse de su sueldo, y encima no tenga nada embargable en su casa.

Es decir, la empresa de crédito está en riesgo de perder aún más dinero aparte de la que no le  pagó el deudor ya que  tendrán que gastar en abogados, tasa de justicia, costos del juicio, para después quedarse sin cobrar.

Cuándo una deuda se manda  a una empresa de cobranza  se deben considerar 3   estadíos: el prejudicial que es la mora temprana, el judicial y el post judicial mora tardía.

El estadío prejudicial:

Es cuando una deuda entra en mora, en el momento en que  dejas de pagar según los plazos establecidos en tu contrato o convenio.

Cuando ésto pasa, la misma financiera, banco, o lo que sea, envía un “recordatorio”  para que acudamos a pagar y quizá ponernos en conocimiento de lo que nos podría pasar si no pagamos, y los textos mencionados en estos documentos son que te  iniciaran un juicio, que te embargaran tu sueldo o bienes de tu domicilio, etc.

En estas ocasiones cuando una persona que tiene un buen trabajo, le asusta ser embargado, por el demérito que ello implica, así como quedar fuera del sistema financiero durante un buen tiempo, “buró de crédito”.

En resumen no quiere problemas, la amenaza es cierta, le preocupa, acude  y liquida.

El estadío judicial

Es cuando el deudor que se resiste a pagar tiene bienes a su nombre como casa, auto, trabajo  relativamente estable, etc. En esta ocasión  no hay más que iniciarle el juicio, y que el juez ordene el embargo del sueldo de ésta persona, con más intereses, costos, honorarios, etc.

¿Qué pasa cuando las instituciones de crédito le dieron un préstamo a una persona que en ese momento tenía un trabajo estable y ahora no?

Aquí es cuando los  prestamistas deberían pensar en calcular la estimación de riesgo de que a una persona que se le otorgue un préstamo, conlleve el riesgo de que más adelante no  pudiera pagarlo, y asumir el riesgo, pero no es así, ya que harán todo lo posible para cobrar su crédito usurario, por cualquier vía ya sea engaños, intimidación, hostigamiento, amenazas en su modalidad de llamadas o cartas sin gastar un peso.

El estadío post judicial

Aquí según el tipo de deuda, máximo 3 años desde que dejaste de pagar, sin que te hayan iniciado juicio.

Las empresas de cobranza  compran o convienen con  el banco o financiera el derecho a cobrar las deudas,  a veces se les paga únicamente por que gestionen su cobro un porcentaje sobre lo recuperado, a veces su cliente es un fideicomiso que compró estas deudas viejas, ellos harán el intento de recuperarlas.

Son varias empresas las que se  dedican a la recuperación de la cartera vencida, ya que  es un negocio redondo, cobrar deudas incobrables e inexigibles jurídicamente.

Hacemos de tu conocimiento un  tutorial práctico, para contestar este tipo de llamadas, tratando de sintetizar los planteamientos que han hecho estas empresas de cobranza.

En un principio cuando nos llaman son amables, nos informan de un adeudo de hace bastante tiempo, y nos ofrecen pagarlo en cómodas cuotas, encima sin intereses, a veces incluso por menos de lo que sacamos.

A manera de ejemplo, si solicitaste $20,000.00 pesos en el 2010, que con intereses se fue a $35,000.00 pesos y ahora te ofrecen pagar $7,500.00

Aquí la lógica nos indicaría que nadie hace una oferta tan buena, ya que ninguna institución de crédito hace este tipo de ofertas.

Amablemente le diremos, disculpe señor, yo no pago sin asesorarme, y no voy a asesorarme con mi acreedor.

En días posteriores nuevamente vuelven a llamar,  para recordarnos la deuda, e informándonos que pueden iniciar acciones judiciales como embargo de sueldo, embargo de nuestros muebles, etc.

Por lo general los abogados, no llaman, los que llaman son chicos a los que les pagan un sueldo mínimo, por amedrentar a la gente.

En el caso que se presenten como abogados solicítales  su nombre y número de cedula  para ejercer la profesión de abogado, quien se diga abogado sin serlo está cometiendo el delito de usurpación de profesiones.

En el supuesto podemos buscar a este abogado por internet, en el Registro Nacional de Profesiones https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx

Si no está dispuesto a darte la información, le diremos que vamos a denunciarlo penalmente, y que la conversación está siendo grabada.

Así se les bajan los aires de superioridad.

No tenemos porqué soportar llamados telefónicos, esa no es la vía para cobrar las deudas. La vía es el Juicio, y si no lo hacen, por algo será.

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