- En ciertas ocasiones tenemos la necesidad de cubrir un horario extra en la empresa, lo cual hace que apoyes a tu empresa y también a tu economía, pero es importante conocer que obtendrás al hacer horas extras.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las horas que contemplan una jornada laboral normal es de 8 horas, en caso de ser horario nocturno deben de ser 7 horas y en caso de ser una jornada mixta debe de ser de 7 horas y media.
Sin embargo, surgen necesidades en la empresa donde llega a necesitar que trabajes horas extras, la razon debe ser por una situación extraordinaria y la jornada extras máximo debe de ser por 3 horas diarias sin exceder los 3 días a la semana, dando un total máximo de 9 horas extras en total a la semana.
A pesar de que esto puede ser una necesidad de la empresa no estás obligado a prestar tus servicios más del tiempo extra ya señalado, teniendo la opción de prestarlo con el correspondiente pago.
Cuando se trata de que trabajes como servidor público y tu jornada laboral sea de 24 horas laborales por 48 horas de descanso, de acuerdo al criterio jurisprudencial, tienes derecho a ser considerado con un excedente de 160 horas mensuales lo que da un total de 8 horas diarias por 5 días laborales dividido en 4 semana lo que se considerara como tiempo extra quedando este remunerado como tal.
En estos casos se toma en cuenta la hora de inicio de la jornada ordinaria, iniciando la jornada incluida en el horario de la jornada diurna la cual se comprende de las 6:00 a.m. a 8:00 p.m., la máxima se considera de 8 horas y las 16 horas restantes serán extraordinarias, pero si el inicio de tu jornada queda incluida en la nocturna el horario comprende de 8:00 p.m. a 6:00 a.m. el máximo de horas será de 7 horas tomando como extraordinarias 17 horas.
Al cumplir con horas extras es importante que sepas que tu patrón te debe pagar por el tiempo de trabajo extra, se pagan 9 horas extras a la semana al 100% de la parte proporcional que corresponde al pago por hora de tu salario.
Si llegas a trabajar más horas, tu patrón te deberá pagar al pasar las primeras 9 la hora adicional al 200% según el monto de tu salario que corresponda a las horas de la jornada.