Resolución de la SCJN en la Acción de Inconstitucionalidad 87/2015 presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de una ley del estado de #QuintanaRoo que exigía a los #Periodistas tener acreditación de un medio de comunicación para entrar a eventos públicos y de gobierno. La Corte resolvió que se viola la #LibertadDeExpresión.
Por mayoría de votos el pleno
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalido la disposición de la ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas del estado de Quintana Roo, establecía como requisito para ingresar a un acto de interés publico que los periodistas acreditaran el medio de comunicación para el cual laboran.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad que promovió la CNDH en contra de la ley de periodistas del estado de Quintana Roo, por considerarla contraria la Constitución Federal.
El pleno de ministros también determino que la definición de periodista no debe limitarse a los empleados de medios tradicionales de comunicación sino que incluya a toda persona que difunda comunicación.