La Licencia por Paternidad es un derecho otorgado por la Ley al trabajador al nacer un hijo, este podrá brindar apoyo a la mama para el cuidado y atención del bebe en los primeros días de nacimiento.
Desde el año 2008 la Suprema Corte reconoce el derecho de otorgar a los padres la licencia de paternidad pero se puso en practica hasta los años 2012-2014, con el principal objetivo de dar fuerza a la igualdad de genero.
En México se establece dicha licencia gracias a la Reforma Laboral implementada por la administración correspondiente donde de acuerdo al Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo Fracción XXVII Bis establece que se otorga el permiso de paternidad al trabajador por 5 días laborables con goce de sueldo íntegro por lo que es obligación del patrón otorgar el permiso de paternidad de los días establecidos por el nacimiento de sus hijos y, de igual manera, en el caso de adopción de un infante.
Esta la licencia es aplicable para padres consanguíneos y adoptivos, no se hace distinción por la forma en que se da el parentesco. En el caso de adopción se prevé una licencia de hasta 40 días máximo dándose el caso cuando la adopción es individualmente, determinando los días según sea el caso.
Sin embargo para el caso del Distrito Federan ahora CDMX la Ley varia un poco en la que de acuerdo a la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en el Distrito Federal, menciona que los trabajadores ante el nacimiento de un hijo podrán acceder a una Licencia por Paternidad Responsable la cual brinda un lapso de 15 días naturales con goce de sueldo.