IRREVOCABLE EL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD

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La primera sala de la suprema corte de justicia de la nación, determino que el reconocimiento de un hijo no es revocable, toda ves que se trata de un acto jurídico voluntario, independientemente de un vinculo biológico, por lo que el reconocimiento de la paternidad es irrevocable para evitar que quede a la elección o capricho del padre cumplir con el compromiso jurídico adquirido con el menor.

 

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