FIANZAS TODO LO QUE DEBES SABER DE ELLAS TIPOS Y USOS

0
7968

FIANZAS

FIANZA: Es el conjunto por medio del cual un tercero se compromete con un acreedor a pagar por un deudor si éste no lo hace

Ramo I Fianza de Fidelidad

  1. Fianza Individual.
  2. Fianza Cedula.
  3. Fianza Global.
  4. Fianza Exceso.
  5. Fianza MUV.
  6. Fianza Combinada.

Ramo II Fianzas Judiciales

  1. Fianza Penal.
  2. Fianza Civil.
  3. Fianza Familiar.
  4. Fianza Arrendamiento.
  5. Fianza Mercantil.
  6. Fianza de lo Consensual.
  7. Fianza Laboral.
  8. Fianza de Amparo.

Ramo III Fianzas Diversas

  1. Ramo IV Fianzas de Crédito

Ramo V Garantía de Recuperación

FIANZA DE FIDELIDAD

            Concepto.- Garantiza la reparación o pago por parte de la compañía afianzadora de los daños pecuniarios salidos por un patrón que provenga de la comisión de delitos de parte de sus empleados, por si solos o en complicidad de otras personas ajenas o no al patrón en bienes propiedad de éste o en bienes de cualquier naturaleza que al mismo hayan sido confiados y de los cuales resulte legalmente responsable.

DELITOS CUBIERTOS O PATRIMONIALES
  • ROBO Art. 367 de CPDF.
  1. FRAUDE Art. 386 CPDF.
  2. ABUSO DE CONFIANZA Art. 382 CPDF.
  3. PECULADO Art. 223 CPDF.

ELEMENTOS DE FINAZA FIDELIDAD
  • Empleado, fiado (obligado principal) personal: administrativo, obrero o de ventas.
  1. Patrón, beneficiario (acreedor) persona física o moral.
  2. Afianzadora (fiador).

Obligación.- Vínculo Laboral

MODALIDADES
  • Global (abierta, general, colectiva).
  1. De Exceso (exclusivamente a la Global).
  2. Monto Único de vendedores (MUV).
  3. Cobertura combinada.

FIANZA INDIVIDUAL

            Concepto.- Modalidad dirigida básicamente a cubrir las necesidades del afianzamiento de una persona en lo particular. Se emite una póliza por cada uno de los empleados a afianzar.

  1. Susceptible de modificar.
  2. Cancelación Automática.
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
  • No es colectiva.
  1. Protección Parcial.
  2. Para todo tipo de empleados.
  3. Cada empleado tiene su propia fianza.
  4. Dirigido a empleados con funciones de mayor responsabilidad.
  5. Tarifa: 1.5 % personal Administrativo, 2% personal de ventas.

REQUISITOS DE CONTRATACIÓN
  • Patrón (beneficiario): Informe de sistema de control interno
  1. Empleado (fiado): Solicitud de fianza: a)Nombre, b)Puesto, c)Monto

FIANZA DE CEDULA

            Concepto.- Prácticamente es un conjunto de fianzas individuales en una sola póliza.

  1. Procede de dos empleados en adelante.
  2. En un solo documento se afianzan varios empleados que desempeñen iguales o diferentes puestos.
  3. Susceptible de modificarse: sumas, montos, puestos o empleados.
  4. Manejo de altas y bajas, cobros y devoluciones de premios.
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
  • Vigencia común.
  1. Sustituye a la Fianza Individual.
  2. Protección Parcial.
  3. Susceptible de incluir a todo tipo de empleados.
  4. Cada empleado tiene su propia suma afianzada.
  5. Dirigido a empleados de mayor responsabilidad.
  6. Tarifa de 1.5% al personal administrativo y 2% al personal de ventas
  7. Impuesto de sistema de control interno.

Requisitos de Contratación.

  1. Patrón (beneficiario): relación de personal indicado.
    1. Nombre completo
    2. Puesto asignado
    3. Número de R. F. C.
    4. Monto Afianza por cada uno

  1. Empleado (fiado): Solicitud de Fianza.
    1. Nombre
    2. Puesto
    3. Monto

FIANZA GLOBAL

            Concepto.- Cauciona los manejos de todos los empleados administrativos de una empresa con la posibilidad de incluir a los obreros. Se exceptúa de vendedores p labores similares.

Características:

  1. Condición propia de incluir todo el personal administrativo aproximadamente por jerarquía. Protección Total.
  2. Se expide por monto único se excluye, tiene carácter acumulativo.
  3. Se exime al patrón de altas y bajas.
  4. Ajustes de prima anual.
  5. Ingreso automático del empleado.
  6. Tarifa:
  7. Primeros 25 empleados 3% sobre el monto de la fianza (S/M-F).
  8. De 26 en adelante .05% S/M-F.
  9. Más de 500 empleados 30% S/M-F.
  10. Por filial $ 300 por cada uno.
  11. Por obrero .01% S/M-F
  12. Informe de Sistemas de Control Interno

Requisitos de Contratación.

  1. Patrón (beneficiario): Relación de personal (excepto más de 500 empleados)
    1. Nombre completo.
    2. Puesto asignado.
    3. Numero de R. F. C.
    4. Informe de sistemas de control interno.
  2. Empleado (fiado): Ninguno.

FINAZA DE EXCESO

            Concepto.- Modalidad individual o en cédula, de carácter complementaria a una global, cuando se requiere suma afianzada adicional a esta última.

Características:

  1. Su existencia depende de la existencia de la cobertura básica global
  2. Según el número de empleados será; Individual o en cédula.
  3. Tiene la vigencia igual a la fianza básica.
  4. Abatir costos al patrón.
  5. Cobertura real a necesidades.
  6. Tarifa 1.25% sobre el exceso de la fianza.
  7. Informe de sistemas de control interno.

Requisitos de contratación:

  1. Patrón (beneficiario): Relación de personal
    1. Nombre completo.
    2. Puesto asignado.
    3. Número de R. F. C.
    4. Monto de fianza por cada uno.
    5. Informe de sistemas de control interno

  1. Empleado (fiado): Solicitud de la fianza.

FIANZA MONTO ÚNICO PARA VENDEDORES M.U.V.

            Concepto.- Exclusiva para vendedores o aquellos empleados que habitualmente o que en forma circunstancial desarrollen actividades similares.

Características:

  1. Condición propia y esencial que incluye a todos los vendedores o similar.
  2. Se expide por monto único, no adquieren el carácter acumulativo.
  3. Monto mínimo $ 1,000.00.
  4. Efectuarse altas y bajas, la aceptación de la afianzadora será a través de documentos formales.
  5. Ajustes anuales de prima.
  6. Deducibles:
    1. Hasta $10,000.00 10%
    2. De $10,000.00 a 20,000.00 15%
    3. De 20,000.00 en adelante 20%
  7. Tarifa:
    1. Primeros 25 empleados. 6% S/M-F
    2. 26 empleados en adelanta .06% S/M-F
    3. Más de 400 empleados 30% S/M-F

  1. Informa de sistema de control interno.

Requisitos de Continuación:

  1. Patrón (beneficiario) Relación de vendedores
    1. Nombre
    2. Numero de R. F. C.
    3. Informe de Sistema de Control Interno.
  2. Empleado (fiado) Solicitud de Fianza.

FIANZA COMBINADA

            Concepto.- Conjunto de fianzas individuales en una sola póliza, que obedece necesidades especificas de afianzamiento.

Características Principales.

  1. Una sola póliza se afianzan empleados de iguales o diferentes puestos.
  2. Susceptible de modificarse por: montos, puestos y empleados.
  3. Altas o bajas devoluciones y cobro de primas.
  4. Vigencia común.
  5. Protección Parcial.
  6. Susceptible de incluir a todo tipo de empleado incluso vendedores.
  7. Cada empleado su propia suma afianzada.
  8. Dirigido a personal con funciones de mayor responsabilidad.
  9. Mínimo 11 empleados.
  10. Se establece tope máximo a pagar por cada reclamación: El monto total de suma afianzada se divide por el número de empleados, incluida.
  11. Se establece un máximo de cauciones a pagar por reclamaciones durante cada ejercicio, descendiendo del número de empleados.
  12. Tarifa 1% S/M-F

                                               NOTA: Opera un deducible del 10%

Requisitos de Contratación:

  1. Patrón (beneficiario) Relación de Personal
  2. Nombre
  3. Puesto
  4. número de R. F. C.
  5. Monto de Fianza c/u
  6. Informe de sistema de control interno.
  7. b) Empleado (fiado) Solicitud de Fianza
  8. Nombre
  9. Puesto
  10. Monto

Documentos Modificatorios:

  1. Incremento automático en el monto de la fianza
  2. Cobertura de tarjeta empresarial
  3. Exceso de Perdida
  4. Responsabilidades limitadas
  5. Estratos

  1. Incremento Automático en el Monto de la Fianza

            Concepto.- Modalidad tendiente a actualizar valores (monto de la fianza) de acuerdo a la inflación o alguna otra necesidad, con la periodicidad (mensual bimestral, trimestral…) y porcentuales acordados por el beneficiario, durante la vigencia de la fianza, (en época de mucha inflación).

  1. Cobertura de Tarjera Empresarial

            Concepto.- Cubre contingencias provenientes de malos manejos de empleados o funcionarios a través del uso de tarjeta empresarial.

  • El monto de esta cobertura se considera dentro del monto de la fianza básica, cuya cobertura no podrá ser mayor del 50% del monto de aquella.

                                   Tarifa: 1. Individual, cedula y combinada    1% S/M-F

  1. Global y M.U.V. 2% S/M-F

  1. Exceso de pérdida

            Concepto.- Cubre las perdidas en exceso de monto de la fianza básica, provenientes de una sola reclamación. Exceso no mayor al 50% del monto de la fianza básica.

  • Aplicable a las fianzas de Fidelidad, excepto a la Exceso y la Global.
  1. Responsabilidades limitadas

            Concepto.- Agrupación de personal afianzado entre niveles de responsabilidades, dentro del monto global de la fianza.

NIVEL            AFIANZADOS                                  MONTO DE PAGO

1                      10% alto riesgo                                  Hasta 100% S/M-F

2                      20% Mediano riesgo                         Hasta el 50% S/M-F

3                      70% Bajo riesgo                                Hasta el 25% S/M-F

  1. Estratos

            Concepto.- Agrupación de personal en tres niveles con montos globales independientes, uno de otro bajo una reparación determinada.

RECLAMACIONES

            Primero.- Aviso previo 10 días del beneficiario a la afianzadora.

            Segundo.- Reclamación por escrito 30 días siguientes al previo.

            Tercero.- Presentar Denuncia o Querella ratificada y enviar a la afianzadora.

            Cuarto.- 30 Días naturales para pagar.

  • Procedencia de Reclamación.- a) El hecho ocurra dentro de la vigencia o se descubra a más tardar 60 días después de la terminación total individual.
  • Pagadas las primas.

CARACTERÍSTICAS GENERALES

  1. No Garantía de Respaldo.- Se basa en sistemas de control y vigilancia de la empresa (Art. 22 LFIF).
  2. Vigencia Inicial.- anual.
  3. – Conformidad con la empresa de la afianzadora.
  4. Terminación Individual.-
  5. a) por Rescisión del contrato.
  6. b) Descubierto un ilícito.
  7. c) Por aviso de la afianzadora.
  8. Terminación Total.-
  1. Cancelación de la Fianza.
  2. Aviso 30 días y 15 días de anticipación por la afianzadora o beneficiario en lo colectivo o individual respectivamente.
  3. Falta de pago o prima.
  4. Terminación de vigencia.
  5. Pago de reclamaciones.
  6. Arreglos entre el beneficiario y fiados.

RESPONSABILIDAD FUERA DE LA FIANZA

 

  1. Hechos delictuosos antes o después de la vigencia de la fianza.
  2. Aplicación de hechos por el beneficiario o por el fiado para cubrir adeudos o desfalcos.
  3. Créditos que el beneficiario o un tercero hayan concedido al fiado.
  4. Perdidas misteriosas.

 

FIANZAS JUDICIALES.

            Concepto.- Es aquella que garantiza el cumplimiento de obligaciones especificas solicitudes por particulares dentro de un procedimiento judicial o bien que el juez o la ley obliguen a un particular a garantizar un acto procesal concreto:

Fianza Judicial: Es aquella que se expide ante un juzgado Garantizando a personas físicas o morales el cumplimiento de un acto procesal.

BENEFICIARIO
  • Juez, excepción Agente de Ministerio Pública (penal, acreedor alimentista dañado o perjudicado.
  1. Continuidad en el proceso.
UTILIZACIÓN

(Exclusiva de personas físicas)

  • Origen del Proceso Judicial.

  1. Durante las etapas del proceso judicial.

Clasificación:

  1. Fianza Penal (Tarifa 12% S/M-F)
    1. libertad provisional
    2. libertad condicional
    3. libertad preparatoria (preliberación)
    4. Reparación del daño 4% S/M-F
  2. Fianza Civil 2% S/M-F
  3. Fianza Familiar 2% S/M-F
  4. Fianza de Arrendamiento de inmobiliario 2% S/M-F
  5. Fianza Mercantil 2% S/M-F
  6. Fianza Consensual 2% S/M-F
  • Fianza Laboral: No se considera judicial 2% S/M-F
  1. Fianza de Amparo 2% S/M-F

FIANZA PENAL

            Concepto.- Garantiza la libertad de una persona física que se encuentra sujeto a un proceso penal o sentenciado por la comisión de uno o más delitos, (exclusiva persona física el fiado).

  1. Libertad Provisional.- Otorgada cuando el fiado se encuentra sujeto a proceso por la comisión de un delito y estará a disposición del Juzgado.
  2. Libertad Condicional.- Otorgada cuando el sujeto ya fue sentenciado y podrá conservar su libertad y cumplir su condena fuera de prisión, estando a disposición del Juzgado.
TIPOS
  • Libertad preparatoria.- Otorgada cuando el sujeto ya fue sentenciado y ha cumplido parte de la pena dentro de la cárcel, solo que en virtud de los beneficios la ley de Normas Mínimas puede obtener su libertad antes de que cumpla la totalidad del plazo señalado en el Sentencia. (preliberación).
  1. Reparación del Daño.- Consiste en garantizar que el procesado o condenado pagará daños ocasionados a la víctima o a sus familiares, (adicionada a la libertad preventiva)

FIANZA CIVIL

            Concepto.- Generalmente garantiza el pago de daños y perjuicios que pudiesen ocasionar una pare a la otra dentro de un juicio civil, p/e.- Embargos precautorios, arraigo de personas, congelación cuentas, levantamiento de embargo.

  • Beneficiarios: a) Juzgado
  1.            b) Una de las partes del juicio

FIANZA FAMILIAR

            Concepto.- La más frecuente es aquella que garantiza el pago de una pensión alimenticia a cargo de uno de los cónyuges a favor de sus hijos menores de edad o mayores, incapacitados o a favor del cónyuge.

  • Vigencia de un año
  • Fiado: Siempre será una persona física
  • Beneficiario final:
    1. Acreedor alimentista
    2. Herederos

FIANZA DE ARRENDAMIENTO DE INMOBILIARIO

            Concepto.- La fianza más frecuente es aquella que garantiza la no ejecución de una sentencia de desocupación del inmueble en contra del inquilino, mientras se resuelve el recurso de apelación o el juicio de amparo.

  1. Esta fianza es riesgosa
CARACTERÍSTICAS
  • En esta materia hay otra fianza que garantiza los daños y perjuicios que pudiese causar el arrendatario.
  1. No garantiza el pago de rentas

Beneficiario Final: Es una de las partes en contra de quien se toma la medida

Fiado:             1. Persona Física

  1. Persona Moral

FIANZA MERCANTIL

            Concepto.- Generalmente se garantizan los daños y perjuicios que se pudieran cometer con motivo de la tramitación de embargos precautorios decretados en juicios mercantiles que se tramitan en juzgados civiles.

 Fiado:            1. Persona Física

  1. Persona Moral

Beneficiario:  1. Juzgado

  1. Una de las partes

FIANZA CONCURSAL

            Concepto.- Garantiza el correcto desempeño del interventor o del sindico en los juicios de quiebra  o suspensión de pagos de empresa, o tratándose de personas físicas que serán sometidas a concurso.

Características:

  1. Prelación de créditos (antigüedad)
  2. Se tramita en juzgados de lo concursal

Beneficiario Final: La empresa o persona física sujeta a la quiebra, suspensión de pagos o                              concursos.

FIANZA LABORAL

            Concepto.- Garantizar que un laudo en contra del patrón no se ejecute mientras se resuelve el amparo y se deriva de juicio laborales que se presentan ante las juntas de conciliación y arbitraje para dirimir cuestiones entre obreros y patrones p/e.- Reparto de utilidades, suspensión o despido injustificado, pago de prestaciones.

Fiado:                                     Patrón, persona física o moral.

Beneficiario Final:                 Trabajador

FIANZA DE AMPARO

            Concepto.- Estas fianzas garantizan el pago de los daños y perjuicios que se pudieran cometer a terceros perjudicados con motivo de la aplicación de la suspensión provisional o definitiva de una resolución de un juez o de otra autoridad (puede ser de cualquier materia).

Fiado:             1. Persona física

  1. Persona moral

Beneficiario Final.                 1. Juez de primera instancia

  1. Juzgado de Distrito
  2. Tercero perjudicado

Elementos de la Fianza:

  1. Documento Fuente, Actuación Judicial
  2. Fiado, Persona física y/o moral
  3. Beneficiario
  4. Monto de la fianza
  5. Concepto de la fianza (actuación judicial)
  6. Tipo de juicio
  7. Numero de expediente, juicio o proceso

GARANTÍAS DE RECUPERACIÓN JUDICIAL

            Concepto.- De conformidad con los artículos 19 y 24 de la LFIF es indispensable recabar garantías de respaldo en la expedición de fianzas a excepción de lo señalado en el artículo 22 de la LFIF que dispone que las fianzas penales podrán expedirse sin garantía suficiente ni comprobable, exceptuando los que garanticen la reparación del daño y las que se otorguen para obtener la libertad provisional de los acusados o procesados por delitos en contra de las personas en su patrimonio.

Clasificación por Frecuencia

  1. Prenda
  2. Obligación solidaria
  3. Afectación de Maquinaria
  4. Acreditada Solvencia (Art. 24 y 30 LFIF

Tarifas: 2, 4 Y 12%, a mayor riesgo, mayor tarifa, a menor riesgo, menor tarifa, son anuales, salvo penales se cobre única vez.

PROCEDIMIENTOS PARA RECLAMACIONES DE FIANZAS JUDICIALES

Los tipos:                   1. Por fianzas Judiciales Penales

  1. Por los demás tipos no penales

Fianza Penal Art. 130 LFIF

  1. La autoridad judicial requerirá al a afianzadora personalmente o por correo certificado para presentar al fiado
  2. Si dentro del plazo concedido no se presente el fiado, lo comunicará a la autoridad ejecutora para dar cumplimiento al Art. 95 LFIF, anexar constancia fehaciente del requerimiento.
  3. Las fianzas serán exigibles al día siguiente de vencido el plazo sin haber presentado al fiado.

FIANZAS: CIVIL, FAMILIAR, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE, MERCANTIL, CONCURSAL LABORAL Y DE AMPARO

Procedimientos de Reclamaciones de Fianzas Judiciales no penales

  • 93, 93 bis, 94 y 95 LFIF
  1. Artículo 95 LFIF
    1. La reclamación se presentará personalmente o por correo certificado a la afianzadora.
    2. 30 días para pagar o declarar improcedente la reclamación so no contesta o no paga remante de bolsa.
    3. 30 días para la afianzadora y presentar recurso de inconformidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
    4. Artículo 93 LFIF
  2. El beneficiario presentará por escrito su reclamación acompañando: la documentación necesaria.
  3. La afianzadora dispondrá de un plazo de 15 días naturales para solicitar al beneficiario información adicional y si no lo hace se tendrá por integrada la reclamación.
  4. Después de integrada la reclamación la afianzadora tendrá un plazo de 30 días para pagar o declarar improcedente la reclamación.
  5. Si es declarada improcedente el beneficiario podrá acudir a la C. N. S. F. para un procedimiento conciliatorio o bien hacer valer sus derechos ante los tribunales competentes.

                        III. Artículo 93 bis (Procedimiento conciliatorio)

  1. 10 días para correr traslado a la afianzadora a partir de la presentación de la reclamación.
  2. 10 días para que la afianzadora conteste.
  3. Celebración de junta de avenencia dentro los 10 días a partir de la fecha de reclamación.
  4. Si no existiere conciliación el beneficiario optará por; designar a un árbitro o hacer valer sus derechos ante los tribunales.
  5. En contra del procedimiento arbitral existe el recurso de revocación, la resolución sólo admitirá aclaración. El laudo condenatorio deberá cumplirse en un plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación.

  1. Artículo 94 (Procedimiento contencioso) continuación del procedimiento       iniciado los Art. 93 y 93 bis)
  2. 5 días para contestar la reclamación (Demanda).
  3. 5 días hábiles para ofrecimiento de pruebas.
  4. 3 días hábiles para exponer alegatos.
  5. 5 días hábiles para dictar sentencia
  6. 5 días hábiles para presentar apelación
  7. Procederán los recursos establecidos en el Cod. Fed. de Proc. Civiles

FIANZAS DIVERSAS Y ADMINISTRATIVA.

            Concepto.- Fianzas Diversas: Son aquellas que garantizan cualquier obligación, valida legal y de contenido económico celebrada entre particulares, ya sea entre personas físicas, morales o ambas.

            Concepto.- Fianzas Administrativas: Son aquellas que garantizan cualquier obligación, válida, legal y de contenido económico, celebrada entre entidades de Gobierno y los particulares.

Elementos personales en la suscripción de una fianza

  1. Beneficiario
  2. Fiado
  3. Fiador

Clasificación o Modalidades de FIANZAS DIVERSAS

  1. Arrendamiento Paro: Un acreedor concede el uso y goce temporal oneroso a otra persona a un plazo determinado (garantiza el pago de renta).
  2. a) Bienes muebles (renta, equipo, mobiliario, maquinaria, etc.).
  3. b) Bienes inmuebles (1 año, casa habitación sin IVA, local comercial con IVA).
  4. Manejo de Boletaje: El monto de la fianza será de acuerdo al boletaje encomendado.
  5. a) Para aerolíneas (agencias de viajes).
  6. b) Para líneas terrestres.
  7. Contratistas y Proveedores: Cuando el beneficiario es un particular.
  8. Pena Convencional: Cuando se estipula entre particulares.

Clasificación o Modalidades de FIANZAS ADMINISTRATIVAS

  1. Obligaciones de Contratistas y Proveedores: se derivan de contratos o pérdidas.
    1. Concurso o licitación.- Garantiza la seriedad de la oferta 5% sobre el monto total de la obra o pedido.
      • Sub-modalidades de la fianza administrativa de obligaciones de contratistas u proveedores.
    2. Anticipo: Garantiza la deuda inversión o la devolución total o parcial del anticipo otorgado, * varia el monto de la fianza: 20% 30% 50% hasta el 100% de anticipo otorgadotas IVA.
    3. Cumplimiento: Se garantiza el cumplimiento de la obligación principal, en tiempo, cantidad y lugar de entrega, de acuerdo a la Ley de A. P. S. O. P. la fianza es el 10% del importe total.
    4. Buena Calidad: Garantiza la buena calidad y en su caso la reparación de vicios ocultos, monto de la fianza es 10% del importe obra o pedido.

  1. Interés Fiscal.- Son aquellas que exige la autoridad fiscal para garantizar el pago o las resultas de un procedimiento derivado de una inconformidad por posibles adeudos de impuestos, cuotas, multas. Objeto.- Detener un procedimiento administrativo de ejecución.
  • Sub-modalidades
  1. Inconformidad Fiscal.- por inconformidades de SHCP, IMSS Tesorerías 3%
  2. Convenio de Pago en Parcialidades.- El contribuyente reconoce los adeudos y podrá convenir en pagar en mensualidades 12, 24, 36, 48 hasta 72, obligación de dar 3%.
  3. Capital Constitutivo.- Evita afectar el capital. por falta de alta en el IMSS.
  4. Devolución de IVA.- 1%.
  5. Importación Temporal.- Garantiza la devolución de los vehículos importados ante la Dirección de Aduanas, el monto equivale al valor comercial del vehículo, más un depósito.
  6. Clausura de Negocio.- Garantizar durante un término de 10 años que esta al corriente en el pago de sus impuestos, el monto de la fianza será por el pago de las 3 últimas anualidades.

  1. Permisos y autorizaciones:
    1. – Garantiza la urbanización de fraccionamientos y autoriza su realización.
    2. – Garantiza la entrega de permisos.

  1. Concesiones:
  1. Explotación de minas.
  2. Explotación de Radiodifusoras y Televisoras.
  3. Explotación de telefonía celular.
  4. Explotación De comunicación satelital.
  5. Agentes Aduanales.

  1. Otras Garantías:
  2. – Pago.
  3. – Cumplimiento.
  4. No hacer.- Abstenerse.

PASOS PARA LA EXPEDICIÓN DE UNA FIANZA

  1. Viabilidad del negocio.- Con la calidez y legalidad del documento fuente, se podrá determinar si la operación es posible y lícita.
  2. Viabilidad Financiera, (solvencia económica):
  3. Solvencia Moral.- subjetiva; honradez rectitud, experiencia, fama.
  4. Solvencia Técnica.- subjetiva y objetiva, suficientes recursos materiales y humanos.
  5. Solvencia Económica.- Capacidad Financiera.
  6. Tramites de Respaldo.- Prenda.

Requisitos para el otorgamiento de Fianza

  1. a) Personas Físicas:
  2. Documento Fuente
  3. Cuestionario
  4. Contrato de Fianza
  5. Comprobante de Domicilio
  6. Identificación Oficial
  7. Cedula de Identificación Fiscal
  8. Comprobante de ingresos
  9. Escritura de un bien o relación Patrimonial
  10. Certificado de Libertad de Gravamen
  11. b) Personas Morales:
  12. Documento Fuente
  13. Cuestionario
  14. Contrato de Fainaza y Poder de Administración
  15. Identificación Oficial
  16. Cedula de identificación fiscal
  17. Escritura constitutiva
  18. Poder notarial del que Firma
  19. Estados financieros o balance
  20. c) Obligado Solidario:
  21. Persona Física.- Se pide los mismos requisitos del solicitante excepto el primero.
  22. Persona Moral.- Se pide los mismos requisitos excepto el primero, Poder de Dominio.

  1. Emisión de Póliza.- Es la expedición del documento una vez determinada su viabilidad jurídica, económica y analizadas las contra-garantías de recuperación, junto con los requisitos básicos.

FIGURAS TÍPICAS QUE INTERVIENE EN EL ÁMBITO OPERACIONAL DE UNA INSTITUCIÓN FINANCIERA

  1. Autorización: Art. 1 y 5 LFIF, órgano regulador SHCP oyendo opinión de C. N. S. y F.
  2. Capital Mínimo pagado: Será fijado durante el primer trimestre de cada año por la SHCP, Art. 15 LFIF.
  3. Características de contrato de fianza:
  1. Consensual
  2. Formal
  3. Oneroso
  4. Accesorio
  5. Garantía.- Personal o Real
  6. Aleatorio
  7. Adhesión
    1. Subrogación y repetición:
  8. Subrogación.- Art. 22 LFIF adquiere todos los derechos acciones y privilegios.
  9. Repetición.- Derecho de recuperar lo pagado por la afianzadora, Art. 96 LFIF Certificación.
    1. Prima: Es la contraprestación que cobra una institución de fianzas por el servicio que otorga y constituirse en garantía de terceras personas.
    2. Póliza: Al contratar una fianza, la institución con la póliza puede asumir obligaciones como fiadora, mediante el otorgamiento de pólizas numeradas, lo cual da el carácter de formal.
    3. Margen de operación:
    4. Límite de Retención: Es el porcentaje que, del capital base de operaciones de una afianzadora determine trimestralmente la SHCP calculado sobre los estados financieros del ejercicio inmediato anterior y hasta por lo cual podrán las afianzadoras retener primas en un ejercicio.
    5. Refianzamineto: Es la fianza por la cual una institución de Fianzas se obliga a pagar a otra en la proporción correspondiente, las cantidades que ésta deba cubrir al beneficiario por su fianza, Art. 114 LFIF. Es un contrato en virtud del cual una afianzadora cede o toma el riesgo que otra y otras afianzadoras contrajeron y que a su vez ceden o toman ese riesgo (pago proporcional).

  1. Facultativo.- Una institución esta facultada para ceder cualquier tipo de fianza.
  2. Automático.- Es un contrato en virtud del cual cede negocio de fianza hasta por cierto mono o cuando excede si limite de operación.
  1. Coafianzamiento: Hay coafianzamiento cuando dos o mas instituciones otorgan fianzas ante un beneficiario garantizando por uno mismo o diverso monto e igual concepto a un mismo fiado.
  2. Intermediación: Agente intermediario, Art. 87 LFIF, tipos:
    1. Por cuenta propia
    2. Provisional
    3. Persona moral
    4. Mandatario
    5. Emisor
    6. Empleado

OPERACIONES EN LA FIANZA

  1. Emisión: Expedición de la fianza.
  2. Prorroga: Dale continuidad.
  3. Ampliación: Aumentar el monto de la póliza.
  4. Disminución: Reducir el monto de la póliza.
  5. Cancelación: Confirmar cumplimiento
  1. Autor recibe beneficios
  2. Pago de Reclamación
  3. Devolución de la póliza
  4. Cancelación Administrativa
  5. Cancelación automática
  6. Prescripción Art. 120 LFIF
  7. Caducidad
    1. Rehabilitación.

RECLAMACIONES

  1. Reclamación ante la Afianzadora:
    1. El beneficiario presentara escrito de Reclamación.
    2. La afianzadora tendrá 15 días para solicitar información adicional.
    3. Si no lo hace se tendrá por integrada la reclamación.
    4. La afianzadora tendrá un plazo de 30 días para pagar o declarar improcedente la reclamación.
    5. El beneficiario podrá acudir a C. N. S. y F. para agotar un procedimiento de reclamación o hacer valer sus derechos ante los tribunales.

  1. Queja ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas:
    1. 10 días para correr traslado a la afianzadora.
    2. 10 días naturales para que conteste.
    3. Si contesta la afianzadora tiene 30 días para junta de avenencia a partir de la fecha de la reclamación.
    4. Si no existe conciliación el beneficiario podrá designar árbitro a la C. N. S. y F. si se convino o optar por los Tribunales.
    5. El procedimiento arbitral fijará si se acepto y solo admite Recurso de Revocación y la resolución solo admitirá aclaración. El laudo condenatorio deberá cumplirse en un plazo de 15 días hábiles.

  1. Juicio Especial de Fianza ante los Tribunales:
    1. 5 días hábiles para contestar la demanda.
    2. 10 días hábiles para ofrecimiento de pruebas.
    3. 5 días hábiles para dictar sentencia.
    4. 5 días hábiles para presentar apelación.
    5. Procederán los recursos establecidos por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

  1. Recurso de Inconformidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación:
    1. La reclamación se presenta personalmente o por correo certificado a la afianzadora.
    2. La Afianzadora Dispondrá de 30 días naturales para pagar o declarar improcedente la reclamación, si no contesta o no paga, LA AUTORIDAD solicitará a la C. N S y F. se remate en bolsa, valores, propiedad de la afianzadora.
    3. La Afianzadora Dispondrá de 30 días naturales después de dictar la improcedencia para interrumpir recurso de inconformidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación.

FIANZAS DE CRÉDITO

            Concepto.- La fianza de crédito garantiza ante personas morales el cumplimiento de obligaciones contraídas por personas físicas o morales, relacionadas con el pago de una determinada suma de dinero.

  1. Elementos que intervienen
    1. Fiado: Obligado principal, deudor, persona física o moral.
    2. Beneficiario: Acreedor o persona moral.
    3. Afianzador: Fiador.
    4. Obligado solidario: Contragarantía, aval, persona física o moral.

  1. Modalidades

  1. El pago derivado de operaciones de compraventa de bienes y servicios o distribución mercantil.

            Concepto.- La fianza garantiza por su fiado, persona física o moral (comprador) y ante un beneficiario o persona moral (vendedor) el pago en dinero y en el tiempo convenido del precio de adquisición de un bien o servicio.

  1. El pago total o parcial de lo principal o accesorios financieros derivado de créditos documentados en títulos, inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios.

            Concepto.- La fianza garantiza por su fiado, persona física o moral (emisor) y ante un beneficiario, persona moral (intermediario financiero), el pago derivado de financiamientos documentados en títulos o valores.

  1. El pago derivado de contratos de arrendamiento financiero.

            Concepto.- La fianza garantiza por su fiado, persona física o moral (arrendatario) y ante un beneficiario, persona moral (arrendador financiero), el pago de las rentas respectivas bajo las características convenidas.

  1. El pago de financiamientos obtenidos a través de contratos de crédito garantizados con certificados de Depósito y bonos de prenda expedidos por un almacén general de depósito.

            Concepto.- La finaza garantiza ante una persona moral (institución financiera) y por su fiando, el pago de un crédito en figura de préstamo prendario, en tiempo y forma convenidos.

  1. El pago derivado de descuentos de títulos de crédito o de contratos fe factoraje financiero.

            Concepto.- La fianza garantiza ante una sola persona moral (sociedad de factoraje), la recuperación del importe de la cartera comprada, si esta no pudo ser cobrada y a su vez el título de la mima (cedente) no reembolsa dicho importe.

  1. El pago de créditos otorgados por instituciones financieras para la exportación e importación de bienes y servicios.

            Concepto.- La fianza garantiza ante una persona moral (institución financiera) y por su fiado, el pago de los créditos otorgados para la exportación o importación de bienes o servicios, en el tiempo y forma convenidos.

  1. El pago de créditos obtenidos para la adquisición de inmuebles, financiados por entidades del grupo financiero al que pertenezca la afianzadora de que se trate.
  2. El pago de derivado de créditos para la adquisición de activos fijos o bienes de consumo duradero.
  3. El pago de crédito derivado de programas especiales de apoyo a la macro y pequeña empresa que ejecuten instituciones nacionales de crédito.

CRITERIOS GENERALES DE SUSCRIPCIÓN Y EXPEDICIÓN

  1. Requerir carta, solicitando la fianza y precisando el objeto del crédito o financiamiento, así como las características o condiciones del mismo.
  2. Expedir la fianza en oficina matriz.
  3. No asumir obligaciones con carácter retroactivo.
  4. No aplicar renovaciones o prorrogas automáticas.
  5. cancelación automática al vencimiento de la vigencia de la póliza.
  6. vigencia por el mismo periodo asignado a la obligación principal.
  7. Obligación solidaria invariable.
  8. Afectación en garantía.
  9. Los primeros deberán cobrar contragarantía de póliza.

RECLAMACIONES

  1. Ante cualquier incumplimiento el beneficiario deberá suspender las operaciones para no quedar sin fianza.
  2. La reclamación se hará por escrito a la matriz o sucursal.
  3. Presentar un informe sobre gestiones de cobro.
  4. El derecho de reclamación radica por convenio entre afianzadora y beneficiario, sin exceder de 180 días.
  5. La afianzadora tendrá 30 días hábiles para el pago de reclamaciones o informar sobre la improcedencia.
  6. La falta de pago por el deudor de alguna de las parcialidades no es exigible el adeudo total.
  7. En caso de controversia el beneficiario podrá recurrir a la institución señalada en los Art. 93, 93 y 64 de LFIF.

GARANTÍA DE RECUPERACIÓN

            Concepto.- Son todos aquellos bienes con que se cuenta para respaldar la expedición de una fianza, para que en caso de reclamación y pago de la misma, la afianzadora pueda recuperar lo pagado y se evite un quebranto en su patrimonio.

  • Se debe constituir en el momento de la expedición de la fianza.

Clasificación de Garantía de Recuperación:

  1. Prenda (Art. 2856 CCDF).
  2. Obligación Solidaria (Art. 30 LFIF)
  3. Contra fianza.
  4. Afectación en Garantía.
    • Acreditada solvencia.