DENUNCIA DE HECHOS
CIUDADANO AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO
INVESTIGADOR EN TURNO EN APIZACO, TLAXCALA.
______________________________, en mi carácter de Presidente del Consejo de Administración de la persona moral denominada “SERVICIOS DE CRECIMIENTO ECONÓMICO DEL ALTIPLANO S.A. DE C.V.”, cuya personalidad acredito con la copia certificada del acta constitutiva de la sociedad en comento, la cual anexo al presente escrito (anexo uno); señalando el suscrito como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en calle cinco de febrero número doscientos dos, altos dos, Apizaco, Tlaxcala; autorizando para recibirlas en mi nombre y representación al Licenciado en Derecho Abey Dalai Cortes Ortega, quien cuenta con cedula profesional número 4096557, así como al estudiante en Derecho Gustavo Alberto Coyotzi Rodríguez, indistintamente así como para que coadyuven con la investigación, ante usted comparezco para exponer:
Por medio de este escrito, hago de su conocimiento los hechos y abstenciones que a continuación narraré, pudiendo ser los mismos constitutivos de delito, perpetrados por las Ciudadanas ______________________________ Y ______________________________, quienes tienen su domicilio ubicado la primera de ellas en calle Unión en la casa marcada con el número diez, colonia El Cerrito de esta ciudad de Apizaco, Tlaxcala y la segunda de ellas en prolongación veintiuno de mayo en la casa marcada con el número cuarenta y tres, antes camino a Texcalac, colonia El Cerrito de esta ciudad de Apizaco, Tlaxcala, basando la presente denuncia en los siguientes puntos fácticos y consideraciones de orden legal:
H E C H O S
- Con fecha quince de noviembre del año dos mil cuatro, la Señora ______________________________, comenzó a laborar de manera provisional en la empresa que hoy represento, es decir, para la persona moral denominada “SERVICIOS DE CRECIMIENTO ECONOMICO DEL ALTIPLANO S.A. DE C.V.”, la cual se encuentra ubicada en Guillermo Valle número sesenta y seis local quince colonia centro, de la ciudad de Tlaxcala.
- Con fecha siete de marzo del año dos mil cinco, a la Señora ______________________________, se le dio de manera permanente el puesto de promotora, el cual consistía en promover, coordinar y formar grupos de personas a las cuales se les otorgaban créditos financieros por parte de mí representada.
- De las actividades descritas con anterioridad he de manifestar que la Señora ______________________________, se dedicaba a promover en distintas comunidades del Municipio de Apizaco, Tlaxcala la integración de grupos solidarios a los cuales la empresa que represento otorgó créditos por cantidades económicas diversas, actividad que le había sido encomendada por la confianza que en esos momentos demostró, pues, para que pudiese desarrollar esta actividad, se otorgó una responsabilidad consistente en la selección de personas que conforman un grupo; a las cuales se les otorga un crédito económico y una vez otorgado este crédito, se le confirió al la Señora ______________________________, la obligación de recabar las fichas de depósito bancario que obtenían los clientes por haber realizado el pago de las amortizaciones a los créditos que les fueron conferidos, y en ningún momento se le autorizó a la Señora ______________________________, para que recolectara cantidades económicas consistentes en dinero en efectivo de las personas que conforman los grupos solidarios a los que la empresa que represento otorgó créditos económicos, ya que solo tenia permitido recoger las fichas de depósito bancario.
- Con fechas uno y cinco de abril del año dos mil cinco, la Señora ______________________________, empezó a mostrar problemas con el trabajo que se le había asignado en la empresa que represento, problemas que consistían en la presentación de deficientes reportes de las actividades que realizaba y la falta de presentación de fichas de depósito bancario, que dentro de sus obligaciones para con esta empresa debía recolectar de las personas que integraban los grupos solidarios en comento, a los cuales mi representada otorgó créditos por cantidades que describiré con posterioridad.
- Con fecha tres de junio del año dos mil cinco, la Señora ______________________________, dejo de prestar sus servicios para mi representada, por las razones expresadas en el punto inmediato anterior, aunado a su falta de empeño y constancia en las labores que se le habían asignado.
- Resulta conveniente manifestar a esta Representación Social y a efecto de dar un mejor entendimiento de los hechos que enseguida se narran; que la persona moral que represento expide a todos sus clientes una tabla de amortizaciones en la cual se establece con claridad el adeudo total de los mismos, las cantidades económicas que deberán pagar parcialmente para liquidar su adeudo, los interés ordinarios originados y las fechas en que deberán hacer sus pagos parciales.
- Con fecha siete de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, quien a partir de la fecha seis de junio del año dos mil cinco, desarrolla las actividades que una vez desempeñó la Señora ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana RODE SALAS VILLORDO, domicilio que se encuentra ubicado en avenida Moctezuma número mil ciento doce, colonia centro en Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, en calidad de trabajadora de mi representada, la entrega de las fichas de depósito que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las dos amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago siete y catorce de enero del año dos mil cinco, por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella ya las había pagado personalmente y en efectivo a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, se constituyó en su domicilio en fecha catorce de enero del presente año y le manifestó que como su hija no podía acudir a recoger las fichas de depósito que amparan el pago de las amortizaciones en mención, ella acudía en su representación, requiriéndole en ese momento que le pagara en efectivo; ya que la cuenta bancaria en la que debían depositar había cambiado, siendo que la señora ______________________________en ese instante hizo entrega de la cantidad total de $1,483.34 (mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 34/100 M. N.), en efectivo, por concepto de las dos amortizaciones que en ese momento le reclamó la señora Victoria Zamora Gutiérrez, entrega que hizo la ciudadana ______________________________a la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez.
Mencionando la ciudadana Rode Salas Villordo, en ocasiones anteriores la Señora Victoria Zamora Gutiérrez había acudido a recolectar las fichas de depósito bancario que amparaban los pagos de amortizaciones, por lo que la misma consideró que no habría problema, ya que la Señora Victoria Zamora Gutiérrez le firmaba al margen izquierdo de la tabla de amortizaciones en la amortización que demostraba su pago con la ficha de depósito. Resaltando de igual forma la ciudadana ______________________________que lo único que le pareció raro del comportamiento de la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, fue que en esa ocasión actuaba de una manera prepotente y además le pareció extraño que le requiriera el pago de amortizaciones en efectivo y no le requiriera únicamente de las fichas de depósito bancario, poniendo como excusa la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, que la cuenta en la que regularmente depositaba sus pagos había sido cancelada, siendo de tal manera extraño su comportamiento, pues se mostraba nerviosa al firmar la tabla de amortizaciones por haber recibido en dinero en efectivo el pago de las dos amortizaciones en mención.
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que las amortizaciones descritas en al presente hecho y que fueron entregadas en dinero en efectivo a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, en ningún momento fueron ingresadas al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por la denunciada que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana RODE SALAS VILLORDO). (Anexo dos).
- Con fecha siete de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio del Ciudadano HILARIO TAPIA VELAZQUEZ, domicilio que se encuentra ubicado en calle Moctezuma norte número mil ciento doce en colonia centro Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestándole HILARIO TAPIA VELAZQUEZ, a la trabajadora de la empresa que represento, que de las tres amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veintinueve de diciembre del año dos mil cuatro, cinco y doce de enero del año dos mil cinco, las cuales eran por la cantidad de $741.67(setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, el ya las había pagado en dinero en efectivo a la Señora ______________________________, en las respectivas fechas de vencimiento; fechas en las cuales la ciudadana ______________________________ se constituyó en su domicilio en diversos momentos manifestándole que los pagos de las amortizaciones los debería hacer en esos instantes, y en efectivo, toda vez que la cuenta que estaba destinada para recibir el depósito de los pagos de las amortizaciones había sido cancelada, por lo que, según lo manifestado por el ciudadano HILARIO TAPIA VELAZQUEZ, hizo la entrega de la cantidad total de $2,225.01 (dos mil doscientos veinticinco pesos 01/100 M. N.), por concepto de pago de las amortizaciones a la Señora ______________________________, ya que esta última le manifestó que para facilitarle las cosas ella estaba comisionada para recolectar dinero en efectivo, y como constancia de que pagaba en tiempo sus amortizaciones le firmaría al margen izquierdo de la amortización que pagara; cuestión por la cual el ciudadano Hilario Tapia Velázquez, nunca imagino que la ciudadana en mención nunca ingresaría esas cantidades al patrimonio de la persona moral que represento.
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que las amortizaciones descritas en al presente hecho y que fueron entregadas en dinero en efectivo a la señora ______________________________, en ningún momento fueron ingresadas al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder del Ciudadano HILARIO TAPIA VELAZQUEZ). (Anexo tres).[2]
- Con fecha ocho de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana SILVIA ABUSTOS CAMPOS, domicilio que se encuentra ubicado en prolongación dos de abril número ciento cuatro en Santa Ursula Zimatepec, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando SILVIA ABUSTOS CAMPOS, que de las cinco amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago treinta de diciembre del año dos mil cuatro, seis, trece, veinte y veintisiete de enero del año dos mil cinco, amortizaciones con valor de $445.00 (cuatrocientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M. N.) cada una, ella misma ya las había pagado personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, se constituyó en su domicilio, en las fechas en que se vencía cada amortización y le manifestó que como su hija no podía recoger las fichas de depósito bancario que amparan el pago de las amortizaciones en mención, ella acudía en su representación, requiriéndole en los diversos momentos que le pagara en efectivo las amortizaciones que adeudaba, ya que la cuenta bancaria en la que se debían depositar había cambiado, siendo así que la señora SILVIA ABUSTOS CAMPOS, en diversos instantes hizo la entrega a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, de la cantidad total de $2,225.00(dos mil doscientos veinticinco pesos 00/100 M. N.), en efectivo, por concepto de las amortizaciones antes reclamadas, cuestión que la Ciudadana SILVIA ABUSTOS CAMPOS justificó a la trabajadora de mi representada con las firmas impresas al margen izquierdo de la tabla de amortizaciones correspondiente a su crédito, argumentando además que la señora Victoria Zamora Gutiérrez le había dicho a la señora SILVIA ABUSTOS CAMPOS que ese era el medio idóneo para que comprobara ante mi representada que ya había cumplido con sus pagos.
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que las amortizaciones descritas en al presente hecho y que fueron entregadas en dinero en efectivo a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por la denunciada Victoria Zamora Gutiérrez, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana SILVIA ABUSTOS CAMPOS). (Anexo cuatro).[3]
- Con fecha nueve de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio del Ciudadano AGUSTIN HERNANDEZ GARCIA, domicilio que se encuentra ubicado en calle ciruelos número dos mil ocho, colonia loma florida segunda sección en Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando el Ciudadano AGUSTIN HERNANDEZ GARCIA, que de las cinco amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales debieron ser liquidadas en fechas treinta de diciembre del año dos mil cuatro, seis, trece, veinte y veintisiete de enero del año dos mil cinco, el ya las había pagado.
Pues en fecha treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro, la amortización de fecha treinta de diciembre del año dos mil cuatro, por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) la pagó el señor AGUSTIN HERNANDEZ GARCIA, personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________ ya que esta se constituyó en su domicilio solicitando el pago de la amortización de fecha treinta de diciembre del año dos mil cuatro, ya que la Señora Victoria Zamora Gutiérrez le manifestó que hacia una semana atrás que la cuenta en que debía depositar sus pagos había sido cancelada y que su hija no podía asistir a realizar el cobro en efectivo de amortizaciones por lo que ella acudía en representación de su hija y que para que tuviera mas seguridad de que había efectuado su pago, le firmaría al lado izquierdo de su tabla de amortizaciones, en el costado de la amortización que pagara, cuestión que así fue.
Respecto de las cuatro amortizaciones de fechas seis, trece, veinte y veintisiete de enero del año dos mil cinco, el Ciudadano AGUSTIN HERNANDEZ GARCIA, manifestó que las había pagado de igual manera en efectivo a la señora ______________________________, ya que en fecha veintiocho de enero del año dos mil cinco, se constituyó en su domicilio la señora ______________________________, quien le había reiterado que como la cuenta en que regularmente debía hacer sus depósitos había sido cancelada, ella estaba comisionada para recoger los pagos en dinero en efectivo que por concepto de amortizaciones debió realizar y que como aun no le daban los recibos para que los clientes comprobaran que habían hecho sus pagos, le firmaría en su tabla de amortizaciones y que después se la cambiaria por un recibo, por lo que AGUSTIN HERNANDEZ GARCIA, en esa ocasión le entregó la cantidad monetaria por concepto de pago de las últimas cuatro amortizaciones que debía; las que suman la cantidad de $2,966.68 (dos mil novecientos sesenta y seis pesos 68/100 M. N.), cantidad que sumada a la cantidad que pagó a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, por concepto de pago de una amortización de fecha treinta de diciembre del año dos mil cuatro, por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) da un total de $3,708.35 (tres mil setecientos ocho pesos 00/100 M. N.).
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que las amortizaciones descritas en al presente hecho y que fueron entregadas en dinero en efectivo a las señoras Victoria Zamora Gutiérrez y ______________________________, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder del Ciudadano AGUSTIN HERNANDEZ GARCIA). (Anexo cinco).[4]
- Con fecha catorce de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio del Ciudadano JOSE LUIS JUAREZ RAMOS, domicilio que se encuentra ubicado en gardenia número tres mil seiscientos tres, departamento tres, colonia Loma Florida en Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de la ficha de depósito bancario que por concepto de pago de una amortización vencida y no pagada que debió realizar en fecha siete de enero del año dos mil cinco por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.), manifestando JOSE LUIS JUAREZ RAMOS, que la amortización que le era reclamada en ese instante, la cual correspondía a la fecha de pago siete de enero del año dos mil cinco, el ya la había pagado personalmente a la Señora ______________________________ en fecha diez de enero del presente año, ya que ______________________________ se constituyó en su domicilio argumentándole que iba en calidad de representante de la empresa que dirijo y en virtud de que la cuenta en la cual debía hacer sus depósitos había sido cancelada había sido comisionada para recabar las cantidades que por concepto de pago de amortizaciones debían realizar las personas a las cuales se les otorgó un crédito por parte de mi representada, por lo cual en ese instante le requirió la cantidad en pago en efectivo de la amortización que había vencido con anterioridad y que por lo tanto si le pagaba la amortización le firmaría el su tabla de amortizaciones para que quedara como constancia de que había hecho su pago, cuestión que puede apreciarse en la respectiva tabla de amortizaciones que relaciono con el presente punto, logrando así obtener una vez mas indebidamente la cantidad total de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.), por parte de JOSE LUIS JUAREZ RAMOS, cantidad económica en dinero en efectivo que recibió la Señora ______________________________.
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que la amortización descrita en al presente hecho y que fue entregada en dinero en efectivo a la señora ______________________________, en ningún momento han sido ingresada al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por la denunciada, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder del Ciudadano JOSE LUIS JUAREZ RAMOS). (Anexo seis).
- Con fecha diecisiete de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana CRISTINA MONTIEL SANTIAGO, domicilio que se encuentra ubicado en calle gardenias número tres mil seiscientos tres, colonia Loma florida, primera sección, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, en calidad de trabajadora de mi representada, la entrega de la ficha de depósito bancario que por concepto de pago de la amortización vencida y no pagada debió realizar, manifestando la misma que de la única amortización que le era reclamada en ese instante, la cual correspondía a la fecha siete de enero del año dos mil cinco, por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.), ella ya la había pagado personalmente a la Señora ______________________________, en fecha diez de enero del presente año, ya que según lo manifestado por la ciudadana Ma. Cristina Montiel Santiago, la Señora ______________________________, se constituyó en el domicilio de la misma argumentándole que como ella iba en calidad de representante de la empresa que dirijo y en virtud de que la cuenta en la cual debía hacer sus depósitos había sido cancelada ella había sido comisionada para recabar las cantidades que por concepto de pago de amortizaciones debían realizar las personas a las cuales se les otorgó un crédito por parte de mi representada, por lo cual en ese instante le requirió la cantidad en pago en efectivo de la amortización que había vencido con anterioridad, logrando así obtener una vez mas indebidamente la cantidad total de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.), por parte de Ma. Cristina Montiel Santiago, cantidad económica que recibió en dinero en efectivo la Señora ______________________________, cuestión que se demuestra con la firma que extendió la ahora denunciada el la tabla de amortizaciones de la Ciudadana Ma. Cristina Montiel Santiago, como comprobante de que esta última había hecho su pago.
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que la amortización descrita en al presente hecho y que fue entregada en dinero en efectivo a la señora ______________________________, en ningún momento han sido ingresada al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortización firmada por la denunciada, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana MA. CRISTINA MONTIEL SANTIAGO). (Anexo siete).[6]
- Con fecha veinte de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana FRIDA MARTINEZ HERNANDEZ, domicilio que se encuentra ubicado en segunda sección número ciento veintisiete en colonia Teotlalpan, Tetla de la Solidaridad, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando FRIDA MARTINEZ HERNANDEZ que de las tres amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago treinta de diciembre del año dos mil cuatro, seis y trece de enero del año dos mil cinco, amortizaciones que eran por la cantidad de $296.67(doscientos noventa y seis pesos 67/100 M. N.) cada una, ella ya las había pagado personalmente a la Señora ______________________________, en las mismas fechas en que se vencían, ya que, la Señora ______________________________, se constituyó en su domicilio en distintas ocasiones argumentándole que como ella iba en calidad de representante de la empresa que dirijo y en virtud de que la cuenta en la cual debía hacer sus depósitos había sido cancelada ella había sido comisionada para recabar las cantidades que por concepto de pago de amortizaciones debía realizar, por lo cual en diversos instantes le requirió la cantidad en pago en efectivo de las tres amortizaciones que habían vencido con anterioridad, logrando así obtener en efectivo la cantidad total de $890.01 (ochocientos noventa pesos 01/100 M. N.), por parte de FRIDA MARTINEZ HERNANDEZ, cantidad económica que fue recibida por la señora ______________________________ y que para comprobarlo tenia su tabla de amortizaciones, en la cual consta la firma expedida por la ciudadana ______________________________, ya que esta última le dijo que su firma era la apropiada para demostrar que había realizado sus pagos.
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que las amortizaciones descritas en al presente hecho y que fueron entregadas en dinero en efectivo a la señora ______________________________, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por la denunciada, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana FRIDA MARTINEZ HERNANDEZ). (Anexo ocho).[7]
- Con fecha veintidós de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana IRMA PETRA HERNANDEZ GUTIERREZ, domicilio que se encuentra ubicado en calle Santa Cecilia número ciento veintisiete en colonia Teotlalpan, Tetla de la Solidaridad, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando IRMA PETRA HERNANDEZ GUTIERREZ, que de las dos amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veintinueve de diciembre del año dos mil cuatro y cinco de enero del año dos mil cinco, amortizaciones que eran por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella ya las había pagado personalmente a la Señora ______________________________ en las mismas fechas en que se vencían, ya que, la Señora ______________________________, se constituyó en diversas ocasiones en su domicilio argumentándole que como ella iba en calidad de representante de la empresa que dirijo y en virtud de que la cuenta bancaria en la cual debía hacer sus depósitos había sido cancelada, ella había sido comisionada para recabar las cantidades que por concepto de pago de amortizaciones debía realizar, por lo cual en diversos instantes le requirió la cantidad en pago en efectivo de las dos amortizaciones que habían vencido con anterioridad, logrando así obtener la cantidad total de $1,483.34 (mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 34/100 M. N.), por parte de IRMA PETRA HERNANDEZ GUTIERREZ, cantidad económica en dinero en efectivo que una vez mas fue obtenida indebidamente por la Señora ______________________________, y como constancia de que la ciudadana IRMA PETRA HERNÁNDEZ GUTIERREZ había realizado sus pagos, la ciudadana ______________________________ colocó su rubrica en el lado izquierdo de la tabla de amortizaciones de la ciudadana IRMA PETRA HERNÁNDEZ GUTIERREZ, cuestión que es del todo notable en la tabla de amortizaciones antes citada.
En atención a lo anterior resulta de sumo interés manifestar a esta Representación Social que las amortizaciones descritas en al presente hecho y que fueron entregadas en dinero en efectivo a la señora ______________________________, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por la denunciada, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana IRMA PETRA HERNÁNDEZ GUTIERREZ). (Anexo nueve).[8]
- Con fecha veinticuatro de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana ARGELIA RODRIGUEZ BRIONES, domicilio que se encuentra ubicado en avenida Xicohtencalt número mil quinientos cinco “C” en colonia Fátima, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando ARGELIA RODRIGUEZ BRIONES, que de las tres amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago treinta de diciembre del año dos mil cuatro, seis y trece de enero del año dos mil cinco, las cuales eran por la cantidad de $519.17 (quinientos diecinueve pesos 17/100 M. N.) cada una, ella ya las había pagado personalmente a la Señora ______________________________, en las fechas en que se vencían las mismas, ya que, la Señora ______________________________, se constituyó en diversas fechas en su domicilio argumentándole que como ella iba en calidad de representante de la empresa que dirijo y en virtud de que la cuenta en la cual debía hacer sus depósitos había sido cancelada ella había sido comisionada para recabar las cantidades que por concepto de pago de amortizaciones debían realizar las personas a las cuales se les otorgó un crédito por parte de mi representada, por lo cual en diversos instantes le requirió el pago en efectivo de las tres amortizaciones que habían vencido con anterioridad, logrando así a base de engaños y una notable pericia para manipular a la gente y aprovecharse de su buena fe, ostentándose falsamente como representante de mi representada, obteniendo una vez mas indebidamente la cantidad total de $1,557.51(mil quinientos cincuenta y siete pesos 51/100 M. N.), por parte de ARGELIA RODRIGUEZ BRIONES, pero la ciudadana ______________________________ cometió una vez mas un error, dejando en evidencia su conducta delictiva, error que fue el de colocar su firma en la tabla de amortizaciones de la ciudadana Argelia Rodríguez Briones, ya que esa era una de sus maquinaciones para convencer a los clientes de mi representada para que le hicieran entrega del pago de las amortizaciones que debían, argumentándoles que esa firma era el único medio idóneo de comprobar que ya habían pagado.
En atención a lo anterior resulta de interés manifestar a esta Representación Social que las amortizaciones descritas en al presente hecho y que fueron entregadas en dinero en efectivo a la señora ______________________________, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de la persona moral que represento.
(Tabla de amortizaciones firmada por la denunciada, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana ARGELIA RODRIGUEZ BRIONES). (Anexo diez).[9]
- Con fecha veintisiete de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana MARIA FELIX DE LA LUZ BELLO, domicilio que se encuentra ubicado en privada del Ángel número ciento cuatro, colonia Cerrito de Guadalupe, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando MARIA FELIX DE LA LUZ BELLO, que de las cuatro amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veinte y veintisiete de enero, tres y diez de febrero, todas del año dos mil cinco, amortizaciones por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella ya las había pagado personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, le requirió en fecha dieciséis de febrero del presente año, de manera personal y en su domicilio el pago de las cuatro amortizaciones en mención, para lo cual se ostentaba como representante de mi representada, exigiendo despóticamente el pago la cantidad total de $2,966.68 (dos mil novecientos sesenta y seis pesos 68/100 M. N.) por concepto de pago de las cuatro amortizaciones a las cuales se hizo alusión con anterioridad, por lo que en ese mismo instante le fue entregada a la señora Victoria Zamora Gutiérrez la cantidad total por concepto de cuatro amortizaciones por parte de la señora Maria Félix De La Luz Bello, firmando al margen izquierdo la señora Victoria Zamora Gutiérrez la tabla de amortizaciones de mi cliente como constancia de que ya había hecho sus pagos, demostrándose una vez mas la saña con que esta persona defrauda a mi representada, ya que la misma en ningún momento ha trabajado para la empresa que dignamente represento y mas aun nunca ha sido designada como representante de la misma, por lo que ignoro con que titulo se ostenta como representante de mi representada y no se con que atribuciones cobra créditos financieros que no le pertenecen ya que los mismos son expedidos por mi representada a través del que suscribe y solo yo tengo tales atribuciones, por lo que considero aberrante la conducta de esta ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, por lo tanto solicito a esta Representación Social que lleve a cabo todas las diligencias que sean necesarias a efecto de que sea consignada la Señora Victoria Zamora Gutiérrez y su hija la señora ______________________________, por los delitos que resulten de la presente indagatoria. (Tabla de amortizaciones firmada por la denunciada, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana MARIA FELIX DE LA LUZ BELLO). (Anexo once).
- Con fecha treinta de junio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana NAYELI HERNANDEZ CARRILLO, domicilio que se encuentra ubicado en calle veintiuno de marzo número treinta y tres en colonia Cerritos, en Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando NAYELI HERNANDEZ CARRILLO, que de las cinco amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago trece, veinte y veintisiete de enero, tres y diez de febrero, todas del año dos mil cinco, amortizaciones que tenían un valor de $296.67 (doscientos noventa y seis pesos 67/100 M. N.) cada una, de las cuales la primera, tercera, cuarta y quinta de las mencionadas con anterioridad, ella misma ya las había pagado personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que como lo manifestó la señora Nayeli Hernández Carrillo, la señora en mención se presentó en su domicilio exigiendo el pago de las amortizaciones antes mencionadas en las fechas en que se vencían las mismas con una actitud del todo prepotente, expresándole que ella era la representante de la empresa que represento y que por lo mismo era la única a quien ella debía hacer pagos de las amortizaciones que por concepto de cobro del crédito financiero que le fue otorgado a la ciudadana Nayeli Hernández Carrillo, momentos en los cuales, la señora Nayeli Hernández Carrillo, hizo entrega de las cantidades correspondientes a las amortizaciones en mención, manifestando que la cantidad total que entregó fue de $1,186.68 (mil ciento ochenta y seis pesos 68/100 M. N.) en efectivo y en persona a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, por lo que manifiesto que con el trascurrir del tiempo la señora Victoria Zamora Gutiérrez cada vez se toma atribuciones que no le corresponden ya que como lo vuelvo a repetir en ningún momento ha trabajado para la empresa que represento y por lo tanto la acción que emprende la misma es totalmente fuera de la ley pues dichas cantidades económicas que cobró en efectivo no han sido incorporadas al patrimonio de mi representada.
Ahora bien respecto de la segunda de las amortizaciones mencionadas la pagó en efectivo en la fecha en que se vencía y personalmente a la señora ______________________________, amortización que fue por la cantidad de $296.67 (doscientos noventa y seis pesos 67/100 M. N.), ya que como lo manifestó la Ciudadana Nayeli Hernández Carrillo, esta última le requirió personalmente en su domicilio el pago de la amortización en mención, por lo que de lo narrado en el presente hecho, se desprende que la cantidad defraudada a la empresa que represento por las dos ciudadanas en mención fue por la cantidad total de $1,483.35 (mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 35/100 M. N.).
Cabe resaltar que de las cinco amortizaciones que se han narrado en el presente punto, la ciudadana Nayeli Hernández Carrillo le manifestó a la trabajadora de la empresa que represento que, en la tabla de amortizaciones que ella tenia se encontraban las firmas de las ciudadanas Victoria Zamora Gutiérrez y ______________________________, ya que estas al recibir los pagos de las amortizaciones, firmaban en el margen izquierdo de la tabla antes citada. (Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana NAYELI HERNÁNDEZ CARRILLO). (Anexo doce).[11]
- Con fecha cuatro de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana KARLA ROSALYNE LIRA MENDEZ, domicilio que se encuentra ubicado en boulevard Francisco I Madero número tres mil ciento dos, colonia del Carmen, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando KARLA ROSALYNE LIRA MENDEZ, que de las cinco amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago catorce, veintiuno y veintiocho de enero, cuatro y once de febrero, todas las fechas mencionadas del año dos mil cinco, amortizaciones con un valor de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, de las cuales las primeras cuatro ella misma ya las había pagado personalmente y en efectivo a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, ya que esta última, según lo manifestado por la Ciudadana Karla Rosalyne Lira Méndez, se presentó en su domicilio en fecha siete de febrero del presente año, exigiendo que le fueran pagadas en efectivo las amortizaciones que debía por concepto de pago del crédito que le fue otorgado por la empresa que represento y que groseramente le grito que si no hacia en ese momento el pago la iba a demandar y que la iba a meter a la cárcel, por lo que en ese acto la señora Karla Rosalyne Lira Méndez, hizo la entrega de la cantidad en efectivo de $2,966.68 (dos mil novecientos sesenta y seis pesos 68/100 M. N.) por concepto de pago de las cuatro primeras amortizaciones mencionadas con anterioridad, cuestión que el cliente de mi representada demostró con las firmas que se encontraban en su tabla de amortizaciones, mismas que fueron impresas por la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez al momento de recibir los diversos pagos de amortizaciones.
Respecto de la última de las amortizaciones del crédito que se le otorgo a Karla Rosalyne Lira Méndez, por la persona moral “SERVICIOS DE CRECIMIENTO ECONOMICO DEL ALTIPLANO S.A DE C.V.”, la cual represento, manifestó que ya la había pagado en efectivo en fecha once de febrero del presente año, misma fecha en que se vencía, a la Ciudadana ______________________________, la cual fue por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.), ya que esta última se presentó en el domicilio de la señora Karla Rosalyne Lira Méndez, exigiéndole el pago de esta última amortización, y según lo argumentado por la ciudadana Karla Rosalyne Lira Méndez, como no quería tener problemas con la empresa que represento y en vista de que había sido amenazada tiempo atrás por la señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la señora ______________________________, respecto de que si no les pagaba esas amortizaciones la iban a demandar y mas aun a meter en la cárcel, por lo que en el mismo acto en que se le requirió, hizo la entrega por concepto de pago de la última de las amortizaciones mencionadas con anterioridad, por lo que una vez mas en atención a este hecho, el suscrito he de manifestar que no se puede seguir permitiendo que las ciudadanas que por medio de este escrito denuncio sigan causando un perjuicio al patrimonio de la empresa moral que represento, aprovechándose del error y la buena fe de las personas a las que mi empresa otorgo créditos financieros, obteniendo de esa manera un lucro indebido, ya que en esta ocasión obtuvieron indebidamente la cantidad total de $3,708.35 (tres mil setecientos ocho pesos 35/100 M. N.), cuestión que de igual forma demostró el cliente de mi representada con la firma impresa en su tabla de amortizaciones, la cual pertenece a la Señora ______________________________, ya que esta última al recibir el pago de la amortización en mención puso su rubrica, como constancia de que el cliente de la empresa que represento había pagado esa amortización.
De igual forma que los anteriores hechos manifiesto que en el caso planteado en el presente punto fáctico ambas denunciadas omitieron ingresar al patrimonio de mi representada la cantidad total de $3,708.35 (tres mil setecientos ocho pesos 35/100 M. N.), por concepto de pago de cinco amortizaciones descritas con anterioridad.
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana KARLA ROSALYNE LIRA MÉNDEZ). (Anexo trece).
- Con fecha seis de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana JOSEFINA ROMANO CARMONA, domicilio que se encuentra ubicado en Plaza Constitución número diez “F” en unidad habitacional Coatepec, Tetla de la Solidaridad, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando JOSEFINA ROMANO CARMONA, que de las tres amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veintinueve de diciembre del año dos mil cuatro, cinco y doce de enero del año dos mil cinco, amortizaciones con un valor de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella había pagado la primera personalmente a la Señora ______________________________, en fecha trece de enero del año dos mil cinco, en la cual la señora en mención, es decir, la Ciudadana ______________________________, se presentó en su domicilio personalmente requiriéndole el pago en efectivo de las amortizaciones que adeudaba y como lo manifestó la Ciudadana Josefina Romano Carmona, solo pago la primera amortización de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil cuatro, ya que en ese momento no tenia mas dinero en efectivo para poder pagar las otras dos amortizaciones, por lo que la señora ______________________________, en ese instante tomo el dinero en efectivo que se le exhibía y advirtió a la ciudadana Josefina Romano Carmona que tenia una semana para pagar las dos amortizaciones restantes y que por lo tanto, en esa ocasión no le daría recibo por la amortización que había pagado, sino que solo firmaría su tabla de amortizaciones, acción que realizó en ese instante, y que cuando pagara las amortizaciones restantes le haría entrega del respectivo recibo que avalara todas las amortizaciones pagadas, cuestión que nunca sucedió.
En relación a las dos últimas amortizaciones manifestó que las había pagado personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________ ya que esta última se presentó en su domicilio en fecha veinte de enero del presente año, exigiendo el pago de las dos amortizaciones en comento, ya que su hija le había pedido que la visitara y que como ya se le había explicado tenia que pagar en ese momento, por lo cual la Ciudadana Josefina Romano Carmona, manifestó a la trabajadora de la empresa que represento, que no quería tener problemas y en ese instante hizo la entrega de la cantidad de $1,483.34 (mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 34/100 M. N.) a la señora en mención, misma que de igual modo colocó su rubrica en el margen izquierdo de la tabla de amortizaciones del cliente de mi representada, como constancia de que las amortizaciones en mención habían sido pagadas, y en ningún momento le fue entregado el recibo prometido por la Señora ______________________________, por lo que una vez mas sostengo mi postura de que esta Representación Social haga suyo el presente asunto y consigne a las ciudadanas ______________________________ Y ______________________________, esta última hija de la primera, y esto lo exijo con estricto apego a derecho, ya que dichas cantidades económicas obtenidas ilícitamente por las denunciadas causan un detrimento al patrimonio de empresa que represento, y dicho detrimento día con día y se vuelve cada vez mas significativo situación que se ve reflejada en una disminución del patrimonio de mi representada, toda vez que en esta ocasión las ciudadanas en mención obtuvieron ilícitamente y con engaños la cantidad total de $2,225.01 (dos mil doscientos veinticinco pesos 01/100 M. N.).
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana JOSEFINA ROMANO CARMONA). (Anexo catorce).
- Con fecha dieciocho de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana MARIA DE LOS ANGELES GUTIERREZ MARTINEZ, el cual se encuentra ubicado en calle dieciséis de septiembre número ochocientos nueve dt seis colonia centro Apizaco, Tlaxcala, mismo domicilio que fue designado para ser el domicilio común para llevar a cabo reuniones relacionadas con el cobro de las amortizaciones que debían pagar por haber obtenido un crédito financiero con la empresa que represento, por los Ciudadanos EVELIN PADILLA CABRERA, PÀBLO MORENO MACIAS, GISELA VAZQUEZ JIMENEZ, MAURA PATRICIA HERNANDEZ NAVA, J. JESUS ROJAS VALERIO, MA. DE LOS ANGELES GUTIERRES MARTINEZ, EDUARDO VAZQUEZ MARQUEZ y CONCEPCIÓN FLORES VELAZQUEZ, todos incluyendo a la primera de todos los mencionados son integrantes del Grupo denominado GUADALUPANA, encontrando a todos los ciudadanos mencionados con anterioridad en el domicilio en cita, procediendo la trabajadora de mi empresa a requerirlos del pago de las amortizaciones de fechas cuatro, once y dieciocho de mayo del año dos mil cinco, mismas que ya habían vencido, manifestando los ciudadanos en mención que de las tres amortizaciones que les eran reclamadas en ese acto, habían pagado la primera en persona y con dinero en efectivo a la ciudadana ______________________________, ya que esta así se los solicitó en la fecha en que se vencía, es decir, en fecha cuatro de mayo del año dos mil cinco, la cual fue por la cantidad de $3,448.91 (tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos 91/100 M. N.) y que la segunda de las amortizaciones reclamadas en ese acto de igual manera la habían liquidado en persona y con dinero en efectivo a la ciudadana en mención en fecha once de mayo del año dos mil cinco, fecha en la cual se vencía la misma, la cual fue por la cantidad de $3,448.91 (tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos 91/100 M. N.), ahora bien respecto de la tercera de las amortizaciones reclamadas por la trabajadora de la empresa que represento, manifestaron que en fecha dieciocho de mayo del presente año entregaron la cantidad de $3,300.58 (tres mil trescientos pesos 58/100 M. N.) en dinero en efectivo y en persona a la Señora ______________________________ y que aproximadamente volvieron a ver a la misma dos meses después cuando la señora en mención en fecha quince de julio del año dos mil cinco los había reunido explicándoles que la cuenta en que usualmente depositaban el pago de sus amortizaciones había sido cancelada y que por lo tanto ella había depositado el dinero otorgado por los ocho ciudadanos mencionados con anterioridad directamente en las instalaciones que ocupa la empresa que represento, cuestión que es totalmente falsa de toda falsedad. De igual manera los ciudadanos en comento explicaron a la trabajadora de mi representada, que en ese acto le solicitaron a la señora ______________________________, que les hiciera entrega de los recibos en los que constaba que ella había depositado la cantidad que le fue otorgada por concepto de pago de las tres amortizaciones mencionadas con anterioridad, a lo que la señora en mención manifestó que en ese momento no los tenia, ya que la empresa hasta el momento no le había hecho entrega de los recibos, por lo que en ese momento les manifestó que ella de su puño y letra les expediría un recibo que avalara las cantidades depositadas únicamente por concepto de pago de las dos primeras amortizaciones que ya se han mencionado, ya que la tercera aun estaba en proceso de depósito, acto seguido expidió un recibo en el que hacia constar que había recibido por concepto de pago de las dos primeras amortizaciones la cantidad total de $6,897.82 (seis mil ochocientos noventa y siete pesos 82/100 M. N.); (recibo que me permito anexar en copia simple al presente escrito así como también anexo copia simple de unos registros de pagos que eran llevados en las reuniones del grupo “GUADALUPANA”, en virtud de que los documentos originales se encuentra en posesión de la Ciudadana MARIA DE LOS ANGELES GUTIERREZ MARTINEZ) ( anexo quince) y que respecto de la tercera cantidad por concepto de pago de la tercera amortización la cual fue por la cantidad total de $3,300.58 (tres mil trescientos pesos 58/100 M. N.) les expediría el recibo con posterioridad, cuestión que nunca sucedió, por que como lo manifestaron los ciudadanos mencionados con antelación, la señora ______________________________ nunca volvió a presentarse con el recibo prometido, por lo que haciendo la suma total de las tres amortizaciones cobradas de manera ilícita, aprovechando el error en que se encontraban los ciudadanos antes mencionados y abusando de su buena fe, fue por la cantidad total de $10,198.40 (diez mil ciento noventa y ocho pesos 40/100 M. N.), por lo que una vez mas demuestro que la señora ______________________________ aprovechándose del cargo que una vez le fue conferido defraudo a la empresa que represento causando un detrimento a su patrimonio que con el paso del tiempo va en aumento, por lo que solicito a esta Representación Social que lleve a cabo todas las diligencias que sean necesarias para que sea consignada la ciudadana en mención.
- Con fecha dieciocho de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana ADRIANA MARTINEZ GOMEZ, domicilio que se encuentra ubicado en Doctor Atl número seis, fraccionamiento Jean Charlot II, Tzompantepec, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las doce amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago cinco, doce, diecinueve y veintiséis de enero, dos, nueve, dieciséis y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis y veintitrés de marzo, todas las fechas del año dos mil cinco, ella había pagado personalmente la primera, quinta, sexta y décima a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que la misma en fecha cuatro de enero del año dos mil cinco le requirió personalmente y en su casa el pago en efectivo de las amortizaciones que debía, manifestándole, según lo expresado por la señora Adriana Martínez Gómez a la trabajadora enviada por mi representada, que la señora Victoria Zamora Gutiérrez le comento que ella había sido encomendada por su hija para que recogiera personalmente las amortizaciones que debía la señora en mención, ya que su hija estaba trabajando y que además le expreso que como la cuenta bancaria en que debía hacer sus depósitos había sido cancelada, a partir de ese día debía entregar el pago en efectivo de sus amortizaciones solo a su hija o a ella misma, procediendo la señora Adriana Martínez Gómez, a pagar en las fechas cuatro de enero, uno y ocho de febrero y ocho de marzo del año dos mil cinco, las amortizaciones que tenia que pagar un día después, mismas fechas en las que fue visitada por la señora Victoria Zamora Gutiérrez, cuestión que justificó el cliente de la empresa que represento con unos recibos en los que consta la firma de la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, firmas que como lo explicó a la representante de la empresa multicitada, eran expedidas por una de las hoy denunciadas como constancia de que había realizado sus pagos en tiempo.
Ahora bien, respecto de la segunda, tercera, cuarta, séptima, octava, novena, onceava y doceava de las amortizaciones mencionadas con anterioridad, las había pagado personalmente a la señora ______________________________, un día antes de las fechas en que se debían pagar, ya que la misma se presentaba un día antes de que vencieran las amortizaciones en mención a requerirle personalmente el pago de las amortizaciones antes mencionadas y esta en base a lo manifestado por la señora Victoria Zamora Gutiérrez, en la fecha cuatro de enero del año dos mil cinco le hizo entrega de las cantidades correspondientes por cada amortización, teniendo en cuenta que cada amortización tenia un valor de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100 M. N.), cuestión que de igual forma demostró con las firmas que colocó la Señora ______________________________ en los recibos con los que llevaba su control el cliente de la empresa que represento, por lo que en base a lo narrado en el presente hecho manifiesto que la cantidad defraudada en sus respectivos casos por las ciudadanas en mención en virtud de que éstas nunca las ingresaron al patrimonio de mi representada fue por la cantidad total de $4,449.96 (cuatro mil cuatrocientos cuarenta y nueve pesos 96/100 M. N.), causando una vez mas un detrimento en el patrimonio de mi representada, por lo que solicito incansablemente que sean consignadas a las autoridades respectivas las ciudadanas en mención por los delitos que resulten de la indagatoria que tenga a bien iniciar en el menor tiempo posible esta Representación Social a la cual acudo, solicitando me sea impartida justicia.
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas, que en copia simple anexo al presente escrito, así como también anexo copia simple de recibos en los que constan las firmas de las hoy denunciadas por concepto de haber recibido las cantidades cobradas indebidamente, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana ADRIANA MARTINEZ GÓMEZ). (Anexo dieciséis).
- Con fecha dieciocho de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana CATALINA LIRA MENDEZ, domicilio que se encuentra ubicado en Boulevard Francisco I. Madero número tres mil ciento dos, colonia el Carmen, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando CATALINA LIRA MENDEZ, que de las siete amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago treinta de diciembre del año dos mil cuatro, seis, trece, veinte y veintisiete de enero, tres y diez de febrero, las últimas seis del año dos mil cinco, mismas que tenían un valor de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella había pagado personalmente la primera, segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que por lo manifestado por la señora Catalina Lira Méndez, la señora Victoria Zamora Gutiérrez, se presentó en su domicilio en fecha tres de febrero del año dos mil cinco, exigiéndole el pago de las amortizaciones antes mencionadas, expresándole que ella era la representante de la empresa que represento y que por lo mismo era la única a quien ella debía hacer pagos de las amortizaciones que por concepto de cobro del crédito financiero que le fue otorgado a la ciudadana Catalina Lira Méndez por parte de mi representada, momento en el cual, como lo manifestó la señora Catalina Lira Méndez, hizo entrega de la cantidad de $4,450.02 (cuatro mil cuatrocientos cincuenta pesos 02/100 M. N.) en efectivo y en persona a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, por concepto de pago de seis amortizaciones que debía hasta esa fecha, por lo que manifiesto que con el transcurrir del tiempo la señora Victoria Zamora Gutiérrez, se tomó atribuciones que no le correspondían ya que como lo vuelvo a repetir en ningún momento ha trabajado para la empresa que represento y por lo tanto la acción que emprende la misma es totalmente fuera de la ley.
Respecto de la última de las amortizaciones mencionadas, Catalina Lira Méndez manifestó que la pago en dinero en efectivo personalmente a la Señora ______________________________, ya que esta última se presento en su domicilio en fecha diez de febrero del año dos mil cinco, exigiéndole el pago de la amortización antes mencionada, amortización que fue por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.), toda vez que esta última le requirió personalmente en su domicilio el pago de la amortización en efectivo en mención, manifestando además Catalina Lira Méndez a la trabajadora de la empresa que represento, que en todas las ocasiones que entregó dinero a las hoy denunciadas, estas firmaban en el lado izquierdo de su tabla de amortizaciones, ya que según ellas esa era constancia de que ya había pagado, por lo que de lo narrado en el presente hecho, se desprende que la cantidad total que obtuvieron ilícitamente las denunciadas por no ingresar al patrimonio de mi representada las cantidades que en efectivo cobraron a Catalina Lira Méndez es de de $5,191.69 (cinco mil ciento noventa y un pesos 69/100 M. N.).
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas, que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana CATALINA LIRA MENDEZ). (Anexo diecisiete).[16]
- Con fecha diecinueve de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana DALIA VAZQUEZ AVENDAÑO, domicilio que se encuentra ubicado en calle Ignacio Zaragoza número trece, junto a un taller, en Santa Maria Tocatlan, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando DALIA VAZQUEZ AVENDAÑO, que de las cuatro amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veintinueve de abril, seis, trece y veinte de mayo, todas las anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones que tenían un valor de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100) cada una, ella ya las había pagado todas personalmente a la Señora ______________________________, en fecha veintisiete de mayo de la presente anualidad, ya que, la señora ______________________________, se presentó en su domicilio en la última fecha citada, preguntándole cuantas amortizaciones debía, contestándole DALIA VAZQUEZ AVENDAÑO, que debía cuatro amortizaciones, pero que iba a depositar el dinero el lunes próximo, ya que ese día no tenia tiempo, a lo que la señora ______________________________, le argumentó que la cuenta bancaria en la cual debería depositar había sido cancelada y que ella estaba autorizada para recibir los pagos que debiera en efectivo, ya que si no pagaban a tiempo se les cobraría intereses muy altos, sugiriéndole que si contaba en ese momento con el dinero que debía pagar, era mejor que se lo entregara a ella (a la señora ______________________________) y que ella lo depositaria y días después le enviaría su recibo con algún trabajador de la Financiera SERVICREA S.A. DE C.V., es decir, la empresa que represento, por lo que en ese acto la señora Dalia Vázquez Avendaño, hizo entrega de la cantidad total de $1,483.32 (mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 32/100 M. N.) a la Señora ______________________________, obteniendo de nueva cuenta un lucro indebido pues dicha cantidad económica nunca fue ingresada al patrimonio de representada, causando un detrimento a la empresa que represento; y que a la fecha en que fue requerida por la Ciudadana Verónica Islas Morales, no le ha mandado el recibo correspondiente a dicho pago.
(En este caso anexo copia simple del pagaré en el que consta en que fechas el cliente de la empresa que represento, debió hacer sus pagos) (anexo dieciocho)
- Con fecha diecinueve de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana CRISTINA SANCHEZ ROMERO, domicilio que se encuentra ubicado en calle Unión número diez, colonia San Isidro Apizaquito, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando CRISTINA SANCHEZ ROMERO, que de las catorce amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veintinueve de diciembre del año dos mil cuatro, cinco, doce, diecinueve y veintiséis de enero, dos, nueve, dieciséis y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, las últimas trece fechas del año dos mil cinco, amortizaciones con un valor de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella ya las había pagado personalmente a la Señora ______________________________, en fecha treinta de marzo del presente año, ya que como lo manifestó la señora Cristina Sánchez Romero, la señora ______________________________, se presentó en su domicilio en la última fecha citada preguntándole que amortizaciones debía, contestándole la misma que debía catorce amortizaciones, pero que iba a depositar el dinero el jueves, es decir, el día treinta y uno de marzo del presente año, ya que ese día era un poco tarde y el banco al parecer estaba cerrado por que eran aproximadamente las siete y treinta minutos de la tarde, a lo que la señora ______________________________, le argumentó que la cuenta bancaria en la cual debería depositar había cambiado de número y que en ese momento no se acordaba del mismo, sugiriéndole que como ella estaba autorizada para recibir los pagos que debiera en efectivo, le podría hacer entrega de los mismos, ya que si no pagaba en una semana iba a ser demandada y aun mas que se le cobraría intereses muy altos, sugiriéndole que si contaba en ese momento con el dinero que debía pagar, era mejor que se lo entregara a ella (a la señora ______________________________) y que ella lo depositaria; y días después le enviaría su recibo con algún trabajador de la Financiera SERVICREA S.A. DE C.V., es decir, la empresa que represento, por lo que en ese acto la señora Cristina Sánchez Romero, hizo entrega de la cantidad total de $10,383.38 (diez mil trescientos ochenta y tres pesos 38/100 M. N.), obteniendo de nueva cuenta un lucro indebido, causando un detrimento al patrimonio de la empresa que represento; recibo que nunca fue recibido por la misma, por lo que la Señora ______________________________ engañó con la entrega del recibo en comento.
(En este caso anexo copia simple del pagaré en el que consta en que fechas el cliente de la empresa que represento, debió hacer sus pagos) (anexo diecinueve).
- Con fecha veinte de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana AURORA HERNANDEZ HERNANDEZ, domicilio que se encuentra ubicado en segunda manzana, lote siete, San Francisco Atezcaxingo, Tetla de la Solidaridad, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando AURORA HERNANDEZ HERNANDEZ, que de las dos amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago seis y trece de mayo del año dos mil cinco, amortizaciones con valor de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella ya las había pagado personalmente a la Señora ______________________________, en fecha dieciséis de mayo de la presente anualidad, ya que como lo manifestó la señora Aurora Hernández Hernández a la trabajadora de la empresa que represento, la señora ______________________________, se presentó en su domicilio en la última fecha citada exigiéndole que pagara las amortizaciones que debía, contestándole la misma que debía solo dos amortizaciones, pero que iba a depositar el dinero en el banco y que si quería regresara el día miércoles a la misma hora a recoger la ficha de depósito, a lo que la señora ______________________________, le argumentó que la cuenta bancaria en la cual debería depositar había sido cancelada y que ella estaba autorizada para recibir los pagos que debiera en efectivo, ya que si no pagaba a tiempo se le cobraría intereses muy altos y que en su caso podría ir a la cárcel por no pagar, sugiriéndole que era mejor que en ese instante pagara las dos amortizaciones que debía, entregándole el dinero a ella (a la señora ______________________________) y que ella lo depositaria y días después le enviaría su recibo con algún trabajador de la Financiera SERVICREA S.A. DE C.V., es decir, la empresa que represento, por lo que en ese acto la señora Aurora Hernández Hernández, ante el temor de que pudiera ir a prisión, como lo expreso la misma, hizo entrega de la cantidad total de $1,483.34 (mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 34/100 M. N.), manifestando esta que en fechas siguientes en la que realizó el pago no ha recibido el recibo correspondiente, obteniendo de nueva cuenta un lucro indebido la ahora denunciada, causando un detrimento a la empresa que represento pues dicha cantidad no ha sido ingresada al patrimonio de la persona moral multicitada, acciones que deben ser estudiadas a fondo por esta Representación Social a la cual acudo mediante este escrito.
(En este caso anexo copia simple del pagaré en el que consta en que fechas el cliente de la empresa que represento, debió hacer sus pagos) (anexo veinte).
- Con fecha veintidós de julio del año dos mil cinco la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana MARTINA GONZALEZ AYALA, domicilio que se encuentra ubicado en calle “H”, número doce fraccionamiento Jean Charlot, en Tzompantepec, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las diez amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veintiséis de enero, dos, nueve dieciséis y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las fechas anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones con un valor de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella había pagado la primera, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima, octava, novena y décima de las amortizaciones en comento, personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que la señora Victoria Zamora Gutiérrez, se presentó en su domicilio en fecha veintiocho de enero del año dos mil cinco, exigiéndole el pago de las amortizaciones que no había pagado, expresándole la misma con una actitud del todo prepotente que ella era la representante de la empresa que hoy defiendo y que por lo mismo era la única a quien ella debía hacer pagos de las amortizaciones que por concepto del crédito financiero que le fue otorgado, momento en el cual, la señora Martina González Ayala, hizo entrega de la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) en efectivo y en persona a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, ya que en ese momento solo debía una amortización, es decir debía la amortización de fecha veintiséis de enero del año dos mil cinco, por lo que la señora Victoria Zamora Gutiérrez firmo la tabla de amortizaciones del cliente de mi representada, específicamente al lado de la amortización que había sido pagada.
Respecto de las amortizaciones de fechas nueve, dieciséis y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, ya mencionadas con anterioridad, manifestó la señora Martina González Ayala, que en las fechas en que se vencían las amortizaciones en todas y cada una de ellas acudió a su domicilio personalmente y de nueva cuenta a cobrarlas la señora Victoria Zamora Gutiérrez, para lo cual la señora en mención firmaba la tabla en la cual se especificaba en que fechas debía hacer sus pagos (tabla que es otorgada a los clientes de mi representada a efecto de que los mismos lleven un control de sus pagos en cuanto a las fechas, mas no así para que les sirva de comprobante de que han cumplido con sus pagos, ya que el comprobante idóneo para estos casos es únicamente la ficha de depósito bancaria en la cual conste que amortización pagan, cantidad especifica, lugar y fecha) por lo que manifiesto que con el transcurrir del tiempo la señora Victoria Zamora Gutiérrez, se tomó cada vez mas atribuciones que no le corresponden ya que como lo vuelvo a repetir en ningún momento ha trabajado para la empresa que represento y por lo tanto la acción que emprende la misma es totalmente fuera de la ley.
Ahora bien respecto de la segunda de las amortizaciones mencionadas, la señora Martina González Ayala, manifestó que la pago en efectivo personalmente a la Señora ______________________________, amortización que fue por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.), para lo cual de igual modo que la señora Victoria Zamora Gutiérrez, firmó a un costado de la tabla de amortizaciones antes aludida, específicamente en el lugar que indica la fecha de amortización de la cual recibía en ese acto la cantidad en mención, toda vez que esta última le requirió personalmente en su domicilio el pago de la amortización en mención en fecha dos de febrero del año dos mil cinco, por lo que de lo narrado en el presente hecho, se desprende que la cantidad que no fue ingresada a la cuenta bancaria de la empresa que represento por las dos ciudadanas en mención fue por la cantidad total de $7,416.70 (siete mil cuatrocientos dieciséis pesos 70/100 M. N.).
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana MARTINA GONZALEZ AYALA) (Anexo veintiuno)[17]
- Con fecha veinticinco de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana NANCY MEJIA MUÑOZ, domicilio que se encuentra ubicado en calle cuarta sección número doce, colonia cuarta sección, San Bartolo Matlalohcan, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las ocho amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago nueve, dieciséis, y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones con un valor de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100 M. N.) cada una, ella ya había pagado, la primera, tercera, cuarta, sexta, séptima y octava personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que por lo manifestado por la señora Nancy Mejia Muñoz, la señora Victoria Zamora Gutiérrez se presentó en su domicilio en fecha diez de febrero del año dos mil cinco, exigiéndole el pago de las amortizaciones que adeudaba hasta la fecha, expresándole que ella era la representante de la empresa que represento y que por lo mismo era la única a quien ella debía hacer pagos en efectivo de las amortizaciones que por concepto de cobro del crédito financiero que le fue otorgado debía realizar, momento en el cual, como lo manifestó la señora Nancy Mejia Muñoz, hizo entrega de la cantidad de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100 M. N.) en efectivo y en persona a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, cantidad que fue por concepto de pago de una sola amortización, ya que esa era la única que debía en esa fecha, manifestándole la señora Victoria Zamora Gutiérrez, que seguiría buscándola para cobrar las amortizaciones que debía pagar.
Así mismo en fechas siguientes es decir; veintitrés de febrero, dos, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, la señora Victoria Zamora Gutiérrez al momento de recibir las cantidades en mención firmaba en el lado izquierdo de la amortización que recibía la tabla de amortizaciones y/o estado de cuenta con el cual cuentan los clientes de mí representada, ya que al momento de adquirir un crédito en la empresa que represento se les proporciona una tabla de Amortizaciones en la cual se puede apreciar en que fechas deben hacer sus pagos de amortizaciones.
Ahora bien respecto de las amortizaciones de fechas dieciséis de febrero y nueve de marzo, ambas fechas del año dos mil cinco, mencionadas con anterioridad, manifestó Nancy Mejia Muñoz, que las pago en efectivo personalmente a la Señora ______________________________, ya que se presentó en su domicilio exigiéndole el pago de las amortizaciones antes mencionadas, amortizaciones que fueron por la cantidad de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100 M. N.) cada una, toda vez que ella le requirió personalmente en su domicilio el pago de las amortizaciones en mención en fecha treinta y uno de marzo de la presente anualidad, por lo cual la Ciudadana Nancy Mejia Muñoz, hizo el pago total de las dos amortizaciones mencionadas con anterioridad a la señora ______________________________ misma que de igual manera que su señora madre, firmó al margen izquierdo de la tabla de amortizaciones, por haber recibido la cantidad en mención por concepto de pago de las dos amortizaciones en comento. Por lo que de lo narrado en el presente hecho se desprende que la cantidad por la cual en esta ocasión vio disminuido su patrimonio mi representada a causa de las acciones de las dos ciudadanas que a través del presente escrito denuncio fue por la cantidad total de $2,966.64(dos mil novecientos sesenta y seis pesos 64/100 M. N.) en virtud que ésta cantidad económica nunca fue ingresada al patrimonio de mi representada.
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana NANCY MEJIA MUÑOZ) (Anexo veintidós)[18]
- Con fecha veintiocho de julio del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana MARIA OLIVERIA MUÑOZ PIEDRAS, domicilio que se encuentra ubicado en calle camino de la fuente número dieciséis, Santiago Tetla, Tetla de la Solidaridad, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las ocho amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago nueve, dieciséis y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones con un valor de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100 M. N.) cada una, ella misma había pagado la primera, tercera, cuarta, sexta, séptima y octava personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que por lo manifestado por la señora Oliveria Muñoz Piedras, la señora Victoria Zamora Gutiérrez, se presentó en su domicilio en fecha diez de febrero del año dos mil cinco, exigiéndole el pago de las amortizaciones que adeudaba hasta la fecha, con una actitud del todo prepotente y en demasía grosera, expresándole que ella era la representante de la empresa que represento y que por lo mismo era la única a quien ella debía hacer pagos de las amortizaciones que por concepto de cobro del crédito financiero que le fue otorgado a la ciudadana Maria Oliveria Muñoz Piedras por parte de mi representada, momento en el cual, como lo manifestó la señora Maria Oliveria Muñoz Piedras, hizo entrega de la cantidad de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100 M. N.) en efectivo y en persona a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, cantidad que fue por concepto de pago de una sola amortización, ya que esa era la única que debía en esa fecha, manifestándole la señora Victoria Zamora Gutiérrez que seguiría buscándola para cobrar las amortizaciones que debía pagar, por lo cual la misma asistió en fechas veintitrés de febrero, dos, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, para lo cual la misma al momento de recibir las cantidades en mención firmaba en el lado izquierdo de la amortización que recibía la tabla de amortizaciones y/o estado de cuenta con el cual cuentan los clientes de mí representada, ya que al momento de adquirir un crédito en la empresa que represento se les proporciona una tabla de Amortizaciones en la cual se puede apreciar en que fechas deben hacer sus pagos de amortizaciones, por lo que cabe resaltar que la señora Victoria Zamora Gutiérrez, se sigue tomando atribuciones que no le corresponden ya que como exhaustivamente lo vengo repitiendo, en ningún momento la señora en mención ha trabajado para la empresa que represento y por lo tanto la acción que emprende sigue estando fuera de la ley.
Respecto de las amortizaciones de fechas dieciséis de febrero y nueve de marzo, ambas fechas del año dos mil cinco, mencionadas con anterioridad, manifestó Maria Oliveria Muñoz Piedras, que las pago en efectivo personalmente a la Señora ______________________________, ya que esta última se presentó en su domicilio exigiéndole el pago de las amortizaciones antes mencionadas, amortizaciones que fueron por la cantidad de $370.83 (trescientos setenta pesos 83/100 M. N.) cada una, toda vez que ______________________________ le requirió personalmente en su domicilio el pago de las dos amortizaciones en comento en las mismas fechas en las cuales se debían pagar, y que fueron pagadas en su totalidad por la Ciudadana Maria Oliveria Muñoz Piedras, para lo cual la señora ______________________________, de igual manera colocó su rubrica al margen derecho de la tabla de amortizaciones antes aludida, por lo que de lo narrado en el presente hecho, se desprende que la cantidad por la cual en esta ocasión vio disminuido su patrimonio mi representada a causa de las acciones de las dos ciudadanas en mención fue por la cantidad total de $2,966.64 (dos mil novecientos sesenta y seis pesos 64/100 M. N.), cantidad que debe ser reingresada al patrimonio de la misma ya que ninguna de las denunciadas restituyó la cantidad económica mencionada al patrimonio de mi representada.
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana MARIA OLIVERIA MUÑOZ PIEDRAS) (Anexo veintitrés)[19]
- Con fecha dos de agosto del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana ADRIANA HERNANDEZ GARCIA, domicilio que se encuentra ubicado en calle Moctezuma número mil trescientos ocho en colonia San Martín, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando ADRIANA HERNANDEZ GARCIA, que de las cuatro amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veinticuatro de junio, uno, ocho y quince de julio, todas las anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones por la cantidad de $593.33 (quinientos noventa y tres pesos 33/100 M. N.) cada una, ella misma ya las había pagado personalmente a la Señora ______________________________, en fecha diecinueve de julio de la presente anualidad, ya que como lo manifestó la señora Adriana Hernández García a la trabajadora de la empresa que represento, la señora ______________________________ se presentó en su domicilio en la última fecha citada exigiéndole que pagara las amortizaciones que debía, contestándole ADRIANA HERNANDEZ GARCIA, que debía solo cuatro amortizaciones, pero que iba a depositar el dinero en el banco y que si quería que regresara el día miércoles a la misma hora a recoger la ficha de depósito, a lo que la señora ______________________________ le argumentó que la cuenta en la cual debería depositar había sido cancelada y que ella estaba autorizada para recibir los pagos que debiera en efectivo, ya que si no pagaba a tiempo se le cobrarían intereses muy altos y que en su caso podría ir a la cárcel por no pagar, sugiriéndole que era mejor que en ese instante pagara las cuatro amortizaciones que debía; por lo que ADRIANA HERNANDEZ GARCIA, procedió a entregarle el dinero a la señora ______________________________ y quien le refirió que lo depositaria y días después le enviaría su recibo con algún trabajador de la Financiera SERVICREA S.A. DE C.V., es decir, la empresa que represento, recibo que a la fecha no le ha sido entregado, en virtud a que ese dinero nunca ha ingresado al patrimonio de la empresa que hoy represento, por lo que en ese acto la señora Adriana Hernández García, ante el temor de que pudiera ir a prisión, como lo expresó la misma, y en presencia de la Ciudadana Josefina Otero Luna, la cual estuvo presente en esos momentos acompañando a la Ciudadana Adriana Hernández García, hizo entrega personalmente de la cantidad total de $2,373.32(dos mil trescientos setenta y tres pesos 32/100 M. N.), a la señora ______________________________, obteniendo ésta de nueva cuenta un lucro indebido, causando un detrimento a la empresa que represento, acciones que deben ser estudiadas a fondo por esta representación a la cual acudo mediante este escrito, a efecto de que la Ciudadana ______________________________ sea consignada a las autoridades que sean competentes para conocer del presente asunto.
(Anexo al presente escrito, un documento en el que la Ciudadana ADRIANA HERNÁNDEZ GARCIA, manifiesta al suscrito que ha realizado pagos a la Señora ______________________________, pagos que nunca han ingresado al patrimonio de mi representada, mismo documento que anexo en copia simple). (Anexo veinticuatro)[20]
- Con fecha cuatro de agosto del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana MAGDALENA LETICIA MIRELES FABILA, domicilio que se encuentra ubicado en calle Marcial Águila número ciento treinta y nueve en colonia la Noria, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las ocho amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago nueve, dieciséis y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones con un valor de $222.50 (doscientos veintidós pesos 50/100 M. N.) cada una, ella misma había pagado la primera, segunda, cuarta, quinta, sexta, séptima y octava personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que, por lo manifestado por la señora Magdalena Leticia Míreles Fabila, la señora Victoria Zamora Gutiérrez se presentó en su domicilio en fecha once de febrero del año dos mil cinco, exigiéndole el pago de las amortizaciones que adeudaba hasta la fecha, con una actitud del todo prepotente, expresándole que ella era la representante de la empresa que represento y que por lo mismo era la única a quien ella debía hacer pagos de las amortizaciones que por concepto de cobro del crédito financiero que le fue otorgado a la ciudadana Magdalena Leticia Míreles Fabila por parte de mí representada, momento en el cual, como lo manifestó la señora Magdalena Leticia Míreles Fabila, hizo entrega de la cantidad de $222.50 (doscientos veintidós pesos 50/100 M. N.) en efectivo y en persona a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, cantidad que fue por concepto de pago de una sola amortización, ya que esa era la única que debía en esa fecha, manifestándole la señora Victoria Zamora Gutiérrez que seguiría buscándola para cobrar las amortizaciones que debía pagar, por lo cual la misma asistió en fechas dieciséis de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, para lo cual la misma al momento de recibir las cantidades en mención firmaba en el lado izquierdo de la amortización que recibía en la tabla de amortizaciones y/o estado de cuenta con el cual cuentan los clientes de mí representada, ya que al momento de adquirir un crédito en la empresa que represento se les proporciona una tabla de Amortizaciones en la cual se puede apreciar en qué fechas deben hacer sus pagos de amortizaciones, por lo que cabe resaltar que la señora Victoria Zamora Gutiérrez se tomó atribuciones que no le corresponden ya que como exhaustivamente lo vengo repitiendo, en ningún momento la señora en mención ha trabajado para la empresa que represento.
Respecto de la amortización de fecha veintitrés de febrero del año dos mil cinco, mencionada con anterioridad, manifestó Magdalena Leticia Míreles Fabila, que la pago en efectivo personalmente a la Señora ______________________________, ya que esta última se presentó en su domicilio en la misma fecha exigiéndole el pago de la amortización antes mencionada, amortización que fue por la cantidad de $222.50 (doscientos veintidós pesos 50/100 M. N.), toda vez que la señora ______________________________ le requirió personalmente y en su domicilio el pago de la amortización en mención, misma que fue pagada por la Ciudadana Magdalena Leticia Míreles Fabila en su totalidad, para lo cual la señora ______________________________, de igual manera colocó su rubrica al margen izquierdo de la tabla de amortizaciones antes aludida por causa de haber recibido el pago de la misma, por lo que de lo narrado en el presente hecho, se desprende que la cantidad por la cual en esta ocasión vio disminuido su patrimonio mi representada a causa de las acciones de las dos ciudadanas en mención fue por la cantidad total de $1,780.00(mil setecientos ochenta pesos 00/100 M. N.), cantidad que debe ser reingresada al patrimonio de la misma ya que las denunciadas nunca la incorporaron al patrimonio de mi representada.
(Tabla de amortizaciones firmada por las denunciadas que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que el documento original aludido se encuentra en poder de la Ciudadana MAGDALENA LETICIA MÍRELES FABILA) (Anexo veinticinco)[21]
- Con fecha once de agosto del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana ANA MARIA NOYA GARCIA, domicilio que se encuentra ubicado en cuarta sección número siete, San Francisco Atezcaxingo, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito bancario que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las catorce amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago veintinueve de diciembre del año dos mil cuatro, cinco, doce, diecinueve y veintiséis de enero, dos, nueve, dieciséis y veintitrés de febrero, dos, nueve, dieciséis, veintitrés y treinta de marzo, todas las anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella misma ya las había pagado todas personalmente a la Señora ______________________________, en fecha quince de abril de la presente anualidad, ya que como lo manifestó la señora ANA MARIA NOYA GARCIA a la trabajadora de la empresa que represento, la señora ______________________________, se presentó en su domicilio en la última fecha citada exigiéndole que pagara las amortizaciones que debía, contestándole la misma que debía catorce amortizaciones, pero que iba a depositar el dinero en el banco y que si quería que regresara el día lunes próximo, a la misma hora a recoger la ficha de depósito bancario, a lo que la señora ______________________________, le argumentó que la cuenta en la cual debería depositar había sido cancelada y que ella estaba autorizada para recibir los pagos que debiera en efectivo, ya que si no pagaba a tiempo se le cobraría intereses muy altos y que en su caso podría ir a la cárcel por no pagar, sugiriéndole que era mejor que en ese instante pagara las catorce amortizaciones que debía, por lo que ANA MARIA NOYA GARCIA, procedió a entregarle el dinero a la señora ______________________________, manifestando esta última que ella lo depositaria, para lo cual y a efecto de que la señora Ana Maria Noya García, comprobara que hizo su pago por concepto de las catorce amortizaciones antes mencionadas, la señora ______________________________ en ese instante le extendió un recibo por la cantidad total resultante de la suma de las catorce cantidades por concepto de pago de las amortizaciones que debía, cantidad total que es de $10,381.00 (diez mil trescientos ochenta y un pesos 00/100 M. N.), obteniendo de nueva cuenta un lucro indebido, causando un detrimento a la empresa que represento, extendiendo sin ninguna atribución un recibo, acciones que deben ser estudiadas a fondo por esta Representación a la cual acudo mediante este escrito, a efecto de que la Ciudadana ______________________________ sea consignada a las autoridades que sean competentes para conocer del presente asunto.
(Recibo que de igual manera adjunto al presente escrito en copia simple en virtud de que el documento original se encuentra en poder de la ciudadana ANA MARIA NOYA GARCIA). (Anexo veintisiete)[22]
- Con fecha nueve de agosto del año dos mil cinco, la Ciudadana ______________________________, se constituyó en el domicilio de la Ciudadana LUCILA CERVANTES VELAZQUEZ, domicilio que se encuentra ubicado en segunda privada de constitución número ciento uno en colonia Cerro de Guadalupe, Apizaco, Tlaxcala, requiriéndole en el acto la Ciudadana ______________________________, la entrega de las fichas de depósito que por concepto de pago de las amortizaciones vencidas y no pagadas debió realizar, manifestando la misma que de las trece amortizaciones que le eran reclamadas en ese instante, las cuales correspondían a las fechas de pago trece, veinte y veintisiete de enero, tres, diez, diecisiete y veinticuatro de febrero, tres, diez, diecisiete, veinticuatro, treinta y uno de marzo y siete de abril, todas las fechas anteriores del año dos mil cinco, amortizaciones con valor de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, ella misma ya había pagado la primera, segunda, séptima, onceava, doceava y treceava personalmente a la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, quien es madre de la Señora ______________________________, ya que por lo manifestado por la señora Lucila Cervantes Velazquez, la señora Victoria Zamora Gutiérrez se presentó en su domicilio en fecha dieciocho de enero del año dos mil cinco, exigiéndole el pago de las amortizaciones que adeudaba hasta la fecha, expresándole que ella era la representante de la empresa que represento y que por lo mismo era la única a quien ella debía hacer pagos de las amortizaciones que por concepto de cobro del crédito financiero que le fue otorgado a la ciudadana Lucila Cervantes Velazquez por parte de mí representada, momento en el cual, como lo manifestó la señora Lucila Cervantes Velazquez, hizo entrega de la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) en efectivo y en persona a la señora Victoria Zamora Gutiérrez, cantidad que fue por concepto de pago de una sola amortización, ya que esa era la única que debía en esa fecha, manifestándole la señora Victoria Zamora Gutiérrez que seguiría buscándola para cobrar las amortizaciones que debía pagar y que en caso de que no pudiera asistir ella asistiría su hija. Días después Victoria Zamora Gutiérrez, asistió al domicilio de Lucila Cervantes Velazquez en fechas veinte de enero, veinticuatro de febrero, veinticuatro y treinta y uno de marzo, siete de abril, todas las fechas anteriores del año dos mil cinco, a cobrar el pago de las siguientes amortizaciones, para lo cual Victoria Zamora Gutiérrez, al momento de recibir las cantidades en mención firmaba en el lado izquierdo de la amortización que recibía la tabla de amortizaciones y/o estado de cuenta con el cual cuentan los clientes de mi representada, ya que al momento de adquirir un crédito en la empresa que represento se les proporciona una tabla de Amortizaciones en la cual se puede apreciar en que fechas deben hacer sus pagos de amortizaciones, siendo tal que de las visitas realizadas a la cliente de mi empresa por la señora Victoria Zamora Gutiérrez, el patrimonio de mi representada se vio afectado por la cantidad total de $4,450.02 (cuatro mil cuatrocientos cincuenta pesos 02/100 M. N.) ya que dicha cantidad no fue ingresada al patrimonio de la persona moral multialudida.
Respecto de las amortizaciones de veintisiete de enero, tres, diez y diecisiete de febrero, tres, diez y diecisiete de marzo, todas las fechas del año dos mil cinco, mencionadas con anterioridad, manifestó Lucila Cervantes Velazquez, que las pago en efectivo personalmente a la Señora ______________________________, ya que esta última se presentó en su domicilio exigiéndole el pago de las amortizaciones antes mencionadas, amortizaciones que fueron por la cantidad de $741.67 (setecientos cuarenta y un pesos 67/100 M. N.) cada una, toda vez que esta última le requirió personalmente en su domicilio el pago de las amortizaciones en mención en las fechas antes mencionadas, y que fueron pagadas en su totalidad por la Ciudadana Lucila Cervantes Velazquez, para lo cual la señora ______________________________, de igual manera colocó su rubrica al margen izquierdo de la tabla de amortizaciones antes aludida, resaltando que las cantidades obtenidas por la señora ______________________________, por cobro las amortizaciones antes aludidas fue por la cantidad de $5,191.69 (cinco mil ciento noventa y un pesos 69/100 M. N.), por lo que de lo narrado en el presente hecho, se desprende que la cantidad por la cual en esta ocasión vio disminuido su patrimonio mi representada a causa de las acciones de las dos ciudadanas en mención fue por la cantidad total de $9,641.71 (nueve mil seiscientos cuarenta y un pesos 71/100 M. N.), cantidad que debe ser reingresada al patrimonio de la misma, de igual forma y no obstante a lo anterior cabe resaltar que la señora Lucila Cervantes Velazquez, al momento de hacer el pago de la última amortización, es decir, la de fecha siete de abril del presente año le solicito a la señora Victoria Zamora Gutiérrez la entrega de todos sus recibos, ya que según la señora Lucila Cervantes Velazquez había efectuado el pago de todas las amortizaciones, por lo que la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, en ese momento le expidió un recibo en el que manifiesta haber recibido todos los pagos y haber terminado de pagar sus amortizaciones firmando al calce.
(Tabla de estado de cuenta y recibo firmados por las denunciadas que en copia simple anexo al presente escrito, en virtud de que los documentos originales aludido se encuentra en poder de la Ciudadana LUCILA CERVANTES VELAZQUEZ) (Anexo veintiséis)[23]
- Al percatarse de los acontecimientos narrados con anterioridad, la Ciudadana ______________________________, quien como lo he mencionado con anterioridad a partir de la fecha seis de junio del años dos mil cinco, desarrolla las actividades que una vez desempeñó la Señora ______________________________, puso en conocimiento del que suscribe, de todas las irregularidades de las cuales tuvo conocimiento durante el desempeño de sus actividades, irregularidades que he narrado con anterioridad.
- Con fecha veintinueve de julio de la presente anualidad y en compañía de Raúl Alberto García Carrillo y Enrique Gonzáles Zarate, me presenté en el domicilio de las denunciadas, el cual ya ha quedado asentado con anterioridad, con la finalidad de requerirlas del pago sobre las cantidades que les habían sido entregadas y descritas con anterioridad en el presente escrito, y ha preguntarles el por qué habían mentido a los deudores de los créditos que otorgó mi representada, que la cuenta bancaria en la que los clientes deberían hacer sus depósitos había cambiado; pues desde este momento y bajo protesta de decir verdad manifiesto a esta Representación Social que en ningún momento la cuenta bancaria ha sido cambiada, ni mucho menos he autorizado a las denunciadas a recibir las cantidades en efectivo de los clientes que he descrito; manifestándome éstas cuando las visite en su domicilio, es decir la Señora ______________________________ y la Señora VICTORIA ZAMORA GUTIÉRREZ, esta última madre de la primera, que no me realizarían ningún depósito y ningún pago en efectivo de las cantidades que indebidamente habían obtenido, respecto de los créditos que mi representada otorgó a las personas cuyos nombres ya han quedado asentados con anterioridad, además de decirme, que hiciera lo que hiciera no me iban a entregar ninguna cantidad de dinero; por que no tenían miedo de que las denunciara y que seguirían cobrando amortizaciones a todas las personas de las cuales tuvieran conocimiento que obtuvieran créditos financieros con mi representada.
- Considero importante mencionar que la Señora ______________________________, tiene conocimiento de cuáles eran las fechas y domicilios en que debía recoger las fichas de depósito bancario que amparaban los pagos de amortizaciones de las personas antes mencionadas, es decir las personas que en diversas fechas fueron requeridas del pago de las amortizaciones por la Ciudadana ______________________________, ya que la Señora ______________________________, contaba con copias simples de los pagarés, de las tablas de amortizaciones y/o estado de cuenta; documentos en los cuales se específica en qué fechas debían hacer sus pagos y las cantidades por las cuales debían hacerlos, por lo que he de manifestar que mientras estuvo trabajando para la empresa que represento abuso de la confianza que se le confirió, ya que utilizó de una manera abusiva y premeditada las tablas de amortizaciones que se le proporcionaban con el fin de defraudar a la persona moral que represento, de igual modo la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, tenia acceso a las mencionadas tablas, ya que, la misma es madre de la Señora ______________________________ y en vista de que ambas tienen una relación familiar muy estrecha, dicha situación permite contemplar la idea de que ambas personas forman una organización especializada para llevar a cabo todos los hechos narrados con anterioridad, ya que las mismas se han organizado de tal manera que se turnan para hacer los cobros de las amortizaciones que tienen que pagar los clientes de mi representada, en las fechas en que ellos deben realizarlas, para lo cual se ostentan como representantes y/o trabajadoras de mi representada, aprovechándose de esa manera del error y la buena fe de los clientes de mi representada obteniendo de esa manera un lucro indebido.
En efecto, y en consideración a lo establecido en el artículo 300 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, el cuál instituye:
“Artículo 300.- Comete el delito de abuso de confianza el que, con perjuicio de otro, disponga para sí o para un tercero, de una cosa ajena mueble de la cual se le haya trasmitido la tenencia y no el dominio.”
Y realizando una revisión analítica de la hipótesis normativa trascrita, se coligen los siguientes elementos del delito en mención:
- a) el que, con perjuicio de otro,
- b) disponga para sí o para un tercero
- c) de una cosa ajena mueble de la cual se le haya trasmitido la tenencia y no el dominio comete el delito de abuso de confianza;
De lo que se desprende de estos tres elementos es que, la ciudadana ______________________________, con la acciones que ha realizado en fechas que ya han sido especificadas con anterioridad pudiera estar dentro del supuesto que enuncia el articulo citado con anterioridad, ya que de los hechos narrados con anterioridad se puede apreciar que las misma ha desplegado las siguientes conductas:
- Que en perjuicio de mí representada, obtuvo el beneficio de cobrar las cantidades antes mencionadas en el presente escrito.
- Que es claro que las cantidades económicas que obtuvo de forma ilícita fueron utilizadas para su beneficio; pues como lo he referido en el cuerpo del presente escrito en ningún momento fueron devueltas dichas cantidades económicas al patrimonio de la persona moral que represento.
- Que las cantidades económicas obtenidas por la denunciada y las cuales fueron entregadas por parte de los clientes de mi representada, estas cantidades solo se las entregaron con el fin de que la denunciada, es decir, la Señora ______________________________, las ingresara al patrimonio de la persona moral que represento, mas no para que las utilizara para su dominio y/o su beneficio.
Así mismo, ______________________________, por el abuso de la confianza que se le confirió en el tiempo que estuvo laborando para mi representada ha ocasionado un perjuicio a la empresa que represento que resulta de la suma de todas las cantidades que se han descrito desde el hecho número siete hasta el hecho número treinta y dos, consistente en la cantidad total de $96,157.77 (noventa y seis mil pesos ciento cincuenta y siete pesos 77/100 M. N.), misma cantidad que fue obtenida de los clientes de la empresa que represento mediante el uso de las tablas de amortizaciones y/o estados de cuenta que durante el tiempo que la ciudadana en mención laboró para la empresa que represento le eran proporcionadas, las cuales utilizó de manera abusiva, con engaños, artimañas y maquinaciones a fin de aprovecharse del error en que se encontraban los clientes de mi representada mintiéndoles que tenia la facultad de cobrar dinero en efectivo.
Para lo cual la señora ______________________________ en diferentes circunstancias dispuso para si y en ocasiones para su señora madre de las cantidades que los clientes le entregaban, cantidades económicas que sostengo debieron ser depositadas en la cuenta bancaria de la empresa que represento y no ser utilizadas para el uso personal de la Señora ______________________________ o de su señora madre.
Es conveniente mencionar a esta Representación Social que, en ningún momento se le transmitió el dominio de los créditos mencionados en puntos anteriores a la Señora ______________________________, ya que con el hecho de proporcionarle tablas de amortizaciones y/o estados de cuenta de los clientes de mi representada, solo se trataba de que la misma llevase un control de pagos de amortizaciones, que por medio de fichas de depósito bancario los clientes de mi representada le tenían que entregar, mas no así se pretendía que la Señora ______________________________ utilizara las tablas en mención para recolectar dinero en efectivo y expedir recibos a algunos de los clientes de la empresa que represento, por lo que es evidente que la Señora ______________________________, abuso de la confianza que en el tiempo que estuvo laborando para mi representada se le confirió, logrando con sus acciones causar un detrimento en el patrimonio de mi representada con el cual obtuvo un lucro personal para si y para su señora madre, disponiendo de lo que no le pertenecía.
Sirve de apoyo a lo expresado con anterioridad el criterio jurisprudencial que acontinuacion transcribo:
“ABUSO DE CONFIANZA, ELEMENTOS DEL DELITO DE. Los tres elementos que constituyen la figura delictiva denominada abuso de confianza son: la entrega de la cosa, en virtud de la confianza o de un contrato que no transfiere el dominio; que la confianza haya sido alcanzada con fines distintos del de disponer de lo ajeno, y que el acusado disponga de los fondos para otros objetos distintos de los indicados, sabiendo que no le pertenecían. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. No. Registro: 202,288 Jurisprudencia Materia(s): Penal Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: III, Junio de 1996 Tesis: VI.2o. J/45 Página: 523.”
Haciendo un análisis minucioso de la antes citada jurisprudencia, resulta que, si a una persona (______________________________), se le entregó la tenencia y custodia de dinero y otros valores, a fin de que los llevara a depositar a una institución bancaria, y ésta cambió en su provecho el destino de los citados valores, es claro que con tal proceder se configuró el delito de abuso de confianza, ya que a esta se le otorgó una posesión derivada para que ejecutara un encargo que no cumplió, que son precisamente los elementos requeridos para la integración del cuerpo del delito de abuso de confianza.
- Por la negativa de pago a cargo de las Ciudadanas que hoy denuncio y ante el inminente temor de que las mismas sigan cometiendo actos que causan perjuicios en el patrimonio de mi representada, logrando con los mismos actos un lucro indebido, me veo en la necesidad de presentar formal denuncia por los hechos y abstenciones narrados con anterioridad y que pudieren ser constitutivos de delitos que resulten en agravio de mi representada.
- Bajo protesta de decir verdad manifiesto a esta Representación Social que la Señora ______________________________ y la Señora ______________________________, hasta la fecha no han realizado el pago alguno de las cantidades que indebidamente cobraron a las personas a las cuales mi representada ha otorgado créditos financieros, aprovechándose de la buena fe de las mismas y ostentándose como trabajadoras de mi representada, cuestión que es totalmente falsa, pues si bien es cierto que una vez la Señora ______________________________, fungió como trabajadora de la empresa que represento, no menos cierto es que la misma dejo de prestar sus servicios en fecha tres de junio del año dos mil cinco y que por lo tanto actualmente esta impedida para ostentarse como representante de la empresa para la cual sirvo y mucho menos solicitar cantidades económicas a las personas a las cuales la empresa que represento ha otorgado créditos financieros y mas aun no tiene ningún derecho de expedir recibos por el cobro de dinero ostentándose en los mismos como representante de la empresa para la cual trabajo, demostrando de esa manera una conducta indebida y la cual pongo a su consideración, ya que como lo vuelvo a repetir causa agravio a mi representada.
- Manifiesto que la Señora Victoria Zamora Gutiérrez nunca ha trabajado para mi representada, cuestión que le impide ostentarse como representante de la empresa multialudida y aun mas le impide cobrar cantidades económicas por concepto de pago de amortizaciones que los clientes adeudan a mi representada, cuestión que realizó como lo he narrado con anterioridad, para lo cual, firma tablas de amortizaciones y/o extiende recibos por diversas cantidades a nombre de mi representada.
Amen de lo anterior considero hacer una reflexión del artículo 304 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, el cual instituye:
“ARTICULO 304. -Comete el delito de fraude, el que engañando a alguno o aprovechándose del error en que este se halla, se haga ilícitamente de una cosa o alcance un lucro indebido para sí o para otro;”
Realizando una revisión analítica de la hipótesis normativa trascrita, se coligen los siguientes elementos del delito de fraude:
- a) El que engañando a alguno o aprovechándose del error en que este se halla;
- b) Se haga ilícitamente de una cosa o alcance un lucro indebido para sí o para otro.
Por lo que tomando en cuenta estos dos elementos, de los cuales se desprende que: las Ciudadanas Victoria Zamora Gutiérrez y ______________________________ con las acciones que han realizado en fechas que ya han sido especificadas con anterioridad pudieran estar dentro del supuesto que enuncia el articulo citado con anterioridad, ya que de los hechos narrados con anterioridad se observa que las mismas han efectuado las siguientes conductas:
- Engañando a los clientes de mi representada, manifestándoles las denunciadas que trabajan en la persona moral en comento, que están autorizadas para recibir dinero en efectivo.(Caso especifico de la señora Victoria Zamora Gutiérrez)
Engaño en cuanto a que una de las denunciadas se seguía ostentando como trabajadora, cuando esta ya había sido despedida, (caso especifico la señora ______________________________)
Engaño de estar autorizadas para recibir el pago de las amortizaciones en efectivo de los clientes de mí representada, ya que según sus argumentos la cuenta en que se debían hacer los depósitos había sido cambiada, (Caso especifico en ambas denunciadas)
Engaños en diferentes ocasiones pues las denunciadas expidieron recibos y en otras veces firmaron en el margen superior izquierdo las tablas de amortizaciones que fueron otorgadas por la empresa que represento a sus clientes, quedando dentro del supuesto del articulo en cita, ya que, las rubricas que las ciudadanas en mención extendían ya sea en recibos o en las tablas de amortizaciones antes aludidas, según ellas, hacían las veces de constancia de que la empresa que represento recibía los pagos hechos por sus clientes, cuestión de la cual nunca tuve conocimiento hasta fechas actuales, ya que me percaté que dichas cantidades económicas nunca fueron ingresadas al patrimonio del la persona moral que ahora es representada por el suscrito; por lo que el suscrito al no tener conocimiento de los actos realizados por las hoy denunciadas no puede evitar dicho detrimento en el patrimonio de la persona moral.
- Un lucro indebido que resulta de la suma de todas las cantidades que se han descrito desde el hecho número siete hasta el hecho número treinta y dos, consistente en la cantidad total de $96,157.77 (noventa y seis mil pesos ciento cincuenta y siete pesos 77/100 M. N.), misma cantidad que fue obtenida de los clientes de la empresa que represento mediante engaños, artimañas y maquinaciones hechas por las ciudadanas Victoria Zamora Gutiérrez y ______________________________, para aprovecharse del error en que se encontraban los clientes de mí representada respecto de que alguna vez la señora ______________________________, trabajó para la empresa que represento; resultando aplicable a lo anteriormente expuesto los criterios jurisprudenciales siguientes:
“Octava Época. Instancia: TRIBUNAL COLEGIADO DEL. VIGESIMO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Tomo: V, Segunda Parte-2, Enero a Junio de 1990. Página: 578. “FRAUDE. CONCEPTOS DE ENGAÑO Y ERROR COMO ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL TIPO”. El fraude es un delito material por requerir un resultado de la misma índole (la entrega de la cosa y el daño patrimonial concurren en ella, así como la obtención de un lucro o un beneficio indebido), con independencia de los medios comisivos, engaños o aprovechamiento del error, entendiéndose el primero como la actividad mentirosa empleada por el sujeto activo que hace incurrir en una creencia falsa al sujeto pasivo de la infracción, o sea una acción falaz positiva para lograr la obtención de la cosa o el logro de un beneficio indebido; en el aprovechamiento del error, no es necesario en todo caso, una actividad del sujeto activo, quien se aprovecha de la falsa concepción que una persona tiene sobre un hecho cualquiera para llegar al resultado antijurídico, y a diferencia del engaño que constituye el medio comisivo para provocar el error, en el aprovechamiento de éste que existe con anterioridad, el agente sólo se vale de esa situación para lograr el fin que de antemano se propuso, ya que en estas circunstancias el activo no causa el falso concepto en que se encuentra la víctima, sino únicamente se abstiene de hacer saber al pasivo la falsedad de su creencia y se aprovecha de ella para su finalidad dolosa.”
“Octava Época. Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Tomo: XII, Agosto de 1993. Página: 441. “FRAUDE. DEBE DEMOSTRARSE EL ENGAÑO PARA QUE SE CONFIGURE EL HECHO DELICTUOSO”. (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO). De un análisis del artículo 171 del Código Penal del Estado, se advierte que el primer elemento esencial constitutivo del tipo penal de fraude es la existencia de una conducta falsa, engañosa o el aprovechamiento del error en que se encuentra el sujeto pasivo del delito. El engaño consiste en provocar mediante argucias, artimañas, maquinaciones o cualquier otro medio, un falso conocimiento en el sujeto pasivo, a efecto de determinarlo a realizar un acto de disposición patrimonial en beneficio del sujeto activo. El aprovechamiento del error consiste en la situación de que el sujeto pasivo tenga un falso concepto, una creencia errónea y el sujeto activo se aproveche de esta circunstancia para determinar al pasivo a realizar la disposición patrimonial en su beneficio. En razón de lo anterior es indudable que no se encuentra acreditado el hecho delictivo, puesto que al no acreditarse los elementos del tipo antes señalado, se contraviene lo dispuesto por el artículo 16 constitucional para dictar válidamente una orden de aprehensión.”
Para ser mas especifico, aclaro aún mas este punto de la siguiente manera: los elementos del cuerpo del delito de fraude, no exigen como uno de ellos que el engaño o error del que se vale el activo (______________________________ y ______________________________), para obtener un lucro indebido recaiga precisamente en el agraviado (mi representada), pues éstos constituyen el medio comisivo para que el agente se haga ilícitamente de alguna cosa o determinados valores; por tanto, es lógico que pueda darse el caso de que las acciones o maniobras que el delincuente lleve a cabo, las ejecute sobre una persona que no resienta la afectación en su patrimonio, (caso especifico, los clientes de mi representada), convirtiéndose ésta (o estos) en un medio que sirve al activo para alcanzar un lucro en perjuicio del ofendido.
- No obstante al perjuicio económico causado por las ahora denunciadas al hacer el cobro en efectivo de amortizaciones descritas con anterioridad y que de las cuales ascienden a la cantidad total de $96,157.77 (noventa y seis mil pesos ciento cincuenta y siete pesos 77/100 M. N.); perjuicio económico causado a mi representada, de igual forma causa perjuicio a la misma el hecho de que, dicha cantidad económica por el simple hecho de no estar ingresada en el patrimonio de la persona moral en comento, deja de generar ganancias licitas, pues como se puede apreciar en la totalidad de los créditos que he referido, la persona moral deja de percibir un 5% (cinco por ciento) mensual sobre el saldo global fijo, por concepto de intereses ordinarios y 7.5% (siete punto cinco por ciento) sobre la amortización no pagada por concepto de intereses moratorios; es decir, que las cantidades que obtuvieron las denunciadas ilícitamente bien pudieron ser destinadas a beneficio de mi representada para que ésta genere ganancias por la colocación de dicha cantidad a otros clientes, obteniendo así un pago por los conceptos de intereses ordinarios y moratorios; por lo que el actuar de las ahora denunciadas impidió obtener a mi representada ganancias licitas que bien pudo haber obtenido si las denunciadas no hubieran defraudado o abusado de la confianza conferida por la persona moral representada por el suscrito.
- Considero pertinente referir a esta representación social que en los hechos narrados con anterioridad, solo en algunas ocasiones las Ciudadanas Victoria Zamora Gutiérrez y ______________________________ no extendieron recibos y/o firmas en las tablas de amortizaciones, por lo tanto anexo en copia simple a este escrito los recibos y tablas de amortizaciones signadas por las ciudadanas Victoria Zamora Gutiérrez y ______________________________ en las diferentes ocasiones que ya han sido descritas con anterioridad, documentos de los que tengo conocimiento que las denunciadas firmaron y además anexo un informe expedido (ANEXO VEINTIOCHO) por el contador de la empresa que represento en la presente denuncia, en el que se especifica a que clientes solicitaron el pago en efectivo las ciudadanas Victoria Zamora Gutiérrez y ______________________________, de las amortizaciones que adeudaban, y qué amortizaciones cobraron cada una de las mismas, la cantidad total obtenida ilícitamente por cada cliente y la cantidad total que resulta de la suma de todas las cantidades descritas con anterioridad, esperando el suscrito sean valoradas por los medios idóneos a efecto de que en su determinación sea tomado en cuenta a la hora de consignar el presente asunto a las autoridades competentes, solicitando desde este momento a esta Representación Social que tome todas las medidas que crea conveniente a efecto de prevenir que se sigan causando perjuicios en el patrimonio de mi representada.
Así como solicito que en su momento sean citadas a declarar todas y cada una de las personas que han sido mencionadas en el presente escrito a efecto de que la presente indagatoria sea debidamente integrada, dando así cumplimiento a lo estatuido en el Articulo 20 Constitucional apartado “B” Fracción II, que a la letra dice:
“Artículo 20. En todo proceso de orden penal, el inculpado, la víctima o el ofendido, tendrán las siguientes garantías:
- De la víctima o del ofendido:
- Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente, tanto en la averiguación previa como en el proceso, y a que se desahoguen las diligencias correspondientes…”
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de los artículos 12, 300, 304 y demás relativos y aplicables del Código Penal, así como los artículos 1, 2, 4, 6, 8 relativos al Código de Procedimientos Penales, ambos para el Estado, a usted pido:
PRIMERO. Tenerme por presentado en términos del presente escrito y documentos que anexo al mismo, presentando denuncia de hechos ante esta Representación Social.
SEGUNDO. Practicar tantas y cuantas diligencias sean necesarias para integrar el Cuerpo del Delito y la Probable Responsabilidad respecto de los hechos que expongo a su conocimiento.
TERCERO. Previos trámites de ley, reunidos los elementos del Cuerpo del Delito y de la Probable responsabilidad, consigne las actuaciones que se integren dentro de la presente causa al Ciudadano Juez de lo Penal en turno en el Distrito Judicial de Sánchez Piedras.
R E S P E T U O S A M E N T E
Apizaco, Tlaxcala; seis de octubre del dos mil cinco.
__________________________
Presidente del Consejo de Administración de la persona moral denominada “SERVICIOS DE CRECIMIENTO ECONÓMICO DEL ALTIPLANO S.A. DE C.V.”
[1]Documento en el cual resalto en color verde las amortizaciones que en ningún momento fueron ingresadas al patrimonio de mí representada, amortizaciones recibidas por la Señora Victoria Zamora Gutiérrez. Además resalto que en la tabla en mención se puede apreciar que la firma de la señora Victoria Zamora Gutiérrez aparece en el lado izquierdo de las primeras cinco amortizaciones, cuestión que me era desconocida hasta hace poco, ya que la ciudadana en Victoria Zamora Gutiérrez, nunca ha trabajado para la empresa que represento y por lo tanto no estaba autorizada para recolectar las fichas de depósito que debían hacer los clientes de mi representada. Siendo que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que de las siete amortizaciones que aparecen en la tabla en comento, mismas que se pueden apreciar con una firma que desconozco totalmente, solo dos de las mismas, es decir, las que se encuentran con el número seis y siete, nunca han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que espero que el resultado que arroje la indagatoria que esta Representación Social se sirva iniciar de cómo resultado que la Ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, es la persona que obtuvo de manera ilícita esas cantidades, por lo que este punto puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, mismo articulo que en paginas posteriores detallo con detenimiento.
[2] En esta tabla resalto de igual modo en color verde las amortizaciones que en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, así mismo remarco en el mismo color la firma de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora. En esta tabla se puede apreciar que en la misma también aparece la firma de la Señora Victoria Zamora Gutiérrez en los pagos que aparecen en la tabla en comento con los números uno y dos, y en las amortizaciones marcadas con los números tres, cuatro y cinco aparece la firma de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, amortizaciones que recibió en dinero en efectivo esta última y nunca ingreso al patrimonio de mi representada, siendo que en esos momentos ella laboraba en la empresa que represento, por lo que se debe estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, articulo que enunciare en hojas posteriores del presente escrito con su respectivo estudio. Para finalizar el presente párrafo, bajo protesta de decir verdad manifiesto que las amortizaciones marcadas con los números tres, cuatro y cinco, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, y que las amortizaciones marcadas con los números uno y dos son las únicas que se tienen registradas como pagadas en los archivos de la empresa en comento.
[3] En esta tabla resalto en color verde las amortizaciones que en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, así mismo remarco con el mismo color la firma de la Señora Victoria Zamora Gutiérrez, en los pagos que aparecen en la tabla en comento con los números dos, tres, cuatro, cinco y seis, amortizaciones que recibió esta última en dinero en efectivo y que nunca han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última en ningún momento ha trabajado para la empresa que represento y mucho menos ha hecho entrega de las amortizaciones que indebidamente cobro.
[4] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aludida aparece resaltada la firma de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar las firmas que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora, en la multicitada tabla. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora, se debe estar en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento; puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que las amortizaciones cobradas por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, y en relación a la amortización cobrada por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última en ningún momento ha trabajado para la empresa que represento.
[5] En esta tabla resalto en color verde la amortización que en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, así mismo remarco la firma de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora. En esta tabla se puede apreciar que en la misma, también aparece la firma de la Señora Victoria Zamora Gutiérrez en los pagos que aparecen en la tabla en comento con diversos números, y en algunas amortizaciones aparece la firma de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, amortizaciones que recibió esta última y de ellas una no ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, siendo que en esos momentos esta última laboraba en la empresa que represento, por lo que se debe estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza.
[6] En esta tabla resalto en color verde la amortización que en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, así mismo remarco la firma de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora. En esta tabla se puede apreciar que también aparece la firma de la Señora Victoria Zamora Gutiérrez en los pagos que aparecen en la tabla en comento con diversos números, y en algunas amortizaciones aparece la firma de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, amortizaciones que recibió esta última, de ellas una no ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, siendo que en esos momentos esta última laboraba en la empresa que represento, por lo que se debe estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza.
[7] En esta tabla resalto en color verde las amortizaciones que en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, así mismo remarco las firmas de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, ya que en la tabla en comento aparece la firma de la Ciudadana en mención en cuatro amortizaciones, por lo que manifiesto que de esas cuatro amortizaciones que recibió esta última tres no han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, siendo que en esos momentos la ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora laboraba en la empresa que represento, por lo que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza.
[8] En esta tabla resalto en color verde las amortizaciones que en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, así mismo remarco las firmas de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, ya que en la tabla en comento aparece la firma de la Ciudadana en mención en cuatro amortizaciones, por lo que manifiesto que de esas cuatro amortizaciones que recibió esta última, dos no han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, siendo que en esos momentos la ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora laboraba en la empresa que represento, por lo que se debe estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza.
[9] En esta tabla resalto en color verde las amortizaciones que en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, así mismo remarco las firmas de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, ya que en la tabla en comento aparece la firma de la Ciudadana en mención en cuatro amortizaciones, por lo que manifiesto que de esas cuatro amortizaciones que recibió esta última, tres de ellas no han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, siendo que en esos momentos la ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora laboraba en la empresa que represento, por lo que se debe estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza.
[10] En color rosa podemos apreciar que en la aludida tabla aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última en ningún momento ha trabajado para la empresa que represento y mucho menos ha hecho entrega de las amortizaciones que indebidamente cobró.
[11] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aludida aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar la firma que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar de nueva cuenta en la hipótesis de que, en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, debiendo contemplar esta Representación Social que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que la amortización cobrada por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento .
[12] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aludida aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar la firma que puso la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora en la multicitada tabla. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que la amortización cobrada por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente.
[13] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aludida aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar la firma que coloco la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora en la multicitada tabla. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar de nueva cuenta en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, pudiendo ésta estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que la amortización cobrada por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que obtuvo indebidamente.
[14] En el recibo que anexo en razón de este punto fáctico, resalto en color verde la firma de la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora así como también resalto con el mismo color la fecha de expedición del recibo, lo anterior en razón de que cuando la señora Apolinar Teresita ramos Zamora cobró las dos amortizaciones en fechas cuatro y once de mayo del año dos mil cinco, amparadas por el recibo anexo al presente punto, aun se encontraba ésta laborando para la empresa que represento y cuando expidió el recibo antes citado, en fecha quince de julio, misma fecha en que cobró una tercera amortización, la misma ya no laboraba para la empresa que hoy represento, por lo que en el primer caso, es decir en los día en que cobró las dos primeras amortizaciones a las que se ha hecho alusión, debemos considerar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, y en el caso del cobro de la tercera amortización y la expedición del recibo aludido con anterioridad, recibo de fecha quince de julio del año dos mil cinco, puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última ya no trabajaba para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las tres cantidades que cobró indebidamente.
Ahora bien, respecto de la copia simple de registros que mencione con anterioridad, manifiesto que en los mismos consta qué cantidades reunían los clientes de mi representada y con color rosa marco las amortizaciones que nunca han sido integradas al patrimonio de mi representada.
[15] En color rosa se aprecia que en los recibos antes citados aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar las firmas que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar de nueva cuenta en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que las amortizaciones cobradas por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente. No esta por demás resaltar que las hoy denunciadas, al contar con copias de las tablas de amortizaciones que se otorgan a los clientes de la empresa que hoy represento, acudían al domicilio del cliente de la multicitada empresa un día antes de que venciera la amortización, para así obligar al cliente a que les pagara en efectivo y no les entregara una ficha de depósito, esto se evidencía con los recibos que anexo al presente escrito.
[16] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aludida aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar la firma que puso la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se puede estar en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, ésta se encontraba laborando para la empresa que represento, se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que la amortización cobrada por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente.
[17] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aludida aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar la firma que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar de nueva cuenta en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que la amortización cobrada por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente.
[18] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar las firmas que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora en la multicitada tabla. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar de nueva cuenta en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, las amortizaciones cobradas por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada. En relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente.
[19] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar las firmas que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, que las amortizaciones cobradas por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresadas al patrimonio de mi representada. En relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente.
[20] En la tabla de amortizaciones que anexo en razón de este punto fáctico, resalto en color verde las amortizaciones cobradas indebidamente por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, lo anterior en razón de que cuando la señora Apolinar Teresita ramos Zamora cobró las cuatro amortizaciones de fechas veinticuatro de junio, uno, ocho y quince de julio del año dos mil cinco, en fecha diecinueve de julio, la misma ya no laboraba para la empresa que hoy represento por lo que de lo manifestado en el presente punto el actuar de la ahora denunciada podría encuadrarse en la hipótesis normativa puede que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última ya no trabajaba para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cuatro amortizaciones que cobró indebidamente.
[21] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar la firma que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora en la multicitada tabla. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar de nueva cuenta en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió el pago por la amortización en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que las amortizaciones cobradas por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente.
[22] En este recibo remarco en color verde la cantidad por la que fue expedido, la fecha en que fue expedido y la firma de quien lo expidió, ya que la señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, se encontraba laborando para la empresa que represento, por lo que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que las amortizaciones cobradas por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada
[23] En color rosa podemos apreciar que en la tabla aparecen resaltadas las firmas de la ciudadana Victoria Zamora Gutiérrez, y en color verde podemos apreciar las firmas que colocó la Ciudadana Apolinar Teresita Ramos Zamora en la tabla. Estas amortizaciones en ningún momento han sido ingresadas al patrimonio de mi representada, por lo que en este punto en especifico cabe resaltar que en el caso de la Ciudadana Apolinar Teresita ramos Zamora se debe estar de nueva cuenta en la hipótesis de que, como en las fechas en que recibió los pagos por las amortizaciones en comento, esta se encontraba laborando para la empresa que represento, se debe contemplar que puede estar dentro del supuesto que enuncia el articulo 300 del Código Penal Para el Estado de Tlaxcala, relativo al delito de abuso de confianza, ya que, bajo protesta de decir verdad manifiesto que las amortizaciones cobradas por la Señora Apolinar Teresita Ramos Zamora, en ningún momento ha sido ingresada al patrimonio de mi representada, y en relación a las amortizaciones cobradas por la señora Victoria Zamora Gutiérrez considero de nueva cuenta que puede estar dentro del supuesto que contempla el articulo 304 del Código Penal para el estado de Tlaxcala, relativo al delito de fraude, ya que esta última nunca ha trabajado para la empresa que represento, y mucho menos ha hecho entrega de las cantidades que cobró indebidamente.