Demanda IMSS corrección pensión por Cesantía

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VS.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y OTROS.
JUNTA __________.
EXP. NO. _______/20__.

H. JUNTA FEDERAL DE
CONCILACION Y ARBITRAJE.

_______________________, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en ________________, COLONIA ____________, C. P. _________, ___________, designando y facultado para tales efectos a los CC._________________________, de manera indistinta a quienes otorgo poder en los términos más amplios para que en mi nombre y representación, conjuntamente o separadamente, actúen en todas y cada una de las etapas del procedimiento, en los términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, ante este H. Tribunal, autorizándoles a sustituir el poder que se les otorga, respetuosamente comparezco y expongo:

Que vengo a demandar de las siguientes personas:

I.- INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Con domicilio en ____________________, ____________, por lo que solicito sea notificado el mismo.

El pago y cumplimiento de las siguientes:

PRESTACIONES.

a) DE ESTA H. JUNTA SE DEMANDA LO SIGUINTE:

1.1.- Se determine correctamente la pensión del actor por Cesantía en Edad Avanzada, ya que en fecha __ de _____ de 20__ le fue otorgada dicha pensión, sin embargo la misma no fue calculada con base al total de las semanas cotizadas que realmente acumuló el suscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, y de igual manera tomando el salario que realmente debió cotizar ante dicho instituto.

Lo anterior con base en la Ley del Seguro Social de 1973, ya que esta Ley fue la que eligió el suscrito para el otorgamiento de su pensión.

b) DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SE DEMANDAN LAS SIGUINTES PRESTACIONES:

2.1.- El otorgamiento de la pensión de Vejez con el monto correcto, con base a las semanas de cotización que realmente acumuló el suscrito y tomando en cuenta el salario con el cual cotizó el actor.

Debiéndose tomar en cuenta los siguientes datos para la correcta determinación de mi pensión.
NOMBRE: _______________________.
FECHA DE NACIMIENTO: 01 DE FEBRERO DE 19__.
FECHA DE OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN: __ DE ABRIL DE 20__.
CONCEPTO POR EL CUAL SE OTORGÓ LA PENSIÓN: CESANTIA EN EDAD AVANZADA.
ASIGNACIÓN FAMILIAR: TENGO DERECHO A RECIBIR LA ASIGNACIÓN FAMILIAR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 164 FRACCIÓN IV DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 19__.
SALARIO PROMEDIO DE COTIZACIÓN REGISTRADO: $____PESOS DIARIOS.
SEMANAS RECONOCIDAS POR EL IMSS EN LA RESOLUCIÓN DE OTORGAMIENTO DE PENSIÓN: 655 SEMANAS.
SEMANAS COTIZADAS REALMENTE: 1300 SEMANAS.
FECHA DE ALTA ANTE EL IMSS: 20 DE SEPTIEMBRE DE 1986.
FECHA DE BAJA ANTE EL IMSS: 01 DE FEBRERO DE 2011.
NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL: 0669516100-7.
CURP: ROVE480201HDFZSR01.

Como resultado de lo anterior se reclama la determinación del monto de la pensión otorgada a favor del suscrito para que sea aumentada con base a la edad que tengo al momento de quedar firme la resolución de H. Junta en este sentido y reclamo de igual manera a mi favor el pago retroactivo desde el 04 de abril de 20__, fecha en que me fue otorgada la pensión respectiva, a la fecha en que sea pagada la pensión con el monto correcto al suscrito, de las diferencias en el cálculo y liquidación de las mensualidades vencidas de dicha pensión, entre la pensión que me ha venido cubriendo y las que me debió pagar correctamente el Instituto demandado, cantidad que asciende a $__________ (_____________pesos 00/100 M. N.), en virtud de los cálculos que mas adelante se efectúan.

Mas el incremento del 5% de la pensión que se le debió de haber entregado con base en lo dispuesto en el artículo 172 párrafo segundo de la Ley del Seguro Social de 1973, siendo dicha cantidad acumulada desde el 04 de abril de 20__ a octubre de 2012, por el monto de $__________(__________________ diez pesos 50/100 M. N.), reclamo que se efectúa para que la cantidad mencionada le sea cubierta al actor, con base en el calculo que se menciona en el capitulo de hechos.

2.2.- ADCAUTELAM se reclama el 20% más de la pensión que le corresponde al actor en virtud de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley dl Seguro Social de 1973, ya que por la situación física del actor y por la edad que tengo será necesario la asistencia permanente y continúa par mi subsistencia.

2.3.- SE RECLAMA EL INCREMENTO DE LA ASIGNACIÓN QUE SE LE DETERMINO AL ACTOR DEL 15% DEL MONTO DE LA PENSIÓN DE CESANTIA, en la misma proporción en que se le incremente la pensión que se le determine conforme a los datos proporcionados.

2.4.- SE RECLAMA QUE LA PENSIÓN QUE LE SEA ASIGNADA AL HOY ACTOR, se designe en virtud de lo dispuesto por el artículo 169 de la Ley del Seguro Social de 1973 que dice a la letra “LA SUMA DE LA PENSIÓN QUE SE OTORGUE POR INVALIDEZ, VEJEZ O CESANTIA DE EDAD AVANZADA Y DEL IMPORTE DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y AYUDAS ASISTENCIALES QUE SE CONCEDAN, NO EXCEDERA DEL OCHENTA Y CINCO PORCIENTO DEL SALARIO PROMEDIO QUE SIRVIO PARA FIJAR LA CUANTIA DE LA PENSIÓN, SI ESTA SE GENERO CON MENOS DE MIL QUINIENTAS SEMANAS DE COTIZACIÓN ACREDITADAS. SI FUERA ENTRE MIL QUINIENTAS Y DOS MIL SEMANAS DE COTIZACIÓN EL LIMITE DE LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN MAS LAS ASIGNACIONES Y LA AYUDA EXISTENCIAL SERA DEL NOVENTA PORCIENTO Y DEL CIEN PORCIENTO COMO MÁXIMO SI LAS SEMANAS RECONOCIDAS FUERAN DOS MIL O MAS”.

Con lo anterior, le solicito al Instituto Mexicano del Seguro Social que:

a).- Proporcione dicho Instituto con base en mi número de seguridad social que es 0669516100-7 y que me asigno el propio Instituto Mexicano del Seguro Social, el número de semanas cotizadas por el suscrito ante dicho Instituto desde la fecha antes indicada, así como el patrón que a lo largo de mi vida laboral me registro como trabajador.

b).- Proporcione el listado correspondiente a los últimos cinco años cotizados como asegurado de dicho Instituto, por lo que pido me indique dentro de dicho periodo, los salarios bajo los cuales coticé las últimas 250 semanas durante dicho periodo, así como las fechas en las cuales se dieron dichos movimientos.

c).- Solicito me sea indicado, cual es el promedio del salario con el cual coticé los últimos 5 años o las últimas 250 semanas como asegurado del Instituto Mexicano del Seguro Social;

e).- Razones antes expuestas por las cuales la pensión del actor, no puede ser determinada menor al 85%, del último salario devengado en los cinco años anteriores, conforme a lo estipulado por el cálculo de la sección octava de la cuantía de las prestaciones establecidas en los artículos 167 al 171 de la Ley del Seguro Social de 1973, por lo que solicito de la manera más atenta y breve que:

1.- Sean reconocidos mis derechos como afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social, y que coticé 1,300 semanas con el número _______-_.

2.- Sea regularizado el monto de la pensión a recibir con base al salario que corresponde del promedio de los últimos 5 años cotizados ante Instituto Mexicano del Seguro Social, más la asignación familiar del 15% por no tener cónyuge, hijos ni ascendientes que dependan de mi y la ayuda para asistencia, y con base en esto sea calculado mi pago mensual en un 110% del salario promedio diario que no podrá ser menor a $_________ pesos diarios, es decir, mensualmente $_________ pesos, dicha cantidad por el 110% que es el monto que debo percibir como pensión, el cual según cálculo deberá ser de no menos de $______ salvo error de carácter u omisión aritmética, sin perjuicio del incremento periódico que deberá sufrir la misma con base en la sección novena y lo contenido en los artículos 172 y 173 de la Ley del Seguro Social de 1973.

Se funda el reclamo de las anteriores prestaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social con base en la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, artículo 123 apartado A fracción XXIX y su Ley reglamentaria, LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973, artículos 7, 11 fracción III, 17 fracciones II, III, IV, V y VI, 19 fracciones I, II y III, 20, 21, 25 fracciones I, III, IV, V y VIII, 75, 121, 122, 125, 137 fracciones I, II, III y IV, 138, 139, 141, 143, 144, 145 fracciones I, II y III, 147, 167, conforme a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 1996, respecto de la reforma a la Ley del Seguro Social en sus transitorios TERCERO Y CUARTO, y los demás ordenamientos relativos y aplicables al caso.

HECHOS.

1.- El que suscribe manifiesto bajo protesta de decir verdad, que actualmente gozo de una pensión por CESANTIA EN EDAD AVANZADA del Instituto Mexicano del Seguro Social, en términos de la Ley del Seguro Social de 1973 vigente hasta el 30 de junio de 1997, ya que cumplí con los requisitos establecidos en el artículo 138 del ordenamiento mencionado.

Manifiesto que mi número de afiliación y demás antecedentes laborales, son los siguientes:

NOMBRE: _______________________.
FECHA DE NACIMIENTO: 01 DE FEBRERO DE 1948.
FECHA DE OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN: 04 DE ABRIL DE 20__.
CONCEPTO POR EL CUAL SE OTORGÓ LA PENSIÓN: CESANTIA EN EDAD AVANZADA.
ASIGNACIÓN FAMILIAR: TENGO DERECHO A RECIBIR LA ASIGNACIÓN FAMILIAR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 164 FRACCIÓN IV DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973.
SALARIO PROMEDIO DE COTIZACIÓN REGISTRADO: $____.00 PESOS DIARIOS.
SEMANAS RECONOCIDAS POR EL IMSS EN LA RESOLUCIÓN DE OTORGAMIENTO DE PENSIÓN: 655 SEMANAS.
SEMANAS COTIZADAS REALMENTE: 1300 SEMANAS.
FECHA DE ALTA ANTE EL IMSS: 20 DE SEPTIEMBRE DE 1986.
FECHA DE BAJA ANTE EL IMSS: 01 DE FEBRERO DE 20__.
NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL: ___________-_.
CURP: ROVE480201HDFZSR01.

Como se mencionó dicha pensión de vejez fue declarada procedente mediante resolución de fecha 04 de abril de 20__.

Dada la negativa del IMSS a otorgar la pensión por el monto al cual tiene derecho el suscrito, es que recurro a esta H, Autoridad, para que condene al Instituto mencionado al otorgamiento de la Pensión por Vejez al monto del 110% con respecto al salario promedio cotizado en los últimos cinco años que debió de haber sido el de $_______ pesos el cual según cálculo deberá de no ser menos de  $__________ mensual salvo error de carácter u omisión aritmética.

Lo anterior a que el actor cumplió con los requisitos que la Ley del Seguro Social de 1973 vigente hasta el 30 de junio de 1997 señala para ello, y en atención a que realmente cotizo ______ semanas al IMSS y no así tan solo 655 como lo señala el Instituto mencionado, tomando en cuenta que el actor comenzó a cotizar desde el 20 de septiembre de 1986 para el IMSS, por lo que a la fecha en que se le debió otorgar al actor su pensión acumulo 1,300 semanas cotizadas.

2.- El actor cotizo los últimos cinco años un salario diario promedio de $____pesos y que al multiplicarlo por 30 días de un mes da la cantidad de $26,130.00 pesos de salario, y que por las 1,300 semanas que cotizo el actor se le debió de haber otorgado el 85% como pensión nos da la cantidad de $22,210.50 pesos, y que a su vez al multiplicar este monto por el 110% de pensión al cual tiene derecho el actor nos arroja la cantidad de $24,451.55 pesos, salvo error de carácter u omisión aritmética, no pudiendo ser menor la pensión que se le otorgue al accionante a esa cantidad.

3.- Toda vez que el actor en fecha 01 de febrero de 20__ cumplió 64 años de edad, tiene derecho a disfrutar de una pensión por VEJEZ como lo hace, pero con base en las semanas de cotización que realmente acumulo el actor y con el salario promedio diario de cotización con el que debió de habérsele otorgado la pensión, que fue de $____pesos diarios. Por lo que una vez que se declare procedente la petición del accionante de incrementar su pensión a la cantidad de $____pesos, se le deberá cubrir las diferencias en las mensualidades vencidas de dicha pensión desde la fecha que indebidamente le comenzaron a cubrir al actor la ilegal pensión y hasta el momento en que el Instituto Mexicano del Seguro Social comience a cubrirle al actor la pensión respectiva y con el monto mencionado.

Lo anterior con fundamento en el artículo 139 de la Ley del Seguro Social de 1973:

“ARTÍCULO 139.- El derecho al disfrute de la pensión de vejez comenzara a partir del día en el que el asegurado cumpla con los requisitos establecidos en el artículo anterior”.

Por tanto si se determino indebidamente la pensión del actor, se debe regularizar la misma y cubrirle el total de las diferencias que existe entre el pago que se le ha venido haciendo y el que se le debió haber cubierto desde la fecha del otorgamiento de esta (04 de abril de 20__). Diferencias que nos arrojan las siguientes cantidades.

Si tomamos en cuenta que existe una diferencia de $14,451.00 pesos en forma mensual por haber determinado indebidamente la pensión del actor, y dicha diferencia se ha generado desde la mensualidad de abril de 20__, hasta octubre de 2012, han transcurrido 17 meses, en virtud de ello al multiplicar los meses citados con la cantidad de $14,451.00 pesos, nos arroja un total de $245,667.00 pesos, siendo esta diferencia la que se reclama a favor del actor por diferencias generadas en el pago de su pensión.

4.- Para acreditar el hecho de que el actor efectivamente cotizo las semanas mencionadas en forma enunciativa proporciona el siguiente dato de referencia, que fue solo un patrón del actor para determinar el número de semanas cotizadas:

PATRÓN | NUMERO DE REGISTRO PATRONAL | FECHA DE ALTA ANTE EL IMSS |
Instituto Mexicano S. de R. L. Colegio Santa Teresa | 11-05-1761 | 20 de septiembre de 1986 |

De la información antes vertida es claro es claro que el actor debe de tener por reconocidas semanas en exceso de lo que manifiesta el Seguro Social.

5.- Por otra parte se debe de otorgar al actor un incremento del 5% en el monto de su pensión derivado de lo dispuesto en el artículo 172 párrafo segundo de la Ley de Seguridad Social, el cual se transcribe.

ARTÍCULO 172.- La cuantía de las pensiones por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada serán revisadas cada vez que se modifiquen los salarios mínimos, incrementándose con el mismo aumento porcentual que corresponda al Salario Mínimo General del CDMX.

Los aumentos que correspondan a las pensiones derivadas de incorporaciones generales por Decreto del Ejecutivo Federal o convenios celebrados por el Instituto en los términos de esta Ley que contenga modalidades de aseguramiento en el ramo de los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, serán determinados por el Consejo Técnico, para tal efecto, tomará en cuenta los incrementos al salario mínimo y la capacidad económica del Instituto y se apoyará en sus estudios técnicos y actuariales, en cada ocasión, el acuerdo relativo establecerá la cuantía mínima de dichas pensiones.

Por lo tanto se demanda el incremento mencionado, así como las cantidades que le corresponden al actor por habérsele dejado de pagar el mismo. Cantidad que de conformidad a la pensión que s ele debió de haber otorgado al actor desde abril de 20__, significa una diferencia de $1,222.55 pesos y que al multiplicarlo por 17 meses, que son los transcurridos desde abril de 20__ a octubre de 2012 representa la cantidad de $20,783.35 pesos, la cual se reclama al Instituto mencionado.

DERECHO.

Fundan esta demanda en cuanto al fondo los artículos 123 apartado A fracción XXIX y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Seguro Social de 1973, artículos 7, 11 fracción III, 17 fracciones II, III, IV, V y VI, 19 fracciones I, II y III, 20, 21, 25 fracciones I, III, IV, V y VIII, 75, 121, 122, 125, 137 fracciones I, II, III y IV, 138, 139, 141, 143, 144, 145 fracciones I, II y III, 147, 167, conforme a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 1996, respecto de la reforma a la Ley del Seguro Social en sus transitorios TERCERO Y CUARTO, y los demás ordenamientos relativos y aplicables al caso.

Por lo antes expuesto y fundado, a esta Junta le solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentado con la personalidad con que me ostento en los términos del presente escrito, demandando del Instituto del Seguro Social las prestaciones reclamadas en el capitulo respectivo de la presente demanda.

SEGUNDO.- Con las copias simples que al efecto se acompañan, notificar y emplazar al demandado, para que dentro del término de ley produzca su contestación.

TERCERO.- Señalar fecha y hora para que tenga lugar la audiencia de Ley.

CUARTO.- Previo los trámites de ley, condenar al demandado al pago y cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones reclamadas, dictando laudo definitivo en ese sentido por ser conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO.

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_______________________.

MÉXICO, CDMX, A 17 DE SEPTIEMBRE DE 20__.

JUNTA ESPECIAL NÚMERO NUEVE BIS DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. |
CIUDAD: MÉXICO, CDMX. |
EXPEDIENTE NO.: 1675/2012. |
ACTOR: _______________________. |
DEMANDADO: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. |
AUTO DE RADICACIÓN: CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES; OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS. |.

Por recibido el expediente y radicada la demanda de cuenta por esta Junta tramítese bajo e número de expediente con que ha quedado registrado al rubro, con fundamento en los artículos 876 y 884 de la Ley Federal del Trabajo, se señalan LAS NUEVE HORAS DEL DÍA VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DOCE, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES; OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE PRUEBAS, quedando apercibidas las partes que de no comparecer el día y hora antes señalado, se les tendrá por inconformes con todo arreglo conciliatorio; a la actora se le apercibe que de no comparecer se le tendrá por reproducido su escrito inicial de demanda y a la demandada por contestada la misma en sentido afirmativo, y a las partes por perdido su derecho para ofrecer pruebas, con fundamento en los artículos 739, 873 y 884 de la Ley Federal del Trabajo.- Quedan apercibidas las partes que deberán señalar domicilio en esta Ciudad para oír y recibir notificaciones en términos del artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo y de no hacerlo las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, les surtirán efectos por medio del Boletín Laboral.- Se comisiona al C. Actuario para que notifique a las partes cuando menos con diez días de anticipación a fecha antes mencionada, a la actora debiendo correr traslado con copia del presente acuerdo y a la demandada además con copia del escrito de demanda.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LAS PARTES.- Así lo proveyeron y firmaron los CC. Representantes que integran la Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje.- DOY FE—————–

EL C. REPRESENTANTE DE GOBIERNO.

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EL C. REPRESENTANTE DE LOS EL C. REPRESENTANTE DE LOS
TRABAJADORES. PATRONES.

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EL C. SECRETARIO.

LIC. ________________.