JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
EVARISTO ANAYA VIGNET
VS
ESPERANZA DE JESUS SABRE DOMINGUEZ
C.JUEZ MIXTO MENOR DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ
PRESENTE
EVARISTO ANAYA VIGNET, promoviendo en mi carácter de endosatario en propiedad, tal y se acredita en términos del endoso que obra en el reverso del Título de Crédito que se anexa a la presente demanda cómo documento base de la Acción, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones inclusive las de carácter personal, el ubicado en la calle Alvaro Obregon numero 1716 interior 12, Colonia Centro, en la ciudad de San Luis Potosí, O en los estrados de este juzgado.
Ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito y con el carácter indicado, vengo a formular demanda a través de la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL y en ejercicio de la ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA a la C. ESPERANZA DE JESUS SABRE DOMINGUEZ, con el carácter de deudor, quien podrá ser localizado en el domicilio ubicado en la calle de PEDRO FLORES HEREDIA, numero 3549, Colonia EL PORVENIR, de este municipio de Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P.
Por el pago de las siguientes:
PRESTACIONES:
A).- El pago de la cantidad de $1426 (MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS PESOS 00/100), por concepto de suerte principal.
B).- El pago de interés legal que se genere a raíz del 6 % anual del presente.
C).- El pago de gastos, costas y accesorios legales que se originen por la tramitación del presente asunto.
Fundó la presente demanda, en los siguientes hechos y consideraciones de carácter legal.
H E C H O S
1.- En fecha 16 de Octubre del 2013 la ahora demandada ESPERANZA DE JESUS SABRE DOMINGUEZ, suscribió a favor de mi endosante FINANCIERA INDEPENDENCIA S.A.B. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, un pagare a la vista, por la cantidad de $3000.00 (TRES MIL PESOS 00/100 PESOS M.N.).
2.- En fecha 18 de septiembre del 2013 la ahora demandada ESPERANZA DE JESUS SABRE DOMINGUEZ, suscribió a favor de mi endosante FINANCIERA INDEPENDENCIA S.A.B. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, un pagare a la vista, por la cantidad de $926.00 (NOVECIENTOS VEINTISEIS PESOS 00/100 M.N.).
3.- Con fecha 24 DE NOVIEMBRE DEL 2014, me fueron endosados en propiedad los dos pagares, documentos fundatorios base de la acción, y una vez que la ahora demandada, a pesar de haberle realizado en multicitadas ocasiones el cobro de manera extrajudicial, haciendo la primer visita extrajudicial el día 10 de diciembre del 2014, La C. ESPERANZA DE JESUS SABRE DOMINGUEZ al hacerle ver los pagares, de los que le requerí del pago de manera extrajudicial, realizo tres pagos que a continuación se exponen:
1.- Un pago de 1000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.) con recibo numero de folio 121, de fecha 16 de diciembre del 2014.
2.- Un segundo pago de 500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) con recibo numero de folio 390, el día 27 de enero del 2015,
3.- Y un tercer pago, de 1000 (MIL PESOS 00/100 M.N.) con recibo numero de folio 537, el día 23 de junio del 2015.
Quedando un faltante de 1426.00 (MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS PESOS 00/100 M.N.) por lo que la requerí en ya mas de 10 visitas extrajudiciales en su domicilio para que pagara su adeudo y se ha negado, por lo que ante la negativa de su parte me veo obligado a iniciar el presente juicio ejecutivo mercantil en su contra.
Es competente éste H. Tribunal para conocer del presente asunto, de acuerdo a lo que establece el Artículo 1104, del Código de Comercio vigente, así como lo establecido por las partes en el documento base de la acción, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Así mismo, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 1401 del Código de Comercio en vigor, ofrezco en tiempo y forma Pruebas de mi parte en el presente Juicio, mismas que son las que a continuación se señalan:
P R U E B A S
1.- DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en los Títulos de Crédito que anexo a la presente demanda, cómo documentos base de mi acción, Con el ofrecimiento de estas pruebas pretendo acreditar que la demandada suscribió y firmo los documentos base de la acción, a favor de mi endosante:
A) Un pagare a la vista firmado por la cantidad de 3000.00 (TRES MIL PESOS 00/100 N.) Prueba que se relaciona con el hecho 1 Y 3 de mi escrito inicial de demanda. ANEXO UNO
B) Un pagare a la vista firmado por la cantidad de $926.00 (NOVECIENTOS VEINTISEIS PESOS 00/100 N.). Prueba que se relaciona con los hechos 2 Y 3 de mi escrito inicial de demanda. ANEXO DOS
2.- CONFESIONAL.- Con cargo a la C. ESPERANZA DE JESUS SABRE DOMINGUEZ, consistente en las posiciones que en sobre cerrado y que oportunamente se presentara a este H. Juzgado, y que deberá absolver en forma personal y directa y no mediante apoderado, en la fecha y hora que se señale para tal efecto, debiéndose citar y apercibir legalmente para que en el caso que no comparezca se le declare confeso de las posiciones que se califiquen de procedentes. Relaciono esta probanza con todos y cada uno de los puntos de hechos de la demanda por ser propios del absolvente.
2.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todos y cada una de las actuaciones derivadas del presente juicio y que favorezca a los intereses de mi Endosante. Esta probanza la relaciono con todos y cada uno de los hechos de esta demanda, y en razón de elevarse al rango de instrumental pública, es manifiesto que por si solo hace prueba plena.
3.- PRESUNCIONAL.- En su doble aspecto, tanto legal cómo humana en todo en cuanto a mis intereses beneficie, prueba que se relaciona con todos y cada uno de los hechos constitutivos de mi escrito inicial de demanda.
4.- SUPERVENIENTES.- Que desde este momento manifiesto bajo protestad de decir verdad que desconozco pero si en su momento llegaren aparecer las presentare en su momento procesal oportuno. Relaciono esta prueba con todos y cada uno de los hechos constitutivos de mi demanda inicial.
D E R E C H O
I.- Es usted competente para conocer del presente juicio según lo establecen los artículos 1090, 1991, 1093, 1105, 1391 al 1414 y demás relativos del código de comercio reformado aplicable al presente asunto.
II.- Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 1,3,5,77,79,80,81,85,86,88,90, 126, 150, 151 152, 170 Y 174 de la ley general de títulos y operaciones de crédito, así como los artículos 1391 fracción IV, 1392, 1393, 1394,1395,1396 y demás relativos del código de comercio aplicable.
IV.- En cumplimiento a los artículos 1061 y 1401 del código de comercio aplicable al caso acompaño a la presente demanda las pruebas que corresponden a mi parte.
Por lo anteriormente expuesto y debidamente fundado, A USTED C. JUEZ A QUIEN ME DIRIJO, atentamente pido:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente escrito, demanda, documentos y copias simples que acompaño, con la calidad con que me ostento, demandando en la Vía y forma propuestas de ESPERANZA DE JESUS SABRE DOMINGUEZ, el pago y cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones a que me refiero en el cuerpo de la presente demanda .
SEGUNDO.- Tener por exhibido el documento que se menciona y que se anexa a la presente como documento Base de la Acción, solicitando que sea guardado en el Secreto de éste H. Juzgado, para todos los efectos legales a que haya lugar.
TERCERO.- Dictar auto con mandamiento de ejecución a fin de que la parte demandada sea requerida de pago inmediato y de no hacerlo en el momento de la diligencia se le embarguen bienes de su propiedad suficientes a garantizar lo reclamado, ordenando se deje en depósito de la persona que oportunamente se designe.
CUARTO.- Autorizar expresamente al C. Diligenciario para que, en caso de ser necesario, lleve a cabo la diligencia de exequendo conforme a las estipulaciones del vigente articulo 1393, así como lo establecido en forma supletoria por el artículo 432 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en el sentido de que en caso de que no se encuentre el demandado en la primera búsqueda y que el mismo no espere el citatorio que se le deje, se entienda la diligencia con los parientes, empleados ó domésticos de la parte demandada ó cualquier otra persona que viva en el domicilio ó con el vecino más inmediato, Y SI SE ENCONTRARE CERRADA LA CASA O SE IMPIDA EL ACCESO A ELLA, QUE EL EJECUTOR JUDICIAL REQUIERA EL AUXILIO DE LA POLICÍA PARA HACER RESPETAR LA DETERMINACIÓN JUDICIAL, Y HAGA QUE EN SU CASO SEAN ROTAS LAS CERRADURAS PARA PODER PRACTICAR EL EMBARGO DE BIENES QUE SE HALLEN DENTRO DE LA CASA, siguiendo las reglas para el embargo.
QUINTO.- En su oportunidad, se emplace al hoy demandado, corriéndole traslado con las Copias simples de Ley que acompaño a la presente demanda.
SEXTO.- Se admitan las Pruebas que ofrezco en el presente escrito y previos los tramites de Ley, dictar Sentencia Definitiva condenando al hoy demandado al pago y cumplimiento de todas y cada una de las prestaciones que se le reclaman.
SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, S.L.P. Al momento de su presentación.
PROTESTO MIS RESPETOS
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EVARISTO ANAYA VIGNET
ENDOSATARIO EN PROPIEDAD