DEMANDA CONTRA ORDEN DE APEHENSIÓN DICTADA POR EL JUEZ
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Amparo indirecto
- juez de Distrito en turno en materia
penal en el Distrito Federal
_______________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el despacho ubicado en ______________________________ en esta ciudad y autorizando para oírlas en mi nombre, en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, al señor licenciado _______________________, con cédula profesional número _______ , ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que vengo a demandar el amparo y protección de la justicia Federal en contra de la orden de aprehensión que se ha decretado en mi perjuicio y en contra de la ejecución de dicha orden de aprehensión, actos éstos por los que se pretende privar de mi libertad personal.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo, manifiesto:
- Nombre y domicilio del quejoso. Ya han quedado expresados.
- Nombre y domicilio del tercero perjudicado. No hay tercero perjudicado.
III. Autoridades responsables.
- A) Ordenadora. Juez Décimo Penal del Distrito Federal.
- B) Ejecutoras. Director General de la Policía judicial Federal.
- Director General de la Policía judicial del Distrito Federal.
- Director General de Policía y Tránsito del Distrito Federal.
- Actos reclamados.
De la autoridad ordenadora: La orden de aprehensión dictada en mi contra.
De las ejecutoras: El cumplimiento que pretenden dar a dicha orden.
- Bajo protesta de decir verdad expongo los siguientes
HECHOS
- El suscrito le demandó al señor _______________________, ante el C. juez Tercero de lo Civil, el pago de la cantidad de _______________________, con base en un recibo que, el citado demandado le firmó al suscrito y por el que se comprometió a invertirlos en una mina de cobre ubicada en _______________________. Como se obstuvo el mencionado demandado de realizar la citada inversión, el suscrito le demandó que me reintegrara esa cantidad.
- En el citado juicio civil, el demandado arguyó la falsedad del documento antes referido y pidió que se le diera vista al Ministerio Público adscrito al C. juez Tercero de lo Civil.
- El Ministerio Público inició la averiguación previa correspondiente y con base en un dictamen pericial de peritos de la Procuraduría de justicia del Distrito Federal que dictaminaron que la firma del documento no era igual a la que sirvió de base para la pericial grafoscópica, ejercitó la acción penal en ni¡ contra, por el delito de falsificación de documento.
- El C. juez Décimo Penal libró orden de aprehensión en mi contra, según indagación que he realizado, por el supuesto delito de falsificación de documento, mismo que de ninguna manera he cometido pues, el expresado señor _______________________ firmó en presencia del suscrito el referido documento. Además, el suscrito le entregó la referida cantidad al expresado demandado, según consta de la copia fotostática que acompaño, certificada notarialmente, del cheque que ampara la cantidad de _______________________ y que el citado señor ______________________________ cobró en el _______________________, según su firma que aparece asentada al dorso del documento y que es la misma que asentó en el recibo a que antes me he referido.
- Es absolutamente injusto que por un error de apreciación de dos peritos grafóscopos se me pretenda privar de mi libertad, con flagrante violación de las disposiciones constitucionales a las que haré referencia.
- Preceptos constitucionales que contienen garantías individuales violadas. Artículos 14 y 16 constitucionales.
VII. Conceptos de violación.
Primero. En el segundo párrafo del artículo 14 constitucional se establece que nadie puede ser privado de la libertad, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento.
En mi caso concreto, al suscrito se le pretende privar de su libertad personal sin que haya sido oído y sin que haya tenido oportunidad de aportar prueba alguna para demostrar lo injustificado de la imputación que se me hace al tildar de falso un documento que es auténtico. En efecto, por una incorrecta apreciación de peritos grafóscopos se considera que es falso un documento auténtico, cuya autenticidad estoy acreditando con la constancia documental de que la cantidad de _______________________, amparada por el recibo que se dice falso, la cobró el señor _______________________ como se desprende del cheque correspondiente, cuya copia fotostática certificada notarialmente exhibo con esta demanda, de donde se deduce, que lo único falso es la versión de tal persona en el sentido de que es falso el documento a que se refiere este ocurso de amparo. Por ende, se viola en mi perjuicio la garantía de audiencia prevista en el segundo párrafo del artículo 14 constitucional pues, no se me ha dado oportunidad de declarar ni de aportar documentos acrediticios de la veracidad del documento cuya indebida falsedad se me imputa.
Segundo. El artículo 16 constitucional determina que no podrá librarse ninguna orden de aprehensión, sin que esté apoyada en datos que hagan probable la responsabilidad del inculpado. Es el caso que, un dictamen pericial no es suficiente elemento para pretender que hay probable responsabilidad del suscrito en la comisión del delito de falsificación de documentos pites, tal apreciación pericial pude haberla desvirtuado si se me hubiera dado participación en la averiguación previa en la que pude haber llevado constancias complementarias en el sentido de que al señor _______________________ le entregué la suma a que se refiere el recibo. Más aún tal recibo que se dice que es falso, lo firmó el expresado señor Almazán delante de los testigos que mencionaré en mi escrito correspondiente por el que anunciaré la prueba testimonial en este amparo. Entre las constancias que poseo para acreditar que la suma amparada por el recibo se entregó al señor Almazán está la consistente en el cheque cuya copia fotostática certificada notarialmente exhibo.
Tercero. Se violó la garantía de legalidad preconizada por los artículos 14 y 16 constitucionales en cuanto a la inadecuada valoración que hizo el C. Juez Décimo Penal respecto de la prueba pericial.
En efecto, de conformidad con el artículo 254 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, la fuerza probatoria de todo juicio pericial, incluso el cotejo de letras y los dictámenes de peritos científicos, será calificada por el juez, según las circunstancias y es el caso que, el C. juez Décimo Civil no tomó en cuenta las siguientes circunstancias:
- a) No se me dio oportunidad en la averiguación previa para declarar acerca de la falsificación de documento que se me imputó;
- b) No se me dio oportunidad en la averíguaci6n previa para aportar pruebas, pues de habérseme concedido tal posibilidad hubiera demostrado que se me imputaba un infundio grave y hubiera demostrado que no cometí ningún hecho delictuoso;
- c) No se tomó en cuenta que en el dictamen pericial los peritos concluyen que es falso el recibo aludido por no corresponder la firma allí estampada a la que sirvió de base para realizar el cotejo de firma pero, en el dictamen pericial sólo se señalan los trazos diferenciales de la firma pero no se determina que la firma del documento presuntamente falsa fue puesta del puño y letra del denunciante.
- d) No se tomó en cuenta que en el dictamen pericial los peritos no examinaron la letra del suscrito para que pudieran haberme atribuido la falsificación de la firma. Si se hubiera realizado dictamen pericial en el que se, comparase mi forma de escritura con la que aparece impresa en el recibo presuntamente falso, hubieran dictaminado que yo no realicé tal falsificación.
- e) No se me dio oportunidad en la averiguación de aportar pruebas ni de declarar. De habérseme concedido esa oportunidad, con varios documentos hubiera demostrado la autenticidad del recibo que se dice falso pues, el señor Almazán lo firmó delante de varios testigos y, además, cobró el cheque que se le extendió por la cantidad de _______________________.
Al incurrir el juez Décimo de lo Penal, en la violación del artículo 254 del Código de Procedimientos Penales, indirectamente violó los artículos 14 y 16 constitucionales por lo que, es procedente se me conceda la protección federal que solicito.
SUSPENSIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS
Con fundamento en los artículos 122, 124, 130 y demás relativos de la Ley de Amparo, vengo a solicitar la suspensión provisional y definitiva de los actos reclamados.
Por lo expuesto,
A usted, C. Juez, atentamente pido se sirva:
Primero. Tenerme por presentado demandando el amparo y protección de la justicia Federal en contra de los actos reclamados que preciso, en esta demanda.
Segundo. Señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Tercero. Ordenar se formen los incidentes correspondientes a las suspensiones provisional y definitiva que se solicitan, señalando día y hora para la audiencia incidental.
Cuarto. En su oportunidad, previos los trámites de ley, dictar sentencia concediendo al suscrito el amparo solicitado.
Protesto lo necesario.
México, Distrito Federal, a ______________________________ .