En la Ciudad de , siendo las horas del día , el Ciudadano.
Licenciado , Juez de lo Penal, ante la Ciudadana Secretaria de Acuerdos con quien legalmente actúa Licenciada , se tiene presente al Agente del Ministerio Público Adscrito Licenciado , así como al indiciado previa excarcelación, se le hace saber que en esta audiencia se recibirá su declaración preparatoria en términos del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los del Código de Procedimientos Penales para el Estado de , para tal efecto se le hace saber que tiene derecho a una defensa, a nombrar abogado o persona de su confianza y si no quiere o no puede nombrar defensor se le designará al de oficio adscrito a este juzgado, se le hace saber que tiene derecho a no declarar, a ser careado con las personas que deponen en su contra, enseguida se le hace saber el nombre de las personas que deponen en su contra, el delito que se le imputa y los datos que integran esta causa penal, manifestando el inculpado quedar entendido de lo anterior y nombra como su defensor al Licenciado en Derecho , originario de y vecino de con domicilio en de años de edad, estado civil ocupación Licenciado en Derecho, señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en . En seguida se le hace saber al inculpado que este proceso se encuentra radicado por el delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, dicho delito es de los considerados no graves en términos del artículo del Código de Procedimientos Penales para el Estado de y por tanto si podrá gozar de libertad provisional, también se le hace saber el nombre de la persona o personas que deponen en su contra, procediendo el Ciudadano Secretario de Acuerdos a dar lectura en voz alta a las declaraciones de las mencionadas personas y constancias que integran esta causa penal a fin de que pueda conocer bien los hechos que se le atribuyen, manifestando el inculpado quedar debidamente entendido de lo anterior y expresa por sus datos generales llamarse , originario de y vecino de , con domicilio en de años de edad, estado civil , ocupación percibe salario mínimo, sabe leer y escribir, apodo conocido no tiene, no ingiere bebidas alcohólicas, ni drogas, ni enervantes, , primera vez detenido y dijo ser hijo de los señores y , acto seguido y en audiencia pública el indiciado DECLARA: . En seguida se le concede el uso de la palabra al Ministerio Público Adscrito quien dijo que se reserva el derecho de hacer uso de la voz para hacerlo con posterioridad si lo considera necesario. En seguida se le concede el uso de la palabra a la defensa quien dijo.- Solicito la libertad caucional de mi defenso en virtud de que el delito por el que se le acusa no es considerado como grave con fundamento en el artículo 20 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código de Procedimientos Penales para el Estado de , me reservo el derecho de interrogar a mi defenso y de ofrecer pruebas para hacerlo en el momento procesal oportuno, así también solicito se me expidan copias certificadas de todo lo actuado. En seguida el Ciudadano Juez acordó: Se otorga la libertad caucional del indiciado, fijándole la cantidad de por concepto de reparación de daños, la cantidad de
por concepto de caución y por concepto de sanciones pecuniarias, dando un monto total de , los cuales se pueden exhibir en la forma establecida por la ley, expídasele copia certificada del proceso. Con lo que se da por terminada la presente diligencia firmando al margen y al calce los que en ella intervinieron. DOY FE. – – – – – – – – – – – – – – –
FIRMA DEL JUEZ
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FIRMA DEL SECRETARIO DE ACUERDOS
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