Este problema surge a partir de la revisión de contratos y recibos de nómina, en donde se descubre que un empleado ha cobrado un salario superior al inicialmente pactado con la empresa, y que ese salario erróneo fue dado de alta frente al Seguro Social, por lo que se requiere corregir esa situación y hacer los descuentos necesarios; sin embargo, el empleado no está de acuerdo, es por eso por lo que se debe realizar lo siguiente para arreglar un salario erróneamente alto.
¿Cómo podemos hacer esa corrección?
Debido a que existe constancia ante diversas autoridades de los ingresos erróneos del empleado, será indispensable firmar un convenio de adecuación de condiciones laborales en el que el empleado manifieste su deseo de que se le disminuya su salario como podemos ver en el art. 33, de la LFT.
En cuanto a la deducción, deberá hacerse en el entendido de que el monto retenido en la nómina no podrá exceder de un mes de remuneración, y la deducción periódica no podrá exceder del 30 por ciento del excedente sobre el salario mínimo.
Si no se hace así, el subordinado puede demandar la terminación de la relación laboral por reducción de su salario, en cuyo caso la empresa tendría que demostrar el salario real, lo cual sería difícil porque en los recibos de nómina habría aparecido el salario incorrecto y que se pagó, y ser condenada a pagar la indemnización de tres meses o 90 días de salario, 20 días de salario por año de servicio, la prima de antigüedad de 12 días por año, y el salario cortado correspondiente, y ser condenada de acuerdo a los arts. 50; 51, fracción V; 76; 79; 80; 84 y 162, fracción III, de la LFT.