México, Estado de de . , a de _______
Con lo de Cuenta, se ACORDÓ: Ténganse por recibidos los autos del Juzgado de lo Civil, contenidos en el expediente número / , relativo al Juicio de promovido por en contra de
, y el expedientillo formado con motivo del tramite del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por con los que se inició este Toca y apareciendo de actuaciones que impugna a través del recurso de apelación, la sentencia definitiva de fecha dictada por el Ciudadano Juez de lo Familiar, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 692, 692, 693 y 704 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de , previo examen de las constancias de primera Instancia, de oficio se declara:
I.- Que la resolución recurrida es apelable;
II.- Que el recurso de Apelación fue admitido por ser procedente y haberse interpuesto en tiempo;
III.- Que el apelante expresó agravios y estos fueron contestados por la parte contraria .
IV.- Que el apelante , ha continuado en tiempo el recurso , por tanto, se radica en esta Sala Civil y se manda tramitar en términos de Ley. Al efecto, agréguese el escrito del recurrente y como lo pide se le tiene por presentado manifestando en tiempo su voluntad de continuar el recurso interpuesto; asimismo, se tiene señalado como domicilio para recibir notificaciones del recurrente , el ubicado en , por cuanto hace a la parte contraria se tiene como domicilio para tal efecto el ubicado en de esta Ciudad, y por autorizadas las personas que indican ambas partes para que las reciban en su nombre y representación. Finalmente con fundamento en los artículos 115 del Código Adjetivo Civil, se les hace saber a las partes que esta sala Civil se encuentra integrada por los Ciudadanos Magistrados Licenciados para que dentro del término de tres días a partir del siguiente de la notificación de este proveído manifiesten lo que a su interés convenga; y lo hagan o no, desee nueva cuenta para acordar lo procedente. NOTIFÍQUESE.
Lo acordaron y firman los Ciudadanos Licenciados Magistrados que integran la Sala Civil de este Tribunal, siendo ponente en este asunto y presidente de la Sala Civil y da fe la Ciudadana Licenciada Secretaria de Acuerdos de la Sala Civil de este Tribunal.