De Expediente.- ____/20__.
C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.
P R E S E N T E.
xxxxxxxx, mexicano, originario Etzatlán, Jalisco, mayor de edad, casado, de ocupación campesino, con domicilio particular en la finca marcada con el número 1514 mil quince catorce, de la calle Prados, en la Colonia Francisco de Sarabia, en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco; señalando como domicilio para recibir toda clase de notificaciones en lasxxxxxx; Autorizando en los términos del artículo 119 del Enjuiciamiento Civil del Estado de Jalisco a los C.C. Licenciados xxxxxxxxxxx, ante Usted C. Juez, de la manera más atenta comparezco a;
E X P O N E R.
Que encontrándome en tiempo y forma, ocurro ante Su Señoría, a ALLANARME EN SU TOTALIDAD a la demanda interpuesta en mi contra por la señora FRANCISCA PEREZ PARTIDA, en la vía CIVIL ORDINARIA, lo cual realizó en los siguientes términos:
En el mismo orden de ideas comparezco a ALLANARME EN SU TOTALIDAD, a las prestaciones reclamadas por la actora; así como también a los hechos constitutivos de la demanda interpuesta en mi contra por la demandante.
Lo anterior tiene sustento legal en el siguiente criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mismo que a la letra reza:
ALLANAMIENTO A LA DEMANDA. (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
El artículo 282 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco dice: “Confesada la demanda en todas sus partes o manifestando el actor su conformidad con la contestación de ella, previa citación, se pronunciará sentencia”. Al respecto, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha estimado que el allanamiento a la demanda lleva implícito
el reconocimiento de la legitimidad o justificación de la pretensión y acarrea el resultado de que se pronuncie sentencia que ponga término al juicio.
Amparo directo 1902/83. Alberto Sadot Curiel Alvarez. 28 de julio de 1983. 5 votos. Ponente: Jorge Olivera Toro.
Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen IV, pág 100. Amparo directo 4349/55. J. Jesús Mares Vaca. 2 de octubre de 1957. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
NOTA:
Esta tesis también aparece en:
Informe de 1983, Tercera Sala, tesis 8, pág.8.
Instancia: Tercera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Epoca: Séptima Epoca. Volumen 175-180 Cuarta Parte. Tesis: Página: 20. Tesis Aislada.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los numerales 143 fracción III y 274 de la Ley Adjetiva, Civil del Estado de Jalisco, ante Usted C. Juez, con el debido respeto le;
P I D O.
PRIMERO.- Se me reconozca el carácter con el que comparezco a ALLANARME EN SU TOTALIDAD, a la demanda interpuesta en contra del suscrito por la señora xxxxxxxxx
SEGUNDO.- De igual forma le solicito me sea fijado día y hora para que se lleve a cabo la ratificación del presente allanamiento de parte de la incoada.
TERCERO.- En consecuencia de la ratificación citada con antelación y en virtud del allanamiento esgrimido por el incoado, le solicito se pongan los autos a la vista a efecto de que dicte la correspondiente sentencia definitiva.
CUARTO.- Se me tenga señalando domicilio procesal, así como a mis autorizados para que en mi nombre reciban toda clase de notificaciones a los Profesionistas indicados en el proemio del presente ocurso.
A T E N T A M E N T E.
______, ___; Noviembre ___ del año 2___.
xxxxxxxx