¿Crees que los abogados deben defender a sus familiares?

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Esta es una pregunta decisiva y a pesar de lo que muchos creen, la respuesta de ninguna manera es obvia, ya que un abogado defienda a sus familiares puede parecer lo más natural, e incluso lo más recomendable por el grado de confianza que hay entre el abogado y el cliente-pariente, pero eso no significa que la dosis de eficacia se incremente.

Al contrario, defender a los hijos o a los padres puede ser el talón de Aquiles de la estrategia de la defensa porque puede mermar la eficacia del abogado.

PUNTOS A FAVOR

Todos los abogados que ejercemos hemos comenzado nuestra andadura profesional con algún pariente.

Los parientes son precisamente uno de nuestros primeros clientes, porque son precisamente ellos quienes conforman el círculo más cercano al abogado, conocen de primera mano el inicio, así como el desarrollo, de la vida profesional y precisamente por ello son los primeros que empiezan a depositar su confianza en el abogado iniciado.

Ahora bien, la defensa en un pleito de un familiar cercano se aparta del escenario ideal para cualquier abogado y difiere, en gran medida, de la intervención en nombre de cualquier cliente con el que no tenemos vínculos afectivos. A resultas de dicha afectividad, somos más emocionales y nuestra defensa adquiere tintes más subjetivos y pasionales que, si bien pueden mermar la independencia y la objetividad que requiere toda defensa, nos dan un interés superior en el pleito y su resultado. Es decir, nos proporcionan un plus de compromiso y pasión en el ejercicio de la profesión y en el litigio concreto a defender.

Defender a un familiar, precisamente por la existencia de esos vínculos parentales tan influyentes, puede provocar una merma en nuestra independencia, pues será fácil que aquel le apunte al abogado sus deseos en relación con la llevanza del pleito, y le sugiera actuaciones innecesarias, estrategias erróneas o procedimientos incorrectos, convirtiéndole de director en dirigido y envolviéndole en las redes de la pasión o del interés propio.

Si se consigue conservar la independencia y no se cae ante esas presiones, sin otra sujeción que las normas de la Ley y de la Ética, todo irá sobre ruedas. Para que toda esa trascendental actividad pueda concretarse efectivamente, el abogado debe conservar celosamente su independencia, es decir, debe actuar sin presiones, compromisos, ni ataduras (con toda libertad), sin otra sujeción que a la ley y a las normas de ética. Si así lo hacemos nos ganaremos el respeto y consideración profesional de nuestro cliente-pariente por ello.

Siempre se ha de ejercer la abogacía de una forma profesional, pero si el asunto a defender es de un familiar, ello ha de ser llevado a la máxima expresión. La familiaridad con el cliente-pariente puede hacer que aquella se pierda de vista y darse una impresión equivocada del servicio prestado.

Los servicios se han de minutar, y en dicha minuta se han de contemplar todos los conceptos/actuaciones que se hayan llevado a cabo. No hacerlo puede hacer creer al cliente-pariente que no se ha trabajado en su asunto o que el trabajo desempeñando no ha tenido mérito. Asimismo se ha de cobrar por los servicios que se prestan. Aunque sea a un familiar. Cosa diferente es que en la minuta se aplique un descuento, de hasta el 100% si se quiere

PUNTOS EN CONTRA

Hay quien dice que la familia es una especie de “accidente geográfico” en la medida en que uno no elige a sus familiares y, por tanto pueden devenir igual de extraños que los demás con la consecuencia de poder ser tratados como un tercero más. De hecho, seamos abogados o no, conocemos familias que por motivos de diversa índole se han roto o, simplemente, han dejado de tener relación.

La familia es un bien preciado y como tal debemos hacer, por acción o por omisión, lo que esté en nuestras manos para que permanezca unida, sin fisuras preservándola en la medida de lo posible.
Entendiendo por familia, todos los grados en línea ascendente o descendente, es decir, desde bisabuelos, hasta nietos y colateral hasta el cuarto grado, es decir hermanos, tíos y primos.

Y me estoy refiriendo, en todo caso, a parentesco por consanguineidad, tratando como cuestión distinta el parentesco por afinidad, es decir, cuñados, suegros y parientes del cónyuge, en el caso de que hubiese.
Pero no tanto por acción como por omisión. Creo que el mejor favor que se puede hacer para proteger a la familia y mantener la armonía es intentar evitar asumir la dirección letrada en la mayoría de asuntos que afecten a los familiares. Ello no obsta para que asesoremos y guiemos de la mejor manera posible e, incluso, recomendemos un experto, siendo lo más saludable que el abogado no lleve el peso de ningún asunto de la familia.

El dicho por todos conocido “quien se defiende a sí mismo tiene a un tonto por abogado” es extensible si se pretende defender a un familiar. Se pierde la objetividad del asunto, interviene y pondera en exceso la emotividad y el resultado nunca será recompensado si se sale victorioso y siempre será motivo de disputa sine die si se pierde.

Evidentemente, no es igual defender a un familiar por una multa de tráfico que por un delito de robo con intimidación pero me atrevo a hacer extensivo este consejo de evitar ser abogado de familiares en todo tipo de asuntos, con independencia de cuantía, importancia o complejidad.

La generosidad tiene una doble dirección. Igual de generoso es quien se ofrece desinteresadamente como quien no pide un favor a sabiendas que se pone en un compromiso al profesional. Los familiares deben saber que solicitar los servicios de un abogado, que es familiar, tiene connotaciones personales que no permiten la mejor defensa.