CONTESTACION DE DEMANDA PENSION ALIMENTICIA

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                                             ___________________

                                                             versus:

            __________________

                                          Juicio sumario de  alimentos

                                           Expediente # __/20__

J U E Z T E R C E R O    D E   L O   F A M I L  I  A R

P R E S E N T E :

___________ _, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho y señalando como domicilio para recibir notificaciones y documentos, el ubicado en ___________________, delegación S, en la ciudad de ________, ________, y designando como abogados procuradores del suscrito, y en los términos del artículo 46, fracción I, del Código de Procedimientos Civiles en vigor, a los licenciados en derecho ___________________ y ___________________, quienes firman al calce del presente ocurso en señal de aceptación del cargo conferido, y que ostentan cédulas profesionales #_____ y #________, debidamente registradas ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado de ________, en fecha __ de octubre de 20__, folio #____, y por conducto del Registro Electrónico de Cédulas Profesionales; asimismo, autorizo a los egresados de la Licenciatura en Derecho ___________________ e ___________________ para que tengan acceso a autos del expediente ya indicado.

           Ante usted, comparezco para exponer lo siguiente:

Que por medio del presente escrito, y estando dentro del plazo que la ley me concede, vengo a dar contestación a la infundada demanda que la señora   XXX ha instaurado en contra del suscrito; contestación que hago en los términos siguientes:

                    C O N T E S T A C I O N   A   L A S   P R E S T A C I O N E S

       En cuanto a las prestaciones que reclama la parte actora, son infundadas e improcedentes porque son exigencias que no se ajustan a derecho ni pueden prosperar, ya que la demandante carece de legitimidad procesal para ello; es decir, no hay razón fundada porque tales pretensiones  no tienen sustento  legal ni causa petendi alguna.

       Por tanto, niego que la actora tenga derecho a reclamarme pensión alimenticia provisional y definitiva, (segun sea el caso) en favor de mi menor hija, ___________________, y demás prestaciones que refiere  en su libelo, ello no sólo por la forma desleal y las circunstancias tendenciosas en las que reclama dicha pensión, sino en razón de las consideraciones y  argumentaciones que pasaré a exponer en el capítulo correspondiente a la contestación de los hechos.

       A).- Respecto a la prestación marcada con el INCISO “A”, y toda vez que no ha habido incumplimiento de obligaciones alimenticias de mi parte, como lo acreditaré  en el momento procesal oportuno, resulta improcedente, además porque el suscrito demandado, así como en ningun momento he incumplido con mis deberes alimentarios, tampoco me he negado a suministrar los alimentos necesarios que mi menor hija requiere. Por ende, el reclamo de esta  prestación no puede prosperar por que no existen pensiones alimenticias qué pagar, pues en todo momento  he estado cumpliendo con mis obligaciones alimentarias.

      B).- En cuanto a la PRESTACION señalada en INCISO “B”, y en la que la demandante, señora ___________________, pide a  esta  autoridad judicial pensión alimenticia definitiva y que el monto de dicha pensión alimenticia sea  fijada con base en todas las percepciones o ingresos que el suscrito percibe, cabe destacar que resulta también improcedente, toda vez que el suscrito demandado en  ningun momento he incumplido con mis deberes alimentarios, ni tampoco me he negado a suministrar los alimentos necesarios para mi menor hija, ___________________.

      Bajo  protesta  de  decir  verdad, hago saber  a  esta  autoridad jurisdiccional que, si  bien es cierto, el suscrito demandado cuento con un pequeño negocio proveedor de servicios industriales, apenas puedo solventar mis necesidades y las de mi pareja, y, además, porque mis gastos de operación para sacar adelante dicho negocio son muy elevados,  como  lo acreditaré  en  su momento procesal  oportuno.

      Aunado a  lo  antes expuesto, cabe precisar que la parte contraria, señora ___________________, obra con deslealtad procesal y con el ánimo de asumir un prefabricado rol de víctima para sacar ventaja y provecho monetarios; y, bajo tal tesitura, pretende hacer creer que vive una situación de lastimosa penuria económica y con carencia de recursos mínimos para satisfacer necesidades elementales, lo cual no es verdad, toda  vez que la demandante recibe ingresos por la actividad que desempeña como docente al servicio de la Subsecretaría Educación Básica, dependienrte del Sistema Educativo Estatal de  ___________________, ya que concretamente labora como profesora en la institucion educativa denominada Escuela  P,  C.P. _____________, ubicada  en avenida ________________, ________, ___________________ (para mayor precisión: entre Avenida de Los Cabos y ____________-, a 500 metros de Subestacion de Electricidad de  la colonia __________).

      C).- Respecto a la prestación marcada con el INCISO “C” del escrito de demanda, en el sentido que la actora reclama de manera exclusiva la guardia  y custodia definitiva de nuestra menor hija ___________________, cabe destacar que tal pretensión resulta inatendible, toda vez que, como parte complementaria y del régimen de convivencia, la guarda y custodia son instituciones establecidas para salvaguardar y preservar los derechos de los menores en contextos de crisis intrafamiliar, tendientes a asegurar el trato afectivo y las relaciones personales entre progenitores y sus hijos.

      Por ello, no es procedente la petición de la demandante porque conllevaría a conculcar el derecho de convivencia; es decir, el derecho del menor a mantener comunicación y contacto con sus progenitores, conforme a lo sustentado en el artículo 4º constitucional, párrafos VIII y IX, y en correlación con los preceptos 3, 9, 12,19, 20, 21 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que establecen el deber preponderante de los tribunales judiciales de velar por el interés superior del niño, de tal manera que se busque el beneficio directo del niño o niña a quien van dirigidas  tales prerrogativas; y habida cuenta de que se trata de un derecho propio y autónomo de los hijos.

      En efecto, y en aras de la conservación del interés superior de nuestra  menor hija, este órgano jurisdiccional, con la facultad legítima de limitar y restringir los voluntarismos o caprichos que los progenitores ejercen como si  fueran prerrogativas de orden familiar, debe  declarar improcedente el insustancial supuesto que plantea la actora en su libelo de demanda y que no puede prosperar  como una pretensión legitmimente valida, porque se trata de un derecho humano dirigido a fortalecer los lazos parentales.

      Por  ende, considerando el interés superior que le asiste a nuestra menor hija, y siguiendo los parámetros que fija el «Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a Niñas, Niños y Adolescentes», y en correspondencia con los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3º de la «Convención de los Derechos del Niño», los numerales 22, 419, 420, del Código Civil  de  ________, y los numerales 4, 11, 15 y 21 de la «Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de ________», así como los preceptos 2, 5, 12 y 40 de la «Ley de Protección y Defensa de los Derechos de los Menores y la Familia en el Estado de ________» es de advertirse que  tales ordenamientos tutelan el derecho a la certeza jurídica de los menores y protegen el interés superior de los mismos, esta autoridad debe resolver atendiendo el interés superior de nuestra menor hija Zo para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, respetando el derecho que le asiste a convivir con sus ascendientes y lograr su mejor desarrollo físico y emocional.

      D).- La prestación reclamada en en este INCISO “D”,  tambien es improcedente porque  la condena al pago de gastos y costas del juicio, la ley aplicable en la materia no los contempla en los juicios de esta naturaleza.

      Y son totalmente improcedentes las prestaciones que la actora reclama, toda vez que la acción que deduce es inoperante y no puede prosperar por que no existen pensiones alimenticias por pagar, como lo afirma la actora en su libelo, pues en todo momento y desde que nos separamos,  he  estado cumpliendo con mis obligaciones de deudor alimentista,  y, pese  a  ello, la demandante  con deslealtad procesal se  apersona a juicio.

      A continuación, procedo a dar contestación a los hechos expuestos por la accionante en su temeraria e infundada demanda.

C O N T E S T A C I O N   A   L O S   H E C H O S

  • I.- El correlativo hecho de la demanda que se contesta es CIERTO.
  • II.- El correlativo hecho de la demanda que se contesta, tambien es  CIERTO.
  • III.- Este correlativo hecho tres de la demanda, es cierto.
  • IV.- El correlativo hecho cuatro que se contesta, por no ser un hecho propio, ni lo  afirmo ni lo  niego.
  • V.- El correlativo hecho que se contesta lo NIEGO por ser un referente plagado de falsedades, ya que la parte actora, señora ___________________, aduce unicamente camelos y tergiversaciones de la verdad, pues concretamente cuando dice que, «a  finales  del mes  de noviembre  de  2018 demandado, «decidí abandonar  el domicilio conyugal», pero lo cierto es que el  ahora  demandado me salí del referido  domicilio no por  gusto o por  irresponsabilidad, sino por la  sencill»,  el suscrito a  razón  de que mi excónyuge ya lo había abandonado antes que  lo  hiciera el  suscrito, y, específicamente lo abandonó a  principios  del mes  de  octubre de 20__.

      Por  otra  parte, en cuanto a lo que  afirma la  demandante, en el sentido que el suscrito sostenía una  relacion extramarital  con la  señora  ___________________, lo cierto es que, esta  persona  es  mi actual pareja, y la  relación con ella la inicié  a  mediados  del mes de  enero de 20__, es decir, meses después de la separación habida entre el  suscrito  demandado y la ahora demandante, por tal motivo, y en razon de los antecedentes de la situación narrada en el hecho que se contesta, resultan ser falsas las aseveraciones de la parte contraria, porque tampoco dice que nuestra la relación marital estaba deteriorada por causa de sus actitudes inmorales, acciones deshonestas y descontroles emocionales, malos tratos y agresiones hacia mi persona, tal como se precisa en párrafos subsecuentes. No obstante lo  anterior, de ninguna manera impidió que yo cumpliera con mis obligaciones alimenticias de sufragar las necesidades de mi menor hija. Por tanto, es mentira lo que refiere la actora al decir que el motivo que determinó tal separación fuere por causa de que yo quisiere marcharme, sino en razón de las  circunstacias ya expuestas.

  • VI.- El correlativo hecho que se contesta lo NIEGO, ya que el actora no hace manifestaciones claras ni precisas en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar, dejándome en estado de indefensión, y por ello procedo a darle constestación AD CAUTELAM; pues además de confuso, ambiguo e impreciso, en tal hecho sólo se  exponen  faltas a la verdad; por tanto, LO NIEGO y lo refuto por contener aseveraciones falsas, como habrá de demostrarse en el momento procesal oportuno.

    Es cierto  que  existe un pequeña  negociación  a  nombre  del  suscrito  demandado,  A, denominada  A, pero  no  es  una  empresa,  como  aduce   la  actora, sino  un  giro  comercial  creado  con mucho  esfuerzo en  el  mes  de junio de  20__, específicamente un “comercio al por menor en ferretería y  tlapalería”; y en donde la actora laboraba únicamente los días jueves  de  cada  semana, apoyándome a  hacer  la nómina para el pago del sueldo de tres  empleados que  tenía  el suscrito a  mi servicio,  aclarando  que  tal actividad,  la ahora  demandante  la  realizaba desde el domicilio en el  que habitábamos,  recibiendo en ese tiempo  (es decir, a  partir del mes  de  junio  de 20__), y por dicho día laborado, un salario equivalente a $_,_00.00 mn (_________, moneda nacional), mismo que después (a partir de 20__) le aumenté a $_,000.00  (___ mil  pesos, moneda  nacional); pero tuve  que prescindir de sus servicios en razón de  ciertos desfalcos financieros que cometió en perjuicio del negocio del suscrito, al grado tal que dicha negociación casi cae en quiebra, toda vez que la susodicha dispuso de efectivo, apropiándose de los ingresos que entraban como  ganancias, empeñando mi joyas y vendiendo la unidad movil con la que contaba el negocio; y no conforme con eso, me demandó laboralmente; y  fue  por  esa  razón  que a la suscrita demandada  le  impedí  el acceso  al  dicho negocio.

     Ahora bien,  y en lo  que respecta al  último  párrafo del punto correlativo que  se  contesta, toda vez que también es  FALSO, lo NIEGO. Y lo NIEGO porque NO ES VERDAD y resulta ser mentira  lo que aduce la actora, en el sentido de  que ella  se  hacía cargo de  los  gastos  del  hogar, pero, a decir verdad, yo era  el  que me hacía cargo de los  gastos; y, en este orden de ideas, y bajo protesta de decir verdad, manifiesto que fue  sólo el  suscrito demandado  quién formé el negocio, mismo que apenas  he  podido sacar adelante y  que  con gran  esfuerzo lo he  venido sosteniendo después que la  demandante  casi  lo lleva  a  la  quiebra  en razén del  desfalco  monetario  que  causó.

  • VII.- El correlativo hecho que se contesta también NIEGO, y lo  contesto en los  mismos  términos  que  el punto que antecede, ya que la actora tampoco aquí  hace manifestaciones claras ni precisas en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar, y me  coloca  en estado de indefensión, y, por ende, de igual manera, procedo a darle constestación AD CAUTELAM; pues además de confuso, ambiguo e impreciso, en tal hecho sólo se  exponen  faltas a la verdad; por tanto, lo refuto por contener aseveraciones falsas, como habrá de demostrarse en la  secuela probatoria pertinente.

    Como  quedó ya  expuesto en el  hecho anterior, la ahora demandante, señora ___________________, únicamente laboraba los días  jueves  de  cada  semana, haciendo la nomina  para  el pago del sueldo de tres empleados, actividad que  realizaba desde el domicilio conyugal, por  ende, ni  siquiera  se  trasladaba  a la  fuente  de trabajo,  recibiendo al inicio (es decir, a partir del mes  de  junio  de 20__), y por dicho día laborado,  un salario equivalente a $1,800.00 mn (mil ochocientos  pesos, moneda nacional), mismo que después (a partir de 2018) le aumenté a $4,000.00 (cuatro mil  pesos, moneda  nacional);  asimismo, resulta ser mentira  lo que aduce la actora, en el sentido de  que ella  se  hacía  cargo de  los  gastos  del  hogar, porque tales  gastos corrían a mi cargo.

  • VIII.- El correlativo hecho número ocho que se contesta, lo niego por las mismas razones expuestas en los puntos anteriores, ya que la demandante refiere aseveraciones que no guardan correspodencia con la verdad, pues afirma en su libelo concretamente  puras falsedades.Y lo NIEGO, porque la parte contraria, de manera tendenciosa y procediendo con deslealtad procesal, omite  exponer lo que realmente estaba sucediendo en nuestra relacion marital, y omite precisar la verdadera magnitud de los  problemas que  se suscitaron.

      Por  otra parte, como una acotacion y ante la forma tan desparpajada para redactar los hechos del libelo que se contesta, el juzgador debió advertirle a la parte contraria la existencia del sinnumero de defectos que persisten en su demanda, pues a pesar de contar con asesoría profesional, se incurre en una serie de fallas sintácticas que atentan contra  la lógica  y  el sentido común; además de no ajustarse a las exigencias del artículo 256, fracción V, del Código de Procedimientos Civiles en vigor.  Ergo,  por imprecisión, inconsitencia y falta de claridad, lo refuto y LO NIEGO..

  • IX.- El correlativo hecho numero nueve, toda vez que tambien es un hecho FALSO, lo NIEGO. Y lo NIEGO porque resulta ser mentira  lo que aduce la actora, en el sentido de  que ella atiende exclusivamente  a  nuestra  menor hija y  que  es ella quien únicamente  le  «brinda  apoyo emocional», omitiendo decir  que yo no puedo convivir  con mi  menor hija por  la susodicha me lo ha  impedido, no obstante que ambos tenemos el derecho al ejercicio de la patria potestad de nuestra menor hija; ello a  pesar que ambas partes, previamente acordamos que en forma alternada conviviríamos con dicha  menor y que compartiríamos la custodia y el ejercicio de la patria potestad; y que a ambas partes nos correspondería de manera alternada un fin de semana de convivencia; pero toda vez que la señora  Citlali  ha  sido omisa en cumplir y respetar lo convenido, por  tales circunstancias solicito a este órgano jurisdiccional el  cambio y otorgamiento de custodia respecto de mi menor hija, ___________________.

      Por otra parte, es conveniente manifestar que la actora  falsea la realidad y miente respecto a la convivencia que yo he procurado ejercer hacia mi menor hija, ya que  su actitud ha  sido  siempre de negación y rechazo por parte de la progenitora, ya que la señora  Citla siempre me  ha impedido ver a la menor y me ha  negado  la convivencia, arguyendo cualquier pretexto, y  para  acreditar  mi dicho,  resulta eficaz  la comparecencia de mi menor hija, ___________________, ante la presencia judicial para que sea escuchada y manifieste su punto de vista y opinión con relación a las infamantes acusaciones que refiere la  contraparte en su libelo.

 

     En esta misma tesitura, cabe decir que las  demás manifestaciones vertidas por la actora en este correlativo hecho que se contesta constituyen una vil mentira, y los  hechos que  expone al respecto son solamentes cosas que surgen de su imaginación, pues las aberraciones que ahí narra pueden ser refutadas y desvirtuadas en su momento procesal oportuno, mediante pruebas documentales, en el sentido de  que el  demandado recibo depósitos bastantes y suficientes por  concepto de ingresos de la venta  de  materiales como  productos  de  mi  negocio, pero tales  conjuteruras  son falsedades,  toda  vez  que, además  que la  suscrita  dispuso de los pocos ingresos que percibia en el negocio,  al impedirle la  entrada a  dicha  negociación por   sus  acciones   deshonestas, me  demandó laboralmente y para  evitar  problemas, el suscrito le  tuve  que dar  una indemnización laboral que no merecía, consitente  ésta  en la  cantidad de $__,000.00 mn (_________- mil  pesos, moneda  nacional), tal  como se  acredita con los  bauchers o recibos de retiro  de dinero, de fechas __ de septiembre de 20__, que expide BBVA BANCOMER, en número de cuenta ______, y que amparan cada  uno de los  mismos la cantidad de de $__,000.00 mn (__ mil pesos, moneda nacional 00/100), y por concepto de indemnización y pago de finiquito en favor de la señora ___________________, y derivados  del acuerdo para dirimir la controversia laboral  en cuestión, misma que  se ventiló en el expediente #_____/20__ 2A, juicio laboral incoado injustamente por la  actora en fecha  ante  la Junta Especial #_ de Conciliación y Arbitraje de la ciudad de ________, ________,  y en el cual fui objeto de demanda laboral por parte del ahora demandante, señora ___________________ y quien me obligó a pagarle injustamente tal cantidad de dinero por concepto de una injusta indemnización, haciéndose pasar como trabajadora agraviada, no obstante a haber dispuesto de manera deshonesta y llevándome casi a la ruina total de mi negocio, como lo  acredito  con los documentos  que  adjunto a la presente constetacion de demanda, y mediante los cuales se prueba el papupérrimo estado  económico en que me encuentro, toda vez que —tal como se advierte en dichas documentales—  adeudo  a  mis  proveedores la cantidad de $___, ____ mn (__________ _____ y un mil, novecientos treinta y siete  pesos, moneda  nacional), tal  como se   desprende con los  reportes  de  cobranza  que adjunto en el  presente ocurso, por lo que  mis ingresos  netos  son muy precarios, mismos que  —bajo protesta de  decir  verrdad— oscilan  entre los diez  mil y  veinte mil pesos mensuales.

     Aunado a lo que ya  quedó manifestado en este correlativo  hecho de la demanda que se  contesta, y como consecuencia del desfalcó que perepetró la actora en prejuicio de mi negociación, y sumado además a la demanda laboral que  injustamente promovió, cabe decir  que para efecto de que pudiera recuperar un poco la situación económica devenida a menos, me vi precisado a pedir un préstamo a mi actual  pareja, señora _, por cantidad  de $__, 000.00 mn. (ciento sesenta mil pesos, moneda nacional); el cual me  fue  proporcionado en fecha  13  de mayo de 20__, deuda estoy obligado a cubrirle por ser también mi acreedora, toda vez  que fue quien me proporcionó en calidad de préstamo dicha  suma  de  dinero; y que le estoy liquidando mediante abonos, tal como se acredita con los documentos  que adjunto  al presente  ocurso, consistentes en  documento marcado  con el numeral uno por detalle  de movimientos de la cuenta bancaria #_____, de la  institución de  crédito BBVA, por la cantidad  de $8,664.00 mn, de fechas  10  de  octubre  a 15  de octubre de  20__; documento marcado con el numeral dos, por detalle  de movimientos de la cuenta bancaria #12284, de la  institución de  crédito BBVA, por la cantidad  de $32,079.00 mn, de fechas  12  de septiembre a  14  de  septiembre  de  20__; documento marcado con el numeral  tres, por detalle  de movimientos de la cuenta bancaria #12284, de la  institución de  crédito BBVA, por la cantidad  de $__,064.00 mn, de fechas  __  de julio a  __  de  julio  de  20__; así  como los  documentos que acreditan la transferencia  bancaria en línea, y por  motivo del referido  préstamo, y que envia la institución de  crédito BBVA  en fecha 31  de  julio de  20__, por  el importe de  $__.000.00 mn. (_______ mil pesos, moneda  nacional).

  De  igual manera, adjunto a la presente contestación,  los  documentos   que  acreditan el estado  económico  en  que me  encuentro, así  como el  cúmulo de  deudas que tengo ante mis provedores  y que  oscilan entre los _0 mil y  _0 mil pesos mensuales, como  se  aprecia  en los  requerimientos  de  cobranza  que  adjunto en el presente  ocurso.

  •     X.- El correlativo punto diez de la demanda, en lo  que  corresponde  a su  primera  parte, y por no ser  un hecho propio, ni  lo afirmo ni lo niego;  sin embargo, y para efectos del alcance probatorio que la actora pretende darle, lo NIEGO. Y respecto a lo vertido, cabe destacar  que al decir el suscrito demandado que en su primera parte el hecho no me es propio, éste no puede tenerse por admitido, ya que de acuerdo con el artículo 266 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, no pueden tenerse por confesos o admitidos los hechos narrados en la demanda, respecto de los cuales el demandado dijo en su contestación que no le son propios y que por lo mismo, no está obligado a confesarlos o negarlos.

     Ahora, en lo que toca a  la segunda parte del  correlativo hecho, lo  contesto negandolo, pues  lo que afirma la  actora son falsas aseveraciones, en el sentido  de  que  el  suscrito abandoné  el  hogar  conyugal; porque lo cierto es  que el  ahora  demandado me salí del referido  domicilio no por  gusto o por  irresponsabilidad, sino por la  sencilla razón  de que mi excónyuge ya lo había abandonado antes que yo lo  hiciera, y, específicamente lo abandonó a  principios  del mes  de  octubre de 20__.

       Y  en cuanto a  lo que  refiere la parte  actora, en el sentido  de que  el suscrito demandado he  incumplido  con mis  obligaciones  de  deudor  alimentista, tal  afirmación resulta  ser  falsa, pues como se acredita  en autos del  expediente #___/20__, del Juzgado Segundo de  lo  Familiar  del Partido Judicial de la  ciudad  de  ________, ________,  relativo a las  diligencias de consignación  de  pensión alimenticia, realizadas  en fecha  6  de  febrero de 20__,  por  parte  del suscrito  y en  favor  de mi menor  hija  y por  conducto de  la  ahora  demandante, señora ___________________;  además, mi  cumplimiento se  acredita con el primer  escrito de consignación  (que adjunto en dos  fojas útiles), sellado en  Oficialia  de partes del   Partido  Judicial de  la  ciudad  de  ________, ________, de fecha  6 de  febrero de 20__, exhibiendo la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincueta pesos, moneda nacional 00/100); conjuntamente con cinco recibos que amparan todos  los conceptos de pensiones alimenticias ya cubiertas, en favor de ___________________, derivados de las diligencias de consignación de pesión alimenticia, por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y obrantes en folios #_____, #_, #_____, #_____, #_____, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #________/20__, ventilado ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado ________, el Tibunal Superior de Justicia de______________.

  •    XI.- El correlativo punto once de la demanda,  lo NIEGO,  toda vez  que en ningún momento me he abstenido de dar cumplimiento a mis obligaciones, porque he  hecho hasta lo imposibe por contribuir con la pensión de mi menor hija y en la medida de mis posibilidades y recursos económicos que percibo como un pequeño comerciante.

      Y en cuanto a lo que mi contraparte manifiesta, que no contribuyo con la mantención, no existe tal  incumplimiento, pues estoy conciente de la responsabilidad legal y moral que tengo a mi cargo, y en ninguna ocasion he dejado de cumplir, a pesar de que   actualmente tengo una nueva relación de concubinato, y donde también hay necesidades y gastos que sugfragar para que dicha relación funcione en forma estable; por tanto, también el suscrito me he  visto precisado a alquilar un inmueble y a cubrir todos aquellos gastos por concepto de servicios y consumo de luz, agua, gasolina, despensa alimenticia, ropa y demás menesteres que son necesarios para llevar una vida marital en forma normal y sencilla.

    Ahora, cabe manifestar que no existen pensiones alimenticias vencidas por pagar, como lo  afirma la actora en su libelo, pues en todo momento y desde antes y desde que me separe de ella,  he  estado cumpliendo con mis obligaciones de padre y deudor alimentista.

    Ahora, cabe desctacar, como ya  lo  puse de manifiesto,  la parte contraria, señora   C, obra con deslealtad procesal y  prefabricando  un rol de víctima,  pues pretende “hacer creer” que vive una situación de lastimosa penuria económica donde solo prevalece la carencia de recursos para cubrir las necesidade del hogar y la familia; lo cual dista mucho de ser verdad, pues la demandante guarda un sepulcral silencio en lo concerniente a los ingresos que ella también percibe ingresos por la actividad profesional que desempeña como profesora.

     La actora manifiesta en su libelo que el suscrito demandado  dejé de contribuir con la mantención en materia de alimentos; es falso lo que afirma la  actora, pues  siempre he  cumplimido con el pago de las  pensiones a  mi  cargo; pues estoy conciente que debo cumplir con tal responabilidad legal y moral.

     Para efecto de acreditar lo expuesto, solicito a este juzgado que requiera a la demandante para que dentro término legal concedido, manifieste a esta autoridad judicial, bajo protesta de decir verdad, a cuánto asciende el monto de los ingresos que percibe y obtiene, la fuente de los mismos y la; apercibida que, en caso de no hacerlo o de declarar falsamente al respecto, se le apliquen las medidas de apremio y las sanciones que la ley le impone a los falsos declarantes.

C A P I T U L O    D E    E X C E P C I O N E S    Y     D E F E N S A S

      A continuación, me permito oponer las excepciones y medios de defensa que estimo son pertinentes:

      1.- SINE ACCIONE AGIS.- Genérico medio  de defensa  de falta de acción derivada de la negativa calificada de los hechos de la demanda que se contesta y que deniega las pretensiones reclamadas  por la  actora, ya sea por la falta de acción o por carencia de derecho. Opongo este medio defensivo para desvirtuar la causa petendi que la demandante hace vanamente valer en juicio e increpo lo reclamado por   la  actora, en el sentido  de que  el suscrito demandado he  incumplido  con mis  obligaciones  de  deudor  alimentista, pero tales  reclamos son infundados, toda vez   que, como se acredita  en autos del  expediente #__/20__, del Juzgado Segundo de  lo  Familiar  del Partido Judicial de la  ciudad  de  ________, ________,  relativo a las  diligencias de consignación  de  pensión alimenticia, realizadas  en fecha  _  de  ___ de 20__,  por  parte  del suscrito  y en  favor  de mi menor  hija  y por  conducto de  la  ahora  demandante, señora ___________________;  además, mi  cumplimiento se acredita, de  igual manera con el primer  escrito de consignación  (que adjunto en dos  fojas útiles), sellado en  Oficialia  de partes del   Partido  Judicial de  la  ciudad  de  ________, ________, de fecha  _  de  febrero de 20__, exhibiendo la cantidad de $__0.00 mn (_____ cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y conjuntamente con cinco recibos que amparan todos  los conceptos de pensiones alimenticias ya cubiertas, en favor de ___________________, derivados de las diligencias de consignación de pesión alimenticia, por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y obrantes en folios #________, #________, #________, #________, #________, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #__/20__, ventilado ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado A, el Tibunal Superior de Justicia de ________; por  tanto, la acción que  deduce  la  demandante  es a  todas luces  improcedente.

    2.- EXCEPCION PERENTORIA DE PAGO.- Medio  de defensa  tendiente a  destruir y dejar sin eficacia la acción que  hace  valer la  parte  actora, en razón de  que  las pretensiones reclamadas  resultan inoperantes porque no existe adeudo alguno  que  cubrir  por concepto de pensión alimenticia, ya que  la  actora ha  recibido  todos los depósitos que  he realizado por tales conceptos, y en esa tesitura   se  advierte  que  el suscrito demandado no he  incumplido  con mis  obligaciones  de  deudor  alimentista; por  tanto, los  reclamos de la contraria son infundados, como se acredita en autos del  expediente #________/20__, del Juzgado Segundo de  lo  Familiar  del Partido Judicial de la  ciudad  de  ________, ________,  relativo a las  diligencias de consignación  de  pensión alimenticia, realizadas  en fecha  6  de  febrero de 20__,  por  parte  del suscrito  y en  favor  de mi menor hija  y por  conducto de  la  ahora  demandante, señora ___________________ ;  además, mi  cumplimiento se acredita, de  igual manera con el primer  escrito de consignación  (que adjunto en dos  fojas útiles), sellado en Oficialia  de partes del   Partido  Judicial de la  ciudad  de  ________, ________, de fecha 6  de febrero de 20__, exhibiendo la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y conjuntamente con cinco recibos que amparan todos los conceptos de pensiones alimenticias ya cubiertas, en favor de E, derivados de las diligencias de consignación de pesión alimenticia, por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y obrantes en folios #________, #________, #________, #________, #________, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #________/20__, ventilado ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado Anton, el Tibunal Superior de Justicia de Baja Califronia; por  tanto, la acción que  deduce  la  demandante  es a  todas luces  improcedente, porque  no existe  adeudo a cargo del  suscrito demandado.

     Para afecto de  hacer efectiva y  procedente  esta  excepción que  opongo y destruir la acción de la contraria, con  fundamento en lo previsto por los  artículos 326 y 328  del  Código de Procedimientos  Civiles  en vigor, solicito  a  este autoridad  jurisdiccional se  sirva  enviar  a tento oficio al C. Juez  Segundo de lo  Familiar, de  este Partido Judicial de  la  ciudad de ________, ___________________, a  efecto de que informe y se  sirva expedir —a costa del suscrito— copia certificada de todo lo actuado en autos del expediente #________/20__, relativo a las diligencias de consignación  de  pensión alimenticia, realizadas  en fecha  6  de  febrero de 20__,  por  parte  del suscrito  y en  favor  de mi menor  hija  y por  conducto de  la  ahora  demandante, señora ___________________; y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.

      3.- EXCEPCIÓN DILATORIA DE CONEXIDAD DE LA CAUSA.- Se opone  esta excepción de conexidad de la causa, en virtud de que este órgano jurisdiccional debe tener conocimiento que ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________, y desde los meses de  febrero-marzo de 20__, y en el expediente #_____/20__, existe un asunto planteado como juicio de divorcio sin expresión, y  vuelto juicio controvertido, mismo  que está íntimamente relacionado con la presente litis, y  en el cual la  parte actora,  en su  carácter de  demandada y mediante escrito de contestacion de  demanda (obrante en fojas #__, __, __, __,) reclama previamente las  mismas prestaciones que  hoy deduce  en su libelo de  demanda.

       Para afecto de hacer efectiva y  procedente  esta  excepción que  opongo, con  fundamento en lo previsto por los  artículos 326 y 328  del  Código de Procedimientos  Civiles  en vigor, solicito  a  este autoridad  jurisdiccional se  sirva  enviar  a tento  oficio al C. Juez  Segundo  de lo  Familiar, de  este Partido Judicial de  la ciudad de ________, ___________________, a  efecto de que informe y se  sirva expedir —a costa del suscrito— copia  certificada de todo lo actuado dentro de la litis de DIVORCIO INCAUSADO, ventilado ante el citado JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR, y que obra en expediente #_____/20__), y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI y VII del correspondiente escrito de reconvención, y la ofrezco porque tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones y de la situación que expongo en esta litis.

      4.- EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y DEFECTO EN LA FORMA DE PLANTEAR LA DEMANDA.- Se opone  por las defecciones legales  y las oscuridades en que incurre la parte actora al no determinar con precisión las circunstancias de tiempo, modo y lugar en la narrativa de los hechos que menciona en su libelo; y resulta procedente en atención a las   evidentes  omisiones y  parquedades, traslapadas con mala intención, no solo cuando  narra los hechos que tienen que ver con la causa que genera la decisión del divorcio, sino con   cuestiones contenidas en la propuesta de convenio, en los elementos probatorios y en las pretensiones formuladas en las mismas  propuesta del convenio.

     En virtud de que la demandante incurre en deficiencias en su pretensión, y es de advertir que las mismas no podrán ser subsanadas en lo posterior, por el resultado de las pruebas que aporte en el juicio.

     La jurisprudencia es categórica en este sentido:

“Si en la demanda natural el actor no preciso todos aquellos hechos en los que hacia descansar la procedencia de su acción, aun cuando las pruebas que haya aportado en el juicio se hubieran referido a los omitidos, tal circunstancia no podría tener como efecto subsanar las deficiencias de la demanda, ya que en ésta es donde se debe plasmar la acción y los hechos de los que hace derivar, siendo la base de donde el demandado debe y puede desplegar su defensa; de ahí que, pretender perfeccionar o subsanar deficiencias de la demanda a través del resultado de cualquier probanza, no sería jurídico y traería como consecuencia que el reo quedara en estado de indefensión.” Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, Apéndice de Jurisprudencia, SJF, 1917-2000, Tomo VI, Tesis 456, p. 394

    Por tanto, fijada la litis no proceden aclaraciones posteriores, y cualquier aclaración en este sentido deviene extemporánea, pues ha precluido el derecho de la parte emisora al quedar establecidos los términos de la contienda, de tal forma que cualquier manifestación posterior sobre los hechos de la demanda es inoportuna; de lo contrario, la suscrita estaría imposibilitada para desvirtuarla

     Las resoluciones jurisprudenciales de los tribunales supremos indican con claridad la necesidad de precisar los hechos en que se funda toda acción:

“Los actores de un juicio, al ejercitar determinada acción y reclamar alguna pretensión de los demanda-dos, están obligados a precisar los hechos  en que se fundan, a fin de que tales demandados puedan prepa-rar sus defensas y excepciones, así como aportar las pruebas consiguientes para destruir los aludidos hechos; de no proceder en los términos indicados, aun cuando en el curso del procedimiento lleguen a comprobarse hechos no expuestos en la demanda, no puede fundarse una sentencia en ellos, por no haber sido materia de la litis planteada.” Apéndice de Jurisprudencia, SJF, 1917-2000, Tomo VI, Tribunales Colegiados, tesis 455, p. 39.

    Es procedente la excepción de oscuridad y defecto en la forma de plantear la demanda; es decir, por el modo en que están redactados los hechos, por los desparpajos sintácticos y por las omisiones intencionadas que son un lastre de confusión y provocan un estado de indefensión que imposibilita oponer defensas. La parte actora no precisa las circunstancias que justifiquen el derecho ejercido y parte de los hechos no logran el sentido de la lógica; ello en razón de que no se precisa a quién se demanda, porqué se demanda y cuáles son los puntos de correspondencia entre la pretensión, el evento fáctico, las circunstancias y los fundamentos legales.

    Ahora, en lo que toca a tales efectos legales en el modo de proponer la demanda, el actor no cumplió con ciertas cargas y requisitos que debió colmar en su escrito inicial y, no obstante, se le admitió su demanda.

      5.- EXCEPCIÓN DE INEPTO LIBELO.- En cuanto a las prestaciones que reclama la parte actora en el capítulo correspondiente y en relación con los hechos que narra, se advierte la forma en que expone su demanda es obscura e imprecisa; tal como se desprende de en los señalamientos que hago en la contestación de los hechos planteados por la  actora y en el capítulo relativo a la contestación de las prestaciones que reclama.

     6.- EXCEPCIÓN DE CONTRADICCIÓN E INCONGRUENCIA.- Misma que se deriva de los hechos de la demanda, de la acción ejercitada y de las prestaciones que reclama la  parte  actora en el presente juicio, ya que se narran hechos falsos y contradictorios, además que se manifiestan de manera ambigua, sin estar precisados y sin establecer específicamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se han generado los hechos narrados, advirtiéndose que en tales condiciones se destruyen recíprocamente; lo que provoca, precisamente, que  se demuestre lo contradictorio de aquello  que  se pretende en la demanda.

          Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 285, 286, 287 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor, vengo a ofrecer de mi parte los siguientes

M E D I O S   D E   P R U E B A

        1.- PRUEBA CONFESIONAL.- A cargo de la parte actora, ___________________, y que se integra con el pliego de posiciones que habrá de exhibirse en el momento procesal oportuno; probanza que deberá absolver personalmente en la audiencia señalada para su desahogo y una vez que la contraria sea citada para que comparezca en forma personal y no por conducto de apoderado legal alguno, apercibida de ser declarada confesa de todas y cada una de la posiciones que previamente sean calificadas de legales, en el caso de no comparecer sin justa causa a la audiencia de  desahogo de pruebas cuya fecha debera señalarse en autos.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.

     2.- PRUEBA DE DECLARACION JUDICIAL DE PARTE.- Consistente en la declaración que deberá rendir la señora ___________________o, parte actora en la litis aqui  ventilada, y quien deberá comparecer personalmente, y no por conducto de apoderado legal alguno, al tenor del interrogatorio que se le formulará en el momento de llevar a cabo la práctica de esta probanza, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 316 del Codigo de  Procedimientos Civiles en vigor.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.

    3.- PRUEBA TESTIMONIAL. – Consistente en el testimonio de la señora ___________________ , persona con la que actualmente hago vida en común en calidad de concubina,  y cohabitando conjuntamente con el ahora demandado en el domicilio ubicado en ___________________, de la ciudad ________, ________.

    Ahora, en virtud de la relación de mutua convivencia marital que tengo con la señora R, y que hemos consolidado integrando nuestro hogar conyugal  desde el mes de enero de 200_. En virtud de la situacion existente, la señora ___________________ constituye un testigo importante para la presente litis, pues tiene  conocimiento directo de los hechos sucedidos y ofrezco su declaracion como un acerbo de prueba  testimonial en el  juicio  aqui  ventilado.

  • Esta prueba que propongo debe ser admitida en virtud de que en materia familiar no existe tacha de testigos, y la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda y del escrito inicial de demanda promovida por la actora; y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.

     4.- PRUEBA TESTIMONIAL.- Consistente en el testimonio del señor Dulce, quien tiene su domicilio en calle Angeles #200, colonia Reforma, de esta ciudad de ________, ________; y a quien me comprometo a presentar ante  este órgano  judicial a efecto de que rinda su declaración testimonial, respecto a la situación expuesta en mi contestacion de demanda por la ahora demandante.

    Cabe destacar que esta persona,  tiene conocimiento del compromiso que asumo como persona responsable en el cumplimiento las obligaciones como deudor alimentario; asimismo, es preciso manifestar que a traves de su testimonio se podra demostrar que el suscrito ha proporcionado en todo momento el monto de la pension alimenticia en cuestion, misma que proporciono mediante pagos mensuales; asimismo, tiene conocimiento de la situación y de las condiciones economicas que guarda actualmente el giro comercial denominada  AM, y dedicado “comercio al por menor en ferretería y  tlapalería”, mismo que se ubica en Avenida Sur , colonia U, delegación _____, en la ciudad de ________, ________ 

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.

    5.-  PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en cinco recibos que amparan el concepto de pension alimenticia, a favor de E, derivados de la consignacion de pesion alimenticia por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincueta pesos, moneda nacional 00/100); obrantes en folios #________, #________, #________, #________, #________, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #________/20__, ventilada ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado , el Tibunal Superior de Justicia de Baja Califronia.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

      6.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que  el suscrito demandado, en calidad de arrendatario, celebré con el señor Patricio Juarez Ramirez en fecha  1 de julio de 2018, respecto del giro comercial denominada  AM, y dedicado “comercio al por menor en ferretería y  tlapalería”, que se ubica en Avenida , colonia U, delegación _____, en la ciudad de ________, ________, y que he tomado en alquiler, pactandose como precio del  alquiler mensual la cantidad de $_,_00.00 m.n. (____________- pesos 00/100 moneda nacional.) y pagaderos en mensualidades adelantadas los días 1 de cada mes.

     Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos  a mi cargo en calidad de arrendatario respecto al giro comercial referido; y a efecto de que esta probanza  adquiera eficacia probatoria, solicito a su señoría fijar fecha y hora para que el señor Patricio comparezca a ratificar ante la presencia judicial el contenido de dicha documental; por lo que me comprometo a presentarlo ante este juzgado cuando así se requiera.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

       7.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que  el suscrito demandado, en calidad de arrendatario, celebré con el señor P en fecha  1 de julio de 20__, respecto del giro comercial denominada , y dedicado “comercio al por menor en ferretería y  tlapalería”, que se ubica en _______, colonia Ur, delegación ______________, en la ciudad de ________, ________, y que he tomado en alquiler, pactandose como precio del  alquiler mensual la cantidad de $_,_00.00 m.n. (_______ quinientos pesos 00/100 moneda nacional.) y pagaderos en mensualidades adelantadas los días 1 de cada mes. 

     Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos  a mi cargo en calidad de arrendatario respecto al giro comercial referido; y a efecto de que esta probanza  adquiera eficacia probatoria, solicito a su señoría fijar fecha y hora para que el señor Patricio Juarez Ramirez comparezca a ratificar ante la presencia judicial el contenido de dicha documental; por lo que me comprometo a presentarlo ante este juzgado cuando así se requiera.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

     8.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.-  Consistente en ocho recibos de  pago  de renta mensual, correspondientes a los meses de diciembre de 20__, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y agosto de 20__, mismas que fueron liquidadas en favor del arrendador por la cantidad de $_,_00.00 m.n. (_________  pesos 00/100 moneda nacional.)  y que derivan de  la  relacion contractual de arrendamiento que el suscrito demandado celebré con el señor ____________ en fecha 1  de enero de 20__, respecto del giro comercial denominada , y dedicado “comercio al por menor en ferretería y  tlapalería”, que se ubica en _____________, delegación _____, en la ciudad de ________, ________ de esta ciudad, pactandose como precio del  alquiler mensual la cantidad de $_,500.00 m.n. (______ quinientos pesos 00/100 moneda nacional) y pagaderos en mensualidades adelantadas los días 1 de cada mes.

       Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos  a mi cargo en calidad de arrendatario respecto al giro comercial referido; y a efecto de que esta probanza  adquiera eficacia probatoria, solicito a su señoría fijar fecha y hora para que el señor P comparezca a ratificar ante la presencia judicial el contenido de dicha documental; por lo que me comprometo a presentarlo ante este juzgado cuando así se requiera.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de demanda y de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones

     9.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.-  Consistente en un recibo de  pago  de consumo de servicio de telefonia, correspondiente al mes de diciembre de 2018, por la cantidad de $798.00 m.n. (setecientos noventa y ocho pesos 00/100 moneda nacional.)  y que expide la compañía Telefonos del Noroeste, (TELNOR); y que deriva de los gastos generados por el suscrito demandado, respecto del giro comercial denominado  AM SUMINISTROS, y dedicado “comercio al por menor en ferretería y  tlapalería”, que se ubica en Avenida ____________r, delegación _____, en la ciudad de ________, ________ de esta ciudad.

       Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos  a mi cargo en calidad de propietario del giro comercial referido.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de demanda y de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones

      10.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en 21 bauchers o recibos de deposito que amparan 14 de ellos la cantidad de de $750.00 mn (setecientos cincueta pesos, moneda nacional 00/100) y 7 de ellos la cantidad de de $1,500.00 mn (mil quinientos pesos, moneda nacional 00/100); por concepto de pension alimenticia, a favor de ___________________, pagados a traves de depositos bancarios realizados ante BBVA BANCOMER, numero de referencia ______________90, convenio CIE #_____, guia CIE #______; y de fechas 21 de marzo de 20__, 1 de abril de 20__, 5 de abril de 20__, 11 de abril de 20__, 17 de abril de 20__, 26 de abril de 20__, 3 de mayo de 20__, 17 de mayo de 20__, 24 de mayo 20__, 31 de mayo 20__, 06 de junio de 20__, 13 de junio de 20__, 27 de junio de 20__, 4 de julio de 20__, 11 de julio de 20__, 25 de julio de 20__, 8 de agosto de 20__, 22 de agosto de 20__, 5 de septiembre de 20__, 19 de septiembre de 20__ y 3 de octubre 20__ para el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja Califonia, y en favor de la ahora demandante, señora ___________________ Citlali Estrada Moreno.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

       11.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en 1 bauchers o recibo de retiro, de fecha __ de septiembre de 20__, que expide BBVA BANCOMER con numero de cuenta ___________,  que amparan la cantidad de de $__,000.00 mn (diez mil pesos, moneda nacional 00/100), por concepto de pago de finiquito en favor de la señora ___________________ _______-, y cubierto por este conducto y siendo el tercer pago de 4 generados como acuerdo para dirimir la controversia laboral, derivado del expediente #____/2 2A, ventilado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de ________, ________ y en el cual fui objeto de demanda laboral por parte del ahora demandante Señora ___________________y quien me obligo a pagarle injustamente tal cantidad de dinero por concepto de una injusta indemnizacion, haciendose pasar como trabajadora agraviada, no obstante a haber dispuesto de manera deshonesta y llevandome casi a la ruina total de mi negocio.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

    12.-  PRUEBA DE INFORME DE  AUTORIDAD.- Misma que  se  vincula a PRUEBA INSTRUMENTAL DE  ACTUACIONES y PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA; y se  ofrece con  fundamento en lo previsto por los  artículos 326 y 328  del  Código de Procedimientos  Civiles  en vigor, y mediante la cual solicito  a  este autoridad  jurisdiccional se  sirva  enviar  a tento  oficio al C. Juez  Segundo  de lo  Familiar, de  este Partido Judicial de  la  ciudad de ________, ___________________, a  efecto de que informe y se  sirva expedir —a costa del suscrito— copia  certificada de todo lo actuado dentro de la litis de DIVORCIO INCAUSADO, ventilado ante el citado JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR, y que obra en expediente #_____8/20__), y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

    13.-  PRUEBA DE INFORME DE  AUTORIDAD.- Misma que  se  vincula a PRUEBA INSTRUMENTAL DE  ACTUACIONES y PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA; y que se  ofrece con  fundamento en lo previsto por los artículos 326 y 328  del  Código de Procedimientos  Civiles  en vigor, y mediante la cual solicito a  este autoridad  jurisdiccional se  sirva  enviar  a tento  oficio al C. Juez  Segundo  de lo  Familiar, de  este Partido Judicial de  la  ciudad de ________, ___________________, a  efecto de que informe y se  sirva expedir —a costa del suscrito— copia  certificada de todo lo actuado en autos del expediente #________/20__, relativo a las diligencias de consignación  de  pensión alimenticia, realizadas  en fecha  6  de  febrero de 20__,  por  parte  del suscrito  y en  favor  de mi menor  hija  y por  conducto de  la  ahora  demandante, señora ___________________ Citlali Estrada Moreno; y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

    14.-  PRUEBA DE INFORME DE  AUTORIDAD.- Misma que  se  vincula a PRUEBA INSTRUMENTAL DE  ACTUACIONES y PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA; y que se  ofrece con  fundamento en lo previsto por los  artículos 326 y 328 del  Código de Procedimientos  Civiles  en vigor, y mediante la cual solicito  a  este autoridad  jurisdiccional se  sirva  enviar  a tento  oficio al Junta Especial #2 de Conciliación y Arbitraje de  este Partido Judicial de  la  ciudad de ________, ___________________, a  efecto de que informe y se  sirva expedir —a costa del suscrito— copia  certificada de todo lo actuado en autos del expediente #_____/20__ 2A, del juicio laboral incoado injustamente por la  actora en fecha  ante  la Junta Especial #2 de Conciliación y Arbitraje de la ciudad de ________, ________,  y en el cual fui objeto de demanda laboral por parte del ahora demandante, señora ___________________ y quien me obligó a pagarle injustamente tal cantidad de dinero por concepto de una injusta indemnización, haciéndose pasar como trabajadora agraviada, no obstante a haber dispuesto de manera deshonesta y llevándome casi a la ruina total de mi negocio, como lo  acredito  con los diversos documentos que también ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

      15.- PRUEBA PERICIAL SICOLOGICA.- Esta probanza habrá de consistir en un análisis y evaluación psicológica a la demandante y  determinar su grado de equilibrio mental y el estado emocional actual de dicha persona. Y para demostrar estas circunstancias, nombro  como perito  de  mi parte a la licenciada en psicología  P, quien se encuentra legamente autorizada para  realizar el análisis y la evaluación ya  referida y rinda el dictamen correspondiente, basándose para  ello  en el  cuestionario que se exhibe.

      Esta probanza deberá desahogarse en los términos y de conformidad con los puntos que a continuación se especifican, y tiende a demostrar y poner en evidencia lo siguiente:

     1.-  Que  determine el perito  los rasgos y el tipo de personalidad de la señora ___________________.

     2.- Que  determine el perito las capacidades cognitivas de la señora ___________________.

 y si estas les permiten ejercer adecuadamente su rol parental.

    3.- Que determine el perito si señora ___________________.cuenta con las habilidades sociales para implementar normas, valores y pautas de conducta a su menor hija ___________________, para  que este tenga un sano desarrollo psicoemocional.

    4.- Que determine el perito, si de acuerdo al estilo de personalidad, la señora ___________________. cuenta con las capacidades y habilidades para convivir y custodiar a su menor hija ___________________

    5.- Que determine el perito  si la señora ___________________ .presenta algún tipo de trastorno de personalidad, de conducta o de cualquier otro tipo que le impida convivir y/custodiar  a su menor hija _______

     6.- Que determine el perito si  la señora ___________________.cuenta con recursos psicológicos para ejercer su rol parental y proveer del sano desarrollo psicoemocional a su menor hija ___________________.

    7.- Que determine el perito si la señora ___________________.representa un riesgo para el sano desarrollo de su menor hija ___________________ .

    9.- Que determine el perito si  resulta adecuado que la señora ___________________ conviva y cohabite con su menor hija ___________________.

  10.- Que determine el perito  la metodología empleada para la rendición de su dictamen.

           Me reservo el derecho de deducir y formular nuevos puntos con relación al dictamen técnico que habrá de rendir el perito ofrecido de mi parte.

      La  perito  designada por  el el suscrito demandado es licenciada en PSICOLOGÍA,  y tiene su domicilio en calle _______________, en la ciudad de ________, ________.

     Esta prueba la ofrezco de conformidad con los artículos 274, 285, 341 y 347 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, y solicito se le haga saber al perito su nombramiento para su aceptación y protesta respectiva, y asimismo, se prevenga a la parte contraria para que dentro del término de ley, nombre perito de su parte. Y en la misma tesitura, la probanza en merito se  ofrece  con el fin de acreditar  las afirmaciones del suscrito en el presente libelo con respecto al superior interés de mi menor hija, en cuanto a su sano desarrollo psicosocial.

     16.- PRUEBA DOCUMENTAL FOTOGRAFICA.- Consistente en siete impresiones fotograficas en cuyo contenido se aprecia la existencia de la  pequeña  negociación  a  nombre  del  suscrito  demandado,  ________, denominada  AM, y se dé  cuenta su señoría  que no se trata  de una  empresa,  como  aduce   la  actora, sino  un  giro  comercial  creado  con mucho  esfuerzo en  el  mes  de junio de  20__, específicamente un “comercio al por menor en ferretería y  tlapalería”; y en donde la actora laboraba únicamente los días jueves  de  cada  semana, apoyándome a  hacer  la nómina para el pago del sueldo de tres  empleados que  tenía  el suscrito a  mi servicio,  aclarando  que  solamente ha  quedado de  dicha negociación, en razón de  los desfalcos financieros que cometió la  actora en perjuicio del negocio del suscrito, al grado tal que dicha negociación casi cae en quiebra, toda vez que la susodicha dispuso de efectivo, apropiándose de los ingresos que entraban como  ganancias, empeñando mi joyas y vendiendo la unidad movil con la que contaba el negocio; y no conforme con eso, me demandó laboralmente; y  fue  por  esa  razón  que a la suscrita demandada  le  impedí  el acceso  al  dicho negocio.  Apreciese  que el suscrito,  debido a las  estrecheses economicas, me  vi precisado a  pernoctar  en dicho local, por  no tener  ni para  pagar una renta, y  pese  a  eso, la  contraria  quiere  hacer  ver  a  su  señoría  que  detento una  magna  empresa  en la cual  ingresa dinero a   raudales.  Cosa que da risa.

  • La probanza fotografica en mérito se ofrece de conformidad con lo previsto en los artículos 286, 292 y 330 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, y en concordancia con los numerales 368, 369 de dicho ordenamiento adjetivo civil, y constituye un medio de convicción tendiente a corroborar, una vez adminiculada y perfeccionada con el reconocimiento emitido por la demandada y con diligencia de inspección judicial que se practique, que se surte como evidencia concreta.
  • Para perfeccionar la probanza documental en mérito que se ofrece, consistente en la impresion fotográfica ya  mencionada, es menester adminicularla con  la diligencia de fe judicial que  habrá de practicarse para efecto de que la demandante, una vez que tenga a la vista dicha impresion fotográfica, manifieste si lo reproducido en la imágen  es  el resultado de lo que realmente existe y no producto de su particular verdad.
  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de demanda y de contestación a la misma  y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

    17.- PRUEBA PRESUNCIONAL.- En su doble aspecto, legal y humana, que habrá de ser tomada en cuenta en todo lo que favorezca a los intereses del suscrito.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

   18.- PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- En su doble aspecto, legal y humana, consistentes en todas las actuaciones judiciales que habrán de tomarse en cuenta en todo lo que favorezca y beneficie a los intereses del suscrito.

  • Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de demanda y de contestación a la misma reconvención y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.

M E D I D A S      P R O V I  S  I O  N A L E S

         Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 285, 286, 287 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor, solicito de su señoría se sirva decretar las siguientes medidas provisionales:

      Señalar y asegurar la pensión alimenticia que debe proporcionar también la  ahora demandante, ___________________, toda  vez  que la parte  contraria no es  un persona carente de  recursos económicos como falsamente lo arguye, y que también  recibe ingresos y, además, porque también  tiene obligaciones a  su cargo  como deudora alimenticia  que  es. Y, para hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones también a su cargo y lograr que contribuya al pago de PENSIÓN ALIMENTICIA, misma que deberá ser decretada en autos por este juzgado, pido se requiera a la ahora demandante, señora ___________________, para que dentro término legal que se le fije, manifieste a esta autoridad judicial, bajo protesta de decir verdad, el monto de los ingresos que percibe y obtiene, la fuente de los mismos y la forma en que propone asegurar el pago de la pensión que  también debe cubrir en favor  de nuestra menor hija, lo anterior en aras  del  equilibrio procesal y de la igualdad de derechos y  obligaciones que  debe  tener  los  progenitores en  favor  y en beneficio de  sus menores  hijos; apercibida que, en caso de no hacerlo o de declarar falsamente al respecto, se le apliquen las medidas de apremio y las sanciones que correspondan, las que habrán de determinarse sin perjuicio de las sanciones penales que la ley le impone a los falsos declarantes.

    En la misma tesitura ya planteada, solicito a su señoría se sirva girar atento oficio al director o directora de  la institución educativa en la  que labora  la señora  ___________________ , y, asimismo, a para que solicite información a la Subsecretaría Educación Básica, dependiente del Sistema Educativo Estatal de  ___________________, ya que concretamente al servicio  de tales  instancias labora  la  ahora demandante.

    La fuente de trabajo donde labora la parte  actora, señora  ___________________ ,  y de donde recibe remuneracion salarial suficiente para contribuir  también al cumplimiento  de   pensión alimenticia  en  favor  de nuestra menor  hija,  ya que la contraria se desempeña como docente al servicio de la Subsecretaría Educación Básica, dependienrte del Sistema Educativo Estatal de  ___________________, ya que concretamente labora como profesora en la institucion educativa denominada Escuela  Primaria Genaro Vazquez,  C.P. 226, ubicada  en avenida Guerrero Negro, ________, ___________________ (para mayor precisión: entre Avenida de Los Cabos y Callejón de Servicio, a 500 metros de Subestacion de Electricidad de  la colonia El Tecolote).

C O N T E S T A C I O N    A L    D E R E C H O  :

    En este acto niego que tenga aplicación  el derecho invocado por la parte demandante; y resultan improcedentes los fundamentos juridicos que invoca para exigir el cumplimiento de las prestaciones que la  contraparte reclama en su escrito inicial de demanda; ello  por carecer de “ligitimatio ad causam” o principio que deduce la pertenencia de un derecho, toda  vez que la falta de accion se funda en la carencia de un derecho; y por el contrario, son aplicables en favor  del  suscrito demandado  los artículos 260, fracción III, 261, 266, 287, 288 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

      Asimismo, son concordantes con el presente asunto las ejecutorias de jurisprudencia que a continuación se reproducen:

C R I T E R I O S     J U R I S P R U D E N C I A L E S

         Lo anterior se apoya con la jurisprudencia número II.3º.C. J/4, publicada en el semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, octubre de 2002, y cuyo criterio jurisprudencial que se enuncia bajo el siguiente rubro:

 “GUARDA Y CUSTODIA. DEBE DETERMINARSE CONSIDERANDO EL INTERÉS SUPERIOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CONFORME A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. El derecho a la guarda y custodia de una niña, niño y adolescente, implica considerar no sólo las pruebas ofrecidas por las partes con las que pretendan demostrar una adecuada capacidad para el cuidado del menor, sino que atendiendo al beneficio directo de la infancia, el juzgador también debe considerar el interés superior de la niña, niño y adolescente como presupuesto esencial para determinar quién tiene derecho a la guarda y custodia. Ello, porque conforme a lo dispuesto por el artículo o. constitucional que establece el desarrollo integral, el respeto a la dignidad y derechos de la niñez, así como los artículos 12, 18, 19, 20 y 27 de la Convención sobré los Derechos del Niño, ratificada por México el veintiuno de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve, que establece que los Estados garantizarán que los tribunales judiciales velen por el interés superior del niño, los juicios en los que se vean involucrados derechos inherentes de las niñas, niños y adolescentes, como el caso en que se demande la guarda y custodia, debe tenerse como presupuesto esencial el interés superior del niño y darle intervención al Ministerio Público, para que en su carácter de representante de la sociedad, vele por los derechos de los infantes y adolescentes”.

         Igualmente, sirve de apoyo a lo anterior la tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 265, del Tomo XXVI (julio de 2007), del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, y que al tenor establece lo siguiente:

“INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. SU CONCEPTO. En términos de los artículos o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por México y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991); y 3, 4, 6 y 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los tribunales deben atender primordialmente al interés superior del niño, en todas las medidas que tomen concernientes a éstos, concepto interpretado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (cuya competencia aceptó el Estado Mexicano el 16 de diciembre de 1998, al ratificar la Convención Interamericana de Derechos Humanos) de la siguiente manera: ‘la expresión ‘interés superior del niño’ implica que el desarrollo de éste y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y “la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a la vida del niño.”

GUARDA Y CUSTODIA DE UN MENOR DE EDAD Y RÉGIMEN DE CONVIVENCIA. SON INSTITUCIONES PARALELAS Y COMPLEMENTARIAS DIRIGIDAS A SALVAGUARDAR EL DERECHO DE LOS MENORES DE EDAD A LA CONVIVENCIA FAMILIAR EN CONTEXTOS DE CRISIS INTRAFAMILIAR. Ante la existencia de situaciones en donde los desacuerdos personales hacen imposible la convivencia entre los padres, el Estado se encuentra obligado a encontrar mecanismos que garanticen el derecho de los menores de edad a mantener relaciones personales y de trato directo con cada uno de sus padres de forma regular, asegurando así la continuación de la convivencia familiar. El legislador, teniendo en consideración lo anterior, ha establecido diversas instituciones jurídicas tendientes a salvaguardar el derecho-deber de los progenitores a participar activamente en la crianza y educación de sus hijos menores de edad y, particularmente, asegurar la convivencia regular del menor con ambos progenitores en contextos de crisis intrafamiliar. Dentro de estas instituciones se encuentran la fijación de la guarda y custodia a cargo de uno de los padres y, paralelamente, el derecho de visitas o régimen de convivencia a favor del otro. Estas figuras son complementarias entre sí y garantizan, bajo estas situaciones extenuantes, el derecho del menor a vivir en familia y convivir con ambos padres, asegurando así el sano desarrollo de su personalidad.

 Amparo directo en revisión 583/2013. 11 de septiembre de 20__. Cinco votos. Ponente: _______________-. Secretario: ______________día, así como de su propia operatividad y eficacia.

          También resulta aplicable la tesis jurisprudencial que continuación se invoca:

                        Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente pido:

                PRIMERO.- Se me tenga por presentado  en tiempo  y forma con el escrito de cuenta, copias y documentos anexados, dando contestación a la infudada demanda instaurada por la  actora ___________________ .

               SEGUNDO.- Se tengan por ofrecidas las pruebas que señalo en el capítulo correspondiente a las mismas, y al no ser contrarias a la moral ni al derecho, deberan  admitidas en su totalidad.

                TERCERO.- Se tengan por autorizados, en los términos del artículo 46, fraccionI, del Código de Procedimientos Civiles en vigor, a los profesionistas en leyes que señalo en el proemio del presente ocurso de contestación de  demanda.

“  P R O T E S T O    M I S     D E R E C H O S  “

________, ________,   17 de octubre  de 20__.

Respetuosamente

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Abogado procurador

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LIC. ___________________