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versus:
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Juicio sumario de alimentos
Expediente # __/20__
J U E Z T E R C E R O D E L O F A M I L I A R
P R E S E N T E :
___________ _, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho y señalando como domicilio para recibir notificaciones y documentos, el ubicado en ___________________, delegación S, en la ciudad de ________, ________, y designando como abogados procuradores del suscrito, y en los términos del artículo 46, fracción I, del Código de Procedimientos Civiles en vigor, a los licenciados en derecho ___________________ y ___________________, quienes firman al calce del presente ocurso en señal de aceptación del cargo conferido, y que ostentan cédulas profesionales #_____ y #________, debidamente registradas ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado de ________, en fecha __ de octubre de 20__, folio #____, y por conducto del Registro Electrónico de Cédulas Profesionales; asimismo, autorizo a los egresados de la Licenciatura en Derecho ___________________ e ___________________ para que tengan acceso a autos del expediente ya indicado.
Ante usted, comparezco para exponer lo siguiente:
Que por medio del presente escrito, y estando dentro del plazo que la ley me concede, vengo a dar contestación a la infundada demanda que la señora XXX ha instaurado en contra del suscrito; contestación que hago en los términos siguientes:
C O N T E S T A C I O N A L A S P R E S T A C I O N E S
En cuanto a las prestaciones que reclama la parte actora, son infundadas e improcedentes porque son exigencias que no se ajustan a derecho ni pueden prosperar, ya que la demandante carece de legitimidad procesal para ello; es decir, no hay razón fundada porque tales pretensiones no tienen sustento legal ni causa petendi alguna.
Por tanto, niego que la actora tenga derecho a reclamarme pensión alimenticia provisional y definitiva, (segun sea el caso) en favor de mi menor hija, ___________________, y demás prestaciones que refiere en su libelo, ello no sólo por la forma desleal y las circunstancias tendenciosas en las que reclama dicha pensión, sino en razón de las consideraciones y argumentaciones que pasaré a exponer en el capítulo correspondiente a la contestación de los hechos.
A).- Respecto a la prestación marcada con el INCISO “A”, y toda vez que no ha habido incumplimiento de obligaciones alimenticias de mi parte, como lo acreditaré en el momento procesal oportuno, resulta improcedente, además porque el suscrito demandado, así como en ningun momento he incumplido con mis deberes alimentarios, tampoco me he negado a suministrar los alimentos necesarios que mi menor hija requiere. Por ende, el reclamo de esta prestación no puede prosperar por que no existen pensiones alimenticias qué pagar, pues en todo momento he estado cumpliendo con mis obligaciones alimentarias.
B).- En cuanto a la PRESTACION señalada en INCISO “B”, y en la que la demandante, señora ___________________, pide a esta autoridad judicial pensión alimenticia definitiva y que el monto de dicha pensión alimenticia sea fijada con base en todas las percepciones o ingresos que el suscrito percibe, cabe destacar que resulta también improcedente, toda vez que el suscrito demandado en ningun momento he incumplido con mis deberes alimentarios, ni tampoco me he negado a suministrar los alimentos necesarios para mi menor hija, ___________________.
Bajo protesta de decir verdad, hago saber a esta autoridad jurisdiccional que, si bien es cierto, el suscrito demandado cuento con un pequeño negocio proveedor de servicios industriales, apenas puedo solventar mis necesidades y las de mi pareja, y, además, porque mis gastos de operación para sacar adelante dicho negocio son muy elevados, como lo acreditaré en su momento procesal oportuno.
Aunado a lo antes expuesto, cabe precisar que la parte contraria, señora ___________________, obra con deslealtad procesal y con el ánimo de asumir un prefabricado rol de víctima para sacar ventaja y provecho monetarios; y, bajo tal tesitura, pretende hacer creer que vive una situación de lastimosa penuria económica y con carencia de recursos mínimos para satisfacer necesidades elementales, lo cual no es verdad, toda vez que la demandante recibe ingresos por la actividad que desempeña como docente al servicio de la Subsecretaría Educación Básica, dependienrte del Sistema Educativo Estatal de ___________________, ya que concretamente labora como profesora en la institucion educativa denominada Escuela P, C.P. _____________, ubicada en avenida ________________, ________, ___________________ (para mayor precisión: entre Avenida de Los Cabos y ____________-, a 500 metros de Subestacion de Electricidad de la colonia __________).
C).- Respecto a la prestación marcada con el INCISO “C” del escrito de demanda, en el sentido que la actora reclama de manera exclusiva la guardia y custodia definitiva de nuestra menor hija ___________________, cabe destacar que tal pretensión resulta inatendible, toda vez que, como parte complementaria y del régimen de convivencia, la guarda y custodia son instituciones establecidas para salvaguardar y preservar los derechos de los menores en contextos de crisis intrafamiliar, tendientes a asegurar el trato afectivo y las relaciones personales entre progenitores y sus hijos.
Por ello, no es procedente la petición de la demandante porque conllevaría a conculcar el derecho de convivencia; es decir, el derecho del menor a mantener comunicación y contacto con sus progenitores, conforme a lo sustentado en el artículo 4º constitucional, párrafos VIII y IX, y en correlación con los preceptos 3, 9, 12,19, 20, 21 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que establecen el deber preponderante de los tribunales judiciales de velar por el interés superior del niño, de tal manera que se busque el beneficio directo del niño o niña a quien van dirigidas tales prerrogativas; y habida cuenta de que se trata de un derecho propio y autónomo de los hijos.
En efecto, y en aras de la conservación del interés superior de nuestra menor hija, este órgano jurisdiccional, con la facultad legítima de limitar y restringir los voluntarismos o caprichos que los progenitores ejercen como si fueran prerrogativas de orden familiar, debe declarar improcedente el insustancial supuesto que plantea la actora en su libelo de demanda y que no puede prosperar como una pretensión legitmimente valida, porque se trata de un derecho humano dirigido a fortalecer los lazos parentales.
Por ende, considerando el interés superior que le asiste a nuestra menor hija, y siguiendo los parámetros que fija el «Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a Niñas, Niños y Adolescentes», y en correspondencia con los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3º de la «Convención de los Derechos del Niño», los numerales 22, 419, 420, del Código Civil de ________, y los numerales 4, 11, 15 y 21 de la «Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de ________», así como los preceptos 2, 5, 12 y 40 de la «Ley de Protección y Defensa de los Derechos de los Menores y la Familia en el Estado de ________» es de advertirse que tales ordenamientos tutelan el derecho a la certeza jurídica de los menores y protegen el interés superior de los mismos, esta autoridad debe resolver atendiendo el interés superior de nuestra menor hija Zo para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, respetando el derecho que le asiste a convivir con sus ascendientes y lograr su mejor desarrollo físico y emocional.
D).- La prestación reclamada en en este INCISO “D”, tambien es improcedente porque la condena al pago de gastos y costas del juicio, la ley aplicable en la materia no los contempla en los juicios de esta naturaleza.
Y son totalmente improcedentes las prestaciones que la actora reclama, toda vez que la acción que deduce es inoperante y no puede prosperar por que no existen pensiones alimenticias por pagar, como lo afirma la actora en su libelo, pues en todo momento y desde que nos separamos, he estado cumpliendo con mis obligaciones de deudor alimentista, y, pese a ello, la demandante con deslealtad procesal se apersona a juicio.
A continuación, procedo a dar contestación a los hechos expuestos por la accionante en su temeraria e infundada demanda.
C O N T E S T A C I O N A L O S H E C H O S
- I.- El correlativo hecho de la demanda que se contesta es CIERTO.
- II.- El correlativo hecho de la demanda que se contesta, tambien es CIERTO.
- III.- Este correlativo hecho tres de la demanda, es cierto.
- IV.- El correlativo hecho cuatro que se contesta, por no ser un hecho propio, ni lo afirmo ni lo niego.
- V.- El correlativo hecho que se contesta lo NIEGO por ser un referente plagado de falsedades, ya que la parte actora, señora ___________________, aduce unicamente camelos y tergiversaciones de la verdad, pues concretamente cuando dice que, «a finales del mes de noviembre de 2018 demandado, «decidí abandonar el domicilio conyugal», pero lo cierto es que el ahora demandado me salí del referido domicilio no por gusto o por irresponsabilidad, sino por la sencill», el suscrito a razón de que mi excónyuge ya lo había abandonado antes que lo hiciera el suscrito, y, específicamente lo abandonó a principios del mes de octubre de 20__.
Por otra parte, en cuanto a lo que afirma la demandante, en el sentido que el suscrito sostenía una relacion extramarital con la señora ___________________, lo cierto es que, esta persona es mi actual pareja, y la relación con ella la inicié a mediados del mes de enero de 20__, es decir, meses después de la separación habida entre el suscrito demandado y la ahora demandante, por tal motivo, y en razon de los antecedentes de la situación narrada en el hecho que se contesta, resultan ser falsas las aseveraciones de la parte contraria, porque tampoco dice que nuestra la relación marital estaba deteriorada por causa de sus actitudes inmorales, acciones deshonestas y descontroles emocionales, malos tratos y agresiones hacia mi persona, tal como se precisa en párrafos subsecuentes. No obstante lo anterior, de ninguna manera impidió que yo cumpliera con mis obligaciones alimenticias de sufragar las necesidades de mi menor hija. Por tanto, es mentira lo que refiere la actora al decir que el motivo que determinó tal separación fuere por causa de que yo quisiere marcharme, sino en razón de las circunstacias ya expuestas.
- VI.- El correlativo hecho que se contesta lo NIEGO, ya que el actora no hace manifestaciones claras ni precisas en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar, dejándome en estado de indefensión, y por ello procedo a darle constestación AD CAUTELAM; pues además de confuso, ambiguo e impreciso, en tal hecho sólo se exponen faltas a la verdad; por tanto, LO NIEGO y lo refuto por contener aseveraciones falsas, como habrá de demostrarse en el momento procesal oportuno.
Es cierto que existe un pequeña negociación a nombre del suscrito demandado, A, denominada A, pero no es una empresa, como aduce la actora, sino un giro comercial creado con mucho esfuerzo en el mes de junio de 20__, específicamente un “comercio al por menor en ferretería y tlapalería”; y en donde la actora laboraba únicamente los días jueves de cada semana, apoyándome a hacer la nómina para el pago del sueldo de tres empleados que tenía el suscrito a mi servicio, aclarando que tal actividad, la ahora demandante la realizaba desde el domicilio en el que habitábamos, recibiendo en ese tiempo (es decir, a partir del mes de junio de 20__), y por dicho día laborado, un salario equivalente a $_,_00.00 mn (_________, moneda nacional), mismo que después (a partir de 20__) le aumenté a $_,000.00 (___ mil pesos, moneda nacional); pero tuve que prescindir de sus servicios en razón de ciertos desfalcos financieros que cometió en perjuicio del negocio del suscrito, al grado tal que dicha negociación casi cae en quiebra, toda vez que la susodicha dispuso de efectivo, apropiándose de los ingresos que entraban como ganancias, empeñando mi joyas y vendiendo la unidad movil con la que contaba el negocio; y no conforme con eso, me demandó laboralmente; y fue por esa razón que a la suscrita demandada le impedí el acceso al dicho negocio.
Ahora bien, y en lo que respecta al último párrafo del punto correlativo que se contesta, toda vez que también es FALSO, lo NIEGO. Y lo NIEGO porque NO ES VERDAD y resulta ser mentira lo que aduce la actora, en el sentido de que ella se hacía cargo de los gastos del hogar, pero, a decir verdad, yo era el que me hacía cargo de los gastos; y, en este orden de ideas, y bajo protesta de decir verdad, manifiesto que fue sólo el suscrito demandado quién formé el negocio, mismo que apenas he podido sacar adelante y que con gran esfuerzo lo he venido sosteniendo después que la demandante casi lo lleva a la quiebra en razén del desfalco monetario que causó.
- VII.- El correlativo hecho que se contesta también NIEGO, y lo contesto en los mismos términos que el punto que antecede, ya que la actora tampoco aquí hace manifestaciones claras ni precisas en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar, y me coloca en estado de indefensión, y, por ende, de igual manera, procedo a darle constestación AD CAUTELAM; pues además de confuso, ambiguo e impreciso, en tal hecho sólo se exponen faltas a la verdad; por tanto, lo refuto por contener aseveraciones falsas, como habrá de demostrarse en la secuela probatoria pertinente.
Como quedó ya expuesto en el hecho anterior, la ahora demandante, señora ___________________, únicamente laboraba los días jueves de cada semana, haciendo la nomina para el pago del sueldo de tres empleados, actividad que realizaba desde el domicilio conyugal, por ende, ni siquiera se trasladaba a la fuente de trabajo, recibiendo al inicio (es decir, a partir del mes de junio de 20__), y por dicho día laborado, un salario equivalente a $1,800.00 mn (mil ochocientos pesos, moneda nacional), mismo que después (a partir de 2018) le aumenté a $4,000.00 (cuatro mil pesos, moneda nacional); asimismo, resulta ser mentira lo que aduce la actora, en el sentido de que ella se hacía cargo de los gastos del hogar, porque tales gastos corrían a mi cargo.
- VIII.- El correlativo hecho número ocho que se contesta, lo niego por las mismas razones expuestas en los puntos anteriores, ya que la demandante refiere aseveraciones que no guardan correspodencia con la verdad, pues afirma en su libelo concretamente puras falsedades.Y lo NIEGO, porque la parte contraria, de manera tendenciosa y procediendo con deslealtad procesal, omite exponer lo que realmente estaba sucediendo en nuestra relacion marital, y omite precisar la verdadera magnitud de los problemas que se suscitaron.
Por otra parte, como una acotacion y ante la forma tan desparpajada para redactar los hechos del libelo que se contesta, el juzgador debió advertirle a la parte contraria la existencia del sinnumero de defectos que persisten en su demanda, pues a pesar de contar con asesoría profesional, se incurre en una serie de fallas sintácticas que atentan contra la lógica y el sentido común; además de no ajustarse a las exigencias del artículo 256, fracción V, del Código de Procedimientos Civiles en vigor. Ergo, por imprecisión, inconsitencia y falta de claridad, lo refuto y LO NIEGO..
- IX.- El correlativo hecho numero nueve, toda vez que tambien es un hecho FALSO, lo NIEGO. Y lo NIEGO porque resulta ser mentira lo que aduce la actora, en el sentido de que ella atiende exclusivamente a nuestra menor hija y que es ella quien únicamente le «brinda apoyo emocional», omitiendo decir que yo no puedo convivir con mi menor hija por la susodicha me lo ha impedido, no obstante que ambos tenemos el derecho al ejercicio de la patria potestad de nuestra menor hija; ello a pesar que ambas partes, previamente acordamos que en forma alternada conviviríamos con dicha menor y que compartiríamos la custodia y el ejercicio de la patria potestad; y que a ambas partes nos correspondería de manera alternada un fin de semana de convivencia; pero toda vez que la señora Citlali ha sido omisa en cumplir y respetar lo convenido, por tales circunstancias solicito a este órgano jurisdiccional el cambio y otorgamiento de custodia respecto de mi menor hija, ___________________.
Por otra parte, es conveniente manifestar que la actora falsea la realidad y miente respecto a la convivencia que yo he procurado ejercer hacia mi menor hija, ya que su actitud ha sido siempre de negación y rechazo por parte de la progenitora, ya que la señora Citla siempre me ha impedido ver a la menor y me ha negado la convivencia, arguyendo cualquier pretexto, y para acreditar mi dicho, resulta eficaz la comparecencia de mi menor hija, ___________________, ante la presencia judicial para que sea escuchada y manifieste su punto de vista y opinión con relación a las infamantes acusaciones que refiere la contraparte en su libelo.
En esta misma tesitura, cabe decir que las demás manifestaciones vertidas por la actora en este correlativo hecho que se contesta constituyen una vil mentira, y los hechos que expone al respecto son solamentes cosas que surgen de su imaginación, pues las aberraciones que ahí narra pueden ser refutadas y desvirtuadas en su momento procesal oportuno, mediante pruebas documentales, en el sentido de que el demandado recibo depósitos bastantes y suficientes por concepto de ingresos de la venta de materiales como productos de mi negocio, pero tales conjuteruras son falsedades, toda vez que, además que la suscrita dispuso de los pocos ingresos que percibia en el negocio, al impedirle la entrada a dicha negociación por sus acciones deshonestas, me demandó laboralmente y para evitar problemas, el suscrito le tuve que dar una indemnización laboral que no merecía, consitente ésta en la cantidad de $__,000.00 mn (_________- mil pesos, moneda nacional), tal como se acredita con los bauchers o recibos de retiro de dinero, de fechas __ de septiembre de 20__, que expide BBVA BANCOMER, en número de cuenta ______, y que amparan cada uno de los mismos la cantidad de de $__,000.00 mn (__ mil pesos, moneda nacional 00/100), y por concepto de indemnización y pago de finiquito en favor de la señora ___________________, y derivados del acuerdo para dirimir la controversia laboral en cuestión, misma que se ventiló en el expediente #_____/20__ 2A, juicio laboral incoado injustamente por la actora en fecha ante la Junta Especial #_ de Conciliación y Arbitraje de la ciudad de ________, ________, y en el cual fui objeto de demanda laboral por parte del ahora demandante, señora ___________________ y quien me obligó a pagarle injustamente tal cantidad de dinero por concepto de una injusta indemnización, haciéndose pasar como trabajadora agraviada, no obstante a haber dispuesto de manera deshonesta y llevándome casi a la ruina total de mi negocio, como lo acredito con los documentos que adjunto a la presente constetacion de demanda, y mediante los cuales se prueba el papupérrimo estado económico en que me encuentro, toda vez que —tal como se advierte en dichas documentales— adeudo a mis proveedores la cantidad de $___, ____ mn (__________ _____ y un mil, novecientos treinta y siete pesos, moneda nacional), tal como se desprende con los reportes de cobranza que adjunto en el presente ocurso, por lo que mis ingresos netos son muy precarios, mismos que —bajo protesta de decir verrdad— oscilan entre los diez mil y veinte mil pesos mensuales.
Aunado a lo que ya quedó manifestado en este correlativo hecho de la demanda que se contesta, y como consecuencia del desfalcó que perepetró la actora en prejuicio de mi negociación, y sumado además a la demanda laboral que injustamente promovió, cabe decir que para efecto de que pudiera recuperar un poco la situación económica devenida a menos, me vi precisado a pedir un préstamo a mi actual pareja, señora _, por cantidad de $__, 000.00 mn. (ciento sesenta mil pesos, moneda nacional); el cual me fue proporcionado en fecha 13 de mayo de 20__, deuda estoy obligado a cubrirle por ser también mi acreedora, toda vez que fue quien me proporcionó en calidad de préstamo dicha suma de dinero; y que le estoy liquidando mediante abonos, tal como se acredita con los documentos que adjunto al presente ocurso, consistentes en documento marcado con el numeral uno por detalle de movimientos de la cuenta bancaria #_____, de la institución de crédito BBVA, por la cantidad de $8,664.00 mn, de fechas 10 de octubre a 15 de octubre de 20__; documento marcado con el numeral dos, por detalle de movimientos de la cuenta bancaria #12284, de la institución de crédito BBVA, por la cantidad de $32,079.00 mn, de fechas 12 de septiembre a 14 de septiembre de 20__; documento marcado con el numeral tres, por detalle de movimientos de la cuenta bancaria #12284, de la institución de crédito BBVA, por la cantidad de $__,064.00 mn, de fechas __ de julio a __ de julio de 20__; así como los documentos que acreditan la transferencia bancaria en línea, y por motivo del referido préstamo, y que envia la institución de crédito BBVA en fecha 31 de julio de 20__, por el importe de $__.000.00 mn. (_______ mil pesos, moneda nacional).
De igual manera, adjunto a la presente contestación, los documentos que acreditan el estado económico en que me encuentro, así como el cúmulo de deudas que tengo ante mis provedores y que oscilan entre los _0 mil y _0 mil pesos mensuales, como se aprecia en los requerimientos de cobranza que adjunto en el presente ocurso.
- X.- El correlativo punto diez de la demanda, en lo que corresponde a su primera parte, y por no ser un hecho propio, ni lo afirmo ni lo niego; sin embargo, y para efectos del alcance probatorio que la actora pretende darle, lo NIEGO. Y respecto a lo vertido, cabe destacar que al decir el suscrito demandado que en su primera parte el hecho no me es propio, éste no puede tenerse por admitido, ya que de acuerdo con el artículo 266 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, no pueden tenerse por confesos o admitidos los hechos narrados en la demanda, respecto de los cuales el demandado dijo en su contestación que no le son propios y que por lo mismo, no está obligado a confesarlos o negarlos.
Ahora, en lo que toca a la segunda parte del correlativo hecho, lo contesto negandolo, pues lo que afirma la actora son falsas aseveraciones, en el sentido de que el suscrito abandoné el hogar conyugal; porque lo cierto es que el ahora demandado me salí del referido domicilio no por gusto o por irresponsabilidad, sino por la sencilla razón de que mi excónyuge ya lo había abandonado antes que yo lo hiciera, y, específicamente lo abandonó a principios del mes de octubre de 20__.
Y en cuanto a lo que refiere la parte actora, en el sentido de que el suscrito demandado he incumplido con mis obligaciones de deudor alimentista, tal afirmación resulta ser falsa, pues como se acredita en autos del expediente #___/20__, del Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de la ciudad de ________, ________, relativo a las diligencias de consignación de pensión alimenticia, realizadas en fecha 6 de febrero de 20__, por parte del suscrito y en favor de mi menor hija y por conducto de la ahora demandante, señora ___________________; además, mi cumplimiento se acredita con el primer escrito de consignación (que adjunto en dos fojas útiles), sellado en Oficialia de partes del Partido Judicial de la ciudad de ________, ________, de fecha 6 de febrero de 20__, exhibiendo la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincueta pesos, moneda nacional 00/100); conjuntamente con cinco recibos que amparan todos los conceptos de pensiones alimenticias ya cubiertas, en favor de ___________________, derivados de las diligencias de consignación de pesión alimenticia, por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y obrantes en folios #_____, #_, #_____, #_____, #_____, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #________/20__, ventilado ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado ________, el Tibunal Superior de Justicia de______________.
- XI.- El correlativo punto once de la demanda, lo NIEGO, toda vez que en ningún momento me he abstenido de dar cumplimiento a mis obligaciones, porque he hecho hasta lo imposibe por contribuir con la pensión de mi menor hija y en la medida de mis posibilidades y recursos económicos que percibo como un pequeño comerciante.
Y en cuanto a lo que mi contraparte manifiesta, que no contribuyo con la mantención, no existe tal incumplimiento, pues estoy conciente de la responsabilidad legal y moral que tengo a mi cargo, y en ninguna ocasion he dejado de cumplir, a pesar de que actualmente tengo una nueva relación de concubinato, y donde también hay necesidades y gastos que sugfragar para que dicha relación funcione en forma estable; por tanto, también el suscrito me he visto precisado a alquilar un inmueble y a cubrir todos aquellos gastos por concepto de servicios y consumo de luz, agua, gasolina, despensa alimenticia, ropa y demás menesteres que son necesarios para llevar una vida marital en forma normal y sencilla.
Ahora, cabe manifestar que no existen pensiones alimenticias vencidas por pagar, como lo afirma la actora en su libelo, pues en todo momento y desde antes y desde que me separe de ella, he estado cumpliendo con mis obligaciones de padre y deudor alimentista.
Ahora, cabe desctacar, como ya lo puse de manifiesto, la parte contraria, señora C, obra con deslealtad procesal y prefabricando un rol de víctima, pues pretende “hacer creer” que vive una situación de lastimosa penuria económica donde solo prevalece la carencia de recursos para cubrir las necesidade del hogar y la familia; lo cual dista mucho de ser verdad, pues la demandante guarda un sepulcral silencio en lo concerniente a los ingresos que ella también percibe ingresos por la actividad profesional que desempeña como profesora.
La actora manifiesta en su libelo que el suscrito demandado dejé de contribuir con la mantención en materia de alimentos; es falso lo que afirma la actora, pues siempre he cumplimido con el pago de las pensiones a mi cargo; pues estoy conciente que debo cumplir con tal responabilidad legal y moral.
Para efecto de acreditar lo expuesto, solicito a este juzgado que requiera a la demandante para que dentro término legal concedido, manifieste a esta autoridad judicial, bajo protesta de decir verdad, a cuánto asciende el monto de los ingresos que percibe y obtiene, la fuente de los mismos y la; apercibida que, en caso de no hacerlo o de declarar falsamente al respecto, se le apliquen las medidas de apremio y las sanciones que la ley le impone a los falsos declarantes.
C A P I T U L O D E E X C E P C I O N E S Y D E F E N S A S
A continuación, me permito oponer las excepciones y medios de defensa que estimo son pertinentes:
1.- SINE ACCIONE AGIS.- Genérico medio de defensa de falta de acción derivada de la negativa calificada de los hechos de la demanda que se contesta y que deniega las pretensiones reclamadas por la actora, ya sea por la falta de acción o por carencia de derecho. Opongo este medio defensivo para desvirtuar la causa petendi que la demandante hace vanamente valer en juicio e increpo lo reclamado por la actora, en el sentido de que el suscrito demandado he incumplido con mis obligaciones de deudor alimentista, pero tales reclamos son infundados, toda vez que, como se acredita en autos del expediente #__/20__, del Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de la ciudad de ________, ________, relativo a las diligencias de consignación de pensión alimenticia, realizadas en fecha _ de ___ de 20__, por parte del suscrito y en favor de mi menor hija y por conducto de la ahora demandante, señora ___________________; además, mi cumplimiento se acredita, de igual manera con el primer escrito de consignación (que adjunto en dos fojas útiles), sellado en Oficialia de partes del Partido Judicial de la ciudad de ________, ________, de fecha _ de febrero de 20__, exhibiendo la cantidad de $__0.00 mn (_____ cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y conjuntamente con cinco recibos que amparan todos los conceptos de pensiones alimenticias ya cubiertas, en favor de ___________________, derivados de las diligencias de consignación de pesión alimenticia, por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y obrantes en folios #________, #________, #________, #________, #________, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #__/20__, ventilado ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado A, el Tibunal Superior de Justicia de ________; por tanto, la acción que deduce la demandante es a todas luces improcedente.
2.- EXCEPCION PERENTORIA DE PAGO.- Medio de defensa tendiente a destruir y dejar sin eficacia la acción que hace valer la parte actora, en razón de que las pretensiones reclamadas resultan inoperantes porque no existe adeudo alguno que cubrir por concepto de pensión alimenticia, ya que la actora ha recibido todos los depósitos que he realizado por tales conceptos, y en esa tesitura se advierte que el suscrito demandado no he incumplido con mis obligaciones de deudor alimentista; por tanto, los reclamos de la contraria son infundados, como se acredita en autos del expediente #________/20__, del Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de la ciudad de ________, ________, relativo a las diligencias de consignación de pensión alimenticia, realizadas en fecha 6 de febrero de 20__, por parte del suscrito y en favor de mi menor hija y por conducto de la ahora demandante, señora ___________________ ; además, mi cumplimiento se acredita, de igual manera con el primer escrito de consignación (que adjunto en dos fojas útiles), sellado en Oficialia de partes del Partido Judicial de la ciudad de ________, ________, de fecha 6 de febrero de 20__, exhibiendo la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y conjuntamente con cinco recibos que amparan todos los conceptos de pensiones alimenticias ya cubiertas, en favor de E, derivados de las diligencias de consignación de pesión alimenticia, por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincuenta pesos, moneda nacional 00/100); y obrantes en folios #________, #________, #________, #________, #________, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #________/20__, ventilado ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado Anton, el Tibunal Superior de Justicia de Baja Califronia; por tanto, la acción que deduce la demandante es a todas luces improcedente, porque no existe adeudo a cargo del suscrito demandado.
Para afecto de hacer efectiva y procedente esta excepción que opongo y destruir la acción de la contraria, con fundamento en lo previsto por los artículos 326 y 328 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, solicito a este autoridad jurisdiccional se sirva enviar a tento oficio al C. Juez Segundo de lo Familiar, de este Partido Judicial de la ciudad de ________, ___________________, a efecto de que informe y se sirva expedir —a costa del suscrito— copia certificada de todo lo actuado en autos del expediente #________/20__, relativo a las diligencias de consignación de pensión alimenticia, realizadas en fecha 6 de febrero de 20__, por parte del suscrito y en favor de mi menor hija y por conducto de la ahora demandante, señora ___________________; y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.
3.- EXCEPCIÓN DILATORIA DE CONEXIDAD DE LA CAUSA.- Se opone esta excepción de conexidad de la causa, en virtud de que este órgano jurisdiccional debe tener conocimiento que ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________, y desde los meses de febrero-marzo de 20__, y en el expediente #_____/20__, existe un asunto planteado como juicio de divorcio sin expresión, y vuelto juicio controvertido, mismo que está íntimamente relacionado con la presente litis, y en el cual la parte actora, en su carácter de demandada y mediante escrito de contestacion de demanda (obrante en fojas #__, __, __, __,) reclama previamente las mismas prestaciones que hoy deduce en su libelo de demanda.
Para afecto de hacer efectiva y procedente esta excepción que opongo, con fundamento en lo previsto por los artículos 326 y 328 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, solicito a este autoridad jurisdiccional se sirva enviar a tento oficio al C. Juez Segundo de lo Familiar, de este Partido Judicial de la ciudad de ________, ___________________, a efecto de que informe y se sirva expedir —a costa del suscrito— copia certificada de todo lo actuado dentro de la litis de DIVORCIO INCAUSADO, ventilado ante el citado JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR, y que obra en expediente #_____/20__), y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI y VII del correspondiente escrito de reconvención, y la ofrezco porque tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones y de la situación que expongo en esta litis.
4.- EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD Y DEFECTO EN LA FORMA DE PLANTEAR LA DEMANDA.- Se opone por las defecciones legales y las oscuridades en que incurre la parte actora al no determinar con precisión las circunstancias de tiempo, modo y lugar en la narrativa de los hechos que menciona en su libelo; y resulta procedente en atención a las evidentes omisiones y parquedades, traslapadas con mala intención, no solo cuando narra los hechos que tienen que ver con la causa que genera la decisión del divorcio, sino con cuestiones contenidas en la propuesta de convenio, en los elementos probatorios y en las pretensiones formuladas en las mismas propuesta del convenio.
En virtud de que la demandante incurre en deficiencias en su pretensión, y es de advertir que las mismas no podrán ser subsanadas en lo posterior, por el resultado de las pruebas que aporte en el juicio.
La jurisprudencia es categórica en este sentido:
“Si en la demanda natural el actor no preciso todos aquellos hechos en los que hacia descansar la procedencia de su acción, aun cuando las pruebas que haya aportado en el juicio se hubieran referido a los omitidos, tal circunstancia no podría tener como efecto subsanar las deficiencias de la demanda, ya que en ésta es donde se debe plasmar la acción y los hechos de los que hace derivar, siendo la base de donde el demandado debe y puede desplegar su defensa; de ahí que, pretender perfeccionar o subsanar deficiencias de la demanda a través del resultado de cualquier probanza, no sería jurídico y traería como consecuencia que el reo quedara en estado de indefensión.” Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, Apéndice de Jurisprudencia, SJF, 1917-2000, Tomo VI, Tesis 456, p. 394
Por tanto, fijada la litis no proceden aclaraciones posteriores, y cualquier aclaración en este sentido deviene extemporánea, pues ha precluido el derecho de la parte emisora al quedar establecidos los términos de la contienda, de tal forma que cualquier manifestación posterior sobre los hechos de la demanda es inoportuna; de lo contrario, la suscrita estaría imposibilitada para desvirtuarla
Las resoluciones jurisprudenciales de los tribunales supremos indican con claridad la necesidad de precisar los hechos en que se funda toda acción:
“Los actores de un juicio, al ejercitar determinada acción y reclamar alguna pretensión de los demanda-dos, están obligados a precisar los hechos en que se fundan, a fin de que tales demandados puedan prepa-rar sus defensas y excepciones, así como aportar las pruebas consiguientes para destruir los aludidos hechos; de no proceder en los términos indicados, aun cuando en el curso del procedimiento lleguen a comprobarse hechos no expuestos en la demanda, no puede fundarse una sentencia en ellos, por no haber sido materia de la litis planteada.” Apéndice de Jurisprudencia, SJF, 1917-2000, Tomo VI, Tribunales Colegiados, tesis 455, p. 39.
Es procedente la excepción de oscuridad y defecto en la forma de plantear la demanda; es decir, por el modo en que están redactados los hechos, por los desparpajos sintácticos y por las omisiones intencionadas que son un lastre de confusión y provocan un estado de indefensión que imposibilita oponer defensas. La parte actora no precisa las circunstancias que justifiquen el derecho ejercido y parte de los hechos no logran el sentido de la lógica; ello en razón de que no se precisa a quién se demanda, porqué se demanda y cuáles son los puntos de correspondencia entre la pretensión, el evento fáctico, las circunstancias y los fundamentos legales.
Ahora, en lo que toca a tales efectos legales en el modo de proponer la demanda, el actor no cumplió con ciertas cargas y requisitos que debió colmar en su escrito inicial y, no obstante, se le admitió su demanda.
5.- EXCEPCIÓN DE INEPTO LIBELO.- En cuanto a las prestaciones que reclama la parte actora en el capítulo correspondiente y en relación con los hechos que narra, se advierte la forma en que expone su demanda es obscura e imprecisa; tal como se desprende de en los señalamientos que hago en la contestación de los hechos planteados por la actora y en el capítulo relativo a la contestación de las prestaciones que reclama.
6.- EXCEPCIÓN DE CONTRADICCIÓN E INCONGRUENCIA.- Misma que se deriva de los hechos de la demanda, de la acción ejercitada y de las prestaciones que reclama la parte actora en el presente juicio, ya que se narran hechos falsos y contradictorios, además que se manifiestan de manera ambigua, sin estar precisados y sin establecer específicamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se han generado los hechos narrados, advirtiéndose que en tales condiciones se destruyen recíprocamente; lo que provoca, precisamente, que se demuestre lo contradictorio de aquello que se pretende en la demanda.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 285, 286, 287 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor, vengo a ofrecer de mi parte los siguientes
M E D I O S D E P R U E B A
1.- PRUEBA CONFESIONAL.- A cargo de la parte actora, ___________________, y que se integra con el pliego de posiciones que habrá de exhibirse en el momento procesal oportuno; probanza que deberá absolver personalmente en la audiencia señalada para su desahogo y una vez que la contraria sea citada para que comparezca en forma personal y no por conducto de apoderado legal alguno, apercibida de ser declarada confesa de todas y cada una de la posiciones que previamente sean calificadas de legales, en el caso de no comparecer sin justa causa a la audiencia de desahogo de pruebas cuya fecha debera señalarse en autos.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.
2.- PRUEBA DE DECLARACION JUDICIAL DE PARTE.- Consistente en la declaración que deberá rendir la señora ___________________o, parte actora en la litis aqui ventilada, y quien deberá comparecer personalmente, y no por conducto de apoderado legal alguno, al tenor del interrogatorio que se le formulará en el momento de llevar a cabo la práctica de esta probanza, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 316 del Codigo de Procedimientos Civiles en vigor.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.
3.- PRUEBA TESTIMONIAL. – Consistente en el testimonio de la señora ___________________ , persona con la que actualmente hago vida en común en calidad de concubina, y cohabitando conjuntamente con el ahora demandado en el domicilio ubicado en ___________________, de la ciudad ________, ________.
Ahora, en virtud de la relación de mutua convivencia marital que tengo con la señora R, y que hemos consolidado integrando nuestro hogar conyugal desde el mes de enero de 200_. En virtud de la situacion existente, la señora ___________________ constituye un testigo importante para la presente litis, pues tiene conocimiento directo de los hechos sucedidos y ofrezco su declaracion como un acerbo de prueba testimonial en el juicio aqui ventilado.
- Esta prueba que propongo debe ser admitida en virtud de que en materia familiar no existe tacha de testigos, y la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda y del escrito inicial de demanda promovida por la actora; y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.
4.- PRUEBA TESTIMONIAL.- Consistente en el testimonio del señor Dulce, quien tiene su domicilio en calle Angeles #200, colonia Reforma, de esta ciudad de ________, ________; y a quien me comprometo a presentar ante este órgano judicial a efecto de que rinda su declaración testimonial, respecto a la situación expuesta en mi contestacion de demanda por la ahora demandante.
Cabe destacar que esta persona, tiene conocimiento del compromiso que asumo como persona responsable en el cumplimiento las obligaciones como deudor alimentario; asimismo, es preciso manifestar que a traves de su testimonio se podra demostrar que el suscrito ha proporcionado en todo momento el monto de la pension alimenticia en cuestion, misma que proporciono mediante pagos mensuales; asimismo, tiene conocimiento de la situación y de las condiciones economicas que guarda actualmente el giro comercial denominada AM, y dedicado “comercio al por menor en ferretería y tlapalería”, mismo que se ubica en Avenida Sur , colonia U, delegación _____, en la ciudad de ________, ________
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones, en virtud de que dicha persona tiene conocimiento directo de la situación que expongo en esta litis.
5.- PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en cinco recibos que amparan el concepto de pension alimenticia, a favor de E, derivados de la consignacion de pesion alimenticia por la cantidad de $750.00 mn (setecientos cincueta pesos, moneda nacional 00/100); obrantes en folios #________, #________, #________, #________, #________, de fechas 6 de febrero 20__, 14 de febrero 20__, 21 de febrero 20__, 4 de marzo 20__ y 11 de marzo 20__, respectivamente, derivado del expediente #________/20__, ventilada ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Partido Judicial de ________, ________; mismo que expide como recibos de ingreso a nombre del suscrito demandado , el Tibunal Superior de Justicia de Baja Califronia.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
6.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que el suscrito demandado, en calidad de arrendatario, celebré con el señor Patricio Juarez Ramirez en fecha 1 de julio de 2018, respecto del giro comercial denominada AM, y dedicado “comercio al por menor en ferretería y tlapalería”, que se ubica en Avenida , colonia U, delegación _____, en la ciudad de ________, ________, y que he tomado en alquiler, pactandose como precio del alquiler mensual la cantidad de $_,_00.00 m.n. (____________- pesos 00/100 moneda nacional.) y pagaderos en mensualidades adelantadas los días 1 de cada mes.
Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos a mi cargo en calidad de arrendatario respecto al giro comercial referido; y a efecto de que esta probanza adquiera eficacia probatoria, solicito a su señoría fijar fecha y hora para que el señor Patricio comparezca a ratificar ante la presencia judicial el contenido de dicha documental; por lo que me comprometo a presentarlo ante este juzgado cuando así se requiera.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
7.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que el suscrito demandado, en calidad de arrendatario, celebré con el señor P en fecha 1 de julio de 20__, respecto del giro comercial denominada , y dedicado “comercio al por menor en ferretería y tlapalería”, que se ubica en _______, colonia Ur, delegación ______________, en la ciudad de ________, ________, y que he tomado en alquiler, pactandose como precio del alquiler mensual la cantidad de $_,_00.00 m.n. (_______ quinientos pesos 00/100 moneda nacional.) y pagaderos en mensualidades adelantadas los días 1 de cada mes.
Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos a mi cargo en calidad de arrendatario respecto al giro comercial referido; y a efecto de que esta probanza adquiera eficacia probatoria, solicito a su señoría fijar fecha y hora para que el señor Patricio Juarez Ramirez comparezca a ratificar ante la presencia judicial el contenido de dicha documental; por lo que me comprometo a presentarlo ante este juzgado cuando así se requiera.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
8.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en ocho recibos de pago de renta mensual, correspondientes a los meses de diciembre de 20__, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y agosto de 20__, mismas que fueron liquidadas en favor del arrendador por la cantidad de $_,_00.00 m.n. (_________ pesos 00/100 moneda nacional.) y que derivan de la relacion contractual de arrendamiento que el suscrito demandado celebré con el señor ____________ en fecha 1 de enero de 20__, respecto del giro comercial denominada , y dedicado “comercio al por menor en ferretería y tlapalería”, que se ubica en _____________, delegación _____, en la ciudad de ________, ________ de esta ciudad, pactandose como precio del alquiler mensual la cantidad de $_,500.00 m.n. (______ quinientos pesos 00/100 moneda nacional) y pagaderos en mensualidades adelantadas los días 1 de cada mes.
Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos a mi cargo en calidad de arrendatario respecto al giro comercial referido; y a efecto de que esta probanza adquiera eficacia probatoria, solicito a su señoría fijar fecha y hora para que el señor P comparezca a ratificar ante la presencia judicial el contenido de dicha documental; por lo que me comprometo a presentarlo ante este juzgado cuando así se requiera.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de demanda y de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones
9.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en un recibo de pago de consumo de servicio de telefonia, correspondiente al mes de diciembre de 2018, por la cantidad de $798.00 m.n. (setecientos noventa y ocho pesos 00/100 moneda nacional.) y que expide la compañía Telefonos del Noroeste, (TELNOR); y que deriva de los gastos generados por el suscrito demandado, respecto del giro comercial denominado AM SUMINISTROS, y dedicado “comercio al por menor en ferretería y tlapalería”, que se ubica en Avenida ____________r, delegación _____, en la ciudad de ________, ________ de esta ciudad.
Esta prueba documental evidencia las obligaciones y los gastos a mi cargo en calidad de propietario del giro comercial referido.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de demanda y de contestación de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones
10.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en 21 bauchers o recibos de deposito que amparan 14 de ellos la cantidad de de $750.00 mn (setecientos cincueta pesos, moneda nacional 00/100) y 7 de ellos la cantidad de de $1,500.00 mn (mil quinientos pesos, moneda nacional 00/100); por concepto de pension alimenticia, a favor de ___________________, pagados a traves de depositos bancarios realizados ante BBVA BANCOMER, numero de referencia ______________90, convenio CIE #_____, guia CIE #______; y de fechas 21 de marzo de 20__, 1 de abril de 20__, 5 de abril de 20__, 11 de abril de 20__, 17 de abril de 20__, 26 de abril de 20__, 3 de mayo de 20__, 17 de mayo de 20__, 24 de mayo 20__, 31 de mayo 20__, 06 de junio de 20__, 13 de junio de 20__, 27 de junio de 20__, 4 de julio de 20__, 11 de julio de 20__, 25 de julio de 20__, 8 de agosto de 20__, 22 de agosto de 20__, 5 de septiembre de 20__, 19 de septiembre de 20__ y 3 de octubre 20__ para el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja Califonia, y en favor de la ahora demandante, señora ___________________ Citlali Estrada Moreno.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
11.- PRUEBA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en 1 bauchers o recibo de retiro, de fecha __ de septiembre de 20__, que expide BBVA BANCOMER con numero de cuenta ___________, que amparan la cantidad de de $__,000.00 mn (diez mil pesos, moneda nacional 00/100), por concepto de pago de finiquito en favor de la señora ___________________ _______-, y cubierto por este conducto y siendo el tercer pago de 4 generados como acuerdo para dirimir la controversia laboral, derivado del expediente #____/2 2A, ventilado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de ________, ________ y en el cual fui objeto de demanda laboral por parte del ahora demandante Señora ___________________y quien me obligo a pagarle injustamente tal cantidad de dinero por concepto de una injusta indemnizacion, haciendose pasar como trabajadora agraviada, no obstante a haber dispuesto de manera deshonesta y llevandome casi a la ruina total de mi negocio.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
12.- PRUEBA DE INFORME DE AUTORIDAD.- Misma que se vincula a PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES y PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA; y se ofrece con fundamento en lo previsto por los artículos 326 y 328 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, y mediante la cual solicito a este autoridad jurisdiccional se sirva enviar a tento oficio al C. Juez Segundo de lo Familiar, de este Partido Judicial de la ciudad de ________, ___________________, a efecto de que informe y se sirva expedir —a costa del suscrito— copia certificada de todo lo actuado dentro de la litis de DIVORCIO INCAUSADO, ventilado ante el citado JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR, y que obra en expediente #_____8/20__), y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
13.- PRUEBA DE INFORME DE AUTORIDAD.- Misma que se vincula a PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES y PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA; y que se ofrece con fundamento en lo previsto por los artículos 326 y 328 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, y mediante la cual solicito a este autoridad jurisdiccional se sirva enviar a tento oficio al C. Juez Segundo de lo Familiar, de este Partido Judicial de la ciudad de ________, ___________________, a efecto de que informe y se sirva expedir —a costa del suscrito— copia certificada de todo lo actuado en autos del expediente #________/20__, relativo a las diligencias de consignación de pensión alimenticia, realizadas en fecha 6 de febrero de 20__, por parte del suscrito y en favor de mi menor hija y por conducto de la ahora demandante, señora ___________________ Citlali Estrada Moreno; y que ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
14.- PRUEBA DE INFORME DE AUTORIDAD.- Misma que se vincula a PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES y PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA; y que se ofrece con fundamento en lo previsto por los artículos 326 y 328 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, y mediante la cual solicito a este autoridad jurisdiccional se sirva enviar a tento oficio al Junta Especial #2 de Conciliación y Arbitraje de este Partido Judicial de la ciudad de ________, ___________________, a efecto de que informe y se sirva expedir —a costa del suscrito— copia certificada de todo lo actuado en autos del expediente #_____/20__ 2A, del juicio laboral incoado injustamente por la actora en fecha ante la Junta Especial #2 de Conciliación y Arbitraje de la ciudad de ________, ________, y en el cual fui objeto de demanda laboral por parte del ahora demandante, señora ___________________ y quien me obligó a pagarle injustamente tal cantidad de dinero por concepto de una injusta indemnización, haciéndose pasar como trabajadora agraviada, no obstante a haber dispuesto de manera deshonesta y llevándome casi a la ruina total de mi negocio, como lo acredito con los diversos documentos que también ofrezco a fin de justificar mis defensas como parte demandada.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del escrito de contestación de demanda, y del escrito inicial de demanda promovido por la actora, tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
15.- PRUEBA PERICIAL SICOLOGICA.- Esta probanza habrá de consistir en un análisis y evaluación psicológica a la demandante y determinar su grado de equilibrio mental y el estado emocional actual de dicha persona. Y para demostrar estas circunstancias, nombro como perito de mi parte a la licenciada en psicología P, quien se encuentra legamente autorizada para realizar el análisis y la evaluación ya referida y rinda el dictamen correspondiente, basándose para ello en el cuestionario que se exhibe.
Esta probanza deberá desahogarse en los términos y de conformidad con los puntos que a continuación se especifican, y tiende a demostrar y poner en evidencia lo siguiente:
1.- Que determine el perito los rasgos y el tipo de personalidad de la señora ___________________.
2.- Que determine el perito las capacidades cognitivas de la señora ___________________.
y si estas les permiten ejercer adecuadamente su rol parental.
3.- Que determine el perito si señora ___________________.cuenta con las habilidades sociales para implementar normas, valores y pautas de conducta a su menor hija ___________________, para que este tenga un sano desarrollo psicoemocional.
4.- Que determine el perito, si de acuerdo al estilo de personalidad, la señora ___________________. cuenta con las capacidades y habilidades para convivir y custodiar a su menor hija ___________________
5.- Que determine el perito si la señora ___________________ .presenta algún tipo de trastorno de personalidad, de conducta o de cualquier otro tipo que le impida convivir y/custodiar a su menor hija _______
6.- Que determine el perito si la señora ___________________.cuenta con recursos psicológicos para ejercer su rol parental y proveer del sano desarrollo psicoemocional a su menor hija ___________________.
7.- Que determine el perito si la señora ___________________.representa un riesgo para el sano desarrollo de su menor hija ___________________ .
9.- Que determine el perito si resulta adecuado que la señora ___________________ conviva y cohabite con su menor hija ___________________.
10.- Que determine el perito la metodología empleada para la rendición de su dictamen.
Me reservo el derecho de deducir y formular nuevos puntos con relación al dictamen técnico que habrá de rendir el perito ofrecido de mi parte.
La perito designada por el el suscrito demandado es licenciada en PSICOLOGÍA, y tiene su domicilio en calle _______________, en la ciudad de ________, ________.
Esta prueba la ofrezco de conformidad con los artículos 274, 285, 341 y 347 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, y solicito se le haga saber al perito su nombramiento para su aceptación y protesta respectiva, y asimismo, se prevenga a la parte contraria para que dentro del término de ley, nombre perito de su parte. Y en la misma tesitura, la probanza en merito se ofrece con el fin de acreditar las afirmaciones del suscrito en el presente libelo con respecto al superior interés de mi menor hija, en cuanto a su sano desarrollo psicosocial.
16.- PRUEBA DOCUMENTAL FOTOGRAFICA.- Consistente en siete impresiones fotograficas en cuyo contenido se aprecia la existencia de la pequeña negociación a nombre del suscrito demandado, ________, denominada AM, y se dé cuenta su señoría que no se trata de una empresa, como aduce la actora, sino un giro comercial creado con mucho esfuerzo en el mes de junio de 20__, específicamente un “comercio al por menor en ferretería y tlapalería”; y en donde la actora laboraba únicamente los días jueves de cada semana, apoyándome a hacer la nómina para el pago del sueldo de tres empleados que tenía el suscrito a mi servicio, aclarando que solamente ha quedado de dicha negociación, en razón de los desfalcos financieros que cometió la actora en perjuicio del negocio del suscrito, al grado tal que dicha negociación casi cae en quiebra, toda vez que la susodicha dispuso de efectivo, apropiándose de los ingresos que entraban como ganancias, empeñando mi joyas y vendiendo la unidad movil con la que contaba el negocio; y no conforme con eso, me demandó laboralmente; y fue por esa razón que a la suscrita demandada le impedí el acceso al dicho negocio. Apreciese que el suscrito, debido a las estrecheses economicas, me vi precisado a pernoctar en dicho local, por no tener ni para pagar una renta, y pese a eso, la contraria quiere hacer ver a su señoría que detento una magna empresa en la cual ingresa dinero a raudales. Cosa que da risa.
- La probanza fotografica en mérito se ofrece de conformidad con lo previsto en los artículos 286, 292 y 330 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, y en concordancia con los numerales 368, 369 de dicho ordenamiento adjetivo civil, y constituye un medio de convicción tendiente a corroborar, una vez adminiculada y perfeccionada con el reconocimiento emitido por la demandada y con diligencia de inspección judicial que se practique, que se surte como evidencia concreta.
- Para perfeccionar la probanza documental en mérito que se ofrece, consistente en la impresion fotográfica ya mencionada, es menester adminicularla con la diligencia de fe judicial que habrá de practicarse para efecto de que la demandante, una vez que tenga a la vista dicha impresion fotográfica, manifieste si lo reproducido en la imágen es el resultado de lo que realmente existe y no producto de su particular verdad.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de demanda y de contestación a la misma y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
17.- PRUEBA PRESUNCIONAL.- En su doble aspecto, legal y humana, que habrá de ser tomada en cuenta en todo lo que favorezca a los intereses del suscrito.
- Esta prueba la relaciono con los hechos hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de demanda y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
18.- PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- En su doble aspecto, legal y humana, consistentes en todas las actuaciones judiciales que habrán de tomarse en cuenta en todo lo que favorezca y beneficie a los intereses del suscrito.
- Esta prueba la relaciono con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del correspondiente escrito de demanda y de contestación a la misma reconvención y tiene por objeto acreditar la veracidad de mis argumentaciones.
M E D I D A S P R O V I S I O N A L E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 285, 286, 287 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor, solicito de su señoría se sirva decretar las siguientes medidas provisionales:
Señalar y asegurar la pensión alimenticia que debe proporcionar también la ahora demandante, ___________________, toda vez que la parte contraria no es un persona carente de recursos económicos como falsamente lo arguye, y que también recibe ingresos y, además, porque también tiene obligaciones a su cargo como deudora alimenticia que es. Y, para hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones también a su cargo y lograr que contribuya al pago de PENSIÓN ALIMENTICIA, misma que deberá ser decretada en autos por este juzgado, pido se requiera a la ahora demandante, señora ___________________, para que dentro término legal que se le fije, manifieste a esta autoridad judicial, bajo protesta de decir verdad, el monto de los ingresos que percibe y obtiene, la fuente de los mismos y la forma en que propone asegurar el pago de la pensión que también debe cubrir en favor de nuestra menor hija, lo anterior en aras del equilibrio procesal y de la igualdad de derechos y obligaciones que debe tener los progenitores en favor y en beneficio de sus menores hijos; apercibida que, en caso de no hacerlo o de declarar falsamente al respecto, se le apliquen las medidas de apremio y las sanciones que correspondan, las que habrán de determinarse sin perjuicio de las sanciones penales que la ley le impone a los falsos declarantes.
En la misma tesitura ya planteada, solicito a su señoría se sirva girar atento oficio al director o directora de la institución educativa en la que labora la señora ___________________ , y, asimismo, a para que solicite información a la Subsecretaría Educación Básica, dependiente del Sistema Educativo Estatal de ___________________, ya que concretamente al servicio de tales instancias labora la ahora demandante.
La fuente de trabajo donde labora la parte actora, señora ___________________ , y de donde recibe remuneracion salarial suficiente para contribuir también al cumplimiento de pensión alimenticia en favor de nuestra menor hija, ya que la contraria se desempeña como docente al servicio de la Subsecretaría Educación Básica, dependienrte del Sistema Educativo Estatal de ___________________, ya que concretamente labora como profesora en la institucion educativa denominada Escuela Primaria Genaro Vazquez, C.P. 226, ubicada en avenida Guerrero Negro, ________, ___________________ (para mayor precisión: entre Avenida de Los Cabos y Callejón de Servicio, a 500 metros de Subestacion de Electricidad de la colonia El Tecolote).
C O N T E S T A C I O N A L D E R E C H O :
En este acto niego que tenga aplicación el derecho invocado por la parte demandante; y resultan improcedentes los fundamentos juridicos que invoca para exigir el cumplimiento de las prestaciones que la contraparte reclama en su escrito inicial de demanda; ello por carecer de “ligitimatio ad causam” o principio que deduce la pertenencia de un derecho, toda vez que la falta de accion se funda en la carencia de un derecho; y por el contrario, son aplicables en favor del suscrito demandado los artículos 260, fracción III, 261, 266, 287, 288 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles en vigor.
Asimismo, son concordantes con el presente asunto las ejecutorias de jurisprudencia que a continuación se reproducen:
C R I T E R I O S J U R I S P R U D E N C I A L E S
Lo anterior se apoya con la jurisprudencia número II.3º.C. J/4, publicada en el semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, octubre de 2002, y cuyo criterio jurisprudencial que se enuncia bajo el siguiente rubro:
“GUARDA Y CUSTODIA. DEBE DETERMINARSE CONSIDERANDO EL INTERÉS SUPERIOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CONFORME A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. El derecho a la guarda y custodia de una niña, niño y adolescente, implica considerar no sólo las pruebas ofrecidas por las partes con las que pretendan demostrar una adecuada capacidad para el cuidado del menor, sino que atendiendo al beneficio directo de la infancia, el juzgador también debe considerar el interés superior de la niña, niño y adolescente como presupuesto esencial para determinar quién tiene derecho a la guarda y custodia. Ello, porque conforme a lo dispuesto por el artículo o. constitucional que establece el desarrollo integral, el respeto a la dignidad y derechos de la niñez, así como los artículos 12, 18, 19, 20 y 27 de la Convención sobré los Derechos del Niño, ratificada por México el veintiuno de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve, que establece que los Estados garantizarán que los tribunales judiciales velen por el interés superior del niño, los juicios en los que se vean involucrados derechos inherentes de las niñas, niños y adolescentes, como el caso en que se demande la guarda y custodia, debe tenerse como presupuesto esencial el interés superior del niño y darle intervención al Ministerio Público, para que en su carácter de representante de la sociedad, vele por los derechos de los infantes y adolescentes”.
Igualmente, sirve de apoyo a lo anterior la tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 265, del Tomo XXVI (julio de 2007), del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, y que al tenor establece lo siguiente:
“INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. SU CONCEPTO. En términos de los artículos o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por México y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991); y 3, 4, 6 y 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los tribunales deben atender primordialmente al interés superior del niño, en todas las medidas que tomen concernientes a éstos, concepto interpretado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (cuya competencia aceptó el Estado Mexicano el 16 de diciembre de 1998, al ratificar la Convención Interamericana de Derechos Humanos) de la siguiente manera: ‘la expresión ‘interés superior del niño’ implica que el desarrollo de éste y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y “la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a la vida del niño.”
GUARDA Y CUSTODIA DE UN MENOR DE EDAD Y RÉGIMEN DE CONVIVENCIA. SON INSTITUCIONES PARALELAS Y COMPLEMENTARIAS DIRIGIDAS A SALVAGUARDAR EL DERECHO DE LOS MENORES DE EDAD A LA CONVIVENCIA FAMILIAR EN CONTEXTOS DE CRISIS INTRAFAMILIAR. Ante la existencia de situaciones en donde los desacuerdos personales hacen imposible la convivencia entre los padres, el Estado se encuentra obligado a encontrar mecanismos que garanticen el derecho de los menores de edad a mantener relaciones personales y de trato directo con cada uno de sus padres de forma regular, asegurando así la continuación de la convivencia familiar. El legislador, teniendo en consideración lo anterior, ha establecido diversas instituciones jurídicas tendientes a salvaguardar el derecho-deber de los progenitores a participar activamente en la crianza y educación de sus hijos menores de edad y, particularmente, asegurar la convivencia regular del menor con ambos progenitores en contextos de crisis intrafamiliar. Dentro de estas instituciones se encuentran la fijación de la guarda y custodia a cargo de uno de los padres y, paralelamente, el derecho de visitas o régimen de convivencia a favor del otro. Estas figuras son complementarias entre sí y garantizan, bajo estas situaciones extenuantes, el derecho del menor a vivir en familia y convivir con ambos padres, asegurando así el sano desarrollo de su personalidad.
Amparo directo en revisión 583/2013. 11 de septiembre de 20__. Cinco votos. Ponente: _______________-. Secretario: ______________día, así como de su propia operatividad y eficacia.
También resulta aplicable la tesis jurisprudencial que continuación se invoca:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente pido:
PRIMERO.- Se me tenga por presentado en tiempo y forma con el escrito de cuenta, copias y documentos anexados, dando contestación a la infudada demanda instaurada por la actora ___________________ .
SEGUNDO.- Se tengan por ofrecidas las pruebas que señalo en el capítulo correspondiente a las mismas, y al no ser contrarias a la moral ni al derecho, deberan admitidas en su totalidad.
TERCERO.- Se tengan por autorizados, en los términos del artículo 46, fraccionI, del Código de Procedimientos Civiles en vigor, a los profesionistas en leyes que señalo en el proemio del presente ocurso de contestación de demanda.
“ P R O T E S T O M I S D E R E C H O S “
________, ________, 17 de octubre de 20__.
Respetuosamente
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Abogado procurador
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LIC. ___________________