SENTENCIA PENAL POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA

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En la Ciudad de México, Distrito Federal a ____ de _____________ de __________.

VISTO para pronunciar sentencia definitiva el proceso número _____________, que se instruyó en contra del C. ____________________, por el INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA previsto como DELITO CONTRA LA SUBSISTENCIA FAMILIAR en agravio de la C. _____________________ y los menores ________________________, siendo dicho acusado de las generales y antecedentes siguientes: originario de ___________________, y vecino de _________________, con domicilio en _______________________________, de _________ años de edad, casado, desempleado, que no percibe salario, que sabe leer y escribir por haber cursado ___________________, que no fuma, que no es afecto a las bebidas embriagantes ni a las drogas o enervantes, sin apodo, que es la primera vez que se encuentra procesado, es hijo de los CC. _______________________ y _____________________; y

RESULTANDO

1. Con fecha ______________________, el Ciudadano Agente del Ministerio Público Investigador de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por medio de su oficio ________________, consigno la averiguación previa número __________________, ejercitando acción penal en contra del C. _________________________, como probable responsable del delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA cometido en agravio de la C. __________________________ y los menores __________________________________, solicitando se decretará orden de busca, aprehensión y detención en contra de dicho indiciado, por lo que en fecha ________________________________, se dio entrada a al indagatoria mencionada en el punto anterior, consecuentemente se radicó la presente causa penal, con número de proceso _______________, obsequiándose la orden de busca, aprehensión y detención solicitada por la autoridad consignante.

2. Con fecha _________________________, los Agentes y el _____ Comandante de la Policía Judicial del Distrito Federal, pusieron a disposición de este juzgado al indiciado el C. ________________________, en la misma fecha se le decretó su detención, rindió su declaración preparatoria, exhibió su fianza, a petición de su defensor se amplio el termino constitucional y en fecha __________________________, se resolvió la situación jurídica del inculpado, decretándose en su contra auto de formal prisión por el delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, ilícito previsto y sancionado por el artículo ________ del Código Penal para el Distrito Federal.

3. Dentro del período de instrucción, el ahora enjuiciado exhibió las documentales públicas consistentes en _______ talones de cheque en los que les descuentan el pago de pensión alimenticia a favor de la agraviada la C. ________________________, así como una póliza de cheque, a petición del Ciudadano Agente del Ministerio Público adscrito, se tuvieron por rendidos los informes de los ciudadanos Directores de los Centros de Readaptación Social en el Distrito Federal y de ________________, informando los no ingresos registrados en dichas dependencias, así mismo se tuvo por recibido el informe del Director de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal informando sobre los antecedentes penales registrados en dicha Dirección posteriormente con la anuencia de las partes la presente causa penal se ventiló en la vía sumaria, señalándose día y hora para que tuviera verificativo la audiencia final del Juicio Sumario, celebrándose el _____________ la audiencia, a la que asistieron el Ciudadano Agente del Ministerio Público de la adscripción, el procesado y su defensor, al no aportarse más probanzas, se declaró cerrada la instrucción, formularon sus respectivas conclusiones, ordenándose traer los autos a al vista del suscrito juzgador para pronunciar la sentencia definitiva que corresponda, lo que al efecto hoy se hace, y;

CONSIDERANDO

I. Este Juzgado ____________ de lo Penal del Distrito Federal, es competente para conocer del presente procedimiento penal en términos de los artículos _______________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, en relación con el _____________________ de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal, por haberse cometido los hechos dentro del territorio y jurisdicción que compete a éste juzgado.

II. Que toda sentencia que termina la primera instancia es aquella que resuelve el asunto en lo principal y ésta debe reunir los requisitos establecidos en los artículos ________________ del Código de Procedimientos Penales en vigor.

III. Con relación a las conclusiones acusatorias que formula el Ciudadano Agente del Ministerio Público adscrito a este Juzgado, en contra del procesado el C. ________________________, por la comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, previsto y sancionado por el artículo ____________ del Código Penal para el Distrito Federal, cometido en agravio de la C. _________________________ y los menores ____________________________________, es de concluirse del análisis de las constancias que corren agregadas a los autos y que en forma cronológica se relacionaron en el resultado que antecede, mismas que en este momento se tienen por reproducidas en obvio de repeticiones innecesarias, que se encuentran debidamente acreditados los elementos materiales y objetivos del cuerpo del delito en comento en términos de lo dispuesto por el artículo ________del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y al respecto el artículo _____________ señalado, a la letra dice: “……..”. De la anterior definición en estricto rigor jurídico se desprende los siguientes elementos: 1.- Un activo que sin motivo justificado no cumpla con la obligación de dar alimentos a que este sujeto conforme al Código Civil para el Distrito Federal.; 2.- Que ese activo, esté sujeto a tal obligación, padres, o hijos o cónyuges y; 3.- La conducta del activo y el resultado dañoso y doloso producido.

Los referidos elementos se acreditaron principalmente con las siguientes pruebas: a) Con la declaración ministerial de la C. _________________________, de fecha ________________________, ante el Ciudadano ____ Agente del Ministerio Público Investigador de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en la que en lo conducente manifiesta: “…..”; b) Con las copias certificadas del acta de nacimiento de los menores _____________________________, del Registro Civil del Distrito Federal, con número de control ______________; c) Con la declaración ministerial del testigo de cargo ________________________, de fecha ________________________, en la que manifestó: “…….”; d) Con la declaración ministerial del segundo testigo de cargo ________________________, de fecha ______________________, en la que manifestó: “…… “; Como es de advertirse los anteriores testimonios corroboran en forma fehaciente lo declarado por la denunciante, y como los testigos son coincidentes en la sustancia como en los accidentes al señalar de momento a momento como les consta que a los menores hijos del concubinato no les otorga su pensión alimenticia al ahora enjuiciado, se les otorga a sus testimonios un valor probatorio pleno en términos de lo dispuesto por los artículos _____________________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, con lo que se acredita el cuerpo del delito en que incurriera el C. ________________________.

Del estudio y análisis lógico de todas y cada una de las pruebas aludidas en relación al cuerpo del delito en estudio, es de advertirse que se comprobaron en debida forma los elementos materiales y normativos del ilícito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, en que incurriera el ahora enjuiciado el C. ________________________, a quien se le encontró ubicado en las circunstancias de modo, tiempo, lugar y ocasión, mismas con las que se acreditaron los elementos del ilícito en comento en los términos de lo dispuesto por el artículo ____________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y con tales medio de convicción se demuestra que el C. _________________________, sin motivo justificado dejó de cumplir con la obligación que se encuentra establecida en el artículo ____ del Código Civil para el Distrito Federal, que determina que el padre está obligado a dar alimentos a su hijo y en el presente caso queda demostrado el entroncamiento que una al sentenciado con sus menores hijos con la copia certificada de su acta de nacimiento, por lo tanto se actualiza la hipótesis legal que establece el artículo __________ del Código Penal para el Distrito Federal.

IV. RESPONSABILIDAD PENAL. En cuanto a la responsabilidad penal que le resulta al enjuiciado el C. _______________________, en la comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, cometido en agravio de la C. ________________________ y de sus menores hijos ____________________________, es de concluirse que ésta se encuentra debidamente acreditada con los mismos medios de prueba que sirvieron para demostrar los elementos materiales y normativos del cuerpo del delito del ilícito en comento, los que se dan por reproducidos en este momento en todas y cada una de sus partes a fin de que surtan sus efectos legales correspondientes, pero se acredita sobre todo con la siguientes pruebas: Con la declaración ministerial de la C. _______________________, de fecha __________________________, ante el Ciudadano Agente del Ministerio Público Investigador de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en al que en lo conducente manifiesta: “……..”; Con la declaración ministerial del testigo de cargo ______________________, de fecha ________________________, en la que manifestó: “………”; Con la declaración ministerial del segundo testigo de cargo ________________________, de fecha ________________________, en la que manifestó: “……..”; Como es de advertirse los anteriores testimonios corroboran en forma fehaciente lo declarado por la denunciante, y como los testigos son coincidentes en la sustancia como en los accidentes al señalar de momento a momento como les consta que a los menores hijos del concubinato no les otorga su pensión alimenticia el ahora enjuiciado, se les otorga a sus testimonios un valor probatorio pleno en términos de los dispuesto por los artículos ___________________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, con lo que se acredita el cuerpo del delito en que incurriera el C. ________________________. RESPECTO A UN ANÁLISIS DE LOS MESES QUE ADEUDA POR PENSIÓN ALIMENTICIA EL AHORA SENTENCIADO, RESULTA QUE COMO DE AUTOS SE DESPRENDE QUE HA REALIZADO PAGOS QUE CUBREN DEL MES DE ____________ A _________________ DEL AÑO ________________ Y DEL DÍA _________________ DEL MES DE ________________ AL ______________ DE ______________ DEL AÑO ______________ ES DE CONCLUIRSE QUE ADEUDA ___________ AÑO (S) DE PENSIÓN ALIMENTICIA QUE CORRESPONDE DEL MES DE __________________ DEL AÑO _____________ AL MES DE ______________ DEL AÑO _____________, YA QUE COMO CONSTA EN ACTUACIONES NO OBSTANTE HABER ABANDONADO A SU CONCUBINA INMEDIATAMENTE REGRESABA BAJO COMÚN ACUERDO. Con la propia declaración preparatoria del ahora enjuiciado el C. _______________________, quien declaró con fecha ______________________, quien declaró: “……….”. De la anterior declaración se desprende una confesión calificada respecto a no cubrir el pago de la pensión alimenticia de sus menores hijos si bien es cierto que ha quedado claro para éste juzgador que por el contrato de trabajo que tiene con el Instituto Electoral es de obra determinada ya que lo firma en tiempos electorales y no es cierto que renuncie a su trabajo con la intención de no proporcionar alimentos pero es el caso que bajo esas circunstancias debe de prevenir esos alimentos, por lo que a su testimonio se le otorga un valor probatorio pleno en los términos de los artículos ______________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

Del estudio, razonamiento y análisis lógico jurídico de todas y cada una de las pruebas aludidas en relación al cuerpo del delito en estudio, primero en lo individual y luego en su conjunto, es de advertirse que se comprobó la responsabilidad penal en que incurriera el acusado en al comisión del ilícito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ya que al respecto probatorio a que se ha aludido y que obra en actuaciones lo ubican en las circunstancias de modo, tiempo, lugar y ocasión, sobre todo tomando en consideración su confesión calificada en la que lisa y llanamente reconoce que cuando no tiene trabajo deja de cumplir con los alimentos de sus menores hijos, por lo que se acredita su responsabilidad típica, antijurídica, culpable y punible, y bajo tales circunstancias a esas pruebas se les otorgo un valor jurídico pleno en términos de lo dispuesto por los artículos ____________________del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, mismas con las que se acreditaron los elementos materiales y objetivos del INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA en términos de lo dispuesto por el artículo __________del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y con tales medios de convicción se demuestra que el C. ________________________, sin motivo justificado dejó de cumplir con la obligación que se encuentra establecida en el artículo ____ del Código Civil para el Distrito Federal, misma que determina que el padre está obligado a dar alimentos a su hijo y en el presente caso queda demostrado el entroncamiento que una al sentenciado con sus menores hijos con la copia certificada de su acta de nacimiento, por lo tanto se actualiza la hipótesis legal que establece el artículo_____ del Código Penal para el Distrito Federal.

V. El Agente del Ministerio Público adscrito al formular sus conclusiones acusatorias solicitó se condene a ________________________ a una pena entre la media y la máxima más cercana a la segunda de la establecida en el artículo ___ del Código Penal para el Distrito Federal, debiéndose tomar en cuenta los artículos ________________ del invocado Código Sustantivo, así como también se le suspenda de sus derechos civiles y políticos por el tiempo que dure la pena privativa de la libertad y se le amoneste en diligencia formal, para que no reincida y se le condene al pago de la reparación del daño en términos del artículo 20 Constitucional.

VI. PENALIDAD APLICABLE. Para individualizar la pena en términos de lo dispuesto por los artículos ______________ del señalado Código Penal en vigor en relación con el 20 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se procede a ubicar la culpabilidad del sentenciado _________________________, tomando en consideración que el delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, atenta a la mejor manera de vivir de sus menores hijos ___________________________, y de autos no se advierte que ha reparado el daño causado, si bien es cierto que en la audiencia de juicio sumario exhibiera copias certificadas que previamente ya se habían exhibido en autos así como que no garantizo los pasados y futuros alimentos de los menores agraviados obligación que se encuentra establecida en el artículo ____ del Código Civil para el Distrito Federal, por lo que este juzgador en atención a que los alimentos son del orden público, se procede de oficio al aseguramiento de la cantidad exhibida por concepto de reparación del daño en la fianza que otorga el ahora enjuiciado cuando garantiza también su libertad caucional, y en esa forma se reparte el daño causado a su familia, en términos del artículo _____del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y en cuanto a la sanción que debe imponérsele al enjuiciado se procede a tomar en cuenta que al cometer el ilícito que se le imputa contaba con ____________ años de edad, con escolaridad de ________________, desempleado, que no percibe salario alguno cuando se concluye su contrato en el trabajo que viene desempeñando desde hace varios años, que no fuma, que no es afecto a las bebidas embriagantes ni a las drogas, que su declaración fue emitida como persona capaz, ante autoridades competentes, con capacidad legal, que no cuenta con antecedentes penales por no obrar en autos de las constancias que lo demuestren, por lo que es de ubicarse la culpabilidad del sentenciado entre la mínima y media más cercana a la segunda y por ello se le condena a una pena de ____________ años de prisión, que deberá compugnar en el lugar que designe el Jefe de Gobierno del Distrito y a cubrir una multa equivalente a _____________ de salario mínimo vigente en la época de los hechos, debiéndose condenar al sentenciado a la suspensión de sus derechos políticos y civiles por el tiempo que dura la sanción corporal impuesta y amonestársele en la diligencia formal para que no reincida.

Asimismo con fundamento en los artículos ____________ del Código Penal para el Distrito Federal es procedente al sentenciado el beneficio de la conmutación de la pena de prisión a razón del ______________ por ciento sobre el salario mínimo vigente en la época de los hechos.

Por lo expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos _______________________ del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, es de resolverse y se:

RESUELVE

PRIMERO. ______________________, de las generales anotadas al principio de esta resolución es penalmente responsable por la comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA, en agravio de la C. _________________________ y de los menores ____________________________________, por lo que se le impone una pena de ______________ de prisión, que deberá compugnar en el lugar que designe el Ejecutivo del Estado y a apagar una multa equivalente a _____________ de salario mínimo vigente en el época de los hechos.

SEGUNDO. En términos de lo expuesto en el considerando último de ésta resolución, se procede al aseguramiento de la cantidad exhibida por concepto de reparación del daño al garantizar la fianza para gozar de su voluntad caucional, por parte del ahora sentenciado.

TERCERO. Se condena al sentenciado a la suspensión de sus derechos civiles y políticos por el tiempo que dure la sanción corporal impuesta.

CUARTO. Amonéstese al sentenciado en diligencia formal para que no reincida.

QUINTO. En términos de lo expuesto en la parte final del último considerando de esta resolución al sentenciado se le concede el beneficio de la conmutación de la sanción corporal por multa.

SEXTO. Remítase copia autorizada de esta sentencia al Ciudadano Director del Centro de Readaptación Social de esta ciudad.

SÉPTIMO. Notifíquese personalmente a las partes y al hacerlo al sentenciado entéresele del derecho y término que la ley le concede para apelar de esta sentencia en caso de inconformidad.- Cúmplase.

Así definitivamente lo sentenció y firma el Ciudadano Lic. _______________________, Juez ___ de lo Penal del Distrito Federal, _______________, ante el Secretario con quien actúa y autoriza, Lic. _______________________. DOY FE.

(FIRMA DEL JUEZ) (FIRMA DEL SECRETARIO DE ACUERDOS)