Divorcio Voluntario

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                                          Y ABOGADO PATRONO.

                                          JUICIO DIVORCIO VOLUNTARIO

                                          ESCRITO INICIAL.

  1. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

EN EL DISTRITO FEDERAL.

        MARISOL MONDRAGON SERRANO Y APOLO FRANCO XOLALPA, por nuestro propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores, los Estrados de este H. Juzgado autorizando para los mismos efectos y autorizando en los términos del cuarto párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal a los LICS. CELESTINO GALINDO MORENO  y ALEJANDRA DIAZ TORRES así así como para imponerse de autos y recibir toda clase de notificaciones al C. JAVIER CRUZ CASTILLO, designando al primero de los nombrados como representante común, ante Usted con el debido respeto comparecemos para exponer:

        Que por medio del presente escrito  venimos a solicitar nuestro DIVORCIO VOLUNTARO, basándonos en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

                                       HECHOS

I. Con fecha ********* los suscritos contrajimos matrimonio civil bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal, ante el oficial numero ****, libro ***, acta numero *****,  tal como lo acreditamos con la copia certificada de nuestra acta de matrimonio que acompañamos a este escrito como ANEXO UNO.

II. Nuestro último domicilio conyugal lo establecimos en calle Ignacio Fernández esperón número 53, Colonia San José Delegación Tlahuac en México Distrito Federal.

III. De nuestro matrimonio hubimos y procreamos a  dos hijos,  de nombres GAEL BARUK Y ARANZA  ambos de apellidos  FRANCO MONDRAGON que actualmente cuentan con ****años de edad respectivamente, tal como lo acreditamos con las copias certificadas de sus actas de nacimiento que acompañamos al presente como ANEXO DOS Y TRES.

  1. -Bajo protesta de decir verdad, la señora MARISOL MONDRAGON SERRANO, manifiesta no encontrarse embarazada ni presentar síntomas de gravidez.
  2. Que es nuestra voluntad disolver el vínculo matrimonial que nos une por lo que con fundamento en el artículo 267 del Código Civil Federal celebramos el siguiente:

CONVENIO.

CONVENIO QUE PRESENTAN LOS SEÑORES MARISOL MONDRAGON SERRANO y  APOLO FRANCO XOLALPA EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 267 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE PARA EL  DISTRITO FEDERAL , PARA DAR POR TERMINADO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE DE MANERA VOLUNTARIA BAJO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE A CONTINUACIÓN SE REDACTAN.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

  1. La guarda y custodia de los  menores  hijos de nombres GAEL BARUK Y ARANZA  ambos de apellidos  FRANCO MONDRAGON estará a favor de la señora MARISOL MONDRAGON SERRANO, en el domicilio ubicado en calle Ignacio Fernández esperón numero 53, Colonia San José Delegación Tlahuac en México Distrito Federal,   que  es de manera provisional  hasta en tanto el señor  APOLO FRANCO XOLALPA  proporciona  un domicilio  en el cual la señora  MARISOL MONDRAGON SERRANO pueda ejercer la guarda y custodia  de  sus menores hijos.
  1. El régimen de visitas y convivencias por parte del señor APOLO FRANCO XOLALPA,  con sus menores  hijos se realizara  todos los fines de semana en un horario de  las tres de la tarde  del  día viernes  y serán reintegrados en el domicilio  de la señora  MARISOL MONDRAGON SERRANO a las diecinueve horas  del día domingo, así mismo de manera libre podrá extenderse dicha convivencia  los demás días de las semana , previo  convenio  que exista entre ambos  divorciantes;  en los que respecta a los periodos vacacionales estos serán de manera alternada en los cumpleaños y vacaciones navideñas; así mismo y si fuera el caso de salir de domicilio previamente establecido, lo realizara solamente con  la autorización de la señora MARISOL MONDRAGON SERRANO.
  • Que el monto de la pensión alimenticia que ha de entregarse a los acreedores alimentarios será por la cantidad de $18,000.00 (DIECIOCHO MIL PESOS 00/100 M.N) de manera mensual, mismo que será depositado los primeros cinco días de cada mes en la cuenta bancaria personal de la suscrita con  el número de cuenta 00100458716 de la Institución Bancaria Scotiabank  a nombre de Marisol Mondragon Serrano.
  1. La forma de garantizar los alimentos de los acreedores alimentarios  será mediante póliza  de fianza que será presentada por el Señor APOLO FRANCO XOLALPA ante este H. Juzgado.
  1. El señor APOLO FRANCO XOLALPA  se compromete al pago de la pensión alimenticia retroactiva  que a la presente fecha ha dejado de proporcionar  y que corresponden  a partir  del mes de  octubre del año dos mil trece hasta la presente fecha  que arrojan la cantidad  $70,000.00 (SETENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)
  1. Que en lo  que respecta a los bienes   que fueron  adquiridos dentro de la vigencia del matrimonio se propone su disolución de la siguiente  manera:

PROPUESTA.- Se  propone  primeramente  la elaboración de un corte  financiero que deberá verificarse el día  seis de mayo del año  dos mil catorce,   con la finalidad  de establecer un periodo cierto  y definitivo para conocer con certeza la existencia de los activos y pasivos con los que cuentan la empresa denominada “ARANZA” y la distribución de bienes y activos  se realizara  de la siguiente manera:

       SR FRANCO                                                   MARISOL MONDRAGON

*INFRAESTRUCTURA (CASA, FABRICA )    *EFECTIVO  $800,000.00

                                                                              (Ochocientos mil pesos 00/100M.N.)

*CAMIONETA FORD                                         *CAMIONETA PILOT

*CLIENTES (KOSLAND)                                   *CLIENTES (RUTA Y FORANEOS)

*TIENDA (INFRAESTRUCTURA)                    *EFECTIVO $200,000.00

                                                                              (Doscientos  mil pesos 00/100M.N.)

*MAQUINARIA:                                                 *MAQUINARIA:

        1BOMBO                                                             1 BOMBO

        2 MAQUINAS EMPAQUETADORAS              1 CHOCOLATERA

        1 LAMINADORA,                                              1 MOLINO

        2 BATIDORAS                                                   1 PARRILA ELECTRICA (TEKA)

        1 HORNO,                                                           + 250, 000.00  EN EFECTIVO

        1 TOSTADORA DE AMARANTO

        3 CAMARAS

           MESAS, RACKS, PARRILLAS,

           CHAROLAS, MOLDES, CAZO,

           HERRAMIENTAS  Y

           UTENCILIOS DE TRABAJO

*EL 50%  DE LA VENTA MENSUAL               *EL 50% DE LA VENTA MENSUAL        DE  LATIENDA DE FABRICA.                          DE LA TIENDA DE  FÁBRICA

(El llenado de la misma será por medio                 (El llenado de la misma será por medio

de las 2 partes quedando acordado entre                de las 2 partes quedando acordado entre los divorciantes)                                            entre los divorciantes)

*EL 50% DE LA MATERIA PRIMA                 *EL 50% DE LA MATERIA PRIMA

EXISTENTE EN EL MOMENTO DE                  EXISTENTE EN EL MOMENTO DE DIVIDIR  Y HACER EL CORTE                         DE DIVIDIR  Y HACER EL CORTE

*EL 50% DEL CAPITAL EXISTENTE             *EL 50% DEL CAPITAL EXISTENTE

EN LA CUENTA DE LA EMPRESA                  EN LA CUENTA LA EMPRESA

*EL 50% DE COBROS PENDIENTES               *EL 50% DE COBROS PENDIENTES

DE TODOS LOS CLIENTES                               DE LOS TODOS LOS CLIENTES

(KOSLAND, RUTA Y FORANEOS)                  (KOSLAND, RUTA Y FORANEOS)

*LA ABSORSICION DEL 50% DE                    * LA ABSORCION DEL 50% DE

LAS DEUDAS  QUE TENGA LA EM-               LAS DEUDAS QUE TENGA LA EM-

PRESA CON SUS PROVEEDORES                   PRESA CON SUS PROVEEDORES

HASTA EL MOMENTO DEL CORTE               HASTA EL MOMENTO DEL CORTE

DERECHO

        Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 267 y demás relativos del Código Civil vigente para el Distrito Federal.

        Por lo expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pedimos se sirva:

PRIMERO.- Tenernos por presentados solicitando nuestro divorcio por mutuo consentimiento.

SEGUNDO.- Darle entrada a nuestra solicitud y en consecuencia, señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia respectiva.

TERCERO.- Darla intervención que por ley corresponde al C. Agente del Ministerio Público.

CUARTO.- En su oportunidad dictar sentencia disolviendo el vínculo matrimonial que nos une y aprobar el convenio exhibido.

PTOTESTAMOS LO NECESARIO.

México Distrito Federal, Mayo de 2014.

MARISOL MONDRAGON SERRANO

ABOGADO PATRONO