Determinación del estado de invalidez en el IMSS

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Determinación del estado de invalidez en el IMSS

Homoclave IMSS-03-009

Si te encuentras imposibilitado para seguir laborando debido a una enfermedad que no está relacionada con tu trabajo, solicita ser valorado por profesionales médicos.

¿Qué es?

En caso de presentar un estado de invalidez y reunir los requisitos que señala la Ley del Seguro Social, puedes solicitar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una pensión en este ramo de aseguramiento.

¿Quién lo puede realizar?

Asegurado(a) o trabajador(a) dado de baja en conservación de derechos.

¿Dónde puedo realizar este trámite?

Presencial: El servicio se otorga en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) u Hospital con servicio de Salud en el Trabajo, que le corresponde al asegurado por domicilio, de lunes a viernes en días hábiles del IMSS de 8:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino y de 8:00 a 19:30 horas en unidades con turno matutino y vespertino.

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

  • Identificación oficial vigente. Original y Copia
  • Cartilla Nacional de Salud. Original
  • Pase del servicio de medicina familiar o del médico especialista de segundo o tercer nivel de atención a Salud en el Trabajo. Original
  • Solicitud de estudio para determinar el posible estado de invalidez (sólo si estás dado de baja pero te encuentras en el periodo de conservación de derechos). Original

¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?

    • Debes contar con un pase de envío a Salud en el Trabajo, por parte de tu médico familiar o del médico especialista de segundo o tercer nivel de atención
    • El dictamen de invalidez ST-4 es un documento que debe ser aprobado y autorizado por otros médicos, también de Salud en el Trabajo; es posible seas requerido más de una vez para ser valorado clínicamente
    • Tu dictamen debe ser autorizado en un máximo de 15 días hábiles a partir de la fecha de primera cita para dictaminación con expediente  completo
    • Una vez autorizado tu dictamen de invalidez ST-4, debes tramitar la resolución de pensión en Prestaciones Económicas
  • Si tu dictamen es autorizado por Salud en el Trabajo como “Sí Invalidez” no significa necesariamente que se te pagará una pensión, ya que la Ley del Seguro Social establece que además de presentar un estado de invalidez debes haber cotizado por lo menos 250 semanas, o en caso de invalidez mayor al 75%, 150 semanas