ESCRITO DE SUCESIÓN INTESTAMENTARIA

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 ESCRITO DE SUCESIÓN INTESTAMENTARIA

 

CIUDADANO JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.

 

MARGARITA PEREZ PEREZ, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio particular  AVENIDA EL ROSTRO NUMERO 112 COLONIA EL PORVENIR de la ciudad de Puebla, Puebla, y para recibir notificaciones la casa marcada con el numero CUATRO DE LA COLONIA EL VERGEL DE LA CIUDAD DE PUEBLA, nombrando como mi Abogado Patrono a MARIANO MATAMOROS PHIL, quien tiene como domicilio particular el ubicado en  el numero MIL DE LA CALLE CARRANZA DE LA COLONIA TEQUIS de la ciudad de Puebla, quien cuenta con título registrado ante el Tribunal superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida número 880, foja 10, libro IV, ante Usted comparecemos y exponemos:

Que, por medio del presente escrito, vengo a denunciar la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA, a bienes del señor FEDERICO BAEZ PEREZ, en los términos propuestos; me fundo en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de derecho:

                                            H   E   C   H   O   S:

1.- Tal y como lo acredito con la copia certificada de defunción el señor FEDERICO BAEZ PEREZ falleció el día cuatro de marzo del dos mil dieciséis, a las dieciséis horas con treinta minutos, en la Junta Auxiliar de San Baltazar Campeche de la ciudad de Puebla, según consta en el libro 01, acta 00186 expedida por el Juez Segundo del Registro del Estado civil de las personas de este Distrito Judicial. Anexo Uno.

2.-  Tal y como lo acredito con el acta de nacimiento de la suscrita soy nieta del De Cujus FEDERICO BAEZ PEREZ, en virtud de ser hija de ALBERTO NAJERA RICO, toda vez que es hijo del  FEDERICO BAEZ PEREZ, tal y como lo acredito con la documental que anexo, a quien se deberá emplazar en el domicilio ubicado Cerrada diez oriente ochocientos uno  de la colonia Resurgimiento de la ciudad de Puebla, Puebla. Manifiesto a su Señoría, bajo protesta de decir verdad desconozco si el de Cujus le sobreviven concubina u otros hijos, por lo que la presente sucesión deberá abrirse a todos aquellos que se crean con derecho al haber hereditario; en consecuencia, solicito a su Señoría sea publicado el edicto de Ley, en el diario que considere.  Adjunto copia certificada de mi acta de nacimiento. Anexos dos y tres.

3.- Toda vez que desconozco si el De Cujus otorgó o no disposición testamentaria alguna, promuevo la presente acción, solicitando a su Señoría que en términos de ley, se gire atento oficio al Director del Archivo General de Notarias en el Estado, a fin de que informe a la brevedad posible si el autor de la herencia, FEDERICO BAEZ PEREZ, dejó o no disposición testamentaria. Asimismo, solicito sea girado atento oficio al ciudadano Registrador Publico de la Propiedad de este Distrito Judicial, a fin de que informe sobre los bienes que estén inscritos a nombre del De Cujus.

4.– Así mismo, desde este momento bajo protesta de decir verdad, manifestó que el autor de la presente Sucesión, FEDERICO BAEZ PEREZ,  de esta ciudad de Puebla, promovió juicio sucesorio  a bienes de SALOMON GARCIA PEÑA  Y VITO MERCADO SACNHEZ, mismo que tiene número de expediente 8240/2001 mismo que se tramitó en el Juzgado Quinto de lo Familiar de los de este Distrito Judicial de Puebla, Puebla, dentro del cual se le designó como único y universal heredero del bien inmueble sito en Avenida Diez oriente entre los números tres mil doscientos cinco y tres mil doscientos veintiuno, hoy diez oriente numero ochocientos uno de la colonia Resurgimiento de la ciudad de Puebla, Puebla, sin que se hayan tirado las escrituras correspondientes.

5.- Finalmente, me permito acompañar el inventario y avaluó del bien inmueble ubicado en la Avenida Diez oriente entre los números tres mil doscientos cinco y tres mil doscientos veintiuno, hoy Cerrada diez oriente numero ochocientos uno de la colonia Resurgimiento de esta ciudad de Puebla, Puebla, del cual solo tenemos noticia y que haya dejado el actor de la herencia FEDERICO BAEZ PEREZ mismo que deberá excluirse en términos de ley.

                                          I N V E N T A R I O:

a).- El bien inmueble ubicado en la Avenida Doce oriente entre los números tres mil doscientos cinco y tres mil doscientos veintiuno, hoy diez oriente numero ochocientos uno de la colonia Resurgimiento de esta ciudad de Puebla, el cual consta de una superficie total de 217.50 metros cuadrados, con las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE: 20 metros y colinda con lote diez.

AL SUR: 22 metros y colinda con propiedad particular.

AL ORIENTE: 9.50 metros y colinda con retorno de cerrada de la diez oriente y

AL PONIENTE: 11,50 y colinda con propiedad privada.

b).- El bien inmueble ubicado en la Avenida Diez oriente entre los números tres mil doscientos cinco y tres mil doscientos veintiuno, hoy Cerrada diez oriente número ochocientos uno de la colonia Resurgimiento de esta ciudad de Puebla, Puebla.

c).- No los hay.

d).- No los hay.

e).- No los hay.

f).- No hay bienes de la sociedad conyugal.

g).- No hay créditos activos ni pasivos.

h).- No las hay.

i).- Dicho inmueble, tiene un valor de $201,000.00 (DOSCIENTOS UN MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), avaluó realizado por el ingeniero civil ROBERTO JUÁREZ RODRÍGUEZ, con cedula profesional numero 2092323 expedida por la Dirección General De Profesiones de la Secretaria de Educación Pública. Se adjunta avaluó que exhibimos. Anexo cuatro

                                       D  E  R  E  C  H  O:

I.- Es Usted, competente Ciudadano Juez, para conocer y fallar el presente en términos de lo establecido por el artículos 110 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado y 40 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado.

II.- Mi interés, capacidad y personalidad la acredito según lo establecido por los artículos 101, 102 y 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.

III.- En cuanto al fondo del  presente juicio son aplicables los artículos 3020, 3021, 3025, 3029 fracción IV, 3031 y demás relativos aplicables del Código Civil vigente para el Estado.

IV.- En cuanto al Procedimiento tienen aplicación los numerales 763, 764 fracciones III, 765 y demás relativos aplicables del Código de Procedimiento Civiles para el Estado

                                       P  R  U  E  B  A  S:

  1. LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en la compulsa que se haga del expediente número 840/2001 que se tramitó en el Juzgado Quinto de lo Familiar de los de este Distrito Judicial con lo cual pretendo demostrar que FEDERICO BAEZ PEREZ fue declarado único y universal heredero del bien inmueble objeto de la presente sucesión intestamentaria, prueba que se relaciona con todos y cada uno de los puntos de hechos del presente escrito inicial de demanda.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted Ciudadano Juez respetuosamente solicito:

PETICIONES:

PRIMERO: Tener por presentado en tiempo y forma legal el presente ocurso, denunciando la Sucesión Intestamentaría sobre los bienes de FEDERICO BAEZ PEREZ.

SEGUNDO: Se tenga por señalado domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones ya señalados en el proemio del presente ocurso y tener por nombrado como Abogado Patrono al nombrado para actuar en mi representación en términos  de ley.

TERCERO: Se me nombre como Albacea Provisional y se de vista al Representante Social adscrito a este Honorable Juzgado, a fin de que manifieste lo procedente en términos de ley.

CUARTO: Se giren los oficios correspondientes, al Ciudadano Registrador Publico de la Propiedad y del Comercio de este Distrito a fin de que informe sobre los bienes que están registrados a nombre de FEDERICO BAEZ PEREZ, así como al Director General de Notarias en el Estado, a fin de saber si otorgo o no testamento.

QUINTO: Se emplace a mi padre ALBERTO NAJERA RICO  en el domicilio ya proporcionado y  a través de los edictos, que su Señoría ordene, a todos aquellos que se crean con derecho a  la herencia del señor FEDERICO BAEZ PEREZ.

PROTESTO A USTED MI RESPETO.

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE.

 

MARGARITA PEREZ PEREZ

MARIANO MATAMOROS PHIL

ABOGADO PATRONO