NORMA Oficial Mexicana NOM-034-STPS-2016, Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo.

Se han establecido las condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con alguna discapacidad.

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La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-034-STPS-2016, la cual tiene como objetivo el establecer las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y salud de los trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo, así como para el acceso y desarrollo de sus actividades.

Obligaciones del Patrón

Esta norma se aplicará en todos los centros de trabajo del país en los que laboren personas con discapacidad. Ahora, dentro de las obligaciones del patrón se encuentra realizar un estudio para determinar la compatibilidad del puesto de trabajo con la discapacidad que presenta el trabajador. Además que el empleador deberá proporcionar al trabajador capacitación adecuada para el desarrollo de las actividades.

También es obligación del patrón que en centros de trabajo con más de 50 trabajadores, se hagan las modificaciones necesarias para que las instalaciones faciliten el libre desplazamiento de los trabajadores con discapacidad, así como la manipulación de objetos y controles, de acuerdo a las actividades a desarrollar. En su caso, también se proporcionará asistencia con elementos mecánicos o auxilio con personas para la movilidad del trabajador y su perro guía.

El empleador deberá establecer por escrito las acciones preventivas y correctivas que se deben instrumentar para la prevención de riesgos a los trabajadores con discapacidad. Estas acciones incluirán la discapacidad de cada trabajador, así como el área del puesto de trabajo, los riesgos asociados con la discapacidad de cada trabajador y medidas adicionales para minimizar el riesgo.

La norma también señala que la instalación de señalizaciones para el desplazamiento, la estadía y las acciones a seguir en caso de emergencia, según corresponda, de acuerdo con la discapacidad de los trabajadores, es otra de las obligaciones con la que debe cumplir el empleador.

Obligaciones del Trabajador

En cuanto a las obligaciones del trabajador con discapacidad, la norma establece que deben participar en el análisis para determinar la compatibilidad con su puesto de trabajo; atender las acciones preventivas y correctivas establecidas en el programa de Seguridad y Salud en el Trabajo; participar en la capacitación y eventos de información para nuevos trabajadores; e informar al patrón cualquier cambio que perciba en sus capacidades.

Requerimientos físicos de los centros de trabajo

La norma establece que la entrada y salida del lugar del trabajo deberán estar comunicados con la vía pública a fin de facilitar la circulación; contarán con señalización visual, auditiva y táctil; se dispondrán de espacios que faciliten la circulación de los empleados hasta el lugar de trabajo o áreas de servicio.

Cabe mencionar que de acuerdo a cifras del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad de las más de seis millones de personas con discapacidad que hay en el país más de un millón no tienen empleo.

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