Esta es la lista de los delitos que son ahora considerados como no graves en el Sistema Judicial, a los que ya no se aplicara prisión preventiva:
- Homicidio culposos.
- Lesiones.
- Aborto.
- Lesiones por contagio.
- Daño a la propiedad.
- El ejercicio ilegal del servicio publico.
- Evasión de presos.
- Suministro de medicinas nocivas o inapropiadas.
- Ataques a visa y medios de comunicación.
- Delitos contra el ambiente y actos de maltrato o crueldad animal.
- Lesiones culposos.
- Procreación asistida.
- Esterilización forzada.
- Peligro de contagio.
- Privación de la libertad con fines sexuales.
- Violación cuando entre la víctima y el victimario exista vinculo de pareja, concubinato o matrimonio.
- Acoso sexual, abuso sexual, estupro y delitos contra el cumplimento de la obligación alimentaria.
- Violencia familiar y violencia familiar equiparada.
- Discriminación.
- Amenazas.
- Allanamiento de morada.
- Delitos patrimoniales cometidos por un descendiente, ascendiente, cónyuge, adoptante, adoptado, concubino, pareja permanente, o parientes hasta el segundo grado de consanguineidad.
- Robo sin agraviante.
- Abuso de confianza y abuso de confianza equiparado.
Ver 7 delitos que serán considerados como graves
En la materia de fraudes se perseguirá: fraudes específicos, insolvencia fraudulenta en prejuicio de los acreedores, administración fraudulenta. Esto cuando se cometan en prejuicio de dos o más víctimas.
En defraudaciones fiscales: defraudación fiscal con inmuebles, en materia de suministros de agua potable, relacionados con los padrones de contribuyentes, delitos de falsificación y asociación delictuosas en materia fiscal. Se persigue en oficio cuando se vean involucrados servidores públicos, además se perseguirán delitos contra la regulación urbana.
La actualización de esta lista se estableció en la Gaceta Oficial, creando las figuras de Justicia para Adolescentes en Delitos no graves, penal de delitos no graves y Civil Cuantía Menor.
El colega Jorge Antonio Pesqueira nos comenta. Lo de “delitos graves” era sólo un concepto legal para definir los que ameriten ciertas medidas cautelares a placer de los legisladores y no precisamente que sean los más lesivos para la sociedad. Hoy en día desaparece el concepto de “delitos graves” y sólo hay un catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa; aunque dependiendo de ciertas circunstancias, prácticamente todos podrían conllevar prisión preventiva.