DEMANDA LABORAL EN LA JUNTA FEDERAL

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DEMANDA LABORAL EN LA JUNTA FEDERAL

 

JUNTA ESPECIAL ONCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

EVARISTO HUMBOLD TELLES, por mi propio derecho, señalando como domicilio para recibir notificaciones el despacho ubicado en la casa marcada con el número Siete, de la calle Alvaro Obregon de la colonia Centro, de esta Ciudad, autorizando para que a mi nombre y representación las reciban conjunta o indistintamente a MACARIO GERRERO SOLIS y/o AMADOR VEGA NAJERA , ante esta Junta con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, vengo por medio del presente escrito a promover juicio ordinario laboral en contra de RADIADORES PARA CAMIONES DIESEL S.A. DE C.V., con domicilio para ser emplazado a juicio el ubicado en Manzana 3, número 478, colonia Los Churubuscos, Tepic, Nayarit, dedicada a la manufactura de radiadores para camiones, por lo que es competente esta Junta Especial, para conocer del presente asunto, a quien paso a reclamar las siguientes prestaciones laborales y basándome en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de carácter legal:

P R E S T A C I O N E S:

A.- Mi reinstalación al puesto de trabajo que venía desempeñando en favor dela demandada en los mismos términos y condiciones en que lo venía haciendo, como consecuencia del despido injustificado del cual fue objeto por parte del demandado.

B.- El pago de los salarios caídos o vencidos desde la fecha en que mi mandante fue despedido injustificadamente y hasta que sea reinstalado materialmente a su trabajo.

C.- El pago de vacaciones, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima dominical, séptimos días, horas extras, todas estas prestaciones que el patrón no me ha pagado durante todo el tiempo en que le ha prestado sus servicios.

Tan solo para el caso de que el demandado no quiera reinstalarme se reclama el pago de las siguientes prestaciones:

a.- El pago de la Indemnización Constitucional, consistente en tres meses de salario como consecuencia del despido injustificado del cual fue objeto.

b.- El pago de los salarios vencidos y los que se sigan venciendo desde la fecha de mi despido y hasta que sea reinstalado a mi trabajo, como consecuencia del despido injustificado del cual fue objeto mi mandante.

c.- El pago de la Prima de Antigüedad, en forma proporcional al tiempo laborado, como consecuencia del despido injustificado del cual fui objeto, en términos del artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.

d.- El pago de veinte días por cada año de servicios prestados.

e.- El pago de Vacaciones, Prima Vacacional, Aguinaldo por todo el tiempo que trabaje para el demandado, en términos de los artículos 76, 80 y 87 de la Ley Federal del Trabajo.

f.- El pago o la entrega de las constancias de aportaciones por concepto de Fondo de Ahorro para el Retiro, que los demandados debieron cubrir a mi favor a la AFORE correspondiente, consistente en el dos por ciento sobre el salario diario que se asignó mi representada.

g.- El pago de los séptimos días, mismos que el demandado, omitió pagarme y que se reclaman durante todo el tiempo que le preste servicios, estos es, por el periodo comprendido entre la hora y fecha de mi contratación y la hora y fecha en que fui despedido injustificadamente.

h.- El pago de los días de descanso obligatorio que señala el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, y que son todos los comprendidos entre la fecha de mi contratación la fecha en que fui despedido injustificadamente.

i.- La entrega de las constancias de inscripción y pago de aportaciones que el demandado, debió realizar a mi favor al Instituto Mexicano del Seguro Social, por todo el tiempo en que le preste mis servicios.

j.- La entrega de las constancias de pago de aportaciones que el demandado, debió hacer a mi favor al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

k.- El pago de fondo de ahorro por todo el tiempo laborado a razón el trece por ciento aportado por la demandada y otro trece por cientos aportado por el suscrito, por todo el tiempo laborado nos da la cantidad total de $ 77,200.00 (SETENCTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS M.N.).

l.- El pago de tiempo extraordinario de trabajo que a efecto de no incurrir en obscuridad en cuanto a esta prestación se precisará en el punto de hechos correspondiente, la cual no fue me cubierta por parte de mi patrón.

Fundo la presente demanda en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de carácter legal:

H E C H O S:

1.- Ingrese a prestar mis servicios a favor del demandado con fecha cinco de junio del dos mil dieciséis en virtud de un contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado celebrado en forma verval con MIRIAM GONZALEZ PEREZ, celebrado en el domicilio ubicado en Manzana 3, número 478, colonia Los Churubuscos, Tepic, Nayarit.

2.- Estuve sujeto a la subordinación, vigilancia, fiscalización y dependencia económica de la empresa demandada a través de MIRIAM GONZALEZ PEREZ, quien me daba órdenes e instrucciones relativas a mi trabajo, persona que se ostentó como jefa de personal.

3.- El puesto que desempeñe en favor del demandado fue el de técnico de Carburacion de mangueras, que se denominó como responsable de turno, consistiendo mis labores en pruebas de combustion interna, utilizando máquinas de resistencia, y diversos aparatos de reivion de carburantes para motores a diesel

4.- Percibí como último salario la cantidad de $ 6,000.00 de salario base, salario que deberá verse integrado con los vales de despensa por la cantidad de $ 1,100.00 (UN MIL PESOS CERO CENTAVOS M.N.) mensuales por vales de despensa, más premio de asistencia a razón de $ 360.00 (TRESCIENTOS SESENTA PESOS CERO CENTAVOS M.N.) a la quincena, salario que debidamente integrado deberá servir como base para la cuantificación de todas y cada una de las prestaciones que se desprendan de la presente demanda.

5.- Estuve sujeto a un horario de trabajo comprendido de las veintidós horas a las seis horas de lunes a viernes con descanso sábados y domingos, como se desprende del horario antes señalado, trabajaba cinco horas de tiempo extra a la semana, y toda vez que nunca se me cubrió cantidad alguna como pago por tal concepto por esta vía reclamo su pago.

6.- Con fecha veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, en la puerta de entrada de mi fuente de trabajo ubicado en Manzana 3, número 478, colonia Los Churubuscos, Tepic, Nayarit, me impidió la entrada MIRIAM GONZALEZ PEREZ, quien, me dijo que estaba despedido, lo que sucedió en presencia de diferentes personas que se encontraban en la puerta de entrada de mi centro de trabajo.

D E R E C H O

I.- Es competente esta Honorable Junta para conocer y resolver del presente conflicto en términos de lo establecido por los artículos del 698 al 700 de la Ley Federal del Trabajo.

II.- En cuanto al fondo rige lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 10, 13, 48, 65, 67, 69, 70, 80, 87, 162, y demás relativos aplicables de la Ley Federal del Trabajo.

III.- En cuanto al procedimiento rige lo dispuesto por los títulos XIV y XV de la Ley Federal del Trabajo.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, promoviendo Juicio Ordinario Laboral en contra del demandado que he señalado en esta demanda, reclamándole el pago de las prestaciones indicadas.

SEGUNDO.- Señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones.

TERCERO.- Previos los trámites de Ley, condenar al demandado al pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas.

PROTESTO MIS RESPETOS

TEPIC, NAYARIT, A CINCO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE.

EVARISTO HUMBOLD TELLES