Ahora puedes elegir el orden de los apellidos de tus hijos

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Desde finales del mes de agosto pasado, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México aprobó una iniciativa de libre elección de los apellidos de hijos e hijas, de acuerdo con el decreto que fue publicado en la edición número 183 de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, desde el 25 octubre del presente año, los padres de familia tendrán que ponerse de acuerdo al definir el orden de los apellidos que acompañaran al  nombre completo de sus hijos en el acta de nacimiento, cuando se presenten ante el Registro Civil.

Estos cambios fueron registrados en el artículo 58 del Código Civil de la Ciudad de México, el cual señalaba:

*Se inscribirá en el acta de nacimiento del menor “nombre o nombres propios así como los apellidos paterno y materno que le correspondan”

Con el cambio, este párrafo de acuerdo con la publicación en la gaceta oficial ahora dice:

*”Nombre o nombres propios y los apellidos de los progenitores en el orden de prelación que se le solicite”.

Explica que el orden elegido deberá mantenerse para todos los hijos de la misma familia.

Con esto se busca que exista igualdad en el trato, tanto en hombres como mujeres al acudir al Registro Civil y elegir el orden de los apellidos, con esto se destaca la relevancia del rol de la mujer en el ámbito familiar.

A manera de ejemplo, si los padres decidieran  poner el primer el apellido materno, los siguientes hijos ya no podrán tener el del padre como primer apellido, y en el caso de que los padres no lograran ponerse de acuerdo sobre el orden, el juez del Registro Civil tendrá la facultad de tomar esta decisión.

En el caso en que se desconozca el nombre de los padres, el juez podrá poner nombre y apellidos, situación que se detallará en  acta de nacimiento y se mencionará  explícitamente el por qué ocurrió esta circunstancia.

El juez del Registro Civil también tiene la responsabilidad de exhortar a los padres a que no le pongan un nombre ofensivo o peyorativo al menor.

En México solo existen tres estados que permiten a los padres elegir el orden de los apellidos que aparecerán en el acta de nacimiento, los cuales son Yucatán, Estado de México y Morelos, mientras que en el caso de Guanajuato se permite la variación de los apellidos en “casos extraordinarios” o cuando ambos padres son extranjeros. Por lo que la Ciudad de México se coloca en tendencia mundial a favor de la igualdad de género, en cuanto a la definición del orden de prelación de los apellidos de los hijos, rompiendo así con la antigua ‘tradición’, heredada por españoles, de que fuera el padre quién transmitiera o heredara a su descendencia el apellido paterno”.